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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

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  • Regatas ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

    Hola, ante todo una rondilla de grog para ir caldeando el ambiente... vereis, tengo en mente un pequeño proyecto de publicidad en el barco (sponsorización me da vergüenza llamarlo, eso dejemoslo para el New Zeland...) que repercute en una pequeña ayuda económica para intentar hacer un poquito más competitivo el barco con alguna mejora... estoy elavorando un pequeño dosier para presentarle al posible "mecenas" en los que incluyo una descripción del proyecto, carácterísticas del barco, un fotomontaje (ganando la copa america no eh! no os vayais a pensar solo con un colage de su publicidad en el barco) etc etc he pensado cuando lo estaba redactando que a lo mejor puede tener alguna ventaja fiscal a la hora de hacer una donación para una actividad deportiva, pero no estoy seguro que siendo a un particular, sin factura etc etc pueda hacerse, ahí es donde entrais vosotros queridos cofrades, me gustaría saber si alguno de vosotros estais más ductos en la materia que yo y puedo incluir algún dato de como hacerlo o como le podría beneficiar dentro del dosier... a ver si así con suerte se anima a soltar más panoja muchas gracias por vuestra ayuda esta tapa de panchitos corre a mi cuenta!!!!
    Editado por última vez por Franikaze; 03/06/2008, 17:47:49. Razón: corrección de faltas, ups

  • #2
    Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

    El patrocinio deportivo debes facturarlo como un ingreso e incluso cobrar el IVA y el patrocinador se descontará la aportación como gasto en publicidad.

    Suerte


    La vela hay que velarla, y si no, no largarla


    "No soy un fulano con la lágrima fácil, de esos que se quejan sólo por vicio.
    Si la vida se deja yo le meto mano y si no aun me excita mi oficio ..............




    Jamboequipoderegatas

    Comentario


    • #3
      Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

      A ver para cuando una ley de patrocinio y mecenazgo como la italiana donde el 100% de la cantidad dada a patrocinio deportivo o cultural es desgravable !!!
      Quel
      ¡¿Está usted loco?! ¡¡¡Nunca sería miembro de un club que admitiera miembros como yo !!! (Groucho)

      Comentario


      • #4
        Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

        de todas formas si fundo una asociación sin animo del lucro llamada: "los amigos de los grelos, el chorizo y mi barco" y la empresa X hace una donación a la asociación con un nif establecido, debería desgrabarle a final de año en "sociedades" no? o ando muy desencaminado? lo siento pero me pierdo en estos temas fiscales... si alguien puede aclararme un poco las dudas se lo agradecería...

        Comentario


        • #5
          Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

          Originalmente publicado por Franikaze Ver Mensaje
          de todas formas si fundo una asociación sin animo del lucro llamada: "los amigos de los grelos, el chorizo y mi barco" y la empresa X hace una donación a la asociación con un nif establecido, debería desgrabarle a final de año en "sociedades" no? o ando muy desencaminado? lo siento pero me pierdo en estos temas fiscales... si alguien puede aclararme un poco las dudas se lo agradecería...
          Si no me falla la memoria sólo puede desgravarse Un 15% de la donación.
          Quel
          ¡¿Está usted loco?! ¡¡¡Nunca sería miembro de un club que admitiera miembros como yo !!! (Groucho)

          Comentario


          • #6
            Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

            En mi opinión, la empresa que te aporta el dinero deberá tener una factura con IVA justificativa del importe pagado por ese concepto, la factura deerá contabilizarse como publicidad y propaganda y será enteramente gasto deducible. Junto a la factura sería conveniente adjuntar unas fotos en las que aparezca el nombre, imagen de marca, logo, etc... que justifiquen esa factura.
            Al ser gasto deducible, eso disminuye el beneficio y por lo tanto la cuota a pagar de impuesto de sociedades.
            El problema lo veo de la parte que recibe el dinero... pues al ser una persona física, ¿Como hace la factura? ¿Cómo ingresa el IVA? ¿Cómo declara ese ingreso en su Renta?
            Supongo que el problema es mayor o menor en función del importe.
            Quizás otra posibilidad sería que el esponsor pagase directamente las mejoras a realizar en el barco: Facturas de Electrónica, Velas, Pintura, etc... y justificarlo con algún tipo de documento o contrato y las fotos comentadas anteriormente como justificante de esos gastos para publicidad.
            En caso de que el barco esté a nombre de una empresa en lista 6ª o 7ª, o a nombre de una organización, etc... quizás será más fácil hacer una factura.
            Bueno, es cuestión de ir madurando la idea...

