VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Cuando se exige detector de gas??

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  • Seguridad Cuando se exige detector de gas??

    Ante todo unas rondas para entrar en calor...

    Acabo de comprar esta cocina a cartucho de gas de 230 grs., y se me plantea la duda de si, con este tipo de cocina, se exige la instalación de un detector de gas..

    Gracias por las respuestas.

    P.d.: Editado porque no se veia la imagen...
    Editado por última vez por perseo56; 03/10/2008, 11:07:38.

    Si tratas a los demás como te gustaría ser tratado, pocos valores más serían necesarios.



  • #2
    Re: Cuando se exige detector de gas??

    Cuando la cocina tiene una instalacion fija en el interior del barco. Para ese modelo no hace falta
    GFO
    Navegante tras el mostrador

    Comentario


    • #3
      Re: Cuando se exige detector de gas??

      Gracias, eso me parecia a mi, pero mejor asegurarse.

      Tomate lo que quieras, pago yo.




      Si tratas a los demás como te gustaría ser tratado, pocos valores más serían necesarios.


      Comentario


      • #4
        Re: Cuando se exige detector de gas??

        ORDEN FOM/1144/2OO3, DE 28 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULAN LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD, SALVAMENTO, CONTRA INCENDIOS, NAVEGACIÓN Y PREVENCIÓN DE VERTIDOS POR AGUAS SUCIAS, QUE DEBEN LLEVAR A BORDO LAS EMBARCACIONES DE RECREO. (BOE nº 113/2003 del 12 de mayo)

        Incluyendo las modificaciones de la
        ORDEN FOM/1076/2006, DE 29 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FOM/1144/2003, DE 28 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULAN LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD, SALVAMENTO, CONTRA INCENDIOS, NAVEGACIÓN Y PREVENCIÓN DE VERTIDOS POR AGUAS SUCIAS, QUE DEBEN LLEVAR A BORDO LAS EMBARCACIONES DE RECREO (BOE nº 88/2006 del 13 de abril)


        Artículo 16. Detección de incendios y de gases.
        1. Sin perjuicio del equipo de detección de incendios o de gases adecuado al riesgo de incendio, que deba llevar cada embarcación, las embarcaciones que tengan instalaciones de gas combustible, total o parcialmente en el interior del casco, deberán llevar medios de detección de gases (detector de gas).
        2. En el caso de existir un sistema de detección de incendios o de gases, éste cumplirá los siguientes requisitos:
        a) Su indicación será automática.
        b) Los indicadores se centralizarán en el puesto de mando.
        c) Su alimentación eléctrica será directa.
        d) Accionará tanto señales luminosas como sonoras.


        Para que triunfe el mal sólo se necesita una cosa: Que las personas buenas no hagan nada.

        Comentario


        • #5
          Re: Cuando se exige detector de gas??

          Pues, yo me instalé uno, dejate lo de si está ó nó
          tu seguridad y la de todos los que están en tu barco por 50-60 €
          Tú mismo.

          Comos siempre

          Nos vemos en la barra, compañero.

          Comentario


          • #6
            Re: Cuando se exige detector de gas??

            Originalmente publicado por ALOPECAM Ver Mensaje
            Pues, yo me instalé uno, dejate lo de si está ó nó
            tu seguridad y la de todos los que están en tu barco por 50-60 €
            Tú mismo.

            Comos siempre

            Nos vemos en la barra, compañero.
            No sabia yo que estas cosas estaban a estos precios ... asi pues, lo instalo y ya esta?? o tiene que estar homologado, etc..etc...

            Tomate otra (vamos a cabar seriamente perjudicados, con tanta ronda)

            Si tratas a los demás como te gustaría ser tratado, pocos valores más serían necesarios.


            Comentario


            • #7
              Re: Cuando se exige detector de gas??

              Yo tube una mala experiencia en mi Puma 23 tenia un campig gas de un fuego de esos que se rosca ala botella al pasar sin querer lo desenrosque un poco lo suficiente al cabo de 30 minutos el gas se acumulo en los bajos de la sentina pero subia rapidamente hasta que empezo a oler fuera desde entonces le coji yuyu ,la cocina fuera, pon el detector si esta homologado mejor luego viene la ITB y se la coje con un papel de fumar. Lo primero que hice con el F9 fue quitarle la cocina de gas botella fubo de cobre una electrica y se acabo

              Comentario


              • #8
                Re: Cuando se exige detector de gas??

                cual me recomendais, y donde pudo comprarlo.-cerca de Ayamonte.

                Comentario


                • #9
                  Re: Cuando se exige detector de gas??

