VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

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  • Otros Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

    Una ronda de Guinness
    para una duda sobre la estancia
    de una barco Irlandés en España.

    El caso es que si meteo no permite a este amigo
    a regresar a Irlanda la semana que viene, se está planteando
    la posibilidad de dejar el barco en marina seca durante 9 meses
    en Vilagarcía.

    Él ha oido historias de armadores que han tenido que pagar el 12%
    del valor del barco por haber pasado demasiado tiempo en España.
    La pregunta es:
    ¿tiene que pagar algún tipo de impuesto
    (a parte del IVA sobre el servicio prestado por la marina seca)
    por dejar el barco el marina seca durante 9 meses?

    Él está muy preocupado por este tema.
    Si alguién conoces cuáles son los criterios para la aplicación
    de dichos impuestos que los exponga por favor.

    __/)____________
    ______(\________

  • #2
    Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

    La cuestión no es dónde esta el barco, sino tu amigo irlandés. Si no esta mas de 183 días en España no adquiere residencia española, conserva su domicilio fiscal en Irlanda y por tanto no tiene que pagar ningún impuesto especial en España.(salvo mejor opinión)
    Editado por última vez por martinsabo; 04/08/2009, 14:11:52.

    Comentario


    • #3
      Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

      Él va estar en Irlanda. Solamente se quedaría aquí el barco
      en marina seca.
      __/)____________
      ______(\________

      Comentario


      • #4
        Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

        que pregunte en la comandancia en cuestion que valdria precintar el barco
        y que no apure demasiado los 183 dias para tener algunos para prepararlo antes de salir el año que viene, o dentro de unas semanas.nihao

        Comentario


        • #5
          Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

          En principio, si el barco está en España y él no, no tiene porqué tener ningún problema. Pero si pasa más de 183 días seguidos en España dentro del barco puede encontrarse con que le "residencien" y le hagan pagar el impuesto de matriculación.

          salud!!!

          Comentario


          • #6
            Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

            unas birras. Estoy siguiendo este "tema", con interes, pero por una cuestión distinta.
            Primero diré, que (sin conocimiento sobre la cuestion, creo que tu amigo irlandes no tendría que preocuparse , puesto que el no está en España residiendo)
            El caso es , que pasaría si ese mismo barco se pone en el agua durante esos meses, y lo navega alguien, familiar o no de el propietario, con su consentimeento porsupuesto.?? que pasaria si te para la autoridad competente?
            NO quisiera desviar la atención de la cuestion original de IVANLC . Solo si alguien sabe algo fundamentado´. gracias.

            Comentario


            • #7
              Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

              Barco extranjero que este mas de 6 meses en España debe pagar el impuesto de matriculación 12% sobre el valor del barco en tablas.

              Y no hay mas vuelta de hoja, .... Se puede hacer por internet...

              Saludos y unas cervecitas

              Comentario


              • #8
                Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                Originalmente publicado por aldebaran431 Ver Mensaje
                Barco extranjero que este mas de 6 meses en España debe pagar el impuesto de matriculación 12% sobre el valor del barco en tablas.

                Y no hay mas vuelta de hoja, .... Se puede hacer por internet...

                Saludos y unas cervecitas
                ¿En la página se detalla esta obligación?
                ¿Poderías colgar el enlace?

                Vaya p*tada!

                Mañana llamo a capitañía (no me lo cogen ahora!).
                __/)____________
                ______(\________

                Comentario


                • #9
                  Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                  Originalmente publicado por aldebaran431 Ver Mensaje
                  Barco extranjero que este mas de 6 meses en España debe pagar el impuesto de matriculación 12% sobre el valor del barco en tablas.

                  Y no hay mas vuelta de hoja, .... Se puede hacer por internet...

