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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

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  • PER Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

    He suspendido el examen del día 14 por una sóla pregunta de radio. Me pregunto si hay alguien que esté en situación similar y haya fallado la pregunta 46 del test 4 cuya respuesta correcta es b) estación de barco.

    Ya sé que es exactamente la definición que aparece en la página 157 del libro de Alfonso Jordana. Pero pienso que la definición está mal expresada porque al decir que "...no sea una embarcación o dispositivo de salvamento..." ya se descarta en la definición la respuesta (que no sea una embarcación) al no usar comas para que "de salvamento" aplique tanto a embarcación como a dispositivo. Es decir, que si se hubiera escrito "...que no sea, una embarcación o dispositivo, de salvamento...", entonces, sí, la respuesta podría ser estación de barco pero, escrito sin comas, no.

    El argumento puede parecer cogido con alfileres pero, siendo puristas con el lenguaje, es correcto. De hecho, a mí (que no recordaba lo que decía el libro) me confundió la definición en el examen, y, aunque en un principio iba a marcar b), no lo hice por lo que explico arriba.

    Un saludo a todos.

  • #2
    Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=134075

    Comentario


    • #3
      Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

      Ya abrí un post sobre esta pregunta que, en mi entendimiento, es impugnable.

      Estoy en la misma situación que tú y me parece una canallada ... jajaja

      Voy a presentar reclamación, si quieres te la paso.

      Comentario


      • #4
        Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

        Vale, pásamela. Yo también he reclamado.

        Comentario


        • #5
          Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?



          1º) La respuesta correcta a esa pregunta del test nº 4 de PER es la B.

          2º) Las comas sugeridas como redacción alternativa no cumplen las reglas de ortografía de la RAE y dificultan la comprensión del texto.

          3º) En el ámbito jurídico se emplea la acepción Estación de Barco. También en el lenguaje habitual en el sector marítimo.

          Esto se puede comprobar en las diversas disposiciones legales relativas a las radiocomunicaciones. Y en la práctica diaria cuando uno se dedica a la navegación.

          4º) En nuestros barcos mercantes y de recreo tenemos, asimismo, la LEB
          (Licencia de Estación de Barco).

          Dicho sea por si ayuda en algún sentido.

          Saludos



          .

          Comentario


          • #6
            Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

            Al Secretario del Tribunal
            Área de Formación Marítima/Titulaciones de Recreo
            Dirección General de la Marina Mercante
            C/ de Ruiz de Alarcón 1
            28014 Madrid

            AL SECRETARIO DEL TRIBUNAL

            xxxxx, con DNI xxxxxx, el cual se aporta fotocopia como DOCUMENTO NÚMERO UNO, con domicilio a efectos de notificación en xxxxxx, con correo electrónico xxxxxx,
            DIGO:

            i.- Que me presenté a la Convocatoria de Patrón de Embarcaciones de Recreo, diciembre/2014 en Madrid, realizando el Test número 4 (Identificador 010598) y obteniendo como resultado: 56 respuestas correctas globales, y se ha detectado 1 fallo en Carta, 0 en Reglamento, 2 fallos en balizamiento y 3 fallos en Radiocomunicaciones.

            ii.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, es necesario un mínimo de 53 respuestas correctas para aprobar, adicionalmente no se permitirá más de 2 fallos en Carta, 4 fallos en Reglamento, 2 fallos en Balizamiento, 2 fallos en radiocomunicaciones. Por consiguiente, se ha dispuesto que no he superado la prueba teórica.

            iii.- Que en el entendimiento que la pregunta 46 está incorrectamente formulada, intereso, respetuosamente, sea anulada, con base en los siguientes

            MOTIVOS:

