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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Remolque por mar

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  • #16
    Re: Remolque por mar

    Originalmente publicado por pil pil Ver Mensaje


    Ese artículo esta derogado.no existe competencia exclusiva.

    Se ha derogado porque las competencias sobre remolque encajan mejor dentro de las competencias de la dgmm que en las del ministerio, pero siguen siendo las mismas

    En el RD 953/2018 artículo 7 y el 266 de la ley de puertos del estado atribuyen dichas competencias a los capitanes maritimos

    Comentario


    • #17
      Re: Remolque por mar

      Parece un "atado y bien atado" de intereses económicos típico de la DGMM y las empresas concesionarias que la orbitan.

      ¿Para qué cambiar de puerto para solucionar una avería?

      ¿Tal vez para buscar un varadero menos abusivo?

      Si así fuera, habría una protesta del monopolio-varadero de este puerto contra los que se lo concedieron...

      Paso siguiente: Prohibir el remolque solidario... a menos que sea otra empresa de concesión oficial quién lo haga...
      ……………………………….
      De todas formas, cualquier "astucia" legislada siempre tiene un argumentario (¡son abogados!) que parece respaldarla.

      Y es que, realmente, un remolque en la mar es siempre una acción peligrosa para la integridad del barco e, incluso, para las personas.

      Si el barco que remolca (haciendo un favor) arranca las cornamusas o incluso
      el espejo de popa ¿Quién paga?: El seguro no.

      Si el remolcado, por una falsa maniobra, se pierde o arranca un trozo de cubierta, ¿Quién paga?: El seguro no.

      Si el cabo de remolque se parte y el latigazo decapita a alguien (hay precedentes) ¿Quién es responsable?


      Si... siempre hay un argumentario.

      Yo estoy preparando uno para el futuro decreto de disolución de la DGMM...


      -----------------------------------------------
      ...¿y por qué no?...
      -----------------------------------------------

      Comentario


      • #18
        Re: Remolque por mar

        Originalmente publicado por iperkeno Ver Mensaje
        Parece un "atado y bien atado" de intereses económicos típico de la DGMM y las empresas concesionarias que la orbitan.

        ¿Para qué cambiar de puerto para solucionar una avería?

        ¿Tal vez para buscar un varadero menos abusivo?

        Si así fuera, habría una protesta del monopolio-varadero de este puerto contra los que se lo concedieron...

        Paso siguiente: Prohibir el remolque solidario... a menos que sea otra empresa de concesión oficial quién lo haga...
        ……………………………….
        De todas formas, cualquier "astucia" legislada siempre tiene un argumentario (¡son abogados!) que parece respaldarla.

        Y es que, realmente, un remolque en la mar es siempre una acción peligrosa para la integridad del barco e, incluso, para las personas.

        Si el barco que remolca (haciendo un favor) arranca las cornamusas o incluso
        el espejo de popa ¿Quién paga?: El seguro no.

        Si el remolcado, por una falsa maniobra, se pierde o arranca un trozo de cubierta, ¿Quién paga?: El seguro no.

        Si el cabo de remolque se parte y el latigazo decapita a alguien (hay precedentes) ¿Quién es responsable?


        Si... siempre hay un argumentario.

        Yo estoy preparando uno para el futuro decreto de disolución de la DGMM...


        joderrrrrr , disolución de la DGMM , como querer juzgar , al cazador de elefantes ,
        saluttttt kiqu
        kiqu

        Comentario


        • #19
          Re: Remolque por mar

          Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
          Se ha derogado porque las competencias sobre remolque encajan mejor dentro de las competencias de la dgmm que en las del ministerio, pero siguen siendo las mismas

          En el RD 953/2018 artículo 7 y el 266 de la ley de puertos del estado atribuyen dichas competencias a los capitanes maritimos

          Siento discrepar nuevamente. Solo establece que el Capitan Marítimo "podrá" establecer el practicase y el remolque y solo "por razones de seguridad". Nada mas.

          No hay obligatoriedad de remolcaje profesional y menos en exclusiva.

          Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

          Comentario


          • #20
            Re: Remolque por mar

            Las competencias de la dgmm por el RD 953/2018

            a) El control del tráfico marítimo y del despacho. El registro y abanderamiento de buques; las instrucciones respecto del auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y del salvamento de la vida humana en la mar, homologación y control de centros de formación de enseñanzas profesionales marítimas, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas, la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.

            Yo entiendo que cualquier remolque que se preste ( que no suponga un salvamento) necesita autorización del órgano competente, en el mar todo está regulado , no se pueden hacer remolques piratas, la sanción que han puesto en el hilo es una prueba bastante contundente, pero siempre se puede alegar en caso de que nos sancionen

            Comentario


            • #21
              Re: Remolque por mar

              Entiendo que la capitania debe estar enterada y autorizar el remolque igual para un particular que para un remolcador pero no encuentro el hilo de la sancion me podias poner el link

              gracias



              Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
              Las competencias de la dgmm por el RD 953/2018

              a) El control del tráfico marítimo y del despacho. El registro y abanderamiento de buques; las instrucciones respecto del auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y del salvamento de la vida humana en la mar, homologación y control de centros de formación de enseñanzas profesionales marítimas, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas, la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.

