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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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mis Respuestas Pper abril 2015

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    Las respuestas que no pone nada, están comprobadas y casi confirmadas.salvo opinión en contrario.
    Editado por última vez por juancolomina; 14/04/2015, 17:45:58.

  • #2
    Re: mis Respuestas Pper abril 2015

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    Hola Juan y demás cofrades:

    Lo que he puesto en negrita y en mayúscula creo -a falta que la autoridad marítima lo crea también - que es correcto, porque lo he comprobado con la ley y está literal. Y lo que he escrito en minúscula es lo que puse pero no he podido comprobarlo con la ley.
    Juan, lo tienes superado. Yo, creo que tengo fijas 19 a falta de las dudosas.
    Pero no le voy a dar más vueltas hasta el día 20, si cumplen su palabra.

    Saludos y menos para los "entrajetados" del infierno.

    Comentario


    • #3
      Re: mis Respuestas Pper abril 2015

      Azimut00 estoy de acuerdo contigo. Ya queda un esfuerzo menos. Hoy a descansar

      Comentario


      • #4
        Re: mis Respuestas Pper abril 2015

        Buenas cofrades, unas rondas!

        Primero espero que os haya ido a todos muy bien, suerte con las notas!

        Segundo, respecto al PPER de abril de 2015 en Madrid, he observado que como es en mi caso el TEST 01, hay un par de preguntas con enunciados idénticos pero con respuestas diferentes. Se trata de la pregunta núm. 9 y la pregunta núm. 15. La 9 es respecto a las concentraciones náuticas y pruebas náutico-pesqueras y la 15 es sobre el Real Decreto 1434/90 de inspecciones. Supongo que se trata de un error por parta de la DGMM. La pregunta que tiene coherencia y relación en enunciado respuestas es la 15. Lo que por las opciones a contestar en la pregunta 9 da que pensar que el enunciado seria erróneo y quisieron preguntar algo como por ejemplo " cuál de las siguientes opciones no es una obligación para los patrones de embarcaciones respecto a la embarcación por el RD 62/2008 por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas". Com ya sabeis el tema de las barandillas 90cm, 2 aros, cubierta despejada, etc. Que la opción correcta seria la C) ya que no se habla de 3 aros en ningún sitio, solo 2 y 1 mas por cada 20 personas.

        Mañana a primera hora notificare a DGMM de tal error, no se que harán, si invalidar y dar punto a todos, invalidar y puntuar sobre 29 preguntas (por lo que 18 aciertos mínimo podría cambiar a la baja o seria injusto ya que no serian 30...), no se, haber que pasa.

        Tercero, respecto a la pregunta 10 de bien mueble y sus datos he encontrado que la ley dice:

        "La obligación de remisión de datos por parte de los Registradores de Bienes Muebles al Registrador Central, a que se refiere la disposición adicional única, apartado 4, del Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, y el artículo 15, apartado 4, de la Ordenanza de 19 de julio de 1999, se extiende a las inscripciones y anotaciones practicadas en el Registro de Buques, de manera que el Registro Central deberá tener pleno conocimiento de los siguientes datos:
        a) Nombre del buque, número OMI (Organización Marítima Internacional), pabellón, arqueo y lista, así como matrícula nacional y NIB (número de identificación del buque), si constan.
        b) Datos relativos al contenido del acto o contrato inscrito o anotado.
        c) Datos de sus titulares, sean personas físicas o jurídicas, con expresión de su nombre, apellidos o denominación social, número o cédula de identificación fiscal (NIF o CIF), así como el nombre y apellidos del cónyuge, en su caso.
        d) Cargas afectantes al buque.
        e) Datos registrales del asiento practicado."

        Por lo que no se habla en ningún sitio de edad y supongo que la que mas se acerca es la b).

        Cuarto, respecto a la pregunta 25 del código civil es nula a pleno derecho ya que exactamente tal y como se anuncia en el anunciado: " Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con la prestación de la fe pública registral que causen daño a la Administración o a los particulares declaradas en sentencia firme." se recoge como infracción muy grave pero ojo! en el art. 313 de la Ley hipotecaria en su apartado de "régimen disciplinario de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles". Perdonad pero a mi en el ANEXO IV de la convocatoria me aparece en el punto 15 código civil y no la ley hipotecaria!!! Así que también pa lante como los de alicante en el escrito a la DGMM.

        Quinto, respecto a la pregunta 28 MARPOL IV dice:

        "Regla 13
        Supervisión de las prescripciones operacionales por el Estado rector del puerto


        1 Un buque que se encuentre en un puerto o terminal mar adentro de otra Parte podrá ser objeto de una inspección por funcionarios debidamente autorizados por dicha Parte en lo que respecta a las prescripciones operacionales del presente Anexo, si existen motivos fundados para pensar que el capitán o la tripulación no están familiarizados con los procedimientos esenciales de a bordo relativos a la prevención de la contaminación por aguas sucias.
        "

        Asi que creo que és la c)

        Sexto, por lo que hace a la pregunta 29 MARPOL V dice:

        "Regla 8
        Supervisión de la prescripciones operacionales por el estado rector del puerto


        1) Un buque que esté en un puerto de otra Parte está sujeto a inspección por funcionarios, debidamente autorizados por dicha Parte, en lo que concierne a las prescripciones operacionales, en virtud del presente anexo, cuando existan claros indicios para suponer que el capitán y la tripulación no están familiarizados con los procedimientos esenciales de a bordo, relativos a la prevención de la contaminación por basuras.


