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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Cambio de bandera ???

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  • #16
    Re: Cambio de bandera ???

    Originalmente publicado por Capita Drake Ver Mensaje
    yulxxx, el tema esta clarisimo:

    NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE MATRICULAR/ABANDERAR: Una Disposicion Adicional, creo que la 3ª, de la Ley de Impuestos Especiales. Establece claramente la obligacion de abanderar las embarcaciones "destinadas a ser utilizadas por personas residentes o con establecimiento permanente en España" (pongo comillas, aunque cito de memoria y pueden no ser exactas las palabras, pero el contenido si es exacto).

    Es decir, que un frances, o aleman, o filipino, si es residente fiscal en España (o si es una empresa, si tiene un establecimiento en España) tiene que matricular el barco para poder navegar por aguas jurisdiccionales españolas. Y, a estos efectos, se te podra considerar residente si caes en cualquiera de estos supuestos:
    - que pases ten territorio español 183 dias al año.
    - que tengas tu base de intereses familiar, empresarial, etc. en territorio español (por ejemplo, si tienes hijos que van al cole, olvidate; si tu negocio esta aqui, tambien; si eres empleado, ya no digamos; etc.)

    En definitiva, solo te sirve el mantener la matricula extranjera si cuela que tu vives en otro pais y entras en territorio español de vacaciones.

    Y una salvedad mas: al pensar sobre el tema muchos se confunden y creen que el que juzga y decide es el guardia civil o aduanero de turno. En mi opinion, salvo que estes en algun "semi-paraiso fiscal peninsular" como los que comento en el parrafo siguiente (no me refiero a Gibraltar) el GC de turno te conocera en seguida y no tardara en pararte, pedirte los papeles y dar parte a la aduana (es decir Hacienda) y a Capitania. Entonces sera Hacienda quien, con sus medios omniscientes, podria probar facilmente que tu no eres un residente frances que viene de turismo. Y en definitiva, seria frente a Hacienda y Capitania que deberas demostrar lo contrario:
    - frente a Hacienda, recurriendo la liquidacion de impuestos y sancion que te van a meter mediante un recurso (primero administrativo y luego en via judicial, concretamente la via contencioso-administrativa) (esto se regiria por la normativa fiscal aplicable: Ley General Tributaria, la mencionada Ley que establece el impuesto de matriculacion, la Ley del IVA si el barco viene de fuera de la UE, etc.)
    - y frente a Capitania para impugnar la inmovilizacion del barco hasta que lo matricules y abanderes debidamente, y seguramente la sancion (que legalmente puede ser descomunal -de hasta 120.000 €, creo recordar-). Esta impugnacion frente a Capitania sera tambien en via administrativa primero y contencioso-administrativa despues. Y la normativa aplicable seria la Ley de Puertos del Estado (que es la que regula las sanciones por no matricular/abanderar) y sus reglamentos.

    Finalmente, lo de los "semi-paraisos fiscales". En algunos hilos sobre estos temas algunos cofrades han comentado que en su zona (creo que uno de Malaga lo dijo) cantidad de españoles residentes navegan con sus barcos con banderas europeas y nunca nadie les ha dicho nada. Alguien de Valencia tambien me dijo que alli no pasa nada. Hasta el punto que la gente se piensa que es legal y que es por lo de la libre circulacion de bienes y personas de la Union Europea, etc. ESTO ES FALSO! DEBERIA SER ASI PERO NO LO ES. Si en esos sitios no pegan palos a los armadores de barcos con banderas europeas no es porque la normativa lo permita. Es, simplemente, porque la GC, Aduanas, o quien sea, pasan de aplicar la Ley (sea por desidia, por tener ordenes "de arriba" de hacer la vista gorda, por corrupcion, o por lo que sea). Por ejemplo, ni se te ocurra navegar en la zona de Barcelona con un barco sin abanderar: tardaras muy poco en tener un paquete monumental. La verdad es que en este aspecto el Estado español se comporta ilegalmente, para proteger un impuesto ilegal (el Impuesto de Matriculacion, que es contrario a la normativa europea y que España se saco de la manga cuando la Comunidad europea le obligo a suprimir el tipo agravado del IVA, creo que era el 33%, que se aplicaba a embarcaciones, vehiculos, productos de supuesto lujo, etc. Fue una burla de trilero a la legislacion europea, pero de momento -mientras no sea declarado ilegal- de momento esta alli.

