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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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O mueves el barco o te lo mueven

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  • O mueves el barco o te lo mueven

    Al margen de que podamos estar más o menos a favor de esta medida. ¿Puede una comunidad autónoma hacer esto?.

    Un ayuntamiento sí tiene capacidad por ejemplo para retirar vehículos de la vía pública por abandono. ¿Es lo mismo?.


  • #2
    Re: O mueves el barco o te lo mueven

    Parece una noticia del dia de los inocentes.

    tomo asiento

    Comentario


    • #3
      Re: O mueves el barco o te lo mueven

      Lo veo complicado de cumplir.

      No de forma tan radical, pero vendria bien que si pasados unos meses, ni se paga el amarre, ni se mantiene el barco en condiciones, el puerto pueda sacarlo del amarre y venderlo, se evitaria mucho abuso por parte de algunos armadores sinverguenzas.

      Me quedo sentado al lado de la gramola a escuchar.



      .

      sigpic Slava Ukrayini!.

      Comentario


      • #4
        Re: O mueves el barco o te lo mueven

        Pues la verdad, es que no se si brindar o no.

        Por un lado, me molesta mucho la, cada vez más, intrusión de la Ley en nuestra vida privada, pero por el otro lado, entrar a un puerto, ver cascarones flotando que sólo hacen que criar barbas y moho y, como consecuencia, encarecer el amarre de verdaderos navegantes, me da mucho por culo.

        Sin mencionar, los gastos que nos acarrea a todos el reflotar/transportar un buque hundido/abandonado para su desguace.

        De todos modos, poder determinar que un barco está abandonado en sólo 3 meses, no lo veo del todo claro.

        A más de uno se nos habrían llevado el barco!

        Comentario


        • #5
          Re: O mueves el barco o te lo mueven

          Pues yo sufro con mi vecino un verdadero carbario porque lleva 7 años sin pagar al club y mucha cartas y mucho jugado y es lo mismo sin defensa amarrada muy mal pero es que tienen mucha cara tenemos la puerta que se a ciona con el mobil y ellos blincan la valla entran a toda leche y ni llamarle la tencion claro como es fulanico pues parece que les da miedo conque ay metienes aguantando la vela mea caido ese castigo

          Comentario


          • #6
            Re: O mueves el barco o te lo mueven

            habla de dos circunstancias....
            sin actividad y sin abono de tasas. amén de seguridad y bla bla bla...

            pues me parece bien la medida
            Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella.

            Zheng He (1371-1435)

            Comentario


            • #7
              Re: O mueves el barco o te lo mueven

              La idea de poderlo vender, en este país donde la picaresca esta por estrenar, es muy tranquilizadora.

              Comentario


              • #8
                Re: O mueves el barco o te lo mueven

                Originalmente publicado por Manuel Caparros Ver Mensaje
                Pues yo sufro con mi vecino un verdadero carbario porque lleva 7 años sin pagar al club y mucha cartas y mucho jugado y es lo mismo sin defensa amarrada muy mal pero es que tienen mucha cara tenemos la puerta que se a ciona con el mobil y ellos blincan la valla entran a toda leche y ni llamarle la tencion claro como es fulanico pues parece que les da miedo conque ay metienes aguantando la vela mea caido ese castigo
                manuel , tu tranquilo no sufras por quien no sufre por ti , ni teacerdes de quien no se acuerda de ti , y si tienes problemas coges unas defensas planas grandes y por el lado del vecino le pones unos ladrillos ,
                no te deprimas que la vida es corta , salutttt kiqu
                kiqu

                Comentario


                • #9
                  Re: O mueves el barco o te lo mueven

                  En líneas generales, y a la espera de la concreta plasmación normativa, la idea me parece lógica. Un barco, como cualquier otro patrimonio, debe sustentarse por su propietario y si el armador no puede o no quiere mantenerlo no es de recibo que el puerto y el resto de usuarios tengan que sufragar y soportar la situación. La idea parte de la concurrencia de la doble premisa del "abandono" y del impago de cuotas, siendo este último el criterio esencial ya que la concreta determinación de lo que se entiende por abandono pienso que tendrá una difícil concreción regulatoria teniendo en cuenta el concepto tan dispar que cada armador puede tener sobre el mantenimiento de su barco.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: O mueves el barco o te lo mueven

                    Se podrán discutir los detalles y las formas, pero resulta evidente para la inmensa mayoría que no se puede dejar un barco abandonado en un puerto indefinidamente sin que la autoridad competente tome cartas en el asunto y ponga las medidas oportunas para corregir la situación. Como ciudadanos tenemos derechos pero también deberes. Si pasas de todo algo habrá que hacer, digo yo.

