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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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criterios para el fondeo Barcelona provincia

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  • criterios para el fondeo Barcelona provincia

    Unas rondas ,

    Dejo el enlace de criterio para fondeo en la provincia de Barcelona del Ministerio de Fomento. Si ya ha salido pido disculpas




  • #2
    Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia


    De pena
    Manel - EA3CBQ

    Socio fundador Anavre n° 15

    de Baja por en crisis económica ??

    Comentario


    • #3
      Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

      De entre las normas aplicables a embarcaciones menores de 24 m., las dos que más me preocupan son las que rezan que los fondeos no podrán superar las 24 horas y que -incluso en las embarcaciones menores- es obligatorio que una persona permanezca siempre a bordo durante el fondeo.
      La primera es tan descabellada como imposible de regular. ¿Cómo piensan las autoridades controlar el tiempo que estamos, o hemos estado, fondeados?, ¿Nos darán un tique en la entrada como en los aparcamientos?, ¿Qué sentido tiene esta norma?, ¿Que naveguemos más?, ¿Obligarnos a repartir nuestro tiempo de ocio entre distintos fondeos?. Me parece una norma absurda.
      La segunda norma es mucho más cabrona, pues es muy simple de controlar. He de pensar que esta dictada en arras de una mayor seguridad, pero en este caso debería obligar a dejar a bordo a alguien con titulación náutica. Es una de esas normas que te dejan indefenso en caso de accidente en un fondeo, incluso en caso de no tener la culpa. Objetivamente, tampoco aporta nada que no pueda solucionar la vigilancia del barco desde el bar en la playa. Y en paralelo (aunque esto es un problema estrictamente náutico) esta norma va a ahuyentar el turismo náutico en muchas zonas turísticas catalanas.
      Como socio de ANAVRE contactaré con esta asociación para intentar que nos representen ante la Capitanía buscando una solución más razonable, como por ejemplo que la obligación se ciñera a las noches.
      saludos

      PD: En cualquier caso, la norma solo implica la provincia de Barcelona. La Costa Brava queda al margen (de momento . . . )
      Editado por última vez por enric rosello; 30/09/2016, 07:54:28.
      sigpic

      Comentario


      • #4
        Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

        Originalmente publicado por enric rosello Ver Mensaje
        De entre las normas aplicables a embarcaciones menores de 24 m., las dos que más me preocupan son las que rezan que los fondeos no podrán superar las 24 horas y que -incluso en las embarcaciones menores- es obligatorio que una persona permanezca siempre a bordo durante el fondeo.
        La primera es tan descabellada como imposible de regular. ¿Cómo piensan las autoridades controlar el tiempo que estamos, o hemos estado, fondeados?, ¿Nos darán un tique en la entrada como en los aparcamientos?, ¿Qué sentido tiene esta norma?, ¿Que naveguemos más?, ¿Obligarnos a repartir nuestro tiempo de ocio entre distintos fondeos?. Me parece una norma absurda.
        La segunda norma es mucho más cabrona, pues es muy simple de controlar. He de pensar que esta dictada en arras de una mayor seguridad, pero en este caso debería obligar a dejar a bordo a alguien con titulación náutica. Es una de esas normas que te dejan indefenso en caso de accidente en un fondeo, incluso en caso de no tener la culpa. Objetivamente, tampoco aporta nada que no pueda solucionar la vigilancia del barco desde el bar en la playa. Y en paralelo (aunque esto es un problema estrictamente náutico) esta norma va a ahuyentar el turismo náutico en muchas zonas turísticas catalanas.
        Como socio de ANAVRE contactaré con esta asociación para intentar que nos representen ante la Capitanía buscando una solución más razonable, como por ejemplo que la obligación se ciñera a las noches.
        saludos

        PD: En cualquier caso, la norma solo implica la provincia de Barcelona. La Costa Brava queda al margen (de momento . . . )
        Para la provincia de Girona hay otra normativa (que va mas alla de la navegacion de recreo, incluye otras actividades nauticas y recreativas, buceo, kayac, etc. A ver si la encuentro y la subo, aunque el ejemplar que tengo yo es de hace algunos años y puede que haya cambiado. Pero la subire luego, en un post mas tarde

        Por cierto, que a mi me ha preocupado el que en un circulo de radio 500 m centrado en la bocana no se pueda fondear. ¿entonces eso tan tipico de muchos puertos de fondear en el antepuerto, al lado de la bocana pero sin obstaculizar, como pasa muchas veces por ejemplo en el puerto de mataro...??

        Saludos

        Comentario


        • #5
          Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

          Ahí va el doc que decia
          Archivos Adjuntos

          Comentario


          • #6
            Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

            Por qué decís que no afecta a la provincia de Girona?. El "criterio" hace referencia a la provincia marítima de Barcelona que incluye toda la costa de la provincia de Girona.

            Tema aparte y como comentario al margen, siempre me ha hecho gracia la forma de legislar de la autoridad marítima. Antes usaban las "circulares". Ahora por lo que veo las han sustituido por los "criterios". Algún cofrade letrado nos podría decir si realmente este tipo de "normas" tienen valor legal?

