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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Barco en propiedad y herederos

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  • Barco en propiedad y herederos

    Buenas noches a los camaradas nocturnos y una copita tras la cena si ya habéis pasado por ella.
    Pues nada , solo pasaba por aquí porque este día mirando el papeleo del barco y demás y como ya tenemos una edad , se me presentó una duda.
    Mi barco en los papeles está a mi nombre y soy el propietario con el 100% a mi nombre. Estoy casado sin separación de bienes y tengo un hijo ya mayor y que hace su vida.
    Pregunté a los colegas y cada uno teníamos una visión diferente ; si por un casual me muero , en que estado queda el barco , pasa a unirse con el resto de las cosas , dinero , vivienda , etc para disfrute del conyugue ( puesto que no tenemos separación de bienes ) y después hereda el hijo , o
    al estar a mi nombre se repartiría de alguna manera distinta.
    Solo es por curiosidad , pues en su día pregunté donde se pagan los impuestos , si me sería mejor hacer un nuevo contrato de compraventa y poner al 50% con la esposa , pero no me supieron decir

  • #2
    Re: Barco en propiedad y herederos

    al fallecer, se rompe la sociedad de gananciales, con lo cual si solo tienes un hijo habría que tener en cuenta si el barco es un bien ganancial (si lo compraste después del matrimonio, y los fondos no son heredados o provienen de fuera de la sociedad de gananciales) o no lo es.



    si el barco es un bien ganancial, pasará a formar parte de la masa hereditaria y el 50% será para tu hijo y el otro 50% para tu esposa.


    Si no es un bien ganancial, el 100% pasará a nombre de tu hijo dentro de la masa hereditaria.


    Todo lo anterior de una forma o de otra, después de pagar el impuesto de sucesiones, sin cuyo pago, ningún registro público inscribirá nada.
    "With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment".

    Comentario


    • #3
      Re: Barco en propiedad y herederos

      Originalmente publicado por napoleon Ver Mensaje
      al fallecer, se rompe la sociedad de gananciales, con lo cual si solo tienes un hijo habría que tener en cuenta si el barco es un bien ganancial (si lo compraste después del matrimonio, y los fondos no son heredados o provienen de fuera de la sociedad de gananciales) o no lo es.



      si el barco es un bien ganancial, pasará a formar parte de la masa hereditaria y el 50% será para tu hijo y el otro 50% para tu esposa.


      Si no es un bien ganancial, el 100% pasará a nombre de tu hijo dentro de la masa hereditaria.


      Todo lo anterior de una forma o de otra, después de pagar el impuesto de sucesiones, sin cuyo pago, ningún registro público inscribirá nada.
      Solo un pequeño matiz, en el caso de que sea ganancial lo que hereda tu hijo el 50% de la nuda propiedad y tu esposa tiene el usufructo. A efectos prácticos, a no ser que lo quiera vender, único caso en que la nuda propiedad sirve para algo, el barco será de uso y disfrute de tu esposa. También puedes hacer testamento y dejar 1/3 de ese 50% a tu esposa, del barco y de lo que sea, los otros 2/3 van a tu hijo por ley en base a la legitima y el tercio de mejora, que son obligatoriamente para los descendientes.
      “Jamás aceptaría pertenecer a un club que me admitiera como socio” (Groucho Marx)

      Comentario


      • #4
        Re: Barco en propiedad y herederos

        Y... esas consultas mejor hacerlas por el foro adecuado que no es éste sino este otro:
        Cuestiones legales y Asociaciones
        https://foro.latabernadelpuerto.com/...splay.php?f=62

        Seguro que allí te sabrán responder mejor.

        De todas manera y ya que amerita, aquí va una cuota de color... los bienes suelen ser parte del patrimonio... que es una de las partes/condiciones de la unión conyugal, la otra es el matrimonio.

        En Roma (antigua) el padre (pater) contribuía en una unión conyugal con su condición patrimonial (que era quien aportaba los bienes) y la madre (mater) contribuía en una unión conyugal con su condición matrimonial (que no era otra cosa que la de ser madre)

        Con el tiempo la palabra matrimonio se usó como sinónimo de unión conyugal mientras que patrimonio se usó exclusivamente para definir a los bienes de propiedad perdiendo así su ancestral uso.

        ¿A que no lo sabían?
        Saludos.

