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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Ya puedo cruzar a Baleares.

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  • #31
    Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

    Originalmente publicado por acnombela Ver Mensaje
    Supongo que con Zona 3 debería valer
    Columbretes están a 30Nm, en el punto mas alejado estás a 15 Nm de cualquiera de las dos costas, con Zona 4 te quedas corto por 3 Nm, pero Zona 3 permite navegaión hasta 25 Nm de la costa.
    Si, pero el barco tiene que estar para poder ir a baleares, que es donde vas, aunque hagas un "descanso y decidas volver".

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    • #32
      Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

      Originalmente publicado por Kepilla Ver Mensaje
      Enhorabuena Patrón!
      Una duda 'existencial': ¿hay que sacarse un nuevo título, o llevas el antiguo y el certificado de haber hecho las prácticas? (no he encontrado documentación oficial)

      Gracias, y felicidades de nuevo
      Gracias por la felicitación

      Tienes que volver a presentar la misma hoja de solicitud de título que para el PER seleccionando "modificación de datos" "Otros" Ampliación de eslora y navegación a Baleares, y entregar el certificado de prácticas de travesía 24 horas, y el modelo 790 con el pago de tasas (7,47€)

      PAsados unos dias, semanas, meses... estará listo para recoger. Tu antiguo titulo de PER sigue siendo válido, lógicamente, y supongo que si cruzas a Baleares sin tener el nuevo, dependerá de el amable agente de la ley que quiera tomar como bueno el certificado de estar en trámite la ampliación.

      Tabernero, sirva una ronda de cervezas frequitas que ya aprieta el calor.

      Comentario


      • #33
        Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

        Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
        Eso no es oficial, y punto.
        No sé si lo será, pero tiene bastante sentido...

        Comentario


        • #34
          Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

          Originalmente publicado por mcr1414 Ver Mensaje
          Si, pero el barco tiene que estar para poder ir a baleares, que es donde vas, aunque hagas un "descanso y decidas volver".
          Entendido, ya explicó el cofrade Rascayus que Columbretes no está considerado como costa. Siendo así, Zona2 para el barco, y mínimo PER con ampliación para el patrón.

          Comentario


          • #35
            Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

            Originalmente publicado por acnombela Ver Mensaje
            Entendido, ya explicó el cofrade Rascayus que Columbretes no está considerado como costa. Siendo así, Zona2 para el barco, y mínimo PER con ampliación para el patrón.
            Antes de nada una ronda para todos, que no falte.

            Disculpad mi ignorancia y el reflote, pero tengo el PER con ampliación para Baleares y cuanto más busco la respuesta, más confundido estoy. Creo que este es el hilo que más se adapta a mi duda.

            He preguntado a varias personas y visto distintos artículos; algunos aseguran que se puede ir a Columbretes con la ampliación otros en cambio que no. Interpretando la legislación yo entiendo que se puede navegar por la zona comprendida entre la península y Baleares. Entiendo que si el legislador hubiese querido restringirlo, la redacción del artículo en cuestión incluiría la palabra "travesía" y no "navegar".

            ¿No hay ningún reglamento, nada que clarifique ese tema?

            Comentario


            • #36
              Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

              Pues yo creo que si, pero como aun no tengo la ampliación esperare la respuesta para saberlo para cuando haga la ampliaciíon PER.

              Comentario


              • #37
                Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                Originalmente publicado por llanera Ver Mensaje
                Una pregunta que nos hacemos por el Cantábrico, si nos alejamos, pongamos por caso, 25Nm, en un barco de zona 2 y el patrón tiene el PER "ampliado" pude decir que va a las Baleares, si nos "da el alto" la Benemérita o Aduanas y por eso nos alejamos de la costa, o solo es valida en el mediterráneo, esa ampliación en el PER
                con el "titulo ampliado para navegar entre peninsula baleares, tu puedes salir de San Sebastian y poner rumbo al oeste, pasar por el paso del noroeste y dar la vuelta y entrar por suez y seguir hasta baleares, y siempre podras decir que navegas desde peninsula a baleares,
                otra osa es que el barco tiene que estar despachado para esa navegacion, si el barco está despachado para zona 3, solo puedes hacer 25 millas desde la costa y vuelta para casa,
                ! esta norma es de locos ! pero asi es
                saludos

