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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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  • #91
    Re: Firma la petición en Change.org

    Pues firmado y el trabajo hecho para la DGMM
    No será mucho trabajo para un funcionario. ..

    Comentario


    • #92
      Firma la petición en Change.org

      Firmado


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      Comentario


      • #93
        Re: Firma la petición en Change.org

        Originalmente publicado por ponzoa Ver Mensaje
        Va una ronda de lo que quieren de mi cuenta.

        Como saben muchos, la DGMM ha lanzado un intento de atropello de nuestros derechos como navegantes y armadores. Con el fin de paralizar este intento, he empezado una campaña en Change.org que ruego firmen para defender vuestros derechos.

        Pueden firman en este link: https://www.change.org/p/dirección-gene...-del-9-mayo-18

        También hay una encuesta de 10 minutos que usará Anavre en una reunión con la DGMM y ANEN que pueden completar en 10 minutos pinchando en este link.

        https://www.survio.com/survey/d/A7K5Q8P9C2V9Q8D9D

        Ruego indican aquí (si quieren) cuando lo hayan firmado o completado para mantener estos links y este hilo a principio de página



        Gracias cofrades!

        De momento, 1100 firmas y a falta de 1 para 600 encuestas completadas.

        ánimo!

        Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

        Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

        ANAVRE: Socio 1928

        Vendo mi barco. Más info aquí
        oceanis350.wordpress.com

        Comentario


        • #94
          Re: Firma la petición en Change.org

          Firmado y encuestado

          Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte.
          Socio de ANAVRE

          https://veleroironia.blogspot.com/

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          • #95
            Firma la petición en Change.org

            Up


            Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
            Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

            Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

            ANAVRE: Socio 1928

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            oceanis350.wordpress.com

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            • #96
              Re: Firma la petición en Change.org

              Encuesta y firma !!!



              ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

              Comentario


              • #97
                Re: Firma la petición en Change.org

                Firmada,y encuesta realizada
                Editado por última vez por josean62; 09/06/2018, 08:56:11.

                Comentario


                • #98
                  Re: Firma la petición en Change.org

                  No voy a firmar esta petición ya que no estoy de acuerdo con los fundamentos de derecho aportados, voy a intentar justificar mi opinión:
                  PRIMERO.-

                  Conforme a la Convención de las Naciones Unidas sobre Alta Mar de 1958, en su artículo 6.1, y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, en su artículo 92.1, los buques privados son territorio del Estado al que pertenecen, en función de su abanderamiento, con sometimiento a las leyes de aquel, por lo que no pueden ser regulados por un país en el que se encuentren amarrados, ni en el que tengan puerto base ni por el mero hecho de que su propietario tenga una residencia o nacionalidad concreta por encima de la regulación para los mismos prevista por el estado de su pabellón.
                  Cuando hablamos del artículo 92 del convenio de Montego Bay, (en adelante CNUDM) conviene saber que dicho precepto se encuentra encuadrado en la parte VII del mismo, dicha parte lleva como título la alta mar y comprende los artículos 86 a 120.

                  El CNUDM divide los mares en 4 zonas según su sometimiento a la normativa del estado ribereño, siendo la alta mar la única en la que los buques están sometidos a la jurisdicción administrativa y penal del estado de abanderamiento (salvo en casos previstos en otros tratados como el de viena de 1988 que permite detener a buques de cualquier nacionalidad en caso de que trafiquen con drogas)

                  El artículo 86 establece el ámbito de aplicación de las disposiciones de la parte VII, dice que se aplicarán a las partes del mar no incluídas en la zona económica exclusiva, mar territorial o aguas interiores del estado

                  Cito textualmente el artículo para mayor claridad

                  1. Los buques navegarán bajo el pabellón de un solo Estado y,
                  salvo en los casos excepcionales previstos de modo expreso en los tratados
                  internacionales o en esta Convención, estarán sometidos, en la alta mar,
                  a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado. Un buque no podrá cambiar
                  de pabellón durante un viaje ni en una escala, salvo en caso de


                  Por lo tanto la afirmación que se hace de que los buques privados son territorio de un estado y están sometidos a jurisdicción exclusiva del estado de abanderamiento, independientemente de la zona en la que navegue no es cierta, pero sí que lo es en alta mar (salvo que cace ballenas o transporte cocaína )


                  SEGUNDO.-

                  Igualmente en los supuestos de control de embarcaciones de pabellón extranjero, para el cumplimiento de la norma propuesta, las acciones inspectoras e iniciadoras del procedimiento administrativo sancionador de la fuerza actuante, entrarían en conflicto directo con la normativa sobre el Derecho de Paso inocente según lo previsto por la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, Montego Bay, de 10 de diciembre de 1982, en sus artículos 18 y 19....
                  El concepto de paso inocente en efecto tiene dos acepciones, una es un buque extranjero que pase por el mar territorial sin entrar en aguas interiores, es decir un buque que viene de alta mar o de el mar territorial de otro país y que se dirige a la alta mar o mar territorial de otro país atravesando el mar territorial español

                  La segunda acepción (que es la que resaltas en negrita ) es la de un buque extanjero que viene de alta mar o mar territorial de otro país a recalar a un puerto español o a fondear en aguas interiores (o viceversa).

