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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

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  • Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

    Buenas Tardes a todos.
    Soy británica con el título del RYA (Day Skipper) pero residente en España. Mi pregunta es, si me compro un barco aquí tengo que sacarme el PER ó vale mi título del RYA con el ICC?
    Agradezco de antemano cualquier ayuda.....

    Saludos,
    Charlotte

  • #2
    Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

    Tengo entendido que siendo de nacionalidad británica, el título que se te exige es el británico, incluso si el barco es español.

    En España ya sabes, por un lado el barco y por otro el patrón.
    En el caso del patrón, titulación. Si no pudiera hacerse, ningún británico podría alquilar charter sin patrón en España, y creo que alguno sí lo hace
    En el caso del barco (español), todo en regla como barco español, que ya es mucho decir....

    Teniendo ambas cosas en regla, amén.
    Ya sabes que el barco está limitado por sus papeles españoles (distancia de navegación, número máximo de tripulantes, material y armamento a bordo...). Y el patrón está limitado por su titulación de origen (británica).

    ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

    Comentario


    • #3
      Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

      Supongo que no, todavia sois miembros de la EU. Personalmente no me preocuparia mucho. Soy Capitan de Yate desde hace más de 20 años. Unos 50 que navego y nunca, pero nunca, en ningún país me han pedido el título. El seguro al dia y la documentación sí, en algunos puertos.
      Surte,
      SQL //*//

      Comentario


      • #4
        Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

        Hola Charlotte:Un Saluso brindis: , Conmigo estudio Capitan de Yate un chico con titulación extranjera , recuerdo que comentó que para navegar por España ,pedia una validación de su titulo en la comandancia de Marina local del lugar por donde navegaba y me parece que le duraba seis meses.
        De todos modos en la pagina web del ministerio de fomento ( Marina mercante ) puedes encontrar las posibles convalidaciones.
        Espero sea de tu ayuda.

        Comentario


        • #5
          Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

          Buenas noches Charlotte,
          Creo que es mejor que llames a fomento y que te pasen con Marina Mercante y que te aclaren. Otra opción es una gestoría naútica. Tu titulación de Day Skipper de RYA con el certificado de competencia yo creo que equivaldría al PNB porque el Coastal Skipper sería el PER, el Yatchmaster Offshore sería el de PY e el Yatchmaster Ocean el de Capitán. Revisa el BOE creo que si eres residente aunque tengas nacionalidad de UK, si llevas pabellón español, tienes que llevar titulación española o que te la homologuen. Otra cosa es llevar bandera de UK ;-) y creo que lo tendrías muy orientado. Desde luego con bandera no española, tiene que coincidir la bandera del barco y la titulación exigida en el país de origen. El pero como resides aquí lo tienes que confirmar con una fuente oficial. Yo estoy preparando CY y voy a convalidar en una escuela con certificación RYA con Yatchmaster Offshore y me han pedido ser PY y después hay que hacer los exámenes de competencia. Quizás otros cofrades nos puedan aclarar...

          Comentario


          • #6
            Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

            Disposición adicional cuarta. Autorización de titulaciones extranjeras.
            La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto.
            Disposición adicional quinta.


            COASTAL SKIPPER embarcaciones de hasta 24 metros sin alejarse de 20 millas de la costa. YATCHMASTER OFFSHORE Embarcaciones de hasta 24 m. de eslora, sin alejarse más de 150 millas de la costa. YATCHMASTER OFFSHORE with commercial endorsement Embarcaciones de hasta 200 toneladas brutas, sin alejarse más de 150 millas de la costa. YACHTMASTER OCEAN Embarcaciones de hasta 24 m. de eslora, sin limitaciones. YACHTMASTER OCEAN with commercial endorsement Embarcaciones de hasta 200 toneladas brutas, sin limitaciones. GRAN BRETAÑA RYA (Royal Yachting Association) INTERNATIONAL CERTIFICATE FOR OPERATOR OF PLEASURE
            CRAFT Embarcaciones de hasta 24 m. de eslora



            Tu titulo no aparece, pregunta en la capitania donde vayas a navegar

            Comentario


            • #7
              Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

              Charlotte,

              Si eres residente en España y quieres navegar bajo un barco con bandera española debes tener la titulación correspondiente que requiere Marina Mercante para las embarcaciones de recreo (PER, PY o CY).

              Tengo amigos británicos en tu misma situación y han tenido que sacarse el PER.

              Saludos,
              Wherever the wind takes me...

              Comentario


              • #8
                Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                Pregunta en capitania si ese titulo lo pueden convalidar por alguno de los nuestros,creo que por pnb es posible.

                convalidar: En un país, institución, facultad, sección, etc., dar validez académica a estudios aprobados en otro país, institución, etc.

                Comentario


                • #9
                  Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                  Originalmente publicado por CharlieGirl Ver Mensaje
                  Buenas Tardes a todos.
                  Soy británica con el título del RYA (Day Skipper) pero residente en España. Mi pregunta es, si me compro un barco aquí tengo que sacarme el PER ó vale mi título del RYA con el ICC?
                  Agradezco de antemano cualquier ayuda.....

