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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

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  • #16
    Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

    Hazlo vía telemática, con tu DNI-e o certificado digital (de la fnmt). Lo más seguro es que esté activo este procedimiento ya que la administración está obligada a los procedimientos telematicos por Ley.

    Así terminas con las trabas del funcionario de turno y que hayas dado con que sea uno de esos rancios con mente kafkiana que se creen por encima del bien o del mal -pasa por desgracia muy a menudo-, o bien que lleve razón -te haya informado bien- y sea un disparate del ayuntamiento. Pero tú estás en lo correcto, lonhaces telematicamete, y que te contesten, en este caso por escrito están obligados de esa manera-, a ese domicilio "temporal", que cuando lo hagan ya estarás en tu sitio nuevo y te lo traerá al pairo.
    Editado por última vez por Magallanes; 07/04/2020, 23:31:27.

    http://www.anavre.org

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    • #17
      Re: Respuesta: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

      Originalmente publicado por cabadias Ver Mensaje
      Mmm... Caso muy curioso.

      En primer lugar te diría que busques otra notaria, desde mi punto de vista tu caso si te lo deberían aceptar.

      Lo que si veo más complicado son las tasaciones...

      Por otro lado lo de no poder empadronar-te en la vivienda donde vives es muy raro... Prueba a pedir un permiso para empadronar-te a la propiedad y vas al ayuntamiento con ese permiso.

      En teoría a los ayuntamientos les da igual si lo tienes alquilado o no, si pagas o no, lo que necesitan es una autorización de la propiedad. En los contratos de alquiler de vivienda normales eso ya queda sobreentendido, pues se suele redactar que el motivo del alquiler es para que sea tu residencia habitual y se fija dicha residencia como dirección para notificaciones.

      Espero que puedas solucionar tu problema.

      Gracias por tus comentarios. En estas cosas, todo suma, cofrade.

      Sobre lo de la notaría, como quien lleva toda la gestión del proceso es la inmobiliaria, pues ahí estamos. Y eso afecta también a la tasaciones, claro.

      Lo de la autorización de los propietarios, para eso me dieron un documento con el fin de que me autoricen a empadronarme. Pero si no se quieren complicar con firmas de ningún tipo, pues ya estamos.

      Mi planteamiento era que no lo aceptaban por se alquiler temporal pero, por definición, el alquiler ¿ no es temporal, ya sea en meses o años ? Porque, hasta que todo se resuelva, este es mi domicilio habitual.
      Recuerdo que el funcionario me dijo que necesitan saber dónde vivo. Pues coñeeeee, donde tengo el contrato.

      Aysssssssss.

      PD. Con la situación actual, más divertido. No es fácil tramitar algo personalmente. Me encantaaaaaa

      Va por vosotros.

      Comentario


      • #18
        Re: Respuesta: Re: Respuesta: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se

        Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
        Respecto a lo primero, la misma persona que te ha alquilado el piso donde
        vives, te puede firmar, autorizándote, el modelo que te han facilitado, para
        que la administración te empadrone. Podría ser una solución.

        Sobre lo segundo, a mi no me pilló la cuarentena en El Puerto de milagro.
        Pensaba llegar el sábado, para ir a ver el balonmano con mis primos, pero
        se decretó ese mismo día el estado de alarma.

        Ánimo y suerte con el tema. Que pronto puedas cerrar la compra y mudarte
        a tu nueva casa.


        Salud y

        Así que aficionado al balonmano ¿ eh ? Somos cuatro.... jajaja. ¿ Cantabria ? Si, se aplazó. Mi hija vive en Torrelavega...Si vuelves por aquí, por favor, dame un toque. Nada que ver compartir un partido con alguien a ir sólo... Ese viernes estaba yo reunido con los propietarios para prorrogar el alquiler hasta fin de abril. Ya veremos como sigue...

        Lo de la firma para que alguien me autorice el empadronamiento, siempre estás a expensas del autorizante.
        Tampoco llevo mucho tiempo por aquí, pero como no debes salir, complicado para resolverlo con los pocos conocidos.

        Soy " positivo SI ", así que pronto nos habremos olvidado de todo esto. De todo.

