VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Impuesto de transmisiones en qué condiciones

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  • Impuesto de transmisiones en qué condiciones

    Mi pregunta requiere ayuda urgente, es un decir, pero tengo todos los papeles listos para hacer el cambio de titularidad de mi barco de 2ª mano, ya hace unas semanas que navego con él y lo del seguro y todo lo demás que he ido pagando de tasas para capitanía aconsejan cerrarlo ya.

    La cuestión no sé si es de un sencillo que cae por su peso o no.

    He de pagar el Impuesto de transmisiones en mi Conselleria de hacienda, para ello la Administración valenciana dispone de una web donde tú te calculas el importe, entre los datos a aportar está fecha de construcción y fecha de matriculación.

    Mi barco fue construido en 1998 y vendido a una sociedad y al año siguiente a un particular que lo tuvo en lista 6ª hasta que después fue comprado por otro particular que lo pasó a 7ª en 2004.

    La cuestión es que si pongo la fecha en que fue registrado y se le dio asiento y obtuvo la matrícula de sexta me sale a pagar por precio de contrato 1.600 euros y si pongo la obvia, la matricula que sale por todos lados en los papeles del barco, la de 2004 me toca pagar 2.078 euros. Para mi una diferencia radical.

    La cuestión es...... se considera a efectos de impuesto de transmisiones la de la matriculación en 1998 en lista sexta y su registro e inscripción (sale su asiento y su registro, incluso se menciona en el certificado reciente de registro que está en 6ª pero no la matrícula tal y como se expresa hoy en día) o se considerará la de la última matrícula en séptima???????

    That is the question!!!! que dijo el pirata Drake en la bocana de puerto banús.... e invitó a cerveza a tutti plen.

  • #2
    Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

    El inspector Cluseau lo ha resuelto in situ. Os informo, por si alguien está en estas dudas:Se paga conforme a la primera matriculación, sea en lista sexta o conste con el formato que conste en el registro.

    Muy atentos en la Conselleria d'Hisenda, no se puede decir lo mismo de Capitanía marítima, parece que los entrenan para odiarnos??!!!!

    Comentario


    • #3
      Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

      Hola, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales grava el 4 por cien del valor de compra conforme figure en el contrato que hay que presentarlo. Pero si ese precio es inferior al valor medio de la embarcación en función de su uso, salvo que puedas justificarlo de forma fehaciente lo mejor es que declares el valor medio aprobado por Hacienda mediante orden ministerial.
      Cuando lo orden se refiere a los años de utilización de la embarcación, se refiere a su antigüedad, siempre que ésta conste en la documentación oficial de la embarcación, normalmente primera matriculación, no desde cuando tu la adquiriste. Se valora por separado embarcación y motor y luego se suma.

      La autoliquidación tienes que presentarla en la Delegación o Administración de tu Comunidad Autónoma que tengas asignada en función de tu domicilio fiscal.

      Entérate en la delegación, porque si la embarcación ha estado dedicada a charter o enseñanza creo que tiene una reducción adicional cuando la valores según tablas.

      Y otra cosa tienes 30 días desde la fecha de la compraventa –fecha del contrato- para presentar y pagar el impuesto, en otro caso lleva recargo. Sin el resguardo del pago no te dejan matricularla a tu nombre.

      Espero haberte ayudado. Saludos con una cerveza.

      Comentario


      • #4
        Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

        Hola a todos y unas . Estoy en proceso de compra. Si lo he entendido bien tengo que firmar un contrato de compra/venta 'oficial' con el valor que sale de las tablas.

        En mi caso por ejemplo:
        Velero, en tablas 35.000.-€
        Motor 36 CV, en tablas (36 x 72,12.-€/CV) = 2596,32.-€

        Como el velero tiene más de 14 años. Tomo la reducción al 10% del valor
        Valor (casco + motor) = 37.596,32.-€, aplicando la redución al 10% queda un valor de base de liquidación de impuesto de: 3760.-€ que es el valor que debería figurar en el contrato oficial de compra/venta. ¿Es eso así?

