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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

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  • CY Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

    Buenas noches queridos cófrades. pedir que que querais en la barra virtual de la taberna, estis invitados.
    He estado leyendo el Real Decreto 875/2014 de fecha 10 de Octubre pasado y nada más empezar, en su atículo 1º punto 3 dice lo siguiente:

    3. No es objeto de este real decreto la regulación del perfil profesional que tendrán aquellas personas que impartan formación teórica orientada exclusivamente a superar las pruebas teóricas convocadas por las distintas administraciones competentes para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo.

    Me formulo varias pregunta:
    1.- Puede un Capitán de Yate, dado que es el máximo titulo en náutica de recreo ofrecer sus conocimientos para la formación teórica de los títulos de recreo?
    2.- En base a este artículo, pueden las academias naúticas contratar a capitanes como formadores teóricos?
    3,- Se puede deducir de este artículo que no es necesario un título profesional para dar formación teórica? o que se legislara en otro real decreto junto con la profesionalización de los titulos de recreo a partir del PER como se habla en el RD 875 en vigor?.
    4- Qué ilegalidad se comete al impartir un capitan de yate curso de PER PY y CY?-

    Me gustaría que los juristas de la taberna dieran respuestas a estas preguntas, pues ya sabemos que para firmar certificaciones de practicas hace falta el PEPER pero para dar clases?,
    Sinceramente es un tema que me apasiona,entretiene y me sirve para no olvidar os conocimientos adquiridos.

    Un saludo y espero vuestras opiniones muchas gracias.

  • #2
    Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?



    sigpic
    www.itsasamezten.com
    https://es-es.facebook.com/itsasamezten/
    EC2-ATF

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    • #3
      Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

      Muchaa gracias Mateando; pero no entiendo porque en Academias que se dedican a formacion teorica, si el perfil profesional del formador no esta legislado porque se pide un titulo profesional.
      Conozco muchisimos litorales de pesca que no tienen ni idea ya no a nivel de cy sino de py.
      Esperemos que algun dia dejemos de depender de la DGMM y tengamos una direccion de nautica de recreo a parte.
      un saludo.

      Comentario


      • #4
        Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

        Con la venia.


        No destripo nada de lo dicho ni en este ni en el otro hilo, que todos somos expertos en lo nuestro.

        La enseñanza orientada a la náutica de recreo en españa está considerada «ENSEÑANZA NO REGLADA». Para entenderlo mejor, baste decir que la «enseñanza reglada» es la de los colegios, institutos, universidades, postgrado.... y cursos profesionales y otros.... QUE CONDUCEN A UN TÍTULO VÁLIDO EN EL ESTADO EPAÑÓ.

        En este caso, las academias náuticas, sus enseñanzas y estudios NO CONDUCEN A UN TÍTULO. Es decir, si apruebas los exámenes de la academia eres una máquina, pero no eres Patrón de Ná. Para obtener el título, sí o sí tienes que pasar por un examen oficial convocado por el organismo que efectivamente, EXPÍDE EL TÍTULO, y lo expide sólo en funicón del examen, no de las clases que has dado (lo que permite por cierto presentarse por libre).

        Todo este rollo para decir que "cualquiera puede dar clase de cualquier cosa", siempre que sea contratado por el dueño de la academia, club de amigos, o bar del pueblo. Es decir, el titular del negocio (Academia) contrata a quien le sale de las narices. Luego es cuestión de fama, valía o porcentaje de aprobados, que una academia tiene más o menos clientes-alumnos.

        También es normal que para dar clases en academias náuticas, no sea necesario realmente un "contrato de trabajo", sino un "contrato privado de contraprestación de servicios" o sencillamente un recibo de haber cobrado dinero por haber dado las clases (nominilla). Lo legal y correcto es hacer un contrato a tiempo parcial, hacerle firmar una nominilla al profesor, y hacerle la retención del IRPF que la empresa - academia- entregará a la AEAT. Luego el profesor debe incluir esos ingresos extraordinarios en su declaración de la renta, y asunto concluiído.