        Va por vosotros.

        Agustín

        Comentario


        • #19
          Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

          Originalmente publicado por 22Joan Ver Mensaje
          Si miras la página 9 del BOE-A-2015-3109 del 31 de marzo de 2015 pone claramente que te puedes empadronarse incluso sin que haya un techo ni que no sea tuya la casa. Pide por escrito cuando puedas que te empadronen donde quieras con registro de entrada y te tienen que contestar X escrito, esto hace milagros. El padrón es únicamente información de donde vive realmente una persona, ni que estés de ocupa o no esté en condiciones para habitar te tienen que empadronarhttp://cloud.tapatalk.com/s/5e8cbe94...%20%281%29.pdf

          Enviado desde mi SM-G970F mediante Tapatalk
          Muchas gracias. Probaré por el camino del escrito, que siempre suele ser mucho más eficaz. Al menos tienes un justificante.



          Agustin

          Comentario


          • #20
            Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

            Originalmente publicado por Magallanes Ver Mensaje
            Hazlo vía telemática, con tu DNI-e o certificado digital (de la fnmt). Lo más seguro es que esté activo este procedimiento ya que la administración está obligada a los procedimientos telematicos por Ley.

            Así terminas con las trabas del funcionario de turno y que hayas dado con que sea uno de esos rancios con mente kafkiana que se creen por encima del bien o del mal -pasa por desgracia muy a menudo-, o bien que lleve razón -te haya informado bien- y sea un disparate del ayuntamiento. Pero tú estás en lo correcto, lonhaces telematicamete, y que te contesten, en este caso por escrito están obligados de esa manera-, a ese domicilio "temporal", que cuando lo hagan ya estarás en tu sitio nuevo y te lo traerá al pairo.
            Ya se lo planteé ( la verdad es que la persona que me atendió era súper maja y estaba mucho por buscar soluciones y contestar mis dudas ). El tema es que, telemáticamente ( según me dijo y yo no encontré la forma en la web ) puedes solicitar certificado, pero no tramitar el empadronamiento en sí porque necesitan, de alguna forma, verificar " in situ " que eres tú y que los documentos se ajustan la realidad, aunque sea una realidad ficticia ( vivir en una casa que no es la tuya. P.e., la de un amigo )

            En fin, seguiremos. Yo soy " inasequible al desaliento ", así que lo conseguiré. Aunque, como tarden mucho, ya llevaré mis escrituras... jajaja.

            Venga, ánimo para todos, que pronto saldremos a los bares a ver a nuestros amigos y podremos dar abrazos y besos a los que queremos. Eso sí, mientras tanto, en casita....



            Agustín.

            Comentario


            • #21
              Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

              Originalmente publicado por Alocen Ver Mensaje
              Ya se lo planteé ( la verdad es que la persona que me atendió era súper maja y estaba mucho por buscar soluciones y contestar mis dudas ). El tema es que, telemáticamente ( según me dijo y yo no encontré la forma en la web ) puedes solicitar certificado, pero no tramitar el empadronamiento en sí porque necesitan, de alguna forma, verificar " in situ " que eres tú y que los documentos se ajustan la realidad, aunque sea una realidad ficticia ( vivir en una casa que no es la tuya. P.e., la de un amigo )



              En fin, seguiremos. Yo soy " inasequible al desaliento ", así que lo conseguiré. Aunque, como tarden mucho, ya llevaré mis escrituras... jajaja.



              Venga, ánimo para todos, que pronto saldremos a los bares a ver a nuestros amigos y podremos dar abrazos y besos a los que queremos. Eso sí, mientras tanto, en casita....







