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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Comprar un barco a una empresa (Consulta)

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  • #16
    Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

    Originalmente publicado por PERKYNO Ver Mensaje
    Un saludo y ronda
    Willy-foc, ten cuidao que no lo veo claro, supongo que tendras ganas de navegar, pero...
    Si lo tiene en lista 7ª ya tiene pagado el IVA, da lo mismo que lo tenga a nombre de la empresa, su uso es particular.
    Lo unico para que tengas que pagar el IVA es que esté en lista 6ª y no en 7ª como bien dices.
    Ten cuidadin que no te hagan la anchoa, un saludo y ronda para todos los cofrades.

    La lista 6ª es un beneficio en el impuesto de matriculación para la actividad de alquiler, no tiene nada que ver con el IVA. Una empresa podría necesitar una barco de recreo para, por ejemplo, llevar a sus clientes a visitar unas obras en un puerto. Si ese barco es considerado necesario para la actividad de la empresa y es de uso exclusivo en esa actividad, el barco se matriculará en lista 7ª, pagando el 12% por la matriculación, y la empresa se deducirá el IVA (no pagando el IVA, como si diría vulgarmente).

    Ya sé que este caso no es frecuente, pero puede darse.

    Fuera de estos casos, como bien dices, si el titular es una sociedad sin actividad empresarial (no empresa), no se habría deducido el IVA al no estar el barco afecto a ninguna actividad. En esto casos existe una exención técnica que hace que la operación no lleve IVA quedando, por tanto, sujeta al ITP (art. 20.1.25 LIVA).

    Comentario


    • #17
      Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

      Recibido cofrade kruskyEntonces ese es el kit de la cuestión para que nadie pague el IVA.
      Yo no tengo empresa pero si amigos empresarios, por lo tanto basta con hacer la jugada y no pagas el paston de IVA... ya lo pagará el que me compre el barco el día que diga de venderlo.
      ¿ estoy en el camino ?. ¿ Va por ahí ?.
      Saludos.

      Comentario


      • #18
        Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)


        Aqui, entre todos, igual te liamos más de lo que lo estabas tu solito...

        La empresa tiene que hacerte una factura por el importe real de mercado más el 16% de IVA correspondiente.
        El problema es: ¿Cual és el importe real de mercado?
        Cada uno puede contar su pelicula, pero Hacienda no asume la "presunción de inocencia", es decir, para Hacienda tu serás el culpable y tú tendrás que demostrar tu inocencia (todo lo contrario de lo que sería justo y normal), con lo que tendrás un "problemón" si no pones un valor aceptable.
        Yo para curarme en salud, haría la factura por unos pocos euros más del valor que fija hacienda en sus tablas (las que publica con la valoración de los barcos al objeto de liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales), pues ese valor no te lo podrán discutir.
        Si la factura es por un importe menor deberás demostrar el motivo de esa minoración, cosa bastante difícil, aunque no imposible (te tendrás que gastar en abogados y gestiones diez veces el IVA que te habrás ahorrado, pero se puede intentar...)
        Eso es lo que yo opino, que no tiene porqué ser lo mejor

        Comentario


        • #19
          Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)


          Hay alguna otra posibilidad... por los comentarios que acabo de leer, pero me parece poco probable.

          Lo normal es que la empresa, haya comprado el barco y haya pagado/soportado un IVA, ahora lo vende y debe cobrar/repercutir un IVA.

          Evidentemente, el IVA de la compra se lo dedujo y el IVA de la venta deberá ingresarlo.

          Claro, que puestos ha hacer suposiciones y castillos de naipes, tenemos algunas horas de entretenimiento...

          Comentario


          • #20
            Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

            Cofrade Flint, lo 1º un saludo, eso ultimo me cuadra más, pero el tema está bastante claro.
            Si las cosas las haces como mandan los canones, es como lo puse en mi 1ª intervención... claro está que puede ser como dijo el cofrade krusky, siempre y cuando busques la trampa (de forma más o menos legal) para no pagar el IVA, pero a la hora de venderlo, el comprador se hace cargo del impuesto.

            Comentario


            • #21
              Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

              En referencia a las palabras del cofrade Krusky: "La lista 6ª es un beneficio en el impuesto de matriculación para la actividad de alquiler, no tiene nada que ver con el IVA".
              En lista 6ª tiene mucho que ver el IVA... puesto que no lo pagas en la compra del barco, que es una pasta, como es para negocio ya das cuentas con las facturaciones.