            I. Definición de Estación de buque y no de Estación de barco

            i.- La pregunta 46 dice:
            “A una estación móvil del servicio móvil marítimo a bordo de un barco, no amarrado de manera permanente y que no sea una estación de embarcación o dispositivo de salvamento, se le denomina:
            a) Instalación marítima de frecuencia radiotefónica.
            b) Estación de barco.
            c) Estación marítima de emergencia.
            d) Estación de Radiobaliza del sistema móvil marítimo por satélite COSPAS-SARSAT.”
            Siendo, al parecer, la respuesta correcta B: estación de barco.
            ii.- De acuerdo con la Dirección General de Marina Mercante, en la pregunta frecuente doceava para la obtención del título -¿Dónde me pueden dar clases para la preparación del examen teórico?-, “Sólo pueden dar clases de preparación para el examen teórico aquellas escuelas que cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente (Orden FOM/3200/2007) y así lo hayan notificado a la Dirección General de la Marina Mercante, o en aquéllas homologadas por las Comunidades Autónomas. A continuación se citan ordenadas alfabéticamente aquellas que dependen de la DGMM: […] ELCANO - Escuela Náutica. Calle Raimundo Lulio, 2. 28010 MADRID. Teléfono: 91 448 58 49. email: elcano@cenelcano.com
            iii.- El manual utilizado, entre otras, por la Escuela Naútica ELCANO –dependiente de la Dirección General de la Marina Mercante- para la preparación del examen es: “Patrón de Embarcaciones de Recreo, Costa JB, Estudios Náuticos Costa C.B., 2008 , ISBN: 978-84-93349233” (en adelante, ‘el manual’).
            Este manual, en sensu contrario a la estación costera, define estación de buque como: “estación móvil del servicio marítimo instalada a bordo de un buque no amarrado de manera permanente y que no sea una estación de embarcación de supervivencia.”
            En efecto, el manual que es utilizado por varias escuelas náuticas, que a decir de la DGMM la más significativa –ELCANO- es dependiente de ella, no otorga a la pregunta el concepto de estación de barco sino el de estación de buque; ocasionando una tremenda confusión a la hora de enfrentarse a responder a la misma.
            Por tanto, de conformidad con ese manual, no existe respuesta correcta a la pregunta 46.
            II. La pregunta descarta la respuesta de estación de buque/estación de barco
            i.- Con carácter subsidiario a la confusión de lo a que el concepto se refiere (estación de buque/estación de barco), la pregunta está redactada de tal manera que hace descartar la respuesta dada por válida: estación de barco.
            En este sentido, en dicha pregunta, referente al concepto dado a una estación de servicio móvil marítimo a bordo de un barco, se añade que “…que no sea una estación de embarcación o dispositivo de salvamento”. Se antoja evidente que la mala redacción de la misma elimina, por un lado, la estación de embarcación y, por otro lado, el dispositivo de salvamento.
            Y es que la conjunción “o” expresa alternativa entre dos opciones –“estación de embarcación” o “dispositivo de salvamento”-. En este sentido, traemos a colación lo dispuesto en el Diccionario panhispánico de dudas 2005 , Real Academia Española, en el cual se estipula que:
            Conjunción coordinante que tiene valor disyuntivo cuando expresa alternativa entre dos opciones: ¿Prefieres ir al cine o al teatro? Otras veces expresa equivalencia: El colibrí o pájaro mosca es abundante en esta región. También se usa para coordinar los dos últimos elementos de una ejemplificación no exhaustiva, con un valor de adición semejante al de la conjunción y: Acudieron a la fiesta muchos famosos, como periodistas, actores o futbolistas; la conjunción o tiene por objeto señalar aquí que no se ha agotado la enumeración, que se han citado solo unos cuantos ejemplos de entre los varios posibles; sin este valor, no es admisible usar o en lugar de y: García Márquez o Vargas Llosa son dos de los más grandes representantes de la literatura en lengua española. A menudo la disyuntiva que plantea esta conjunción no es excluyente, sino que expresa conjuntamente adición y alternativa: En este cajón puedes guardar carpetas o cuadernos (es decir, una u otra cosa, o ambas a la vez). En la mayoría de los casos resulta, pues, innecesario hacer explícitos ambos valores mediante la combinación y/o (→y2, 3).
            Por tanto, resulta más que notorio que la pregunta, en el modo en la que está planteada, hace deducir que la estación de servicio móvil marítimo a la que se refiere no puede ser una estación de embarcación que, en sentido amplio, se ha de entender como: estación de buque o estación de barco.
            Tomando como referencia la redacción de la definición del concepto –estación de buque- dada en el manual, parece ser que lo que realmente pretendía indicar el examinador en la pregunta era “que no fuese ni una estación de embarcación de salvamento ni un dispositivo de salvamento”.
            En este sentido, para que la respuesta dada por valida fuese correcta y de acuerdo con la pregunta, se tendría que haber redactado usando la conjunción “ni”, como se ha expuesto anteriormente, o a través de la puntuación -comas-. En cuanto, tal y como es conocido, una frase mal puntuada o mal estructurada varía su significado o crea ambigüedades. A modo de ejemplo, y en aras de facilitar la labor del órgano que resuelve la presente reclamación, a continuación se dispone la variación que se produce en el significado de la pregunta en los términos anteriormente expuestos:
            o Pregunta:
            “…que no sea una estación de embarcación o dispositivo de salvamento”
            o Utilizando la conjunción ni:
            “que no fuese ni una estación de embarcación de salvamento ni un dispositivo de salvamento”
            o Utilizando la puntuación –comas-:
            “… que no sea, una embarcación o dispositivo, de salvamento”
            o Utilizando guion:
            “… que no sea una embarcación –o dispositivo- de salvamento”
            En consecuencia, no cabe duda que en los términos en los que se redactó la pregunta, y dado que en ella se refiere que no es una “estación de embarcación”, jamás podría darse por correcta la respuesta B: estación de barco.