                  Saludos y unas cervecitas
                  Aldebarán y qué ley dice eso , yo sólo conozco la 38/1992:
                  DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
                  Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.
                  Cuando se constate el incumplimiento de esta obligación, los órganos competentes de la Administración tributaria o del Ministerio del Interior procederán a la inmovilización del medio de transporte hasta que se acredite la regularización de su situación administrativa y tributaria.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                    Originalmente publicado por martinsabo Ver Mensaje
                    Aldebarán y qué ley dice eso , yo sólo conozco la 38/1992:
                    DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
                    Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.
                    Cuando se constate el incumplimiento de esta obligación, los órganos competentes de la Administración tributaria o del Ministerio del Interior procederán a la inmovilización del medio de transporte hasta que se acredite la regularización de su situación administrativa y tributaria.
                    Efectivamente, Martinsabo, gracias, yo estaba transcribiendo lo mismo y tratando de explicarlo, pero te me has adelantado subiendo el texto de la Ley.

                    Lo importante es que el barco se destine a ser utilizado por residentes en España. Para las personas físicas que sea ciudadanos de otros países, se presupone que son residentes en España si pasan aquí más de 183 días al año, para las entidades, hay que tener ojo con el tema del establecimiento permanente, que hilan muy fino ahí (si queréis lo explico con más detalle, pero estoy tratando de no escribir un ladrillazo en pleno agosto).

                    Por tanto si el barco está aquí y su dueño irlandés no pasa en España más de 183 días en un año (ojo, no seguidos, se trata del cómputo total) NO hay obligación de pagar el impuesto.

                    salud!!!!

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                      Originalmente publicado por Bar de leva Ver Mensaje
                      El caso es , que pasaría si ese mismo barco se pone en el agua durante esos meses, y lo navega alguien, familiar o no de el propietario, con su consentimeento porsupuesto.?? que pasaria si te para la autoridad competente?
                      NO quisiera desviar la atención de la cuestion original de IVANLC . Solo si alguien sabe algo fundamentado´. gracias.
                      Si el familiar o amigo del propietario no es residente español no pasa nada, si eres residente español pues pasa que tan pillao con el carro del helado y las vas a pagar todas juntas (lease matricular).
                      Aunque es sobre vehiculos, el impuesto es el mismo y la consulta y respuesta de la Administración General de Tributos es valida, observa que no te dice si el vehiculo es usado por el residente español durante meses o durante horas, asi que atento:

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                        Ok, como en este caso no va estar en España más de 183 días
                        y que nadie va a utilizar el barco no hay problema.
                        De todas formas para estar 100% seguro pediré las aclaraciones
                        a capitanía.

                        Gracias todos.
                        __/)____________
                        ______(\________

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                          Si el barco no va a ser utilizado por ningún residente en España ni por el propietario (que dices no tiene consideración de residente en nuestro país), no existe obligación de abanderar (matricular) y, por tanto, tampoco del pago del impuesto sobre determinados medios de transporte (impuesto de matriculación).

                          Hacer notar que si hubiese que abanderar el barco, no sólo existe la obligación de pagar el impuesto de matriculación, sino que al barco le sería aplicable toda la normativa nacional, la cual será, probablemente, bastante diferente a la de su bandera original.

                          Saludos,

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Impuestos al quedarse 9 meses en España con un barco Irlandés

                            Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
                            Si el barco no va a ser utilizado por ningún residente en España ni por el propietario (que dices no tiene consideración de residente en nuestro país), no existe obligación de abanderar (matricular) y, por tanto, tampoco del pago del impuesto sobre determinados medios de transporte (impuesto de matriculación).

                            Hacer notar que si hubiese que abanderar el barco, no sólo existe la obligación de pagar el impuesto de matriculación, sino que al barco le sería aplicable toda la normativa nacional, la cual será, probablemente, bastante diferente a la de su bandera original.

                            Utilizado , o patroneado; quiero decir, en el barco pueden ir como tripulación residentes en españa, cuando el patron, que viene de vacaciones 3 meses al año, (un suponer)es un no residente.

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