                    Allá donde habita la libertad, está mi patria

                    Comentario


                    • #11
                      Re: O mueves el barco o te lo mueven

                      Originalmente publicado por cajador Ver Mensaje
                      En líneas generales, y a la espera de la concreta plasmación normativa, la idea me parece lógica. Un barco, como cualquier otro patrimonio, debe sustentarse por su propietario y si el armador no puede o no quiere mantenerlo no es de recibo que el puerto y el resto de usuarios tengan que sufragar y soportar la situación. La idea parte de la concurrencia de la doble premisa del "abandono" y del impago de cuotas, siendo este último el criterio esencial ya que la concreta determinación de lo que se entiende por abandono pienso que tendrá una difícil concreción regulatoria teniendo en cuenta el concepto tan dispar que cada armador puede tener sobre el mantenimiento de su barco.
                      Ojo, entiendo que no habla del impago de cuotas del puerto, sino de tasas administrativas, que obviamente van dentro de las cuotas mencionadas. El único pero que le veo es en el caso de que el amarre esté alquilado. En este caso puede ser que el arrendador esté al corriente de pago con el arrendatario pero que este último sea el que está en situación de impago.

                      Saludos

                      Comentario


                      • #12
                        Re: O mueves el barco o te lo mueven

                        La idea me parece bien aunque 3 meses lo veo escaso según las circunstáncias. Hay que pensar también en la gente que vive lejos o muy lejos y que pueda sufrir un problema temporal involuntario. (Salud, falta de comunicación...)

                        Odin

                        Comentario


                        • #13
                          Re: O mueves el barco o te lo mueven

                          Originalmente publicado por ODIN Ver Mensaje
                          La idea me parece bien aunque 3 meses lo veo escaso según las circunstáncias. Hay que pensar también en la gente que vive lejos o muy lejos y que pueda sufrir un problema temporal involuntario. (Salud, falta de comunicación...)

                          Odin
                          En mi puerto hay algun pajaro que lleva mas de 7 años sufriendo un problema MORRIL temporal involuntario, y mientras, el resto de socios pagando su amarre y sus tasas.

                          Puede que tres meses sea poco, pero ahora mismo y con la normativa actual es un puto cachondeo.

                          .

                          sigpic Slava Ukrayini!.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: O mueves el barco o te lo mueven

                            Lo de los expedientes de abandono no es nada nuevo. La Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante de 2011 lo contempla (y la anterior creo que también), si bien para los puertos de titularidad estatal.

                            Y estos expedientes se tramitan, aunque no con la frecuencia que deberían. En algunos puertos hay barcos abandonados que son un auténtico peligro y que, cuando se hunden, acaban siendo un problema que acabamos pagando los de siempre (los administrados).

                            Lo que ha hecho (o quiere hacer) la Comunidad Autónoma de Murcia es establecer en la normativa de los puertos de su titularidad un procedimiento similar. Lo que fastidia es que se legisle a golpe de Telediario. Ahora que se han dado cuenta del problemón causado por eel Penélope, cuyo coste de reflotamiento ha sido sufragado por la Administración, si hubieran previsto en la legislación este procedimiento es posible que no hubiara acabado así el tema.

                            Y que nadiese asuste, que no creo que sea de aplicación en las marinas deportivas...

                            Una de grog

                            Comentario


                            • #15
                              Re: O mueves el barco o te lo mueven

                              Esta ley con su correspondiente reglamento afecta a los puertos de titularidad pública, los de titularidad privada se rigen por el regimen de concesión y si esta ley la modifica no lo puede hacer con efecto retroactico.
                              El otro caso son las aguas del Mar Menor, con miles de barcos fondeados ilegalmente durante mucho tiempo, aquí lo veo más positivo, dejaran entoces de ejercer presión para suprimir los puertos
                              Sobre el hundimiento controlado de barcos, mi postura es favorable siempre uqe se haga controladamente, favorece el medio ambiente bajo forma de arrecife, las especies colonizan y buscan refugio, y los buceadores disfrutan. Los ecologistas No
                              Ahí va mi opinion y una ronda a los que estan más cerca
                              A de Contreras

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