              Comentario


              • #22
                Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                Originalmente publicado por FLINT Ver Mensaje

                Hay alguna otra posibilidad... por los comentarios que acabo de leer, pero me parece poco probable.

                Lo normal es que la empresa, haya comprado el barco y haya pagado/soportado un IVA, ahora lo vende y debe cobrar/repercutir un IVA.

                Evidentemente, el IVA de la compra se lo dedujo y el IVA de la venta deberá ingresarlo.

                Claro, que puestos ha hacer suposiciones y castillos de naipes, tenemos algunas horas de entretenimiento...
                Efectivamente Cofrade y gracias a los demas:

                La empresa me vende el barco y fija un precio (quizas algo por debajo de las tablas famosas), el IVA que yo le pago en la factura que me emite, lo ingresara en la Agencia Tributaria.
                Pienso que los precios los fija el mercado, y mas en una situacion como la actual. Si el precio es bajo para Hacienda, supongo que sera un problema a resolver con el vendedor, y no conmigo, puesto que yo solo adquiero un bien a un precio pactado.

                Buena mar

                Willy-foc
                sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

                Comentario


                • #23
                  Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                  Originalmente publicado por PERKYNO Ver Mensaje
                  Recibido cofrade kruskyEntonces ese es el kit de la cuestión para que nadie pague el IVA.
                  Yo no tengo empresa pero si amigos empresarios, por lo tanto basta con hacer la jugada y no pagas el paston de IVA... ya lo pagará el que me compre el barco el día que diga de venderlo.
                  ¿ estoy en el camino ?. ¿ Va por ahí ?.
                  Saludos.
                  A no ser que tengas una inspección de I.V.A., en cuyo caso tendrás que demostrar que el barco está al servicio exclusivo de la empresa, lo cual no es tan sencillo. En el caso de los coches, por ejemplo, Hacienda acepta, por defecto, que te puedas deducir el 50% del I.V.A., tanto del coche, como de todos los gastos generados por el mismo.

                  Un saludo.


                  Comentario


                  • #24
                    Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                    Originalmente publicado por Willy-foc Ver Mensaje
                    Efectivamente Cofrade y gracias a los demas:

                    La empresa me vende el barco y fija un precio (quizas algo por debajo de las tablas famosas), el IVA que yo le pago en la factura que me emite, lo ingresara en la Agencia Tributaria.
                    Pienso que los precios los fija el mercado, y mas en una situacion como la actual. Si el precio es bajo para Hacienda, supongo que sera un problema a resolver con el vendedor, y no conmigo, puesto que yo solo adquiero un bien a un precio pactado.

                    Buena mar

                    Willy-foc

                    Las tablas famosas ya dan un precio bastante bajo, con lo cual bajar de eso es muy peligroso, ya que pierdes la cobertura legal que da la tabla, tengo un amigo que compro y en el contrato pusieron exactamente el precio de la tabla (unos 12.000 euros por un first 32s5) por supuesto pago más, pero a efectos fiscales pago 12.000. Pues hacienda lo multo por poner un precio fuera de mercado ya que inspector de hacienda que le toco entendía de barcos y sabia que ese precio era imposible, al final tras varios recursos ganó y solo pago el ITP de 12mil euros, pero el susto y el follón no se lo quita nadie.

                    P.D. En las tablas hay que sumar el barco y el motor por separado, o antes era así.
                    “Jamás aceptaría pertenecer a un club que me admitiera como socio” (Groucho Marx)

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                      Hola Villy Foc

                      Tengo una empresa de alquiler y he vendido varios barcos mios
                      A- Haz lafactura por el precio que marque hacienda, de lo contrario os haran una paralela

                      B- Si el barco tiene 3 años te falta uno para prescriba el impuesto de matriculacion, luego tendras que pagarlo

                      C- Si lo aguantas un año en 6ª para que te prescriba solo podras ir a bordo con un contrato de alquiler que te tendra que extender el vendedor y por supuesto no cambiarlo de propiedad hasta que pasen los 4 años

                      Si necesitas alguna aclaracion mas lo dices, aunque ya he visto que te han dado buenos consejos, saludos

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                        Originalmente publicado por Velero Simbad Ver Mensaje
                        Hola Villy Foc

                        Tengo una empresa de alquiler y he vendido varios barcos mios
                        A- Haz lafactura por el precio que marque hacienda, de lo contrario os haran una paralela

                        B- Si el barco tiene 3 años te falta uno para prescriba el impuesto de matriculacion, luego tendras que pagarlo

                        C- Si lo aguantas un año en 6ª para que te prescriba solo podras ir a bordo con un contrato de alquiler que te tendra que extender el vendedor y por supuesto no cambiarlo de propiedad hasta que pasen los 4 años