            III. La pregunta 46 es errónea o ambigua
            Por los motivos expuestos anteriormente, ha de ser pacífico que la pregunta es errónea por su redacción y es ambigua en cuanto utiliza un concepto o respuesta distinta a la ofertada por el manual utilizado por una escuela náutica dependiente de la DGMM necesario para superar el examen teórico. Por ende, no existe, en los términos en los que está redactada la pregunta, respuesta correcta.
            Se antoja evidente, que las preguntas deben ser correctamente formuladas y de manera concisa (así lo reconoce el TC Sentencia 34/1995), sin posibilidad de equívoco. Máxime cuando en la prueba que aquí nos atañe no era posible argumentación alguna ni matiz, dando a elegir una respuesta correcta entre distintas alternativas.
            Por consiguiente, la pregunta número 46 del test 004 de la Convocatoria de Patrón de Embarcaciones de Recreo, diciembre/2014 en Madrid (Identificador 010598), ha de ser anulada.

            Por todo lo anterior,

            SOLICITO AL SECRETARIO que, teniendo por presentada la presente reclamación, se sirva admitirla y, tras los trámites de rigor, acuerde anular la pregunta número 46 del test 004 de la Convocatoria de Patrón de Embarcaciones de Recreo, diciembre/2014 en Madrid (Identificador 010598) y, por consiguiente, se me dé por superado la parte teórica.
            En Madrid a 4 de enero de 2015.


            xxxxxx

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            • #7
              Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?

              Se ha desconfigurado el formato. Si quieres, dame un email y te la paso.

              Leyéndola, creo que lo correcto sería (y lo voy a modificar en mi reclamación) sería:

              o Utilizando la puntuación –comas-:
              “… que no sea una embarcación, o dispositivo, de salvamento”

              Si tienes algún comentario o sugerencia...

              Comentario


              • #8
                Re: Test 04 Pregunta 46 ¿puede impugnarse?


                Y, por curiosidad, ¿cuál fue tu respuesta a la pregunta 46?

                Comentario

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