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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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impuesto T-5

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  • impuesto T-5

    un saludo a todos unas birritas pal puerto

    alguien me podria dar informacion sobre este impuesto.

    gracias de antemano.

  • #2
    Re: impuesto T-5

    Hablemos con propiedad. No se trata de un impuesto.
    No es lo mismo un impuesto, que una tasa, o que una tarifa, por ejemplo. Pero eso sería objeto de otra discusión...
    A lo que vamos, la T-5 es una tarifa de la Autoridad Portuaria.

    Orden de 30 de Julio de 1998 del Ministerio de Fomento por la que se establece el régimen de las tarifas por servicios portuarios prestados por las Autoridades Portuarias

    Tarifa T-5: Embarcaciones deportivas y de recreo
    Artículo 50. Definición y aplicación.

    Esta tarifa se exigirá por el acceso marítimo de las embarcaciones deportivas o de recreo al puerto y su atraque o fondeo en el puesto que les haya sido asignado, incluyendo la utilidad que les proporcionan las obras e instalaciones portuarias y los servicios generales del puerto, y por sus tripulantes y pasajeros, del uso de los muelles y pantalanes del puerto, accesos terrestres, vías de circulación y de los centros de estancia y recepción de titularidad de la Autoridad Portuaria, si los hubiera, debiendo abonar los servicios específicos que solicite.

    Artículo 51. Sujetos obligados al pago.
    Abonarán esta tarifa el propietario de la embarcación o su representante autorizado y, subsidiariamente, el Capitán o patrón de la misma.

    Artículo 52. Base de la tarifa.
    La base para la liquidación de la tarifa será la superficie en metros cuadrados resultante del producto de la eslora máxima de la embarcación por la manga máxima y el período de veinticuatro horas de estancia en el atraque o puesto de fondeo. Por eslora máxima se entiende la máxima distancia existente entre los extremos de los elementos más salientes de proa y popa de la embarcación y sus medios auxiliares.

    Artículo 53. Cuantía básica.
    1. La cuantía básica en pesetas de esta tarifa por metro cuadrado y por períodos de veinticuatro horas o fracción, contados a partir de las doce horas del mediodía, para cada uno de los servicios independientes que se presten, será la siguiente:
    Servicio prestado Pesetas/m2:
    a) Puesto de fondeo, atraque o estancia en seco:
    a.1) Atraque de punta........................14,28
    a.2) Atraque de costado.....................47,94
    a.3) Puesto de fondeo con amarre a muerto. 9,18
    a.4) Puesto de fondeo con medios propios. 7,14
    a.5) Estancia habitual en seco............... 2,04
    b) Acometida de agua........................ 2,04
    c) Recogida de basura........................ 2,04
    d) Vigilancia general.......................... 2,04

    2.Los servicios b), c) y d) serán de obligada facturación si las instalaciones dispusieran de los mismos.
    Cada instalación deportiva compondrá, de acuerdo con los servicios de que disponga, un precio por metro cuadrado que se aplicará a todas las embarcaciones que usen la instalación.
    3. La cuantía básica podrá incrementarse en un 20 por 100 en las tarifas por puestos de fondeo, atraque o estancia en seco [servicios a.1), a.2), a.3), a.4) y a.5) del cuadro anterior], en aquellos puertos con marea superior a 2,5 metros.
    4. La petición de los servicios supone la aceptación de las condiciones en que se prestan por la Autoridad Portuaria, que deberán ser públicas, no siendo ésta responsable de los incidentes que puedan producirse a causa de la configuración o disposición de las instalaciones, así como de los daños y perjuicios debidos a causas meteorológicas.
    Para más información, consulta la Orden de referencia en el BOE nº 192 de 12/8/1998.

    Saludos.
    Editado por última vez por Inspectorate; 17/02/2008, 17:46:10.
    Saludos,

    Comentario


    • #3
      Re: impuesto T-5

      muy interesante
      salut kiqu
      kiqu

      Comentario


      • #4
        Re: impuesto T-5

        muchas gracias por la informacion inspectorate

        un saludo a todos

        Comentario


        • #5
          Re: impuesto T-5



          Una vez mas gracias Inspectorate

          Dentro de la ley, esta nos permite hacer usos y costumbres
          del puerto. Realmente como nos acojamos todos los deportivos
          a la Ley y exijamos lo que la Ley contempla, podriamos hacer
          un verdadero descalabro a las arcas del estado.