                  En ningún caso se puede aplicar el concepto de paso inocente a un buque que tiene un puerto base en españa, es decir sale de aguas interiores hacia el mar territorial para al final del día volver a aguas interiores. Tampoco puede aplicarse el concepto de paso inocente en aguas interiores (esto es una obviedad)

                  El derecho de paso inocente debe realizarse de forma rápida e ininterrumpida y no comprende el derecho a la detención y al fondeo salvo que se trate de incidentes de la navegación o por causas de fuerza mayor o de socorro.

                  En la ley de navegación marítima se incluye la provisión de que las embarcaciones y buques dedicados al recreo fondeen en calas y lugares de baño, pero tal provisión se encuentra en el capítulo IV del régimen general de la navegación y no en el V donde se regula el paso inocente.

                  No es un derecho ilimitado y por tanto no es posible que una embarcación de recreo con base en puerto español y por tanto que no se dirige a alta mar ni al mar territorial de otro estado, sino que permanece indefinidamente en aguas españolas pueda ser considerado investido con el derecho de paso inocente, derecho que fué creado con el objetivo para favorecer el comercio internacional.

                  TERCERO:

                  Constitución Española de 1978. Título I. De los derechos y deberes fundamentales Capítulo segundo. Derechos y libertades Artículo 14.

                  “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
                  En este estamos de acuerdo

                  CUARTO:

                  Código Civil Artículo 10.2

                  “2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.”
                  analizando el artículo 10 del CC vemos que está encuadrado en el título preliminar (denominado: de las normas jurídicas su aplicación y eficacia) capítulo IV (Normas de derecho internacional privado)

                  Las normas de derecho internacional privado como su nombre indica sirve para resolver conflictos privados. Desde el punto de vista PRIVADO lo que el CC viene a decir es que el buque estará únicamente sometido a las normas de su pabellón, es decir, el régimen de propiedad, derechos reales limitativos y de garantía (hipotecas) ,condiciones de transferencia y formas de publicidad (registro de bienes muebles).


                  La exposición de motivos del Decreto 1836/1974, de 31 de mayo, por el que se sanciona con fuerza de Ley el texto articulado del título preliminar del Código Civil dice lo siguiente:

                  Con objeto de ofrecer una visión esquemática de los criterios predominantemente utilizados en la enunciación de las normas de derecho internacional privado pueden señalarse las siguientes notas caracterizadoras:

                  Séptima.–Una modificación profunda es apreciable en las antiguas normas sobre bienes muebles e inmuebles que, como reflejo de la concepción estatuaria, quedaban atenidos, respectivamente, a la ley del propietario y a la del lugar donde estuvieren sitos, mientras ahora la posesión, la propiedad y los derechos reales recayentes sobre unos y otros bienes, así como la publicidad de los inmuebles, habrán de regirse por la ley del lugar donde se encuentren, al paso que respecto de los buques, las aeronaves y los demás medios de transporte, la emisión de títulos-valores, la propiedad intelectual y la industrial se configuran las disposiciones requeridas por su peculiar naturaleza y función.



                  Cuando hablamos de la ley 14/14 , del RDL 2/2011 o del convenio de Montego Bay estamos hablando de derecho internacional público, que regula la actuación de los estados y por lo tanto el famoso artículo 10 del CC en ningún caso puede regular ni agotar la materia que estamos tratando (la jurisdicción de los estados ribereños sobre los buques en sus aguas territoriales)

                  QUINTO:

                  Ley 14/2014 de 24 de Julio Capítulo IV Arts. 37, 43.1, 44, 48 :

                  Artículo 37. Derecho de paso inocente.

                  “1. La navegación por el mar territorial de todos los buques extranjeros, incluidos los de Estado, se sujetará al régimen de paso inocente.”

                  Artículo 43. Ejercicio de la jurisdicción civil.

                  “1. Los buques extranjeros que pasen por el mar territorial no podrán ser detenidos o desviados para ejercer la jurisdicción civil respecto a las personas que se hallen a bordo de los mismos.”

                  Artículo 44. Ejercicio de la jurisdicción penal.

                  “La jurisdicción penal española en relación con los buques extranjeros que se encuentren en el mar territorial español se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y los tratados aplicables y, en especial, en el apartado 1 del artículo 27 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982.”

                  Artículo 48. Ejercicio del derecho de persecución y de visita.