        Y por si quieren darse una vuelta por mi TW
        https://twitter.com/egis57
        (Hay información bursátil y económica)

        Comentario


        • #5
          Re: Barco en propiedad y herederos

          Dependerá de si hay testamento y en que comunidad residas

          Comentario


          • #6
            Re: Barco en propiedad y herederos

            Si , claro.
            Los que allí estábamos tratando el tema más o menos tenemos la misma historia testamental . En caso de muerte de uno de los cónyuges pasa a la viuda para uso y disfrute mientras viva y después al hijo o hijos . En mi caso así lo tengo , si fallecemos uno del matrimonio , queda para el otro y finalmente pasa para mí hijo en este caso.
            La provincia es Asturias , por si eso conlleva algo.
            Pues por las respuestas , entiendo que a mí muerte pasaría a ser de mi esposa y mi hijo a partes iguales y que por tanto mi esposa no podría venderlo sin permiso del hijo , que por otra parte supongo sería lo que se hiciera puesto que ninguno de los dos tienen mucha afición por el barquito.
            Por último , seguro y amarre , supongo que se debería de pagar entre las 2 partes.
            Gracias por vuestra informacion

            Comentario


            • #7
              Re: Barco en propiedad y herederos

              Mejor no morirse y solucionado, si no es posible,pues te deseo que te vaya bien.
              Que bien lo estamos pasando !

              Comentario


              • #8
                Re: Barco en propiedad y herederos

                Si como dices estás casado en régimen de separación de bienes no ha lugar a analizar el tratamiento de la cuestión en régimen de gananciales.
                Si has otorgado testamento el dominio irá al heredero designado, bien entendido que como cualquier otro bien de que dispongas puedes pre legarlo a quien dispongas, sin que entre luego a formar parte del resto de la herencia, que puede abarcar bienes y derechos que no siquiera posees al otorgar testamento.
                Y a los efectos del incautatorio impuesto de sucesiones que se paga en unas Comunidades Autónomas y no así en otras, pese a que se supone que todos los españoles son iguales entre la ley, el valor del barco no es el de mercado sino el de baremo de la propia Comunidad, en función de sus características y antigüedad, igual que ocurre con los vehículos. Acostumbra hoy por hoy a estar más bajo que el de mercado, pero mejor no dar ideas...
                Lo correcto es durar mucho más que las posibilidades reales de seguir utilizando el barco, y que cuando llegue tu hora aquél esté al cuidado de tu sucesor con la transmisión resuelta.
                Saludos correctos.

                Comentario


                • #9
                  Re: Barco en propiedad y herederos

                  No , no . Precisamente lo que digo es lo contrario , sin separación de bienes

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Barco en propiedad y herederos

                    Originalmente publicado por SpitfireAntonio Ver Mensaje
                    Mejor no morirse y solucionado, si no es posible,pues te deseo que te vaya bien.

                    Pero pues sí hombre...
                    ¿A quien se le ocurre morirse?
                    Y además...
                    ¿A quien se le ocurre casarse?

                    Mira el plan PERFECTO para una vida perfecta es no casarse y no morirse. Lo demás es accesorio.
                    ¡Ya está!
                    La verdad está revelada.
                    Saludos.

                    Y por si quieren darse una vuelta por mi TW
                    https://twitter.com/egis57
                    (Hay información bursátil y económica)

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Barco en propiedad y herederos

                      Originalmente publicado por Predator Ver Mensaje

                      La provincia es Asturias , por si eso conlleva algo.
                      Pues por las respuestas , entiendo que a mí muerte pasaría a ser de mi esposa y mi hijo a partes iguales y que por tanto mi esposa no podría venderlo sin permiso del hijo , que por otra parte supongo sería lo que se hiciera puesto que ninguno de los dos tienen mucha afición por el barquito.
                      No. Cuando dos personas son codueños de algo cualquiera de los dos puede solicitar la disolución de la comunidad bien mediante la división de la cosa o su venta en publica subasta si lo anterior no es posible. Otra cosa es que si tu mujer es dueña del usufructo del barco la parte de la nuda propiedad que correspondería a tu hijo tengo poco o nada de valor.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Barco en propiedad y herederos

                        Originalmente publicado por SpitfireAntonio Ver Mensaje
                        Mejor no morirse y solucionado, si no es posible,pues te deseo que te vaya bien.
                        esta muriendo gente que nunca antes había muerto!

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Barco en propiedad y herederos

                          Hmmm, el que tiene el usufructo corre con los gastos e impuestos.

                          El IBI si es una casa, el de vehículos cuando es un coche. Los barcos de este se libran (y que no nos oigan)

                          Newton

                          El movimiento se demuestra andando.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Barco en propiedad y herederos

                            lo más importante,


                            recuerda a tus amigos sugerir a tu esposa e hijo que no vendan el barco por lo que le dijiste, sobre todo a tu esposa, que gastaste en él.
                            "With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment".

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Barco en propiedad y herederos

                              Mi consejo es que vivas y disfrutes muchos años más, entonces el barco ya tendrá un montón de años y su valor será mas bajo, tanto como para no preocuparse de quien lo hereda

                              Comentario

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