          Saludos
          Miahpaih

          Virgen de Atocha,
          dame un trabuco,
          para matar xxxxses
          y mamelucos.
          Editado por última vez por Miahpaih; 18/02/2008, 05:27:51.
          sigpicEmpleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.
          ¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.

          Comentario


          • #6
            Re: impuesto T-5

            Vaya, otro "escaldado" en Valencia (no sé en otros lugares) con las nuevas tasas, impuestos tarifas o lo que sea...
            "pagamentos", vamos...



            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ghlight=yatazo

            Comentario


            • #7
              Re: impuesto T-5

              Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
              Hablemos con propiedad. No se trata de un impuesto.
              No es lo mismo un impuesto, que una tasa, o que una tarifa, por ejemplo. Pero eso sería objeto de otra discusión...
              A lo que vamos, la T-5 es una tarifa de la Autoridad Portuaria.
              Me surge otra duda...
              ¿se aplica el IVA a una tasa?

              Comentario


              • #8
                Re: impuesto T-5

                una máquina inspectorate
                “Los mejores libros son aquellos que quienes los leen creen que también ellos pudieron haberlos escrito”

                Comentario


                • #9
                  Re: impuesto T-5

                  Originalmente publicado por mafalda Ver Mensaje
                  Me surge otra duda...
                  ¿se aplica el IVA a una tasa?

                  No jeje
                  Saludos,

                  Comentario


                  • #10
                    Re: impuesto T-5

                    Originalmente publicado por Capitán Garbí Ver Mensaje
                    una máquina inspectorate
                    Que va, hombre, es mi trabajo... Pero
                    Saludos,

                    Comentario


                    • #11
                      Re: impuesto T-5

                      Hola a todos.
                      Ya he pagado varios años esta tasa, siempre atraves del C. nautico donde estoy amarrado (Villajiosa).El año pasado manifesté mi duda sobre la aplicacion del IVA a esta tasa y me respondieron que si procedia. ¿como podria documentar que no procede su aplicacion?

                      Comentario


                      • #12
                        Re: impuesto T-5

                        Originalmente publicado por Joanka Ver Mensaje
                        Ya he pagado varios años esta tasa, siempre atraves del C. nautico donde estoy amarrado (Villajiosa).El año pasado manifesté mi duda sobre la aplicacion del IVA a esta tasa y me respondieron que si procedia. ¿como podria documentar que no procede su aplicacion?
                        Por eso preguntaba yo...
                        no eres el único que ha pagado una tasa gravada además con el IVA

                        Comentario


                        • #13
                          Re: impuesto T-5

                          Otro "paganini"

                          Mafalda ¿como hacemos?

                          Comentario


                          • #14
                            Re: impuesto T-5

                            Perdón, donde dije "no", digo "sí".
                            Vaya lapsus...
                            Saludos,

                            Comentario


                            • #15
                              Re: impuesto T-5

                              Me quedan unos euritos para invitar antes de tener que pagar el X5.
                              Entonces ronda para todos
                              que tengo una duda.

                              En Moaña (frente a Vigo) el puerto deportivo nos cobra el X5
                              semestralmente, y me han dicho que si entra un barco durante
                              un mes por ejemplo, pues tengo que pagar los meses restantes
                              para completar el semestre. Por ejemplo hecho el barco
                              al agua en septiembre solo pues me toca pagar tambien
                              octubre, noviembre y diciembre.

                              Alguién tiene más info al respecto?

                              Porque según el articulo

                              Artículo 53. Cuantía básica.
                              1. La cuantía básica en pesetas de esta tarifa por metro cuadrado y por períodos de veinticuatro horas o fracción, contados a partir de las doce horas del mediodía, para cada uno de los servicios independientes que se presten
                              __/)____________
                              ______(\________

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