              Agustín.
              Te comento la posibilidad de telematico por que yo le he hecho a un familiar la inscripcion en un pueblo al trasladarse, hace ya algunos meses. De hecho hasta me sorprendió que lo pudiera hacer.
              Tiraría por este camino y te dejas de historias. Cuando te contesten, que lo harán por escrito si tienen que comunicarte algo, ya será el momento de recurrir o dejarlo pasar , según te interese.
              De momento tu necesitas tener regularizado tu situación en el padrón y esta es la forma de hacerlo. No le des más vueltas. Tu solucionas tu problema y que el ayuntamiento que solucione el suyo.

              http://www.anavre.org

              Comentario


              • #22
                Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                Originalmente publicado por Magallanes Ver Mensaje
                Te comento la posibilidad de telematico por que yo le he hecho a un familiar la inscripcion en un pueblo al trasladarse, hace ya algunos meses. De hecho hasta me sorprendió que lo pudiera hacer.
                Tiraría por este camino y te dejas de historias. Cuando te contesten, que lo harán por escrito si tienen que comunicarte algo, ya será el momento de recurrir o dejarlo pasar , según te interese.
                De momento tu necesitas tener regularizado tu situación en el padrón y esta es la forma de hacerlo. No le des más vueltas. Tu solucionas tu problema y que el ayuntamiento que solucione el suyo.
                Me pondré a ello, Magallanes. Ya os contaré.

                EA3BDF, mil perdones, que tengo la sensación de " haber sacado de vía tu hilo ".
                Por aportar algo, en los años que llevo por esta taberna y los foros anteriores, siempre ha habido ( y sigue habiendo ) cofrades que viven en sus barcos. El tema de la correspondencia se podía solucionar con alguna lista o apartado de correos. Incluso en algún puerto se facilitaba este servicio ( o se hacía de forma personal en secretaría.
                El tema del empadronamiento quizás es un poco más complicado porque les debe " romper los esquemas ". Alquiler, escritura de propiedad o autorización de terceros como propietarios. Pero ... ¿ un barco ?.
                Cuando pueda volver lo preguntaré a ver qué me dicen. Mientras tanto, intentaré el procedimiento via web.



                Agustín

                Comentario


                • #23
                  Re: Respuesta: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                  Originalmente publicado por Alocen Ver Mensaje
                  Cuidadín con eso, que lo del empadronamiento es tan curioso como un elemento más, kafkiano, de nuestra administración. Os cuento.

                  Vendo mi vivienda y señalizo otra a la que hay que hacer una reforma. Mientras se tramita la hipoteca y se hace la reforma, alquilo " temporalmente " ( aquí está la historia. ¡¡¡ NO pongáis lo de temporal !!! ) una vivienda mientras se realizan todos los trámites y las obras.

                  Mientras tanto, toda mi casa. salvo el mínimo minimorum que trajimos a esta vivienda de transición, para pasar dos o tres meses, está en un guardamuebles ( " la nube ", como yo le llamo. Cualquier cosa que necesitemos está en " la nube " ).

                  En esto que aparece el decreto de estado de alarma. No puedo formalizar la hipoteca ni la posterior compra, porque los notarios sólo trabajan temas de urgencia. Los tasadores tampoco vienen. Las inmobiliarias cierran los contactos con los clientes. Bueno, pues voy a empadronarme hasta que todo esto pase. Además, mi comprador necesita un certificado familiar de empadronamiento y no puede tenerlo porque aún estoy yo.

                  A lo que íbamos. Voy a empadronarme y me dicen que no puedo hacerlo con un contrato de alquiler temporal. Que busque a alguien que me autorice, de acuerdo al modelo que me facilitan, a empadronarme en su domicilio. " Es que necesitamos saber dónde vive "

                  Coñeeeeeeeeee, pues eso, temporalmente y hasta nuevo cambio, vivo en el piso que tengo alquilado. Ahhhhhhhhhhhhhh, pues no.

                  Y e esas seguimos. Me puedo empadronar en casa de un amigo en Burgos, pero en la que vivo temporalmente en el Puerto de Sagunto ( Valencia ), no.

                  Es más. no puedo buscar otra vivienda, no puedo hacer la mudanza, no pueden venir a hacerme la reforma... ¿ Y tu quieres que te empadronen en un barco ? Anda yaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa

                  País....

                  Perdonad por el ladrillo, es que me habéis pillado " calentito ". Vamos a brindar, pero por nosotros.



                  Agustín.
                  Si se permite ir al notario a firmar escrituras hipotecarias y compra venta de viviendas, de hecho estoy internediando en una y el martes tenemos la firma. Hice la consulta en la notaría y hay una instrucción del notariado permitiendo este tipo de operaciones.

