VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

    Hola,

    Alguien me puede aclarar cual es la eslora que se toma como referencia para la exención del impuesto de matriculación????

    Eslora total o Eslora de la línea de agua ???

    gracias

  • #2
    Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

    antes, era 7,5 y habia lios
    lo subieron a 8 mts TOTALES
    nada del barco (en el diseño) puede pasar de 8
    no valen ni timones colgados ni nada 8mts
    saludos

    Comentario


    • #3
      Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

      Hacienda dice que están sujetos al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, entre otros:

      "
      ...
      b) La primera matriculación de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos,
      nuevos
      o usados, que tengan más de ocho metros de eslora, en el registro de matrícula de buques,
      ordinario o especial o, en caso de no ser inscribibles en dicho registro, la primera matriculación
      en el registro de la correspondiente Federación deportiva. Estará sujeta en todo caso, cualquiera que sea su eslora, la primera matriculación de las motos náuticas definidas en el
      epígrafe 4.º del artículo 70.1.
      La eslora a considerar será la definida como tal en la versión vigente al día 30 de junio de
      2007 del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y
      matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de
      buques.
      ..."


      Y el 544/2007 define eslora como:

      "...
      Artículo 2. Definiciones.
      A efectos de lo previsto en este real decreto se enten-
      derá por:
      a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarca-
      ción»): embarcación civil de cualquier tipo, con indepen-
      dencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una
      eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté desti-
      nada a la realización de actividades de recreo u ocio sin
      ánimo de lucro o para la pesca no profesional.
      Esta definición ha de entenderse sin perjuicio del
      carácter de embarcaciones y buques de recreo o de
      deportes náuticos que, con arreglo a las normas tributa-
      rias, tengan las embarcaciones proyectadas para la reali-
      zación de actividades de recreo y ocio que presenten una
      eslora que exceda de 24 metros.
      b) «Eslora»: la distancia medida paralelamente a la
      línea de flotación de referencia, entre dos planos perpen-
      diculares al plano central de la embarcación situados uno
      en la parte más a proa de la misma y el otro en la parte
      más a popa.

      Esta eslora incluye todas las partes estructurales de la
      embarcación y las que forman parte integrante de la
      misma, tales como rodas o popas de madera, metal o
      plástico, las amuradas y las juntas casco/cubierta, así
      como aquellas partes desmontables del casco que actúan
      como soporte hidrostático o hidrodinámico cuando la
      embarcación está en reposo o navegando.
      Esta eslora excluye todas las partes móviles que se
      puedan desmontar de forma no destructiva sin afectar a
      la integridad estructural de la embarcación, tales como
      palos, penoles, plataformas salientes en cualquier
      extremo de la embarcación, guarniciones de proa, timo-
      nes, soportes para motores, apoyos para propulsión, pla-
      taformas para zambullirse y acceder a bordo y proteccio-
      nes y defensas.

      ..."


      Ahora que según el sitio igual aceptan eslora de flotación.

      E cercaronme as ondas...

      Comentario


      • #4
        Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

        Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje
        Hacienda dice que están sujetos al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, entre otros:

        "
        ...
        b) La primera matriculación de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos,
        nuevos
        o usados, que tengan más de ocho metros de eslora, en el registro de matrícula de buques,
        ordinario o especial o, en caso de no ser inscribibles en dicho registro, la primera matriculación
        en el registro de la correspondiente Federación deportiva. Estará sujeta en todo caso, cualquiera que sea su eslora, la primera matriculación de las motos náuticas definidas en el
        epígrafe 4.º del artículo 70.1.
        La eslora a considerar será la definida como tal en la versión vigente al día 30 de junio de
        2007 del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y
        matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de
        buques.
        ..."


        Y el 544/2007 define eslora como:

        "...
        Artículo 2. Definiciones.
        A efectos de lo previsto en este real decreto se enten-
        derá por:
        a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarca-
        ción»): embarcación civil de cualquier tipo, con indepen-
        dencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una
        eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté desti-
        nada a la realización de actividades de recreo u ocio sin
        ánimo de lucro o para la pesca no profesional.
        Esta definición ha de entenderse sin perjuicio del
        carácter de embarcaciones y buques de recreo o de
        deportes náuticos que, con arreglo a las normas tributa-
        rias, tengan las embarcaciones proyectadas para la reali-
        zación de actividades de recreo y ocio que presenten una
        eslora que exceda de 24 metros.
        b) «Eslora»: la distancia medida paralelamente a la
        línea de flotación de referencia, entre dos planos perpen-
        diculares al plano central de la embarcación situados uno
        en la parte más a proa de la misma y el otro en la parte
        más a popa.
        Esta eslora incluye todas las partes estructurales de la
        embarcación y las que forman parte integrante de la
        misma, tales como rodas o popas de madera, metal o
        plástico, las amuradas y las juntas casco/cubierta, así
        como aquellas partes desmontables del casco que actúan
        como soporte hidrostático o hidrodinámico cuando la
        embarcación está en reposo o navegando.
        Esta eslora excluye todas las partes móviles que se
        puedan desmontar de forma no destructiva sin afectar a
        la integridad estructural de la embarcación, tales como
        palos, penoles, plataformas salientes en cualquier
        extremo de la embarcación, guarniciones de proa, timo-
        nes, soportes para motores, apoyos para propulsión, pla-
        taformas para zambullirse y acceder a bordo y proteccio-
        nes y defensas.
        ..."


        Ahora que según el sitio igual aceptan eslora de flotación.


        despues de leerlo 2 veces, creo que lo he pillado

        vale, osea que me olvido de la eslora de flotación......
        Editado por última vez por woqr; 12/08/2009, 15:41:23.

        Comentario


        • #5
          Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

          Hola, el cofrade Chagho ha dejado totalmente clara la cuestión de que eslora tener en cuenta respecto de la última modificación náutica del impuesto sobre matriculación. Es una pena que la Administración haya sido siempre tan cicatera a la hora de regular la fiscalidad de las embarcaciones de recreo, especialmente ahora si se trata de embarcaciones modestas por su poca eslora y prestaciones. La modificación de la Ley que ampara la exención, la amplia de 7,5 metros de eslora a 8. Una pena que no se haya hecho antes, pues he leído de algunos astilleros españoles que han comprado diseños y luego han tenido que adaptarlos, en pocos centímetros, para no superar esos 7,5 y evitar así el encarecimiento del producto final. Pero la reforma legal es mucho más ambiciosa, estableciendo tipos impositivos que varían en función de las emisiones contaminantes de los motores, pagando menos aquellos que menos contaminan el medio ambiente. Pero claro esto solo para los automóviles, no para las embarcaciones. A la hora de establecer una exención o un gravamen reducido para una embarcación de recreo no deberíamos fijarnos tanto en la eslora sino en la motorización. Cortar hay que cortar por algún sitio pero yo creo que un velero de 9 metros, por ejemplo, dotado de un motor que en muchos casos no supera los quince CV reales, con equipamiento estándar, es decir “pelao”, es una embarcación modesta, poco contaminante, para la práctica de un deporte, cuya adquisición, para la mayoría, exige un sacrificio económico… y no un articulo de lujo. De eso, de cuando nuestro sistema impositivo se fijaba más en los denominados “signos externos de riqueza” que en la renta disponible de los ciudadanos, hace ya mucho tiempo. Pero se ve que las corrientes, las marinas y las no marinas, siguen siendo persistentes.
          Y si algo tiene que correr, que corra una jarra de ron.

          Comentario


          • #6
            Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

            Totalmente de acuerdo con eso de que se debería vigilar más la motorización que la eslora, de hecho la reforma del impuesto de matriculación se hace en el marco de una serie de medidas con el fin de regular las emisiones contaminantes y proteger el medio ambiente, o eso dicen.



            De todas formas, con una legislación con cambios sobre cambios (donde nunca estás seguro de tener la última reforma en tus manos), si en algún sitio de la documentación figura una eslora inferior a 8m. siempre se puede intentar conseguir la exención. Es decir, pedirla en hacienda y si te la dan pues muy bien, en caso contrario te quedas como estabas.

            E cercaronme as ondas...

            Comentario


            • #7
              Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

              Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje
              Totalmente de acuerdo con eso de que se debería vigilar más la motorización que la eslora, de hecho la reforma del impuesto de matriculación se hace en el marco de una serie de medidas con el fin de regular las emisiones contaminantes y proteger el medio ambiente, o eso dicen.



              De todas formas, con una legislación con cambios sobre cambios (donde nunca estás seguro de tener la última reforma en tus manos), si en algún sitio de la documentación figura una eslora inferior a 8m. siempre se puede intentar conseguir la exención. Es decir, pedirla en hacienda y si te la dan pues muy bien, en caso contrario te quedas como estabas.

              Oye pero esto ultimo que cuentas es de tu "cosecha" o es realmente así como funciona la tramitación de este impuesto.