        La respuesta a tu pregunta es SÍ. Puedes dar clase sin problema en una academia náutica, incluso puedes fundar una.
        Otra cosa es una "ESCUELA NÁUTICA", que debe ser autorizada por DGMM especialmente en lo que a prácticas se refiere.

        Por cierto, también puedes dar "clases particulares" en grupos reducidos y cobrar por ello, entregando recibo a los pagadores, y declarándolo como ingreso irregular en el IRPF.

        ¡Qué rollos suelto para decir que sí!
        ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

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        • #5
          Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

          Te puede dar la formación teórica hasta un panadero (con todos mis respetos para los panaderos, es un decir)

          Otra cosa es que la academia te contrate, lógicamente pedirán títulos.

          Para prácticas evidentemente hay que ser PPER o superior

          Comentario


          • #6
            Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

            Buenas creo que no he sido muy concreto en la pregunta. Me explico con un ejemplo.
            Hemos ofertado nuestros servicios para formacion teorica en una academia un amigo con titulo profesional de cabotaje y yo con titulo deportivo de CY y me han dicho que reconocen que un CY esta mas preparado pero que no pueden contratarlo a no ser que haga el PEPER.
            Mi pregunta es donde pone eso; porque yo me he leido el RD 875/2014 y no dice nada de que haya de estar en posesion de un titulo profesional para impartir formacion teorica, de hecho yo estoy ayudenda a mi amigo para el mayor de cabotaje con calculos e Ingles.
            Un saludo.

            Comentario


            • #7
              Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

              Originalmente publicado por SAMORP Ver Mensaje
              Buenas creo que no he sido muy concreto en la pregunta. Me explico con un ejemplo.
              Hemos ofertado nuestros servicios para formacion teorica en una academia un amigo con titulo profesional de cabotaje y yo con titulo deportivo de CY y me han dicho que reconocen que un CY esta mas preparado pero que no pueden contratarlo a no ser que haga el PEPER.
              Mi pregunta es donde pone eso; porque yo me he leido el RD 875/2014 y no dice nada de que haya de estar en posesion de un titulo profesional para impartir formacion teorica, de hecho yo estoy ayudenda a mi amigo para el mayor de cabotaje con calculos e Ingles.
              Un saludo.

              No tiene nada que ver con el RD 875/2014. La regulación administrativa de Academias Náuticas es de cada CCAA. Afecta a responsabilidades, tributación, SS.SS,...

              La formación náutica, como bien te han dicho es formación NO reglada. Te la puede dar cualquiera sin ánimo de lucro. Igual que te pueden dar clases particulares de medicina. Allá tu lo que pagues y como te vayan los examenes. En mi academia una doctora en matemáticas me dio clases de CY. Su marido, capitán MM, era el titular de la academia.

              Comentario


              • #8
                Re: Puede un Capitán de Yate dar Formación Teórica?

                Originalmente publicado por sextante43
                amigo juan y tu, sin animo de crear polemica las enseñanzas regladas, a las que tu te refieres son de ambito profesional, que no solamente valen en españa, sino en todo el mundo, un doctor en medicina o un ingeniero, de las especialidades que sean, de una universidad española es reconocido en todo el mundo, es mas los reclaman, para trabajar en esos paises. bien y dicho esto, las enseñanzas nauticas tambien estan regladas y reguladas, todas parten del RD 875/2014, firmado por el rey. y la ministra de fomento, y son validas, esas enseñanzas, para obteener titulos validos en todo el territorio nacional, y en el extrangero, para gobernar embarcaciones con pabellon español, y no tienen caracter profesional, solo nautico-deportivo, con caracter amateurs saludos

                Pues no, la náutica deportiva no es formación reglada, aun qué sí regulada. No confundamos al personal. LA reglada es la que podríamos llamar "académica", de Preescolar a Universitaria, aunque las universidades también pueden impartir formación no reglada.

                Por ejemple, una autoescuela es formación no reglada, pero muy regulada

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