                        Si necesitas alguna aclaracion mas lo dices, aunque ya he visto que te han dado buenos consejos, saludos
                        Te agradezco el comentario Cofrade, pero este caso no es el mismo, yo comprare un barco en lista 7ª, esta a nombre de una empresa, pero no es un barco de charter.
                        La empresa pago en su dia el IVA (luego se lo desgravo), y ahora a la venta debera ingresar el IVA de la factura que extendera a mi nombre (16%), la diferencia, creo que reside en que el precio de venta puede ser mas "elastico" y quizas no dependa tanto de las famosas tablas de Hacienda.

                        Buena mar

                        Willy-foc
                        sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                          Originalmente publicado por Willy-foc Ver Mensaje
                          La empresa pago en su dia el IVA (luego se lo desgravo)
                          Eso no tiene por qué ser así. La empresa pudo pagar el IVA y no deducírselo. Claro en ese caso, ¿qué sentido podría tener que la empresa comprase el barco?. Pues muy sencillo, quizás sí que se lo dedujo en el impuesto como sociedades vía amortizaciones como gasto, y sin embargo no lo imputó al dueño de la empresa como retribución en especie, con lo cual se ahorró el I.R.P.F. correspondiente. Vamos, que son suposiciones simplemente, por supuesto. Pero quiero decirte que el hecho de que una empresa pague un I.V.A., no significa que se lo deduzca, y que pueden existir otros intereses fiscales diferentes en esa operación. Hay muchos I.V.A.s que no son deducibles. Y en ese caso, si la empresa vende ese bien, no debe cobrar el I.V.A., y sí el ITP. Al final, lo qe tú debes mirar es que el precio final que te cobra por el barco, sea con o sin I.V.A., es el que te interesa. Lo lógico también es que en la factura pongáis la valoración del barco según Hacienda.

                          Un saludo.


                          Comentario


                          • #28
                            Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                            Originalmente publicado por TBO Ver Mensaje
                            Eso no tiene por qué ser así. La empresa pudo pagar el IVA y no deducírselo. Claro en ese caso, ¿qué sentido podría tener que la empresa comprase el barco?. Pues muy sencillo, quizás sí que se lo dedujo en el impuesto como sociedades vía amortizaciones como gasto, y sin embargo no lo imputó al dueño de la empresa como retribución en especie, con lo cual se ahorró el I.R.P.F. correspondiente. Vamos, que son suposiciones simplemente, por supuesto. Pero quiero decirte que el hecho de que una empresa pague un I.V.A., no significa que se lo deduzca, y que pueden existir otros intereses fiscales diferentes en esa operación. Hay muchos I.V.A.s que no son deducibles. Y en ese caso, si la empresa vende ese bien, no debe cobrar el I.V.A., y sí el ITP. Al final, lo qe tú debes mirar es que el precio final que te cobra por el barco, sea con o sin I.V.A., es el que te interesa. Lo lógico también es que en la factura pongáis la valoración del barco según Hacienda.

                            Un saludo.
                            Pues no se que decirte Cofrade TBO:

                            En principio, no creo que la empresa tenga un interes especial en hacerme factura en lugar de transmision patrimonial.
                            Parece ser requisito legal (segun el contable), emitir factura de venta con su correspondiente 16%. Logicamente, nadie se beneficia de esta forma de venta (salvo la Agencia Tributaria). Por supuesto yo valoro el precio final IVA incluido (si se pudiera aplicar transmision patrimonial, quedaria mas base imponible para la empresa) que al incluir impuestos y vistos los tiempos que corren, seguro que la base imponible estara algo por debajo de las famosas tablas y esa precisamente es mi duda.

                            Buena mar

                            Willy-foc
                            sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                              Whily Foc,

                              Creo que sí, el problema será del vendedor, Hacienda le exigirá el ingreso del IVA sobre la base que estime que ha dejado de facturar...

                              Tu, como el IVA ese que pagas, no te lo deduces (compra particular), pienso que Hacienda no te va ha hacer nada.

                              Tu compras por un precio y lo pagas, punto. El problema será para el que vende por un precio inferior al estimado (y al de mercado) y deja de ingresar un IVA.

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)

                                Hola Willy foc

                                Perdon, si esta en 7ª no tienes ningun problema, alla el vendedor con lo que hiciera en su dia con el iva, si te vende como empresa te tiene que facturar, y llevara un iva que te tiene que deducir del precio que acordarias, saludos

                                Comentario

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