        2) Si se dan las circunstancias mencionadas en el párrafo 1) de la presente regla, la Parte tomará las medidas necesarias para que el buque no zarpe, hasta que se haya resuelto la situación, de conformidad con lo prescrito en el presente anexo."

        Por lo que creo que és la c)

        Bueno cofrades, espero poder debatir esto con vosotros. Solo és indagación propia y el propósito de compartir-la es que entre todos veamos cuales son las opciones correctas y en caso de errores en el examen como desviaciones en el temario, por cierto sea dicho muy exagerado, o errores en las preguntas podamos ir a la una. Espero vuestra opinión!

        Saludos

        Comentario


        • #5
          Re: mis Respuestas Pper abril 2015

          Saludos a tod@s:

          Estoy prácticamente de acuerdo en todo lo expuesto por twice3.

          Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

          Del régimen disciplinario de los Registradores

          Artículo 313

          El régimen disciplinario de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles se regirá por lo establecido en los artículos siguientes y en las restantes normas de desarrollo. Supletoriamente, a falta de normas especiales, se aplicará lo dispuesto en las normas reguladoras del régimen disciplinario de los funcionarios civiles del Estado, excepto en lo referente a la tipificación de las infracciones.

          Se considerarán infracciones muy graves, graves o leves de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, las siguientes:


          A) Son infracciones muy graves:

          a) El abandono del servicio.

          b) Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con la prestación de la fe pública registral que causen daño a la Administración o a los particulares declaradas en sentencia firme.


          Ahora resulta que todo entra en este examen, cualquier pregunta de cualquier ley entra en la materia de este dichoso examen. ¿Qué vamos a opositar para notarios o qué?

          Ya nos contarás, twice3, si te han atendido en la DGMM.

          Comentario


          • #6
            Re: mis Respuestas Pper abril 2015

            Totalmente de acuerdo con el compañero. Yo en cuanto salgan las notas, en caso de suspenso pienso recurrir todo esto. Es una vergüenza la administración. Habrá que ver quién ha puesto el examen.....En cuanto pongan las notas todos los perjudicados deberíamos de recurrir el examen

            Comentario


            • #7
              Re: mis Respuestas Pper abril 2015

              Compañeros! Hoy he contactado con capitania de barcelona y me han comentado que solo se puede reclamar cuando salgan notas. Asi que toca esperar! Esperemos a ver que passa y que dice la DGMM y luego como mas seamos mejor!

              Saludos cofrades!

              Comentario


              • #8
                Re: mis Respuestas Pper abril 2015

                Hola compañeros, es cierto que empieza a contar el plazo para poder solicitar la revision de examen a partir de la publicación de las notas provisionales y deberian de publicarlas junto con la plantilla de respuestas oficiales, (es más la plantilla podian publicarlas antes de las notas provisionales, como sudece en cualquier convocatoria de náutica de las CC.AA) ya que sin estas es imposible saber cuales son las que te dan por buenas o malas y así poder ejercer con criterio firme el derecho a reclamar o impugnar la/s pregunta/s que consideremos oportunas.
                Parece que a estos señores le rige una norma diferente.

                En relación a las preguntass del examen, concretamente a la nº 4 casi todo el mundo da como valida la C "24 metros"
                observar que nos preguntan:

                "corresponde al Capitan Marítimo la resolución de los expedientes en materia de tripulaciónes minimas de seguridad para embarcaciones de eslora (L) igual o inferior a:"

                El articulo 10. Funciones del Capitán Marítimo. en el parrafo K. claramente dice para embarcaciones de eslora (L) inferior a 24 metros.

                Bueno, saludos, unos brindis y suerte para todos!!!

                Comentario


                • #9
                  Re: mis Respuestas Pper abril 2015

                  En efecto, como ya os comenté, hay que esperar a las notas para reclamar. Tenemos un plazo de 10 días hábiles para hacerlo. Hay que aportar el escrito con las preguntas que impugnas más fotocopia del dni, y se supone que te contestan mediante correo ordinario en unos día con el resultado.
                  Esperemos los resultados y entre todos ponernos de acuerdo y enviar cada uno todo lo que estimemos oportuno.
                  Saludos y a esperar las notas!Suerte!

                  Comentario


                  • #10
                    Re: mis Respuestas Pper abril 2015

                    Unas rondas!!

                    Pues buenas noticias! Tal y como anunciaron la DGMM ya tiene publicadas las notas provisionales y ya se pueden consultar en la pagina de fomento. Tengo que decir que desgraciadamanete he suspendido por solo 1 pregunta asi que mañana mismo voy a presentar alegaciones respecto a las preguntas 9 y 15, la de codigo civil y la de eslora 24mts de funciones del capitan maritimo. Os invito a todos a hacer lo mismo tanto si aprobais como si no.

                    Saludos!

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                    • #11
                      Re: mis Respuestas Pper abril 2015

                      ¿Alguien tiene idea de cómo reclamar y cómo?. Además de la pregunta 9 y de la 15, ¿Cuáles pensáis que pueden ser susceptibles de reclamación?.A ver si entre todos podemos echar un cable a los compañeros que han suspendido

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