            Comentario


            • #7
              Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

              Y si ese valor legal es aplicable a embarcaciones con banderas de otros paises, ¿están por encima de normas internacionales?

              Con esta política de legislar a base de circulares, tendremos que descargar PDF's de toda España para saber que podemos hace y que no en cada una de las zonas, osea completa indefension, vamos como siempre.

              Alucino con la diferencia barcos vs coches... cuando cambia cualquier norma para vehículos se publicita ampliamente, cuando cambia cualquier norma náutica lo hacen con nocturnidad, que nadie se entere, a ver si así se las metemos dobladas (las sanciones)
              Una ronda.... que pago yo:brindis: :brindis: :brindis:
              El exito es la preparación combinada con la oportunidad.

              Comentario


              • #8
                Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                Originalmente publicado por Camelot Ver Mensaje
                Alucino con la diferencia barcos vs coches... cuando cambia cualquier norma para vehículos se publicita ampliamente, cuando cambia cualquier norma náutica lo hacen con nocturnidad, que nadie se entere, a ver si así se las metemos dobladas (las sanciones)
                El automóvil afecta a toda la población. La náutica son sólo unos pocos "ricos"

                Comentario


                • #9
                  Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                  Yo no tengo AIS... ya nunca mas podre fondear ....

                  Comentario


                  • #10
                    Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                    Originalmente publicado por Atzar Ver Mensaje
                    Por qué decís que no afecta a la provincia de Girona?. El "criterio" hace referencia a la provincia marítima de Barcelona que incluye toda la costa de la provincia de Girona.

                    Tema aparte y como comentario al margen, siempre me ha hecho gracia la forma de legislar de la autoridad marítima. Antes usaban las "circulares". Ahora por lo que veo las han sustituido por los "criterios". Algún cofrade letrado nos podría decir si realmente este tipo de "normas" tienen valor legal?
                    No es así, la provincia marítima de Barcelona "BA" llega desde Vilanova y la Geltrú a la desembocadura del río Tordera. La de Girona, con distintivo "GIR" depende de la capitanía de Palamós.
                    De todos modos, me temo que las normas serán más o menos...

                    Comentario


                    • #11
                      Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                      Sospecho que lo de las 24 horas busca evitar que la gente deje su barco fondeado permanentemente, para evitarse pagar un amarre...

                      Comentario


                      • #12
                        Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                        ayer también me llegó el documento y también tropecé con la norma que limita el fondeo a 24 horas... eso debe ser ilegal desde todos los puntos de vista democráticos habidos y por haber. Entiendo que para proteger el medioambiente en determinadas zonas se dicten normas en bien de todos, pero limitar arbitrariamente el fondeo a 24 horas en toda una costa no tiene ni pies ni cabeza. Es más, y como ya se ha dicho, por un lado no tienen medios para comprobarlo y, por otro lado, una vez ha pasado el tiempo límite a dónde me tengo que ir, a cuántos metros de mi primer fondeo debo desplazarme. Por ejemplo, si fondeo entre Arenys y El Balís, que son unas cuantas millas. Tras 24 horas de fondeo, a cuánta distancia puedo fondear de mi primer fondeo? Si el primer día fondeo cerca de la bocana del puerto de Arenys, el segundo día puedo fondear debajo del cementerio de Arenys?

                        Esta ley no tiene ni pies ni cabeza, ni es fruto de una demanda social ni de una exigencia medioambiental.

                        El hospital de Calella no tiene dinero ni para pagar el lavado de las toallas con las que se secan a los pacientes tras la higiene matutina y ahora la admistración va a comprar zodiacs a los municipales para que vigilen nada menos que si un barco lleva más de 24 horas fondeado en el mismo sitio.

                        salud y libertad

                        cónsul scipio
                        ¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento?

                        El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                          Originalmente publicado por saniel Ver Mensaje
                          Yo no tengo AIS... ya nunca mas podre fondear ....
                          esa norma no lleva el asterisco, por lo que no se aplica a barcos de menos de 24 metros

                          salud y libertad

                          cónsul scipio
                          ¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento?

                          El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                            Supongo que esta normativa nace a consecuencia del fondeo de algún megayate frente a las costas de Sitges o Garraf que hemos visto en los últimos dos veranos. Creo que es una norma dedicada a ellos.

                            En lo referente a las embarcaciones menores de 24 metros la norma contiene vaguedades del tipo "...la distancia podría ser reducida" que son inadmisibles en cualquier ley o instrucción.

                            Además, en toda la costa de la provincia marítima no hay ni un solo fondeadero seguro para nuestros barkitos.

                            Como es habitual, apuntan a un farol (los megayates) y matan a una vieja.

                            Ni caso.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: criterios para el fondeo Barcelona provincia

                              "Como es habitual, apuntan a un farol (los megayates) y matan a una vieja."

                              El problema es que casi todos somos viejas...

                              Comentario

                              Trabajando...
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