    Saludos y unas rondas
    Drake !! ..

    Gracias.. gracias.. es una respuesta elaborada y correcta.. gracias !!.. es un placer hablar con quien sabe de lo que habla y ademas, sabe explicarlo..
    Por lo que veo poca escapatoria cabe (maxime cuando habla de "Uso o disfrute"), ya que aun albergaba alguna tactica tipo "sociedad propietaria en francia" o algo similar... No es que los requisitos españoles me espanten, aunque sean para dar espanto, sino que ademas la maquinaria burocratica es terrible...
    TASHI DELEK !!

    Comentario


    • #17
      Re: Cambio de bandera ???

      Gracias a la entrada en la Unión Europea y la llegada de los marcados CE hemos ganado que toda embarcación construida desde junio de 1998 en la CEE pueda pasar de una bandera de un estado comunitario a la de otro sin necesidad de tener que presentar proyecto, ni estudio firmado por competente técnico.

      Ahora con el nuevo RD 544/2007 para las de menos de 12 metros, menos de 15 años de antigüedad procedentes de un estado de la Unión Europea construidas antes de junio de 1998, si corresponde a un modelo que fue homologado en España, también se libra del proyecto.

      Para los pocos que ahora tienen que hacer el proyecto, se les exige certificar que cumplen sin una serie de normas armonizadas y europeas (UNE-EN ISO, traducción de las ISO correspondientes al castellano), además de justificar que se disponen a bordo los equipos de navegación y salvamento exigibles en España y el tanque KK (ORDEN FOM 1144/2003).

      Luego, hablando de barcos de segunda mano, está el capricho de la Administración que más nos duele, el tema impuestos: Impuesto de trasmisiones patrimoniales, no más tarde de un mes tras la firma del contrato de compra, que se paga a las CCAA; y la matriculación que se paga a Hacienda cuando se pide el abanderamiento si tienes más de 8 metros de eslora.

      Peor está el tema para quien compra un barco en un país que no sea de la UE, y que nunca antes tuvo bandera ni fuera construido en un país de la UE. En este caso para tener bandera de cualquier estado de la UE habrá de dotarle de un marcado CE (bastante costoso) y casi seguro que también le toque cambiar el motor si es muy antiguo.

      Para hacer estos proyectos, hay numerosas oficinas técnicas, algunas ya comentadas. Todo depende de la zona de España (más por proximidad a donde estés y tenerlos a mano cerca que por otra cosa), porque todos se mueven por toda España. Eso sí, si no quieres eternizarte en este proceso evita PRONAME.

      En Zona Mediterráneo, tienes:
      ISONAVAL
      http://www.isonaval.net
      IN – INGENIERIA NAVAL Y OCEANICA (sobre todo para Baleares)
      http://www.ingenierianavalyoceanica.com

      En Zona sur:
      BRISPES
      http://www.brispes.com

      En Zona Noroeste:
      GESTENAVAL
      http://www.gestenaval.com

      Luego en Madrid esta la central de ACUBENS, que también creo hacían cosas de estas:
      www.acubens-design.com

      Comentario


      • #18
        Re: Cambio de bandera ???

        Entonces...¿entiendo que un alemán o un francés sí pueden ser propietarios en sus países de un barco con bandera española? porque si es así, la cosa es de traca.
        El Capitán no es el Capitán
        el Capitán es el mar. (Jesús Lizano)


        ...NO CREAS TODO LO QUE PIENSAS...

        Comentario


        • #19
          Re: Cambio de bandera ???

