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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Contrato compra venta

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  • Contrato compra venta

    Buenos días a toda la taberna y esta ronda la pago yo .
    Alguien me podría pasar un modelo de contrato de compra-venta de una embarcación o si como me imagino, ya está publicado,indicarme donde lo puedo encontrar?
    Gracias por adelantado

  • #2
    Re: Contrato compra venta

    ¿ALGO PARECIDO A ESTO?

    CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EMBARCACIÓN DE RECREO ENTRE PARTICULARES
    En XXXXXX, a XXXXX DE XXXX DE 20XX
    Vendedor:
    D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con D.N.I. nº 7XXXXXX-D, y domicilio en _______, calle ______ nº _____, C.P. XXXXX
    Comprador:
    D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con D.N.I. nº 7XXXXXX-D, y domicilio en _______, calle ______ nº _____, C.P. XXXXX


    EMBARCACIÓN.
    Marca: XXXX Modelo: XXXXX
    Nombre: XXXXXXX. Matrícula: _______________
    Marca o Modelo y Nº de motor: _________________


    Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EMBARCACIÓN DE RECREO que se especifica, en las siguientes CONDICIONES:
    PRIMERA.- El vendedor vende al comprador la embarcación de su propiedad anteriormente especificada por la cantidad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (XXXX €), sin incluir los impuestos correspondientes, que serán a cargo del comprador.
    SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre la embarcación ninguna carga o gravamen ni impuesto, deuda o sanción pendientes de abono en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo.
    TERCERA.- El vendedor se compromete a facilitar los distintos documentos relativos a la embarcación, motor y remolque, así como a firmar cuantos documentos aparte de éstos sean necesarios para que la embarcación quede correctamente inscrita a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos, siendo todos los gastos a cargo del comprador.
    CUARTA.- Por este acto se hace entrega al comprador de la posesión de la embarcación, haciéndose el comprador cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad de la embarcación y su tenencia y uso a partir de dicho momento de la entrega. Igualmente por este acto se realiza el pago al vendedor de la cantidad estipulada, sirviendo este documento como carta de pago.
    QUINTA.- La embarcación dispone de REMOLQUE.
    SEXTA.- El comprador declara conocer el estado actual de la embarcación, por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega.
    SÉPTIMA.- Para cualquier litigio que surja entre las partes de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, éstas, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales de XXXXX.
    Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por triplicado, en la fecha y lugar arriba indicados.
    Firma del vendedor.
    Firma del comprador.
    XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX
    XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX

    Comentario


    • #3
      Re: Contrato compra venta

      si me pasas un mail te lo mando, el que usé para el mío
      LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes

      Comentario


      • #4
        Re: Contrato compra venta

        A mi me duele mucho la cabeza desde hace tiempo y además a veces veo como destellos. ¿Alguien me puede pasar el nombre de una medicina que me sirva?

        Sería curioso inciar un hilo con este mensaje, a ver cuantas respuestas son con nombres de medicamentos y cuantas diciendo "no seas animal y ve al médico"

        Para hacer un contrato no basta con saber leer y esciribir, hay que tener unos conocimientos técnicos. Si todo va bien, no hay problema. Como algo no vaya bien te aseguro que el comprador y tu vais a tener tantos dolores de cabeza y tantas noches de insomnio que podreis escribir el principio de este mensaje.

        No entiendo como hay alguien dispuesto a pagar varios miles de euros o a entregar un objeto que vale varios miles de euros basándose en un contrato bajado de internet o que le ha pasado un colega.

        Sin ir más lejos, el modelo que te ha copiado Txemafontela tiene no menos de quince defectos graves. Y te aseguro que si comprador y vendedor quedan satisfechos con la operación no se va a notar ninguno de los defectos, se tramitará la transmisión en capitanía y fin de la historia.

        Pero como el comprador llame un día al vendedor para decirle que ha encontrado un tornillo oxidado y que le tiene que indemnizar, o el vendedor reciba una carta de un puerto pidiendo los derechos de un atraque, los dos se van a gastar en costas judiciales, abogados, procuradores, peritos y medicinas unas veinte veces lo que les hubiera costado pagar entre los dos a un abogado que les redacte el contrato.
        drugstore-catalog.com

        Comentario


        • #5
          Re: Contrato compra venta

          Hola..
          El modelo inicial de contrato se basa en la buena fe de las partes, se conoce que cuando uno compra un valor de esta cuantía es consciente de lo que compra, lo ha mirado, revisado, visto, observado etc. también conoce más o menos al vendedor y se da cuenta del tipo de persona que debe de ser: buena, mala, necesitada, liante, mentirosa, ladrona etc y claro actúa en consecuencia....también puedes el contrato elevarlo a público y te da alguna garantía más. recoger en un contrato el "y si..." me pasa esto u lo otro, sería un contrato interminable. Lo mejor es que varios expertos te den su opinión y lanzarte. suerte y disfrútalo
          BRIGADIER
          ...NI SE DARÁ CUARTEL, NI SE PEDIRÁ...