                  “Los derechos de persecución y de visita se ejercerán por las causas y en la forma en que se establecen en la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar y demás convenios internacionales que resulten de aplicación
                  Los artículos 37 a 47 están encuadrados en el capítulo V de la Ley de Navegación , capítulo dedicado al paso inocente, si consideramos que un barco que permanece indefinidamente en aguas españolas está en paso inocente entonces sí que son de aplicación pero dicha interpretación es cuanto menos discutible.

                  Comentario


                  • #99
                    Re: Firma la petición en Change.org

                    Ni te leo whitecast - ya sabemos todos de que pata cojeas.

                    Para los demás sensatos de esta taberna, ya levamos unos 1147.

                    up!

                    Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

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                    ANAVRE: Socio 1928

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                    Comentario


                    • Re: Firma la petición en Change.org

                      Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes.
                      Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas.
                      Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN.
                      Colabora con nosotros
                      http://paom.es/

                      Comentario


                      • Re: Firma la petición en Change.org

                        no queria decir nada,pero no hay mejor aprecio que no dar aprecio,para mi lo que diga este señor me la suda.así de claro,pero por si le molesta mas,le diré que tengo bandera belga y puerto base holandes,,sigan firmando y no se dejen acojonar ,que el tiempo del coco ya pasó......

                        Comentario


                        • Re: Firma la petición en Change.org

                          A mi personalmente que quiten lo de la bandera belga me perjudica como a vosotros ya que voy a adquirir en breve un velero y me gustaría poder navegar sin balsa, sin epirb península baleares o ir incluso saltar a corcega o cerdeña sin comprar una caríisima emisora de onda media o inmarsat... me perjudica igual que vosotros...

                          Pero si queréis que esto se frene y no salga adelante la normativa tenéis que aportar alegaciones serias y las que habéis puesto en la petición de change no hay por donde cogerlas.. es que no dan ni una a derechas... en fin, lamento que mi escrito sea molesto, símplemente era una opinión , con ánimo de aportar más que de cabrear a la peña...

                          Comentario


                          • Re: Firma la petición en Change.org

                            Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                            A mi personalmente que quiten lo de la bandera belga me perjudica como a vosotros ya que voy a adquirir en breve un velero y me gustaría poder navegar sin balsa, sin epirb península baleares o ir incluso saltar a corcega o cerdeña sin comprar una caríisima emisora de onda media o inmarsat... me perjudica igual que vosotros...

                            Pero si queréis que esto se frene y no salga adelante la normativa tenéis que aportar alegaciones serias y las que habéis puesto en la petición de change no hay por donde cogerlas.. es que no dan ni una a derechas... en fin, lamento que mi escrito sea molesto, símplemente era una opinión , con ánimo de aportar más que de cabrear a la peña...
                            Pues si vas a dar esos saltos, incluso con Belga, te recomiendo que adquieres Balsa y EPIRB. Si vas con Belga, se hace razonable y asequible ya quedas revisiones son según fabricante y no te va intentar la GC robarte de tu paga extra por cualquier tontería si vas con Belga.

                            Whitecast, no nos vamos a poner de acuerda acerca de la interpretación de la ley, per creo que tienes dedos de frente suficiente para gestionar y ser responsable de tu propio seguridad. En este caso, la Belga te va venir bien.

                            Buena proa y sigo animando a todos a firmar.

                            Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

                            Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

                            ANAVRE: Socio 1928

                            Vendo mi barco. Más info aquí
                            oceanis350.wordpress.com

                            Comentario


                            • Re: Firma la petición en Change.org

                              Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                              A mi personalmente que quiten lo de la bandera belga me perjudica como a vosotros ya que voy a adquirir en breve un velero y me gustaría poder navegar sin balsa, sin epirb península baleares o ir incluso saltar a corcega o cerdeña sin comprar una caríisima emisora de onda media o inmarsat... me perjudica igual que vosotros...
                              Pues aunque yo no estoy considerando bandera belga (mis aspiraciones son bastante modestas) me gustaría saber cómo podría hacer para estar seguro de que no me salgo de la zona 6, si para las misma no es obligatorio un plotter, ni tampoco está claro lo que se considera "playa o abrigo accesible" (para unos barcos lo puede ser, y para otros no), ni si (como se ha discutido hasta la saciedad en otros hilos) se refiere al puerto de salida o a cualquier otro que quede a lo largo de la travesía. Es como si te dicen que en bicicleta no puedes ir a más de 20 Km/h... pero la bicicleta no lleva velocímetro. Pero no vamos a dar ideas, que igual ponen GPS obligatorio para la 6. Veo que conoces muy bien el tema, igual puedes dar una respuesta.
                              incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                              ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

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                              • Re: Firma la petición en Change.org

                                firmado y compartido , por probar no se pierde nada ,
                                saluttttt kiqu
                                kiqu

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                                Trabajando...
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