                  Saludos,
                  Charlotte
                  Depende de la bandera del barco. Si tiene bandera inglesa se aplica la ley inglesa. Entonces la unica limitacion que tienes es la estupida disposicion adicional quinta del RD 875/2014:

                  Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.
                  1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
                  2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad.


                  Es una norma ilegal (porque contradice una norma superior: la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), pero -de momento- es aplicable.

                  Por tanto, en resumen, dado que tu nacionalidad es britanica, si tu bandera fuera britanica, segun el parrafo 1 tendrias que tener una titulacion (no especifica cual), segun el parrafo 2 no te haria falta porque no lo requiere la legislacion inglesa (ya he dicho que es una disposicion estupida). Ante esta contradiccion, mejor tener el titulo de la RYA para ir cubierta cualquiera que sea la interpretacion que hagan el guardia civil de turno y el responsable de la capitania si te denuncian. Lo de la convalidacion no te sirve porque es para no-residentes (lo deja claro el requisito previsto en la DA3.2 del mismo RD 875/2014).

                  Pero si llevaras un barco con otra bandera no britanica, tendrias que tener el PER (dado que eres residente en el Estado español).

                  Esto es lo que dice la normativa y esto es lo unico aplicable. Cualquier opinion distinta de las anteriores es infundada y erronea. Y algunos consejos que te dan son un disparate. Es que a la gente le gusta opinar sin tener ni idea (y alguno pensara que con eso ayuda...).
                  Editado por última vez por Tupac A.; 28/05/2015, 12:39:18.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                    Como ya has visto por las respuestas de otros cofrades, es altamente recomendable que si te compras un barco lo abanderes en el Reino Unido.

                    Por otra parte, creo que España sí reconoce el ICC a los ciudadanos británicos. Mira en el anexo correspondiente del RD 875/2014.

                    Saludos y
                    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                    Comentario


                    • #11
                      Respuesta: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                      Este titulo no te lo van a convalidar, seria el equivalente a pnb pero no te lo cambiaran, por eso no aparece en el BOE si eres residente en españa te obligaran a llevar titulacion española, en el caso de no ser residente creo que la bandera manda y si el day skypper te cubre no deveria haver problema.
                      vamos despacio, por que vamos lejos...

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                        Originalmente publicado por CharlieGirl Ver Mensaje
                        Buenas Tardes a todos.
                        Soy británica con el título del RYA (Day Skipper) pero residente en España. Mi pregunta es, si me compro un barco aquí tengo que sacarme el PER ó vale mi título del RYA con el ICC?
                        Agradezco de antemano cualquier ayuda.....

                        Saludos,
                        Charlotte
                        Un saludo Charlotte.

                        Yo también soy británico aunque sigo en Old Blighty Con el "Day Skipper" puedes llamar a la RYA para que te den el ICC, que te valdrá para navegar en cualquier sitio. No así con las titulaciones de Competent Crew o Non-tidal Day Skipper.

                        Con Day Skipper y la experiencia equivalente no tendrás ningún problema, sobre todo si te lo has sacado en el Solent

                        Comentario


                        • #13
                          Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                          Mi consejo es que si te compras un barco en España, lo abanderes en UK, y te regirás por los títulos y leyes británicas
                          Nunca soplan buenos vientos para quien no sabe a que puerto se dirige

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                            Originalmente publicado por Coda di lupo Ver Mensaje
                            Mi consejo es que si te compras un barco en España, lo abanderes en UK, y te regirás por los títulos y leyes británicas
                            Por lo que estoy leyendo por el foro, creo que tienes razón. No sabía que tener un barco fuera tan complicado para los españoles.

                            Respecto al título no tendrá problema siendo británica con el Day Skipper (tercer título, solamente por debajo del Coastal y Yachmaster). Si llama a la Royal Yacht Association le expedirán un ICC que le vale en cualquier sitio.

                            Ahora respecto a las obligaciones por tener bandera española, eso es otro tema. Según leo por aquí es como tener una maldición . Estoy viendo cosas que ni se me habían ocurrido.

                            Por otro lado es bastante posible que se compre un barco ya abanderado en el Reino Unido o en otro país europeo. Son un porcentaje importante de los barcos en venta según parece.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Patrón de recreo de barco con bandera española con título ingles RYA

                              Originalmente publicado por _paquito

                              Respecto al título no tendrá problema siendo británica con el Day Skipper (tercer título, solamente por debajo del [I
                              Coastal [/I]y Yachmaster). Si llama a la Royal Yacht Association le expedirán un ICC que le vale en cualquier sitio......
                              .....menos en España y algún que otro país que no firmaron el convenio ICC.
                              A no ser que haya cambiado la ley hace poco y yo no me hay enterado.
                              Agradeceria que indicaras el art. donde viene indicada l´aceptación del ICC por España.

                              Un saludo y

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