        Con ello el impuesto a pagar sería el 4% de esa cantidad es decir: 150,4.-€
        ¿Podéis confirmar de que lo que expongo es correcto?

        Gracias y otras para digerir las matemáticas.
        sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

        Comentario


        • #5
          Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

          Hay otra solución que he experimentado en "carne propia".

          Solicitas una valoración por el Inspector correspondiente de la Capitanía Marítima (tasas ínfimas). Te valora el barco con motor.

          Con esa valoración OFICIAL,rellenas el Contrato de Compraventa y pagas el respectivo ITP y AJD (en Andaluciá el 4%), adjuntando la valoración del Inspector.

          P.D. Todo ello, suponiendo que la citada valoración te sea más beneficiosa que la aplicación de Tablas, porcentajes y años desde matriculación.


          Un cordial saludo

          Comentario


          • #6
            Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

            Gracias Tingis, ello supondría que el inspector valorara el barco por debajo de 3760.-€. Se puede probar...
            De todas formas mi duda está en si los cáculos que he hecho a partir de las tablas son correctos y de que si presento un contrato de compra/venta por ese valor, nadie (en la administración) pueda poner pegas.
            salud
            sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

            Comentario


            • #7
              Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

              Originalmente publicado por Capitán Victor Ver Mensaje
              Hola a todos y unas . Estoy en proceso de compra. Si lo he entendido bien tengo que firmar un contrato de compra/venta 'oficial' con el valor que sale de las tablas.

              En mi caso por ejemplo:
              Velero, en tablas 35.000.-€
              Motor 36 CV, en tablas (36 x 72,12.-€/CV) = 2596,32.-€

              Como el velero tiene más de 14 años. Tomo la reducción al 10% del valor
              Valor (casco + motor) = 37.596,32.-€, aplicando la redución al 10% queda un valor de base de liquidación de impuesto de: 3760.-€ que es el valor que debería figurar en el contrato oficial de compra/venta. ¿Es eso así?

              Con ello el impuesto a pagar sería el 4% de esa cantidad es decir: 150,4.-€
              ¿Podéis confirmar de que lo que expongo es correcto?

              Gracias y otras para digerir las matemáticas.
              Exacto, así es. Yo normalmente pongo "algo más" para redondear, y ya está.

              Como dato, la semana pasada vendí mi moto e hice yo la transferencia, en Facenda (Hacienda de la Xunta) al revisarme me dijeron que había puesto más que su valor por tablas, si quería modificar el contrato para poner menos, , así como te lo cuento.


              Buen viento
              "La vela es el medio más lento, más caro y más incómodo, para ir de un sitio donde se está bien, a otro donde no hay nada que hacer"

              Comentario


              • #8
                Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

                Gracias por corroborarlo. Yo, como tengo que ir a Hisenda (Cataluña) mejor no me la juego y pongo el valor exacto que aquí como se decía antes 'la pela es la pela' aunque quizás me sorprenderían también, quien sabe...
                sigpic Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto

                Comentario


                • #9
                  Re: Impuesto de transmisiones en qué condiciones

                  Para Capitán Víctor y resto de la cofradía interesada.
                  Hola, tus cálculos para determinar el Impuesto sobre Transmisiones son correctos, siento no haber podido decir algo antes pero no tenía unas tablas a mano para comprobarlo.
                  Dos precisiones en relación a otra contestación mía sobre este tema, la primera, que si uno se acoge a los valores medios según las tablas oficialmente aprobadas, la administración ya no puede alterarlos diciendo que el valor de mercado es mayor. Otra cosa es que se declare un valor superior al de tablas, cosa que no suele ser muy normal. Si se declara menos que lo que dicen las tablas hay que justificarlo para no tener problemas. Y en segundo lugar comentar que la reducción adicional para los casos en que el vehículo ha estado afecto a la enseñanza o alquiler no nos vale para barcos, solo se aplica a automóviles y motocicletas.
                  Que corran unas rondas que con esto de los impuestos se me seca la garganta.

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