            Comentario


            • #7
              Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

              Originalmente publicado por FLINT Ver Mensaje
              En mi opinión, la empresa que te aporta el dinero deberá tener una factura con IVA justificativa del importe pagado por ese concepto, la factura deerá contabilizarse como publicidad y propaganda y será enteramente gasto deducible. Junto a la factura sería conveniente adjuntar unas fotos en las que aparezca el nombre, imagen de marca, logo, etc... que justifiquen esa factura.
              Al ser gasto deducible, eso disminuye el beneficio y por lo tanto la cuota a pagar de impuesto de sociedades.
              El problema lo veo de la parte que recibe el dinero... pues al ser una persona física, ¿Como hace la factura? ¿Cómo ingresa el IVA? ¿Cómo declara ese ingreso en su Renta?
              Supongo que el problema es mayor o menor en función del importe.
              Quizás otra posibilidad sería que el esponsor pagase directamente las mejoras a realizar en el barco: Facturas de Electrónica, Velas, Pintura, etc... y justificarlo con algún tipo de documento o contrato y las fotos comentadas anteriormente como justificante de esos gastos para publicidad.
              En caso de que el barco esté a nombre de una empresa en lista 6ª o 7ª, o a nombre de una organización, etc... quizás será más fácil hacer una factura.
              Bueno, es cuestión de ir madurando la idea...
              Cuando hablo de fotos... me refiero a fotos del barco, claro, en las que aparezca claramente la empresa que se publicita.
              Cuando hablo de importe, evidentemente no es lo mismo que un particular haga una factura de 600,00 € que de 6.000,00 € La primera no sale en la declaración de operaciones que la empresa presenta a hacienda, modelo 347, por lo que yo ni la declararía en la renta. La segunda sí figura en el 347 con el NIF de quién la ha emitido y te podrían pillar fácilmente...
              El tema tiene muchas aristas por pulir.

              Saludos.

              Comentario


              • #8
                Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

                Originalmente publicado por Franikaze Ver Mensaje
                de todas formas si fundo una asociación sin animo del lucro llamada: "los amigos de los grelos, el chorizo y mi barco" y la empresa X hace una donación a la asociación con un nif establecido, debería desgrabarle a final de año en "sociedades" no? o ando muy desencaminado? lo siento pero me pierdo en estos temas fiscales... si alguien puede aclararme un poco las dudas se lo agradecería...
                Eso solo si te inscibes en el registro correspondiente y se te decalara de utilidad pública, cosa que dudo.

                Por lo demás, el enfoque correcto si no se pretende ganar dinero es darse de alta como empresario de publicidad y facturar por tus servicios al "patrocinador" con IVA y todo eso que comentan los otros cofrades.
                De esta manera tendrás una cuentas de resultados de tu negocio de patrocinio que, salvo que seas un figura, te dará pérdidas en el IRPF que podrás compensar con otros ingresos como tu sueldo o tu actividad profesional (ingresos no financieros). La ventaja es doble porque quien te paga ahorra impuestos y tu acabas ahorrándote tambien impuestos por gastos que a los demás no nos supone ningún beneficio fiscal.

                Lo de matricular en lista 6ª es obligatoria si explotas tu embarcación con fines lucrativos. Al tener los impuestos pagados esto no te costará mas que las tasas correspondientes (no tienes que volver a pagar el impuesto de matriculación ni el IVA).

                No es tan complicado pero eso si, tienes que hacer suficientes regatas como para que un inspector no ponga en cuestión la verdadera naturaleza de tu empresa.

                Comentario


                • #9
                  Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

                  Originalmente publicado por Franikaze Ver Mensaje
                  de todas formas si fundo una asociación sin animo del lucro llamada: "los amigos de los grelos, el chorizo y mi barco" y la empresa X hace una donación a la asociación con un nif establecido, debería desgrabarle a final de año en "sociedades" no? o ando muy desencaminado? lo siento pero me pierdo en estos temas fiscales... si alguien puede aclararme un poco las dudas se lo agradecería...

                  Separa dos temas:

                  1. Patrocinio (sponsorizacion). Es lo que te ha dicho addabaran.

                  2. Donaciones de mezenazgo. Creo que la asociacion debe ser de utilidad publica (creo), tambien puedes crear una fundacion (mas complicado todavia). Pero en cualquier caso tienes que justificar la actividad sin animo de lucro, presentar memorias, cuentas, liquidaciones, etc. Te saldra mas caro el relleno que el gallo. Y para el donante es solo deducible en parte (no se en que proporcion).