          Para los pocos que ahora tienen que hacer el proyecto, se les exige certificar que cumplen sin una serie de normas armonizadas y europeas (UNE-EN ISO, traducción de las ISO correspondientes al castellano), además de justificar que se disponen a bordo los equipos de navegación y salvamento exigibles en España y el tanque KK (ORDEN FOM 1144/2003).

          ...y teneis idea de cuánto cuesta eso para un barco por ejemplo de unos 24 pies?
          El Capitán no es el Capitán
          el Capitán es el mar. (Jesús Lizano)


          ...NO CREAS TODO LO QUE PIENSAS...

          Comentario


          • #20
            Re: Cambio de bandera ???

            Originalmente publicado por Thomas_Keefer Ver Mensaje
            Para los pocos que ahora tienen que hacer el proyecto, se les exige certificar que cumplen sin una serie de normas armonizadas y europeas (UNE-EN ISO, traducción de las ISO correspondientes al castellano), además de justificar que se disponen a bordo los equipos de navegación y salvamento exigibles en España y el tanque KK (ORDEN FOM 1144/2003).

            ...y teneis idea de cuánto cuesta eso para un barco por ejemplo de unos 24 pies?
            A mi el proyecto para un 31 pies me costo 1.200 € en el 2006. Pero no creo que sea tan definitiva la eslora como la personalidad del ingeniero que te lo haga (si es una empresa, si es un ingeniero particular, si es un sacacuartos, etc.). Yo creo que tuve suerte: le pedi una recomendacion a un amigo del sector nautico (compra, venta, importacion, patricinio de regatas, etc.) y la verdad es que me fue bastante bien, pero otros pedian 2.000 y 2.500 por lo mismo.

            Comentario


            • #21
              Re: Cambio de bandera ???

              Puedo indicarte que el precio medio manejado por las oficinas técnicas que antes he comentado en 2007 para los proyectos para la antigua norma era para 31 pies como dices más o menos 1.200 euros + IVA (incluidos visados del Colegio Oficial y envio de la documentación por mensajería a tú domicilio, tardando como un mes en hacerte todo, incluida visita al barco).

              Ahora con la nueva norma, hay la ventaja de que tienen que hacer menos barcos este trámite, pero ahora se les exige más. Por ejemplo, ahora en TODOS es obligatorio comprobar y certificar que tienen suficiente estabilidad y que la estabilidad del barco es suficiente y cumple con las normas ISO armonizadas (antes sólo se comprobaba la estabilidad al completo en las embarcaciones de más de 15 metros de eslora). Por tanto, es de imaginar que los precios para embarcaciones de más de 15 metros andarán igual que antes, pero los de menos de 15 metros seguramente tendrán un fuerte incremento, porque hay que mirar y hacer un montón de cálculos que antes no se pedían, para un 31 pies la cosa debe estar ahora entorno a los 1.700 euros + IVA (ahora en 2008). Pero para más pequeños no tengo ni idea.

              El consejo, pide presupuestos y opiniones a conocidos (mejor dicho referencias). Luego compara y escoje el más económico del cual no te hayan hablado mal.

              Comentario


              • #22
                Re: Cambio de bandera ???

                Originalmente publicado por peresas Ver Mensaje
                Puedo indicarte que el precio medio manejado por las oficinas técnicas que antes he comentado en 2007 para los proyectos para la antigua norma era para 31 pies como dices más o menos 1.200 euros + IVA (incluidos visados del Colegio Oficial y envio de la documentación por mensajería a tú domicilio, tardando como un mes en hacerte todo, incluida visita al barco).

                Ahora con la nueva norma, hay la ventaja de que tienen que hacer menos barcos este trámite, pero ahora se les exige más. Por ejemplo, ahora en TODOS es obligatorio comprobar y certificar que tienen suficiente estabilidad y que la estabilidad del barco es suficiente y cumple con las normas ISO armonizadas (antes sólo se comprobaba la estabilidad al completo en las embarcaciones de más de 15 metros de eslora). Por tanto, es de imaginar que los precios para embarcaciones de más de 15 metros andarán igual que antes, pero los de menos de 15 metros seguramente tendrán un fuerte incremento, porque hay que mirar y hacer un montón de cálculos que antes no se pedían, para un 31 pies la cosa debe estar ahora entorno a los 1.700 euros + IVA (ahora en 2008). Pero para más pequeños no tengo ni idea.