          Si el testículo derecho se muestra convulso y frío, no hay que esperar buen desenlace. Hipócrates

          Comentario


          • #6
            Re: Contrato compra venta

            Toda relación contractual se basa en la buena fe de las partes, por supuesto. En caso contrario no habría contrato.
            Elevar el contrato a público lo único que consigue (salvo en los contadísimos casos en los que la escritura pública es requisito formal) es hacer fe de la personalidad de los intervinientes y de la fecha del documento. No da más garantía ni menos.

            Y eso de que el que compra conoce la cosa y ¡al vendedor! es... peculiar.

            Hacer un contrato con "y si" es lo que diferencia un buen contrato de uno malo, y mientras haya papel en el mundo no veo el problema.

            "Solo hay una cosa que me gusta más que resolver un problema: evitarlo" Lo leí hace poco en el despacho de un abogado que se dedica a los pleitos y no es un picapleitos.

            De todas formas, que cada uno haga lo que le parezca, no faltaba otra cosa. Además, así los abogados, procuradores, jueces, secretarios, oficiales, personal administrativo y los peritos ganan dinero que también tienen derecho.
            drugstore-catalog.com

            Comentario


            • #7
              Re: Contrato compra venta

              Creo que Nonick tiene más razón que un santo...internet es tan bueno como peligroso, y todo lo que encontremos en la red no tiene por qué ser bueno por el hecho de estar colgado.

              Aunque ni mucho menos me compré un barco de 200 mil aurelios (pena no tenerlos, jeje), me parecía un tema lo suficientemente serio como para hacerlo bien, asi que a mi me prepararon el contrato gente especialista... que para eso están!

              Animo a hacer caso a Nonik... las cosas bien hechas, por favor! (aún así pueden salir problemas...)
              LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes

              Comentario


              • #8
                Re: Contrato compra venta

                hola de nuevo, vamos ver y por alusiones, yo no le quito la razón a nonick, quiero añadir que es muy diferente presentar a un juzgado un contrato notarial y uno que no lo es (podeis provarlo y vereis o preguntarle al de los pleitos), la clave en todo esto son los "costes" si quieres evitar abogados, aranceles etc. En cuanto a la buena fe de las partes, efectivamente la buena fe se presupone en las partes ¡pero¡ nunca se sabe..... en cuanto al "ojo clínico" en la compra te puede parecer "peculiar" pero es la pura realidad. Pero insisto, reune uno/s expertos en barcos y que te den su opinión, en base a eso yo actuaría y después como si no quieres firmar "ningún contrato" (es broma), por cierto el contrato interminable "no lo hace nadie" ni el de los pleitos -seguro que prefiere pleitear-
                gracias y suerte
                BRIGADIER
                ...NI SE DARÁ CUARTEL, NI SE PEDIRÁ...

                Si el testículo derecho se muestra convulso y frío, no hay que esperar buen desenlace. Hipócrates

                Comentario


                • #9
                  Re: Contrato compra venta

                  Originalmente publicado por Nonick Ver Mensaje
                  A mi me duele mucho la cabeza desde hace tiempo y además a veces veo como destellos. ¿Alguien me puede pasar el nombre de una medicina que me sirva?

                  Sería curioso inciar un hilo con este mensaje, a ver cuantas respuestas son con nombres de medicamentos y cuantas diciendo "no seas animal y ve al médico"

                  Para hacer un contrato no basta con saber leer y esciribir, hay que tener unos conocimientos técnicos. Si todo va bien, no hay problema. Como algo no vaya bien te aseguro que el comprador y tu vais a tener tantos dolores de cabeza y tantas noches de insomnio que podreis escribir el principio de este mensaje.

                  No entiendo como hay alguien dispuesto a pagar varios miles de euros o a entregar un objeto que vale varios miles de euros basándose en un contrato bajado de internet o que le ha pasado un colega.


                  Sin ir más lejos, el modelo que te ha copiado Txemafontela tiene no menos de quince defectos graves. Y te aseguro que si comprador y vendedor quedan satisfechos con la operación no se va a notar ninguno de los defectos, se tramitará la transmisión en capitanía y fin de la historia.

                  Pero como el comprador llame un día al vendedor para decirle que ha encontrado un tornillo oxidado y que le tiene que indemnizar, o el vendedor reciba una carta de un puerto pidiendo los derechos de un atraque, los dos se van a gastar en costas judiciales, abogados, procuradores, peritos y medicinas unas veinte veces lo que les hubiera costado pagar entre los dos a un abogado que les redacte el contrato.