              Es decir si tengo un velerito de 9 metros de eslora total y 6 metros de eslora de agua, quieres decir que a lo mejor "cuela" y no me aplican el impuesto de matriculación ???

              A ver seamos serios, o una cosa o la otra pero no podemos andar con estas pijadas

              Comentario


              • #8
                Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                Lo que digo es que no debe ser fácil para los funcionarios estar al día, sobre todo para los de hacienda que consideran la gestión de este impuesto como un embolado que les cayó encima. Los de capitania igual si que están al día, pero quien sabe. Esto es de mi "cosecha", lo que debiera valer es lo que dice el BOE.

                Si pagas presentas en capitanía el impreso con el pago, si no pagas presentas el impreso 06 con la exención. Ambos con un código electrónico para la matriculación.

                Es decir: si vas con 9 de eslora total y 7,90 de eslora de flotación, y te dicen que estás exento... ¿Tu que haces? ¿Te quejas para que se cumpla la ley y te dejen pagar? ¿O haces lo que te dice el funcionario?
                Editado por última vez por Chagho; 13/08/2009, 10:23:29.
                E cercaronme as ondas...

                Comentario


                • #9
                  Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                  Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje
                  Lo que digo es que no debe ser fácil para los funcionarios estar al día, sobre todo para los de hacienda que consideran la gestión de este impuesto como un embolado que les cayó encima. Los de capitania igual si que están al día, pero quien sabe. Esto es de mi "cosecha", lo que debiera valer es lo que dice el BOE.

                  Si pagas presentas en capitanía el impreso con el pago, si no pagas presentas el impreso 06 con la exención. Ambos con un código electrónico para la matriculación.

                  Es decir: si vas con 9 de eslora total y 7,90 de eslora de flotación, y te dicen que estás exento... ¿Tu que haces? ¿Te quejas para que se cumpla la ley y te dejen pagar? ¿O haces lo que te dice el funcionario?
                  Yo lo que pido es un poquito de "seguridad jurídica", vamos que estamos en la EU, esto no es Venezuela.

                  Imagino que los astilleros que hacen barcos deberán saber a que atenerse antes de diseñarlos, no ?? no creo que crucen los dedos y digan, a ver si tenemos suerte con este funcionario y nos "cuela" este diseño sin impuesto de matriculación

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                    Y la tienes: 8 de eslora máxima de casco (sin anexos) es el límite, a partir de ahí hay que pagar.

                    (Me sorprendería que la nauto-burocracia venezolana fuese peor que la española )
                    E cercaronme as ondas...

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                      Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje
                      Y la tienes: 8 de eslora máxima de casco (sin anexos) es el límite, a partir de ahí hay que pagar.

                      (Me sorprendería que la nauto-burocracia venezolana fuese peor que la española )

                      OK entonces estamos hablando de eslora total del casco, y punto final (que como sabes no tiene nada que ver con la eslora de flotación).

                      un velero de corte clásico tiene una eslora total muy superior a la eslora de flotación (tanto por popa como por proa).

                      Resumiendo: un velero con eslora total de 9 metros y eslora de flotación de 6 metros, paga impuesto de matriculación nos pongamos como nos pongamos, correcto ??

                      Si esto es así, entonces creo que lo tengo claro

                      A ver si con esta foto queda el tema zanjado y seguro
                      Editado por última vez por woqr; 02/09/2009, 09:30:23.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                        Sí, esas proas lanzadas que ya no se hacen... en los modernos con roda vertical no hay tanta diferencia.

                        Lo que dices es correcto a mi limitado entender y el diseño de la foto una putada fiscal.

                        (wqr: Te envié un mensaje privado)
                        E cercaronme as ondas...

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Impuesto matriculación a partir de 8 metros ?

                          Originalmente publicado por Chagho Ver Mensaje
                          Sí, esas proas lanzadas que ya no se hacen... en los modernos con roda vertical no hay tanta diferencia.

                          Lo que dices es correcto a mi limitado entender y el diseño de la foto una putada fiscal.

                          (wqr: Te envié un mensaje privado)

                          ya te digo, es una verdadera putada.

                          este tipo de diseño no tiene ni por asomo la misma habitabilidad que uno de diseño actual de igual eslora, pero se penaliza lo mismo fiscalmente, y ya no hablemos de los costes de amarre, que son los mismos obviamente.

                          en fin, la belleza clásica es lo que tiene, que es cara y hay que pagarla.

                          Comentario

                          Trabajando...
                          X