                El consejo, pide presupuestos y opiniones a conocidos (mejor dicho referencias). Luego compara y escoje el más económico del cual no te hayan hablado mal.
                En mi caso, debido a que la inspectora que habia en Barcelona en esa epoca era una marciana, a pesar de ser solo un 31 pies, a mi el ingeniero me tuvo que hacer todos esos calculos de estabilidad, y tambien muchos calculos de potencia de motor, etc. que el propio ingeniero alucinaba y decia que a veces ni se exigian ni en mercantes. La inspectora que sustituyo a esa me reconocio un dia tacitamente que, efectivamente, su predecesora hacia cosas muy raras.

                Por lo que dices, parece que ahora son norma algunas de esas cosas que me pidieron a mi indebidamente.

                Comentario


                • #23
                  Re: Cambio de bandera ???

                  Chicos, si alguien tiene que caer en alguna oficina técnica por barcelona, que no lo dude ISONAVAL, no provame.
                  Por experiencia os puede asegurar que no tienen punto de comparación.
                  Por otro lado, todos esos barcos con banderas, inglesa, alemana, etc., en el momento que tienen domicilio fiscal en españa, han de pagar, incluso los andorranos lo han de hacer. Cuando el que se mete es hacienda, es complicado y peligroso hacer chanchullos.
                  Es cierto que montando una empresa en un paraiso fiscal y poniendo el barco al nombre de la empresa, se pueden eludir muchos impuestos, pero, y no me acuerdo del boe en que lo explicita, los títulos nauticos españoles, que son los que habilitan a un español a navegar en aguas territoriales de España en ningún caso puede navegar bajo pabellón extrangero, salvo que su titulación sea profesional, con mando y con el consiguiente contrato de la empresa en el paraiso fiscal correspondiente.
                  Y una vez consigues hacer todo el chanchullo y como bien se ha dicho en una intervención anterior, según donde estés, preparate para que te paren dia si y dia tambien y te tengan 1 hora pidiendote de todo, como bien saben todos los de charter de la zona de barcelona.


                  saludos

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Cambio de bandera ???

                    Buenas noches a todos:

                    Espero que haya entendido debidamente lo que marcas en tu mensaje.

                    Yo tengo alalabrado un velero (Beneteau) de 1997.

                    Este modelo se ha estado vendiendo en España desde 1994 hasta hace un par de años por lo que entiendo que está homologado.

                    ------

                    Significa eso que según la RD 544/2007 se supone que no debo de hacer trámites de homologación del barco????


                    Si eso es cierto, las rondas a mi cuenta porque me habeís alegrado el mes.
                    Hasta hace 5 minutos sólo dislumbraba el marrón del ingeniero, unos buenos eurazos de gasto, ..... etc.

                    Espero que PERESAS tengas razón y por ello te deseo el mejor de los vientos.

                    Un saludo a todos

                    KIPU

                    Originalmente publicado por peresas Ver Mensaje
                    Gracias a la entrada en la Unión Europea y la llegada de los marcados CE hemos ganado que toda embarcación construida desde junio de 1998 en la CEE pueda pasar de una bandera de un estado comunitario a la de otro sin necesidad de tener que presentar proyecto, ni estudio firmado por competente técnico.

                    Ahora con el nuevo RD 544/2007 para las de menos de 12 metros, menos de 15 años de antigüedad procedentes de un estado de la Unión Europea construidas antes de junio de 1998, si corresponde a un modelo que fue homologado en España, también se libra del proyecto.

                    Para los pocos que ahora tienen que hacer el proyecto, se les exige certificar que cumplen sin una serie de normas armonizadas y europeas (UNE-EN ISO, traducción de las ISO correspondientes al castellano), además de justificar que se disponen a bordo los equipos de navegación y salvamento exigibles en España y el tanque KK (ORDEN FOM 1144/2003).

