VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

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  • #16
    Pregunta tonta...

    Y, digo yo... ¿Tan necesario es un muerto? ¿No basta con llevar un buen fondeo, sobredimensionado si hace falta y una generosa ración de cadena?

    Se larga el "hierro" allí donde esté permitido, y problema solucionado. Y, cuando queramos irnos, se leva el ancla y no queda resto de nuestra presencia.

    Comentario


    • #17
      Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

      Complemento el post anterior para añadir el regimen sancionador.



      Ley de costas:

      Artículo 31

      1. La utilización del dominio público marítimo-terrestre y, en todo caso, del mar y su ribera será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquél, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos semejantes que no requieran obras e instalaciones de ningún tipo y que se realicen de acuerdo con las leyes y reglamentos o normas aprobadas conforme a esta Ley.

      2. Los usos que tengan especiales circunstancias de intensidad, peligrosidad o rentabilidad y los que requieran la ejecución de obras e instalaciones sólo podrán ampararse en la existencia de reserva, adscripción, autorización y concesión, con sujeción a lo previsto en esta Ley, en otras especiales, en su caso, y en las normas generales o específicas correspondientes, sin que pueda invocarse derecho alguno en virtud de usucapión, cualquiera que sea el tiempo transcurrido.


      Artículo 51

      1. Estarán sujetas a previa autorización administrativa las actividades en las que, aun sin requerir obras o instalaciones de ningún tipo, concurran circunstancias especiales de intensidad, peligrosidad o rentabilidad, y asimismo la ocupación del dominio público marítimo-terrestre con instalaciones desmontables o con bienes muebles.

      2. Se entenderán por instalaciones desmontables aquellas que:

      a) Precisen a lo sumo obras puntuales de cimentación, que en todo caso no sobresaldrán del terreno.
      b) Estén constituidas por elementos de serie prefabricados, módulos, paneles o similares, sin elaboración de materiales en obra ni empleo de soldaduras.
      c) Se monten y desmonten mediante procesos secuenciales, pudiendo realizarse su levantamiento sin demolición y siendo el conjunto de sus elementos fácilmente transportables.

      Artículo 64

      1. Toda ocupación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre estatal con obras o instalaciones no desmontables estará sujeta a previa concesión otorgada por la Administración del Estado.

      2. El concesionario tendrá derecho al uso privativo de los bienes objeto de concesión. En todo caso y de acuerdo con lo que reglamentariamente se disponga, se garantizará en estos terrenos, el libre acceso y tránsito de las autoridades y funcionarios competentes cuando fuera necesario por razones de defensa nacional, de salvamento, seguridad marítima, represión del contrabando, para el ejercicio de las funciones de policía de dominio público marítimo-terrestre y para el cumplimiento de las demás funciones que tengan atribuidas.

      En caso de accidente en el mar, o cuando por razones de seguridad en el tráfico marítimo sea necesario para la salvaguardia de las personas y las embarcaciones, se podrán depositar en los terrenos objeto de concesión, las embarcaciones y sus pertrechos.


      Yo creo que la boya encaja en la definicion de instalacion desmontable. Por tanto, esta sujeta a autorizacion administrativa. De no ser asi, si se entendiera que la instalacion es definitiva, se precisaria concesion.

      Lo que no tengo muy claro es si la infraccion, por el hecho de poner un muerto, seria la sancion grave del articulo 90.2.c "La ejecución no autorizada de obras e instalaciones en el dominio público marítimo-terrestre, así como el aumento de superficie, volumen o altura construidos sobre los autorizados".), con una sancion posible de hasta 300.506,06 euros; o si es la sancion leve del articulo 91.a ( "La ocupación o la utilización sin el debido título administrativo del dominio público marítimo-terrestre no constitutivas de infracción grave".), con una multa maxima de hasta 60.101,01 euros. Tiendo a pensar que seria esta ultima, pero ahora no tengo tiempo de ponerme a pensarlo. (Aparte, el coste de retirar la boya).

      Evidentemente, esto son cifras maximas, y seguramente la sancion que pondria la Direccion General de Costas seria parecida a las que ponen las capitanias por las infracciones previstas en la Ley de puertos. Pero eso es especular sin fundamento.