                  Un saludo

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Respuesta: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                    Originalmente publicado por fluxa Ver Mensaje
                    Si se permite ir al notario a firmar escrituras hipotecarias y compra venta de viviendas, de hecho estoy internediando en una y el martes tenemos la firma. Hice la consulta en la notaría y hay una instrucción del notariado permitiendo este tipo de operaciones.

                    Un saludo
                    Muchas gracias, fluxa. Recurriré a ea instrucción del notariado.



                    Agustin.

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                      3.3 empadronamiento de personas sin domicilio.
                      Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde
                      realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción
                      padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la
                      titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o
                      de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas,
                      caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como
                      domicilios válidos en el Padrón.
                      Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de
                      su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene
                      determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación
                      al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa
                      comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa
                      dirección.
                      cve: BOE-A-2015-3109

                      creo que está claro.
                      Muchas gracias.
                      Berny

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                        Originalmente publicado por ea3bdf Ver Mensaje
                        3.3 empadronamiento de personas sin domicilio.
                        Como se ha indicado anteriormente, el Padrón debe reflejar el domicilio donde
                        realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción
                        padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la
                        titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o
                        de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas,
                        caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como
                        domicilios válidos en el Padrón.
                        Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de
                        su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene
                        determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación
                        al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa
                        comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa
                        dirección.
                        cve: BOE-A-2015-3109

                        creo que está claro.
                        Muchas gracias.
                        Berny
                        Ante todo, vayan unas rondas por delante, que nos queda mucho ron que consumir aún.
                        ea3dbf, como habrás visto por este hilo ( y aprovecho para pedirte mil disculpas por mi intrusión en tu pregunta ) he seguido con el tema, incluso preguntando por una situación como la tuya, por si había suerte y aportaban alguna luz que pudiera trasladarte. Resumo a continuación. Datos de estos dos últimos días.
                        Siguiendo los comentarios de Magallanes y después de mucho buscar, se me ocurre enviar la petición de empadronamiento como petición al Registro General. Se ponen en contacto conmigo ( un funcionario súper atento y con gran interés en solucionarme el problema. Mi agradecimiento por su actitud ). Todo apuntaba bien, pero...
                        El trámite se escala y vuelven a contactar conmigo ( no la persona anterior ). El resumen de la situación es que hay que estar como mínimo 6 meses residiendo ( preferentemente recogido en el contrato. Quizás cubierto con los pagos de las mensualidades ). Con menos tiempo, no te pueden empadronar de ninguna manera.
                        Entonces pregunté por lo del barco, como si fuera mío. Algo extraño dije, porque ... uffff, no es una vivienda, no hay un domicilio, habría que consultar... En fin un enorme problema.
                        Seguiré dando la lata, a ver si encuentro alguna solución que te sirva.

                        Agustín.

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                        • #27
                          Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                          Hola, ronda para todos.
                          Tengo que decirte que yo estoy empadronado en el barco. Llevo 2 años viviendo el. Con el contrato del alquiler pase por el ayuntamiento y no me pusieron ninguna pega. Estoy en Burriana (Castellón), puerto Burriananova

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                          • #28
                            Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                            No he visto en ningún lado que tengas que confinarte en tu lugar de empadronamiento. Si tu casa es el barco que te denuncien ...luego recurso.

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                            • #29
                              Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                              Bon dia. Nosotros vivimos en el barco, estamos empadronados en el mismo y el otro día vino la guardia civil a preguntar al vernos, se les comunicó y se fueron sin ningún problema.Sí que es verdad que hay municipios que ponen más pegas para empadronarte en una embarcación, pero te piden algún documento de tu capitanía y ya está,

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                              • #30
                                Re: Vivo en el barco en El Masnou y La Guardia Civil no se lo cree

                                Yo creo que no es lo mismo lugar de empadronamiento que lugar donde residas. puedes estar empadronado en un sitio y estar viviendo actualmente en otro. El confinamiento no tiene que ser en lugar de empadronamiento.

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