                    Luego, hablando de barcos de segunda mano, está el capricho de la Administración que más nos duele, el tema impuestos: Impuesto de trasmisiones patrimoniales, no más tarde de un mes tras la firma del contrato de compra, que se paga a las CCAA; y la matriculación que se paga a Hacienda cuando se pide el abanderamiento si tienes más de 8 metros de eslora.

                    Peor está el tema para quien compra un barco en un país que no sea de la UE, y que nunca antes tuvo bandera ni fuera construido en un país de la UE. En este caso para tener bandera de cualquier estado de la UE habrá de dotarle de un marcado CE (bastante costoso) y casi seguro que también le toque cambiar el motor si es muy antiguo.

                    Para hacer estos proyectos, hay numerosas oficinas técnicas, algunas ya comentadas. Todo depende de la zona de España (más por proximidad a donde estés y tenerlos a mano cerca que por otra cosa), porque todos se mueven por toda España. Eso sí, si no quieres eternizarte en este proceso evita PRONAME.

                    En Zona Mediterráneo, tienes:
                    ISONAVAL
                    http://www.isonaval.net
                    IN – INGENIERIA NAVAL Y OCEANICA (sobre todo para Baleares)
                    http://www.ingenierianavalyoceanica.com

                    En Zona sur:
                    BRISPES
                    http://www.brispes.com

                    En Zona Noroeste:
                    GESTENAVAL
                    http://www.gestenaval.com

                    Luego en Madrid esta la central de ACUBENS, que también creo hacían cosas de estas:
                    www.acubens-design.com

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Cambio de bandera ???

                      Originalmente publicado por KIPU Ver Mensaje
                      Buenas noches a todos:

                      Espero que haya entendido debidamente lo que marcas en tu mensaje.

                      Yo tengo alalabrado un velero (Beneteau) de 1997.

                      Este modelo se ha estado vendiendo en España desde 1994 hasta hace un par de años por lo que entiendo que está homologado.

                      ------

                      Significa eso que según la RD 544/2007 se supone que no debo de hacer trámites de homologación del barco????


                      Si eso es cierto, las rondas a mi cuenta porque me habeís alegrado el mes.
                      Hasta hace 5 minutos sólo dislumbraba el marrón del ingeniero, unos buenos eurazos de gasto, ..... etc.

                      Espero que PERESAS tengas razón y por ello te deseo el mejor de los vientos.

                      Un saludo a todos

                      KIPU
                      Sí, de ser así, no tienes que presentar "proyecto".

                      Saludos.
                      Saludos,

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Cambio de bandera ???

                        Volviendo al tema de bandera francesa,

                        A ver cómo lo veo....

                        Un barco de bandera francesa y construcción CE, propiedad de una financiera, se vende en francia al cabo de 4 años a un español que lo tenia alquilado en leasing este tiempo.

                        El barco ya ha pagado el iva el día de su matriculacion, y al estar matriculado en francia no hay impuesto de matriculacion (12% famoso en españa). Además, al cabo de 4 años el impuesto habrá prescrito.

                        Al tratarse de una venta de segunda mano, no hay iva, lo que procede es un cambio de matricula y pabellon.

                        Como la venta se ha realizado en francia, los eventuales impuestos por la venta se liquidan allí (no existen). Por ello no corresponde el pago del 4% de los derechos de transmision patrimonial que no cobrarian en españa.

                        El barco viene a españa, pasa la ITB y revision de seguridad y se despacha.

                        Hacienda se mosquea por no cobrar el 12% y nos investiga nuestra declaración cde renta con microscopio...

                        Si me equivoco me corregís
                        Unas birras,
                        Editado por última vez por Jack Sparrow; 06/04/2008, 15:11:14.

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Cambio de bandera ???

                          Hola todos:

                          Gracias por vuestra respuesta.