              Yo entiendo que cualquier remolque que se preste ( que no suponga un salvamento) necesita autorización del órgano competente, en el mar todo está regulado , no se pueden hacer remolques piratas, la sanción que han puesto en el hilo es una prueba bastante contundente, pero siempre se puede alegar en caso de que nos sancionen

              Comentario


              • #22
                Re: Remolque por mar

                Lo ha puesto makoki en el 5o post de este hilo ,aunque no aparecen los fundamentos de derecho en que se basan por lo que solo podemos elucubrar,

                Comentario


                • #23
                  Re: Remolque por mar

                  Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
                  Las competencias de la dgmm por el RD 953/2018

                  a) El control del tráfico marítimo y del despacho. El registro y abanderamiento de buques; las instrucciones respecto del auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y del salvamento de la vida humana en la mar, homologación y control de centros de formación de enseñanzas profesionales marítimas, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas, la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.

                  Yo entiendo que cualquier remolque que se preste ( que no suponga un salvamento) necesita autorización del órgano competente, en el mar todo está regulado , no se pueden hacer remolques piratas, la sanción que han puesto en el hilo es una prueba bastante contundente, pero siempre se puede alegar en caso de que nos sancionen


                  Vuelvo a disentir. Una cosa es tener la competencia para regular el remolque y otra cosa es como se regula. No se establece por ningun lado que sea exclusiva y profesional.

                  Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Remolque por mar

                    Originalmente publicado por hma Ver Mensaje
                    Lo ha puesto makoki en el 5o post de este hilo ,aunque no aparecen los fundamentos de derecho en que se basan por lo que solo podemos elucubrar,


                    Esa sanción es previa a la promulgación de la Ley de Puertos y de la derogación del art 263 f.

                    No es valida como argumento.

                    Un saludo

                    Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Remolque por mar

                      Gracias por las respuestas, sea justo o no veo que hay sanciones....y alguien sabe a quien puedo recurrir de forma "legal" para el transporte de remolque por mar?

                      Comentario


                      • #26
                        Remolque por mar

                        Solo tienes que decir que no te iba el motor.
                        Cualquier persona tiene que auxiliar a otro con problemas en el mar.
                        También en el reglamento diferencian sobre quién eche el cabo al otro a la hora de remolcar. No recuerdo los términos, y cuál es el nombre que considera a cada uno, pero si te lo echan pueden reclamar después una mayor cantidad de dinero, aunque no creo que sea algo habitual, si lo podrían solicitar.
                        Cuando llame al seguro la última vez les consulte, y se hacen cargo aunque te remolque alguien que no sea profesional. No me imagino en medio del mar diciendo que espero a que venga un profesional para remolcarme. Si bien hay que dar aviso primero por radio, canal 16, para que lo sepan.
                        Corregirme, su me equivoco, en mis equivocaciones y términos.

                        Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk
                        Asociación Española de Actividades Subacuáticas
                        http://www.subacuatico.es

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Remolque por mar

                          Originalmente publicado por kiqu Ver Mensaje
                          Mas claro el agua, perooooo , el colega que ha ,abierto el hilo , en ningun momento ha hablado , de remolcar en caso de emergencia , se ha referido a trasladar de un puerto a otro , un barco , y considero que esto , lo puede hacer un profesional , que los haymuchos , y buenos , y se responsabiliza de la enbarcacion ,
                          Que hay mucho listillo que es capaz de amarrar , un barco a un patin de playa ,por no pagar u eurillu
                          Saluttttt kiqu


                          Entiendo que las embarcaciones deportivas son definidas como recreativas y deportivas.La actividad que pretende el cofrade es una relación comercial.En este caso solo esta permitido el arrendamiento. En mi caso no remolcaría a cambio de un precio ,pero no tendría ninguna duda en un remocaje de emergencia.Mi duda estaria en un remolcaje sin animo de lucro (por ejemplo por amistad).

                          Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Remolque por mar

                            Originalmente publicado por Titanium Ver Mensaje
                            Gracias por las respuestas, sea justo o no veo que hay sanciones....y alguien sabe a quien puedo recurrir de forma "legal" para el transporte de remolque por mar?
                            Pues dependerá mucho de la zona en la que estés,en mi zona de navegación hay varias empresas que tienen Zodiac que se dedican profesionalmente a servicios de remolque asistencia de embarcaciones

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Remolque por mar

                              Pues en el temario del PER se estudia, no solo como tomar remolque, sino tambien el cómo dar remolque. No tendria ningun sentido si uno no puede dar remolque

                              Eso esta en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones
                              náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Del BOE del Sábado 11 de octubre de 2014

                              https://www.fomento.es/recursos_mfom...a201410344.pdf

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Remolque por mar

                                El remolque del PER es de emergencia...totalmente lógico por otra parte.

                                Lo que no se estudia es como sacar de un puerto otra embarcación a remolque...ni se hacen prácticas, o al menos no me las han cobrado

                                Comentario

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