Re: Alquiler larga duración a particular.
Hola, gracias a todos por contestar.
Bueno, de momento es una idea más dentro de las muchas que tenemos. Solo queríamos saber si es legal y posible. Falta un poco más de un año, porque dejaremos de trabajar en Julio del 2013, así que no queremos concretar nada, solo pensamos diferentes opciones. Podría ser zona 3, dependiendo del barco, de qué región de España estemos... canarias nos tira mucho.
Los números los puse por poner. Tenemos un presupuesto para comprar un barco, pero pensando en recuperar algo al venderlo después. Si se puede hacer esto otro y decidimos hacerlo veremos si estamos dispuestos a gastar 5000 o 10000€, dependiendo de lo que se nos ofrezca. Agradezco mucho todos los privados que he recibido ofreciéndome un barco (con esto ya veo que sí que hay armadores dispuestos a hablar esta propuesta), pero repito que de momento solo queremos saber si podríamos llevar a cabo esta operación.
Carlos, te veo muy seguro de lo que hablas, y parece que con conocimiento de causa. Si de verdad fuera ilegal alquilar un barco en lista 7ª, de momento y desde mi ingenuidad me preocupa más que entonces no se podría redactar un contrato de alquiler para dejar bien claro quién se haría cargo de mantenimiento, amarres, posibles siniestros... Es algo que querría dejar bien claro y por escrito. Yo soy legal y de palabra, pero no todo el mundo es así. Y los que no me conozcan no tienen porqué creerme, así que por escrito solucionaríamos esto.
En cuanto a la Benemérita, ¿tanto paran un barco? ¿más de 35 veces en un año? En los barcos que he ido yo, siempre en verano, nunca los he visto cerca, y por supuesto nunca nos han parado. Pero en cualquier caso, es legal que alguien me deje su barco y yo navegue en él. Lo ilegal sería que yo le pagara, que me lo estuviera alquilando. Si me paran y no está el armador no pueden demostrar que el barco esté alquilado, me lo podría haber dejado durante un año, no? O se lo podría haber cambiado por mi coche, o por alojarse en mi casa durante ese año... no sé, ¿tan claro tienes que la G. Civil pondría problemas?
Me gustaría aclarar definitivamente esto. ¿es legal o no? ¿es equiparable a alquilar un piso o un coche o no? ¿quién con conocimientos legales me podría aclarar esto?
Una opción interesante. ¿Esto sería posible? En principio lo veo difícil, pero habría que mirarlo.
¿Y si la bondad de nuestro trato personal es que me deja el barco a cambio de que se lo cuide y se lo mantenga? ¿o a cambio de que le deje mi coche? ¿sería legal? ¿dónde está escrito que no es legal?
Carlos, repito que te veo muy convencido y parece que sabes de lo que hablas, me podrías ayudar diciéndome porqué lo tienes tan claro. como bien dices, no quiero incurrir en ningún disparate.
Y en cuanto a lo de que a estas alturas del post no he aparecido, dame tiempo!
Puse el mensaje ayer a las 11 y pico. Hoy he estado trabajando, haciendo un poco de deporte y al volver a casa atiendo un rato a los niños, hablo con mi mujer, cena, cuento y cuando se duermen los niños ya tengo tiempo para navegar aunque sea por los internetes. No abandondes el barco, que aprecio tus comentarios.
Esta opción en principio me gusta más que la del contrato de compra con una fecha y de venta con otra fecha del año siguiente que comentaba Irrintzi. ¿Conoceis a algún cofrade de esta taberna que lo haya hecho?
Repito mis agradecimientos a todos los que habéis contestado, Saludos!!
Hola, gracias a todos por contestar.

Originalmente publicado por m30
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Originalmente publicado por Galeon de Manila
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Originalmente publicado por carlos g.
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En cuanto a la Benemérita, ¿tanto paran un barco? ¿más de 35 veces en un año? En los barcos que he ido yo, siempre en verano, nunca los he visto cerca, y por supuesto nunca nos han parado. Pero en cualquier caso, es legal que alguien me deje su barco y yo navegue en él. Lo ilegal sería que yo le pagara, que me lo estuviera alquilando. Si me paran y no está el armador no pueden demostrar que el barco esté alquilado, me lo podría haber dejado durante un año, no? O se lo podría haber cambiado por mi coche, o por alojarse en mi casa durante ese año... no sé, ¿tan claro tienes que la G. Civil pondría problemas?
Originalmente publicado por Sal Paradise
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Originalmente publicado por IRRINTZI
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Originalmente publicado por carlos g.
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Carlos, repito que te veo muy convencido y parece que sabes de lo que hablas, me podrías ayudar diciéndome porqué lo tienes tan claro. como bien dices, no quiero incurrir en ningún disparate.
Y en cuanto a lo de que a estas alturas del post no he aparecido, dame tiempo!
Puse el mensaje ayer a las 11 y pico. Hoy he estado trabajando, haciendo un poco de deporte y al volver a casa atiendo un rato a los niños, hablo con mi mujer, cena, cuento y cuando se duermen los niños ya tengo tiempo para navegar aunque sea por los internetes. No abandondes el barco, que aprecio tus comentarios.
Originalmente publicado por Nuvegris
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Repito mis agradecimientos a todos los que habéis contestado, Saludos!!




¿Que ley no te permite alquilar un barco de particular a particular? ¿Existe alguna ley que no te permita alquilar cualquier otra propiedad?








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