                  Por favor puedes decir cuales son esos defectos que aprendamos.
                  Gracias

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Contrato compra venta

                    Originalmente publicado por Cotobelo Ver Mensaje
                    Buenos días a toda la taberna y esta ronda la pago yo .
                    Alguien me podría pasar un modelo de contrato de compra-venta de una embarcación o si como me imagino, ya está publicado,indicarme donde lo puedo encontrar?
                    Gracias por adelantado
                    Te rnvío un modelo a la cuenta que figura en tu perfil.
                    saludos

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Contrato compra venta

                      Entiendo que, no por ser especialmente denso y prolijo en sus estipulaciones, un contrato va a implicar necesariamente menos posibilidades de ulteriores desacuerdos y conflictos entre las partes contratantes. En puridad el contrato es válido y suficiente identificando a las partes contratantes, la causa o negocio jurídico objeto del mismo y el precio o contraprestación. Por supuesto que cualquier contrato es susceptible de innumerables matizaciones pero, en defecto de estas, nuestra legislación prevé casi todas las posibles contingencias que, no habiendo sido previstas o reguladas por las partes, pudieran derivarse de la interpretación o cumplimiento de un acuerdo contractual. Por regla general cualquier discrepancia acabará siendo consultada al letrado de turno.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Contrato compra venta

                        Sin ir más lejos:
                        Venta de barco. Quien paga el mantenimiento del año.
                        drugstore-catalog.com

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Contrato compra venta

                          Originalmente publicado por 8540 Ver Mensaje
                          por cierto el contrato interminable "no lo hace nadie" ni el de los pleitos -seguro que prefiere pleitear-
                          gracias y suerte
                          Pues depende de la categoría del profesional que en su caso contrates.

                          Originalmente publicado por guiller Ver Mensaje
                          Por favor puedes decir cuales son esos defectos que aprendamos.
                          Gracias
                          Si y no. Si puedo decir los defectos, pero no para que se aprenda. Creo que no has entendido mi razonamiento: el problema no es que el modelo en cuestión sea bueno o malo. Lo que digo es que no se deben usar modelos por los profanos.

                          Originalmente publicado por cajador Ver Mensaje
                          Entiendo que, no por ser especialmente denso y prolijo en sus estipulaciones, un contrato va a implicar necesariamente menos posibilidades de ulteriores desacuerdos y conflictos entre las partes contratantes. En puridad el contrato es válido y suficiente identificando a las partes contratantes, la causa o negocio jurídico objeto del mismo y el precio o contraprestación. Por supuesto que cualquier contrato es susceptible de innumerables matizaciones pero, en defecto de estas, nuestra legislación prevé casi todas las posibles contingencias que, no habiendo sido previstas o reguladas por las partes, pudieran derivarse de la interpretación o cumplimiento de un acuerdo contractual. Por regla general cualquier discrepancia acabará siendo consultada al letrado de turno.
                          Un buen contrato evitará más problemas que uno malo, está claro que no va a evitar todos los problemas.

                          Y en puridad un contrato es válido si reune tres requisitos:
                          - consentimiento válido de las partes
                          - objeto
                          - causa

                          Por otra parte ya lo he dicho: que cada uno haga lo que le parezca, no pretendo dar lecciones a nadie. Simplemente expuse mi opinión y me permití el lujo de dar un consejo para quien lo quiera tomar.
                          drugstore-catalog.com

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Contrato compra venta

                            Hola Cofrades; pues en mi opinión tampoco está tan mal el modelo de contrato. Fijado quien vende, quién compra, el objeto de la compraventa, precio y forma de pago,, tampoco hace falta añadir demasiado rollo.
                            A mi criterio faltaría aclarar si hay algún pacto especial que hacer constar. Si el barco es usado me parece lógico que el vendedor quiera venderlo como cuerpo cierto, reconocido y conformado por quién lo adquiere, y sin ofrecer garantía, salvo que se haya pactado lo contrario.
                            En embarcaciones de serie y homologadas me consta que marina acepta que la operación pueda instrumentarse en documento privado, mientras que en embarcaciones no seriadas se exige que el contrato quede otorgado ante Notario, o sea en escritura pública.
                            Para que un contrato exista válidamente, deben concurrir consentimiento, objeto y causa.
                            La mala fe en uno de los contratantes podría viciar la eficacia del contrato ya sea por afectar al consentimiento del otro contratante, si concurre engaño, ya sea por ilicitud o torpeza en la causa.
                            Si me envías un privado con una explicación de la operación te remitiré con mucho gusto una propuesta de contrato y por supuesto sin cargo.
                            Saludos

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Contrato compra venta

                              Yo no llego al pleno al 15, pero esta cláusula no me parece correcta:

                              SEXTA.- El comprador declara conocer el estado actual de la embarcación, por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega.

                              Los contratos, que los haga un profesional (con una buena póliza de RC )

                              Saludos



                              La democracia es dos lobos y una oveja votando sobre que se va a comer.
                              La Libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado.
                              Benjamin Franklin

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