      En definitiva, que como le de a la GC por denunciar a los de "oye, esta boya es mia", va a haber llanto y crujir de dientes...

      Comentario


      • #18
        Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

        Gracias, muy interesante. Por supuesto nunca se me ocurriría hacerlo ilegalmente... Investigare y os cuento, jeje
        LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes

        Comentario


        • #19
          Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

          Por polemizar un poco, que me aburro...
          Aunque no sea el mismo mar, si es la misma legislación, por lo que os pongo un ejemplo conocido de lo que la administración puede entender como "ocupación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre estatal con obras o instalaciones no desmontables". Ría de San Martín, en Cantabria. Si abrís Guguelerz podéis seguir mejor la explicación. En 43º 25,796N 4º 02.100W veréis el pequeño puerto de Suances. Frente a él, en la ría, se pueden ver fondeadas unas veinte embarcaciones. Usan muertos permanentes y no tienen ningún problema, excepto un par de ellos que han intentado fondear una especie de mini pantalán flotante. Hay una segunda zona de fondeo en Los Cantos (43º 25.059N 4º 01.939W). Esos muertos se colocan a gusto del armador siempre que no impida la navegación por el canal dragado. Por otra parte, en 43º 25.661N 4º 01.668W podéis ver lo que parece otro puerto...y lo es, pero absolutamente ilegal. Para Capitanía los usuarios de este "puerto" están ocupando bienes del dominio público con una obra evidentemente no desmontable, por lo que every year les felicita la Navidad con una preciosa multita
          En todo caso hay otra alternativa, estilo narco gallego : sólo necesitas unas coordenadas precisas y un buen bichero o similar.
          Y otra más: equipo de fondeo reforzado y cabrestante/molinete eléctrico. Así no tendrás que romperte el lomo para izarlo

          Comentario


          • #20
            Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

            Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro. Crea polémica. Mensaje que induce a la política.
            Editado por última vez por Tabernero; 03/11/2014, 22:31:42.

            Comentario


            • #21
              Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

              Como digo al principio de mi comentario, "Por polemizar un poco, que me aburro.." No estoy defendiendo la invasión de los bárbaros ni la ley del más fuerte ni el ceda al peso. Tan sólo expongo un caso que conozco, en el que la administración sanciona al que sobrepasa la ley de manera más obvia o descarada. Tabernero!!!, para mí un cortado, y a estos señores lo que te pidan!!!

              Comentario


              • #22
                Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                Ed. Tabernero: Responde a mensaje editado. Crea polémica. Mensaje que induce a la política.
                Editado por última vez por Tabernero; 03/11/2014, 22:32:40.
                "Busquemos lo que es mejor, no lo que es más común, o frecuente, y lo que nos lleve a la posesión de la felicidad"
                Del filósofo Séneca (Córdoba, Hispania 4 a.C. - Roma 65 d.C.)

                Comentario


                • #23
                  Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                  Ed. Tabernero: Contesta a mensaje editado
                  Editado por última vez por Tabernero; 03/11/2014, 22:33:00.


                  “Un buen viajero no tiene planes fijos ni tampoco la intención de llegar”
                  Lao Tzu

                  Comentario


                  • #24
                    Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                    Ed. Tabernero: contesta a mensaje editado
                    Editado por última vez por Tabernero; 03/11/2014, 22:33:23.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?



                      lo de poner un muerto ademas de costas hay otra administracion que te puede sancionar por contaminacion















                      Comentario


                      • #26
                        Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                        Ed. Tabernero: contesta a mensaje editado
                        Editado por última vez por Tabernero; 03/11/2014, 22:34:18.


                        El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                        http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                        Comentario


                        • #27
                          ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                          Ed. Tabernero: Responde a mensaje editado. Crea polémica. Mensaje que induce a la política.
                          Editado por última vez por scampolo; 12/10/2016, 11:18:17.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: ¿Alguien sabe si se pueden poner muertos en el Mediterráneo?

                            Se esta politizando el hilo....voy a pedir al Tabernero que borre algunas intervenciones

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