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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Hasta donde se puede ir?

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  • #16
    Re: Hasta donde se puede ir?

    Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
    Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...
    Editado por última vez por Jordi BMW; 31/07/2015, 21:35:03.
    http://designlight1.blogspot.com.es/

    Comentario


    • #17
      Re: Hasta donde se puede ir?

      Originalmente publicado por Jordi BMW Ver Mensaje
      Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
      Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...
      ¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
      http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

      Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

      Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

      Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

      De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

      Saludos.

      Editó: disculpas por la mala redacción
      Editado por última vez por Robao; 31/07/2015, 22:29:06.
      Puma 26

      Comentario


      • #18
        Re: Hasta donde se puede ir?

        Pués sí que se agradeceria una aclaración, porque hasta ahora también yo estaba convencido que no se podian usar las mismas prácticas dos veces.

        Un saludo y

        Comentario


        • #19
          Re: Hasta donde se puede ir?

          a ver


          si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

          en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

          tanto lio
          asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


          es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

          no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


          un saludo

          Comentario


          • #20
            Re: Hasta donde se puede ir?

            Originalmente publicado por Losencantes Ver Mensaje
            a ver


            si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

            en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

            tanto lio
            asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


            es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

            no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


            un saludo
            hola amigo, te pregunto Has navegado desde "cataluña hasta punta europa", costeando, para asegurar que NO hay tramos que tienen mas de 10 millas, de abrigo a abrigo, yo creo que no lo has hecho, otros si lo hemos hecho durante muchos años, y aunque desde la mar veas un litoral que "parecen playas", en realidad no lo son, son acantilados bajos, y por tanto no son zonas accesibles.
            has visto por ejemplo, y lo tienes cerca, las millas que hay entre La Nao, San Martin y San Antonio, ¿ tu crees que eso es zona de abrigo.
            por otra parte tienes las normas de navegacion de Portugal, para asegurar que con PNB con las limitaciones que tiene el titulo en España, en Portugal, si se puede Navegar desde la desembocadura del Guadiana hasta la desembocadura del Miño
            seriá conveniente saberlas. gracias
            saludos y unas
            Editado por última vez por plinio viejo; 01/08/2015, 17:58:57. Razón: corregir palabras

            Comentario


            • #21
              Re: Hasta donde se puede ir?

              Originalmente publicado por Losencantes Ver Mensaje
              a ver


              si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

              en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

              tanto lio
              asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


              es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

              no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


              un saludo
              ...........
              Editado por última vez por plinio viejo; 01/08/2015, 19:00:11. Razón: mensaje repetido

              Comentario


              • #22
                Re: Hasta donde se puede ir?

                En Portugal no van a preocuparse de la titulación que tiene un patron español de un barco con bandera española porque a ellos no les incumbe. Igual que en España no nos incumbe la titulación de un portugues con un barco portugues. Que cosas tienen los calores

                El vive en la piña debajo de mar

                Comentario


                • #23
                  Re: Hasta donde se puede ir?

                  Originalmente publicado por Rascayus Ver Mensaje
                  En Portugal no van a preocuparse de la titulación que tiene un patron español de un barco con bandera española porque a ellos no les incumbe. Igual que en España no nos incumbe la titulación de un portugues con un barco portugues. Que cosas tienen los calores

                  El vive en la piña debajo de mar
                  hola tu sabes, o debes saber, que un barco portugues o de donde sea, navegando en las 12 millas, de aguas soberanas de españa, puede ser parado por la G C y requerirle la titulacion al patron, y si esa titulacion está correcta, pues no pasa nada, pero si no está correcta, con la ley de su pais, se le puede impedir el paso por aguas españolas,
                  ejemplo, si un patron portugues, lleva un titulo de portugal, que solo le permite navegar a 5 millas de la costa, y va navegando en aguas españolas a 10 millas, la GC puede levantarle sancion, pues el titulo que lleva no se corresponde con la navegacion, que va efectuando.
                  pues lo mismo puede pasar en aguas portuguesas, a un patron español, con barco español
                  y si tienes razon "los calores"
                  para mitigarlos unas
                  saludos

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Hasta donde se puede ir?

                    Originalmente publicado por Robao Ver Mensaje
                    ¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

                    Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

                    Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

                    Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

                    De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

                    Saludos.

                    Editó: disculpas por la mala redacción

                    Disculpado estás faltaría más...



                    A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

                    Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...

                    Un saludo Robao!
                    http://designlight1.blogspot.com.es/

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Hasta donde se puede ir?

                      Originalmente publicado por Jordi BMW Ver Mensaje
                      Disculpado estás faltaría más...



                      A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

                      Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...

                      Un saludo Robao!
                      A mi.me.pasaron con la "responsable" porque a todos les sonaba a chino.

                      Me llamó al poco rato diciéndome lo que ya sabéis.

                      El lunes a las 9 voy, ya os xontare.

                      Saludos.
                      Puma 26

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Hasta donde se puede ir?

                        Buenas.

                        Fui ayer por el título y no me lo han dado... Hay un problema con la presentación telemática de las prácticas. La escuela dice que la ha hecho y los funcionarios que no les ha llegado.

                        Esperó que en un par de días me lo solucionen.

                        Por otro lado lo de las prácticas: ¿Sirven las prácticas de PER para expedir el carnet de PNB y al aprobar la teorica, sin límite, expedir el PER?

                        - Funcionarias/os: han formulado consulta.

                        - Responsable de la escuela de prácticas: Me asegura que hizo la consulta personalmente en l atmella (oficina central de Catalunya) y que si sirven.


                        Sólo faltan los enanos....


                        Puma 26

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Hasta donde se puede ir?

                          Por cierto en lo referente al título del hilo, no he sido capaz de encontrar una web / programa que permita dibujar encima de una carta.

                          A ver si encuentro las físicas y lo dibujo.


                          Saludos.
                          Puma 26

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Hasta donde se puede ir?



                            Apenas se ven los círculos...


                            Como referencia entre Port Ginesta y Sitges, si no tenemos mas de 50m de profundidad no estamos alejados mas de 5 millas de un puerto

                            Puma 26

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Hasta donde se puede ir?

                              Entonces, por lo q entiendo,

                              Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

                              En septiembre hago el practico del per.

                              Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

                              Correcto??

                              Un saludete!!

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Hasta donde se puede ir?

                                Originalmente publicado por Ghou Ver Mensaje
                                Entonces, por lo q entiendo,

                                Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

                                En septiembre hago el practico del per.

                                Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

                                Correcto??

                                Un saludete!!
                                O K pero seguro, te picará el gusanillo, y lo harás antes de los dos años
                                saludos

                                Comentario

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