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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Vender barco heredado.

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  • Vender barco heredado.

    ... marchando una ronda de chupitos de Jack a todos.m

    Pues en su día falleció mi padre y no moví ni un papel. Ahora voy a vender mi barco que está a su nombre. Supongo que los herederos somos mi madre, mi hermana y yo mismo.

    ¿Hace falta ponerlo a mi nombre para venderlo?

    ¿Qué necesito presentar en capitanía?

    Saludos y buena mar.

  • #2
    Re: Vender barco heredado.

    Cofrade lo mejor o llamas a capitanía o a una gestora nautica
    Que todos tengamos buenos vientos y disfrute de nuestro ansiado mar


    http://velerocasper.blogspot.com.es/

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    • #3
      Re: Vender barco heredado.

      No hace falta ponerlo a tu nombre, yo el que tengo lo compré a los herederos y no a la propiedad y pudo pasar directamente a mi nombre.

      Comentario


      • #4
        Re: Vender barco heredado.

        Dependiendo de la comunidad autónoma donde vivas, por ejemplo, en Baleares, la forma de contrato matrimonial por defecto es la de "separación de bienes" lo que implica que lo que es de uno de los cónyuges no lo es del otro necesariamente. En ese caso, los herederos son todos los descendientes de tu padre, o sea, tu y tus hermanos, pero no tu madre. En otras comunidades, la mayoría, el régimen es de "bienes gananciales", lo que es de uno, es del otro, y habría que ver en ese caso en qué porcentaje sois cada uno de vosotros herederos de sus bienes. También podría que influyera si el barco fue adquirido antes o después de contraer matrimonio con tu madre.

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        • #5
          Re: Vender barco heredado.

          Yo le compre el barco a los herederos, se Hace una doble anotación en la hoja de asiento en el mismo acto, del fallecido a herederos y de estos al comprador. Eso si, necesitarás escrituras de aceptación herencia y demás papeleo... es un trámite bastante común, en capitanía te informarán exactamente qué documentación aportar.

          Comentario


          • #6
            Re: Vender barco heredado.

            ... pues eso haré. Iré a capitanía marítima a ver qué necesito. Gracias compañeros. Cuando esté a la venta, lo ofreceré por aquí con descuento para los taberneros

            Saludos y buena mar.

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            • #7
              Vender barco heredado.

              Yo antes me iría a un abogado o notario a ver que te dicen, supongo que habrá otros bienes y habrá que ponerlos en orden.
              Creo que si hace mas de 4 años ya estás exento de impuestos, y si hace mas de 6 meses y menos de 4 años tendrás que pagarlos con recargo.
              Así que antes de mover un dedo yo me informaría bien.
              Hablo de memoria y NO soy abogado. Pero lo que quiero decir es que es mejor informarte bien en un profesional y no aqui, donde cada uno te vamos a decir una cosa. También varía mucho la cosa según la comunidad autónoma.

              Mario.

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              • #8
                Re: Vender barco heredado.

                Ve primero a Capitania Maritima. Te ahorraras viajes.

                Rebe
                www.dubhe.es /http:/
                SOCIOS DE ANAVRE 2041 y 2042

                Comentario


                • #9
                  Re: Vender barco heredado.



                  Hola.

                  Yo entiendo que si existen más bienes que hay que poner en orden se incluye el barco en la tramitación de la herencia, su aceptación, inscripción, etc. (creo que la prescripción del impuesto seria a los 4 años y seis meses, si no lo han reclamado, lo que interrumpiría la prescripción).

                  Si todo esto hay que hacerlo solo para el barco habla con un "gestor de confianza" y seguramente te dirá como resolverlo de forma más simple.

                  Un saludo.
                  El hombre es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Vender barco heredado.

                    Si no incluiste el barco entre el inventario de bienes relictos y estás en el período de cuatro años y seis meses de prescripción y no se ha detectado la omisión por la administración competente, deberás escoger entre dos alternativas:
                    - Adicionar el inventario con una declaración complementaria del impuesto de sucesiones y pagar la cuota del impuesto correspondiente al tipo que suponga incrementar el valor del barco al de los restantes bienes relictos, más recargo administrativo por retraso, más intereses.
                    - Cruzar los dedos para que no se detecte la omisión y aguardar a vender el barco hasta el momento en que haya prescrito el impuesto.
                    Lo que antecede puede tener importancia en caso de valores elevados y practicamente no tenerla en caso de valores fiscales insignificantes para barcos antiguos, puesto que tal valor es el que se desprende de unos baremos de Hacienda que disminuyen el valor en función de la antiguedad del barco hasta situarlo en un valor venal muy inferior al obtenible, en su caso, en el mercado.
                    Saludos cordiales

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Vender barco heredado.

                      Mazatlan, no te veo despistado, no, en temas legales, fiscales y notariales.

                      Es muy enriquecedor que aquí haya gente tan variada y con conocimientos tan dispares

                      Sailing is better than waiting for a perfect day to ship. _/)




                      https://youtu.be/hJlojXdQVDQ

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Vender barco heredado.

                        Originalmente publicado por mazatlan Ver Mensaje
                        Si no incluiste el barco entre el inventario de bienes relictos y estás en el período de cuatro años y seis meses de prescripción y no se ha detectado la omisión por la administración competente, deberás escoger entre dos alternativas:
                        - Adicionar el inventario con una declaración complementaria del impuesto de sucesiones y pagar la cuota del impuesto correspondiente al tipo que suponga incrementar el valor del barco al de los restantes bienes relictos, más recargo administrativo por retraso, más intereses.
                        - Cruzar los dedos para que no se detecte la omisión y aguardar a vender el barco hasta el momento en que haya prescrito el impuesto.
                        Lo que antecede puede tener importancia en caso de valores elevados y practicamente no tenerla en caso de valores fiscales insignificantes para barcos antiguos, puesto que tal valor es el que se desprende de unos baremos de Hacienda que disminuyen el valor en función de la antiguedad del barco hasta situarlo en un valor venal muy inferior al obtenible, en su caso, en el mercado.
                        Saludos cordiales
                        Pues tengo que mirar el papeleo... testamento, declaración de herederos etc... No recuerdo que figurase el barco por ningún lado. En cualquier caso el barco no vale mucho (Hace un tiempo miré el valor venal y andaba sobre los 5000€) y supongo que me corresponde un 25% de su valor. Es un quicksilver 650 camping con fueraborda de 90 cv del 2002. Está en el mercado en torno a los 20.000€ (... que ya me parece pedir mucho).

                        Hace ya 15 años del fallecimiento de mi padre, por lo que supongo que todos los impuestos posibles están más que prescritos.

                        Muchísimas gracias a todos por vuestra ayuda. Iré a capitanía marítima con un carro de papeles, pero seguro que en primer intento me echar para atrás

                        Saludos y buena mar.

                        Comentario

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