                  Comentario


                  • #10
                    Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

                    Tenemos que tener en cuenta dos conceptos basicos:

                    1º GASTO CONTABLE


                    2º GASTO FISCALMENTE DEDUCIBLE.
                    -------------------------------------
                    Cualquier empresa puede tener gastos. pasados a su contabilidad para que a la hora de rendir cuentas a los socios de la misma queden justificados y el administrador ha realizados esos con buen criterio, por necesidad o por obligación.

                    Ahora bien existe el criterio FISCALMENTE DEDUCIBLE, posiblemente esa empresa puede haber sido sancionada por el Ente publico determinado por no cumplir una normativa. Ese sería un GASTO CONTABLE pero FISCALMENTE NO DEDUCIBLE. Por lo tanto a la hora de efectuar el calculo del impuesto sobre sociedades, habría que aumentar la base imponible de esa cantidad para cumplir con la ley. (Las bases imponibles contables y fiscales no siempre deben coincidir.)

                    En cuanto al tema del gasto de una donación....... Esta claro que sí esa donación va destinada a una ONG reconocida como de utilidad publica, o bien se trata de un evento cuya organización se ha incluido (Valencia, Zaragoza, por eso de las expos y similares). El gastos es tambien fiscalmente deducible.

                    Otro caso PAGAMOS LAS VELAS DEL VECINO DEL PANTALAN QUE PARTICIPA EN UNA REGATA. Si las velas del vecino son rotuladas y con letras bien grandes con el nombre de nuestra empresa, y la factura del velero la emite a nuestro nombre con el IVA correspondiente. Pues se puede considerar tambien fiscalmente deducible, (PUBLICIDAD Y PROPAGANDA- son deducibles aquellos gastos necesarios para el buen funcionamiento del negocio y la publicidad lo es).

                    Otro caso, pago el evento del Club de Vela de mi puerto, hay dos opciones, compro todo lo necesario a nombre de mi empresa con las facturas correspondientes, y sin más podría deducirlas. Procuraría siempre en todo caso que existiera una carta de agradecimiento del Presidente del Club por la aportación efectuada y si es posible una buena pancarta con el nombre de la empresa como patrocinadora del evento.

                    Hago una donación monetaria, normalmente en esos casos, creo que el Club de Vela, o quien fuera, debe de ser una entidad debidamente constituida y Registrada con su C.I.F., en esos casos los estatutos siempre hablan de como se fianciaran sus actividades, (cuotas de socios, donaciones etc.) por ser entidades sin animo de lucro, pueden emitir la carta de agradecimiento - Recibo de la aportación que figurará logicament en la contabilidad del Club.

                    Puede ser un gasto deducible como RELACIONES PUBLICAS de la Empresa donante, (nadie puede negar que muchas veces se pueden cerrar negocios entre empresas y socios (que tambien tienen empresa) del mismo club.

                    Eso sí, siempre las cantidades que se donen, indicar si es posible, el motivo, para el mantenimiento del club, para compra de un armario etc. y si si trata de cantidades dentro de la normalidad (no hablamos de millones de euros) puede ser perfectamente deducible de impuestos.

                    Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                    EA 3 CBT

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                    • #11
                      Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

                      Ojito que si te dona la pasta a tí como persona física no tributas por IVA, tributas por donaciones, el donante podría llegar a deducirse una parte de lo donado, pero tú tendrías que declarar donaciones y depende de cada comunidad autónoma la cantidad que te saldría a pagar al ser un impuesto cedido, es bastante posible que mas del 16%.

                      No obstante, declarar eso como una donación es un fraude de ley, las donaciones son liberalidades del donante, vamos regalos sin esperar nada a cambio (excepto las modales) por eso son revocables, una donación a cambio de un servicio es un contrato. El empresario se desgravará el total por gastos de publi de la empresa.

                      De todas formas, yo en tu lugar empezaría a indagar si te puedes dar de alta en el régimen especial de deportistas y que es lo que estos hacen y que obligaciones tienen. En esto no puedo ayudarte mucho ahora, pero puedo preguntar a un par de conocidos que están mas puestos en estos temas, yo es que los temas fiscales los odio a muerte.
                      http://teamouralis.es

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