                  Originalmente publicado por Aeglos Ver Mensaje
                  ORDEN FOM/1144/2OO3, DE 28 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULAN LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD, SALVAMENTO, CONTRA INCENDIOS, NAVEGACIÓN Y PREVENCIÓN DE VERTIDOS POR AGUAS SUCIAS, QUE DEBEN LLEVAR A BORDO LAS EMBARCACIONES DE RECREO. (BOE nº 113/2003 del 12 de mayo)

                  Incluyendo las modificaciones de la
                  ORDEN FOM/1076/2006, DE 29 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FOM/1144/2003, DE 28 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULAN LOS EQUIPOS DE SEGURIDAD, SALVAMENTO, CONTRA INCENDIOS, NAVEGACIÓN Y PREVENCIÓN DE VERTIDOS POR AGUAS SUCIAS, QUE DEBEN LLEVAR A BORDO LAS EMBARCACIONES DE RECREO (BOE nº 88/2006 del 13 de abril)

                  Artículo 16. Detección de incendios y de gases.
                  1. Sin perjuicio del equipo de detección de incendios o de gases adecuado al riesgo de incendio, que deba llevar cada embarcación, las embarcaciones que tengan instalaciones de gas combustible, total o parcialmente en el interior del casco, deberán llevar medios de detección de gases (detector de gas).
                  2. En el caso de existir un sistema de detección de incendios o de gases, éste cumplirá los siguientes requisitos:
                  a) Su indicación será automática.
                  b) Los indicadores se centralizarán en el puesto de mando.
                  c) Su alimentación eléctrica será directa.
                  d) Accionará tanto señales luminosas como sonoras.



                  Exactamente...
                  Detector y EXTRACTOR de gases...
                  "¿La mar?. No hay mejor madre para un pescador, ni esposa para un marino, ni hay mejor sepultura para enterrar un navegante."
                  "En tierra, el infinito queda arriba, mirando las estrellas. En la mar, el infinito puede que sea la próxima ola..." G. Walter Laplace.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Cuando se exige detector de gas??

                    Y todo esto para un hornillo de 230 gramos de gas

                    Pero si un mechero lleva mas gas que esta cocina, que por cierto es una maravilla...yo no se lo que durará, pero por lo que me ha costado (25 €)....anoche la estuve probando y

                    Vuelvo a hacer la pregunta que hacia en una contestacion mia anterior...el detector de gas, como de homologado debe estar

                    Porque en latiendadelnavegante, venden uno por 50 €....que parece que hasta funciona y todo...dicen que "cumple la normativa..etc....", pero ¿sera suficiente con esto para el señor inspector?

                    Dejo pagada una ronda en la barra....

                    Si tratas a los demás como te gustaría ser tratado, pocos valores más serían necesarios.


                    Comentario


                    • #11
                      Re: Cuando se exige detector de gas??

                      Con que tenga marca CE ya esta homologado. No piden certificados como hacen con las VHF y demás.
                      Eso si, tiene que estar instalado con conexión a batería. No puede ir a pilas.
                      GFO
                      Navegante tras el mostrador

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Cuando se exige detector de gas??

                        Yo compré en Lidl hace tiempo uno con marcado CE por muy poco dinero ( no sé si 12 euros o así). En el envoltorio pone de aplicación a caravanas, barcos y no sé qué más. Desde que lo compré lo volví a ver varias veces más puesto a la venta.
                        Lo tengo sin instalar porque para evitar el riesgo de andar con gas y dado que no voy a cocinar nada navegando, solo cuando esté en un puerto deportivo amarrado, decidí que voy a comprar un hornillo eléctrico que me valga para hacer un café o calentar cualquier cosilla.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Cuando se exige detector de gas??

                          Originalmente publicado por obalat Ver Mensaje
                          Con que tenga marca CE ya esta homologado. No piden certificados como hacen con las VHF y demás.
                          Eso si, tiene que estar instalado con conexión a batería. No puede ir a pilas.
                          No se si lleva la marca CE, ellos ponen en la informacion que cumple la normativa, pero claro, eso lo debe decir el inspector.. os pongo el link



                          Es el primero del listado, que es mas barato, claro.


                          Si tratas a los demás como te gustaría ser tratado, pocos valores más serían necesarios.


                          Comentario


                          • #14
                            Re: Cuando se exige detector de gas??

                            Originalmente publicado por perseo56 Ver Mensaje
                            No se si lleva la marca CE, ellos ponen en la informacion que cumple la normativa, pero claro, eso lo debe decir el inspector.. os pongo el link



                            Es el primero del listado, que es mas barato, claro.

                            Tengo el blister en la mano y pone ROHS CE. Esta homologado y se puede demostrar. Tanto en el blister como en el aparato, en un lateral, donde también indica las características técnicas.
                            GFO
                            Navegante tras el mostrador

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                            • #15
                              Re: Cuando se exige detector de gas??

                              que no Perseo que con ese tipo de cocina que tu tienes no te hace falta el detector de gas pues la cocina ya lleva incorporada una valvula de seguridad igual a la que llevan los calentadores de gas que cuando se apaga la llama deja de salir gas, un saludo
                              El fiero turco en Lepanto, en la Tercera el Frances, y en toda mar el Ingles. tuvieron de verme espanto. Rey servido y patria honrada diran mejor quien he sido, por la cruz de mi apellido y con la cruz de mi espada.
                              Lope de Vega: 1588

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