                          Y como demuestro todo esto de cara a capitanía ???

                          Mi barco es un first 260 spirit de 1997.

                          ¡Que documento debería de presentar para evitar la homologación del barco argumentando que ese modelo estaba homologado en españa en esas fechas?

                          Gracias

                          KIPU

                          quote=Inspectorate;242329]Sí, de ser así, no tienes que presentar "proyecto".

                          Saludos.[/quote]

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Cambio de bandera ???

                            Originalmente publicado por Jack Sparrow Ver Mensaje
                            Volviendo al tema de bandera francesa,

                            A ver cómo lo veo....

                            Un barco de bandera francesa y construcción CE, propiedad de una financiera, se vende en francia al cabo de 4 años a un español que lo tenia alquilado en leasing este tiempo.
                            Si me equivoco me corregís
                            Unas birras,
                            Sparrow... me parece que no.. a tenor de lo que se dice en este mismo hilo... Capitan Drake dijo "NORMA QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE MATRICULAR/ABANDERAR: Una Disposicion Adicional, creo que la 3ª, de la Ley de Impuestos Especiales. Establece claramente la obligacion de abanderar las embarcaciones "destinadas a ser utilizadas por personas residentes o con establecimiento permanente en España" (pongo comillas, aunque cito de memoria y pueden no ser exactas las palabras, pero el contenido si es exacto). " ... Lo que me dice que al estar destinado al USO O DISFRUTE de un españolito NO CREO QUE HAYA podido estar arrendado por un periodo superior a 183 dias en este pais.. o eso o lo tienes que sacar del pais 2 veces al año..
                            Una idea que se me vino hace tiempo era poner el baco (frances) a nombre de un amiguete frances.. y tenerlo aqui.. pasando yo como arrendador del barco a un modico precio de 1 euro el año... pero no creo que esto sirva... ya que al estar mas de 6 meses aqui..1-Algo pasara.. digo yo.. y 2-El uso o disfrute es del españolito (osea yo).. por lo que a cambiar de bandera...

                            Me equivoco ???.. creo que no..

                            Birras pa lamentar !
                            TASHI DELEK !!

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Cambio de bandera ???

                              Originalmente publicado por Jack Sparrow Ver Mensaje
                              Volviendo al tema de bandera francesa,

                              A ver cómo lo veo....

                              Un barco de bandera francesa y construcción CE, propiedad de una financiera, se vende en francia al cabo de 4 años a un español que lo tenia alquilado en leasing este tiempo.

                              El barco ya ha pagado el iva el día de su matriculacion, y al estar matriculado en francia no hay impuesto de matriculacion (12% famoso en españa). Además, al cabo de 4 años el impuesto habrá prescrito.

                              Al tratarse de una venta de segunda mano, no hay iva, lo que procede es un cambio de matricula y pabellon.

                              Como la venta se ha realizado en francia, los eventuales impuestos por la venta se liquidan allí (no existen). Por ello no corresponde el pago del 4% de los derechos de transmision patrimonial que no cobrarian en españa.

                              El barco viene a españa, pasa la ITB y revision de seguridad y se despacha.

                              Hacienda se mosquea por no cobrar el 12% y nos investiga nuestra declaración cde renta con microscopio...

                              Si me equivoco me corregís
                              Unas birras,

                              Pues no se si podrá o no, pero desde luego es práctica habitual en nuestra zona !

                              IRRINTZI
                              Web: https://sites.google.com/site/scotchsanfaina/

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Cambio de bandera ???

                                Como comenta Irrintzi navegamos en la frontera.
                                Icluso el puerto se halla en aguas internacionales.
                                Lo saco del pais a diario cada vez que salgo.

                                Suponiendo que en 4 años no te hayan pillado, el posible "delito fiscal" habrá prescrito.
                                Porque en esto como todo exitiran las prescripciones, digo yo.
                                En el resto del planteamiento no veo en que puedo equivocarme...
                                Editado por última vez por Jack Sparrow; 07/04/2008, 15:48:22.

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