                pd. si cuando das la vuelta al mundo, y llegas a la entrada del Mar Rojo, no quieres entrar a Suez, sigues hacia abajo, hasta el cabo de las tormentas, giras a norte y das rumbo a gibraltar, y das la vuelta a Africa y subes hasta baleares
                feliz travesia :

                Comentario


                • #38
                  Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                  Uf he de decir que el ejemplo de Santander me parece estirar un poco el chicle. Creo que la compañía de seguros podría encontrar algún argumento para no pagar Pero como ya he puesto antes soy nuevo en esto y no tengo mucha idea.

                  El barco sí que está despachado para zona 2 por lo que eso no me preocupa.

                  Comentario


                  • #39
                    Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                    unas rondas de mi parte

                    Una duda que me tengo referente a esta habilitacion nueva.
                    Tengo el per reciente con la habilitacion a Baleares, cuando hice la practica
                    le pregunté al profesor si esta habilitacion permitia legalmente la travesia a
                    las islas desde cualquier punto de la costa mediterranea a cualquier punto de
                    balerares,por ejemplo, ir desde Valencia a Menorca a rumbo directo.
                    Pues bien, su respuesta fue que eso no entraba dentro de la habilitacion , solo
                    permitia el paso entre la zona de Denia-Alicante hasta Ibiza y luego el paso
                    de una isla a otra igual que el "viejo per" que ya estaba habilitado de antes para la navegacion entre islas.
                    Yo ya le dije que esto me parecia un desproposito ya que por ejemplo un per "habilitado" con puerto base en Barcelona para poder ir a Menorca deberia de bajar hasta Alicante, pasar a Ibiza, de ahi a Mallorca y luego a Menorca.
                    el profesor me aseguró de que la norma era asi y que si hacia rumbo directo me podrán sancionar.
                    ¿es esto cierto?¿ se podría consultar esta norma en algún sitio oficial?
                    Espero que me podáis decir algo....
                    Gracias por todo y un saludo

                    Comentario


                    • #40
                      Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                      Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                      Y otra duda... Lo que no he encontrado por ninguna parte es si la restricción se refiere a mantenerse dentro de las 12 millas de las costas ESPAÑOLAS. Pero si por ejemplo me voy de Santander a Francia (siempre a menos de 12 millas). ¿Eso es legal?
                      12 millas paralelo a la costa, que puede ser espaniola, francesa o turca.

                      Con el PER podrías dar la vuelta al mundo, siempre que encuentres una ruta que no te aleje más de 12 millas de la costa

                      Courage mieux que l'argent
                      IG @asailorsoul

                      Comentario


                      • #41
                        Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                        Originalmente publicado por Bertie Ver Mensaje
                        Y otra duda... Lo que no he encontrado por ninguna parte es si la restricción se refiere a mantenerse dentro de las 12 millas de las costas ESPAÑOLAS. Pero si por ejemplo me voy de Santander a Francia (siempre a menos de 12 millas). ¿Eso es legal?
                        me parece que en el título pone a máximo de 12 millas de la costa pero no especifica que deba ser Española la costa.

                        Si no fuera así no podrías alquilar en Croacia, Cerdeña o Grecia con el PER.

                        Comentario


                        • #42
                          Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                          Originalmente publicado por daniel_in Ver Mensaje
                          unas rondas de mi parte

                          Una duda que me tengo referente a esta habilitacion nueva.
                          Tengo el per reciente con la habilitacion a Baleares, cuando hice la practica
                          le pregunté al profesor si esta habilitacion permitia legalmente la travesia a
                          las islas desde cualquier punto de la costa mediterranea a cualquier punto de
                          balerares,por ejemplo, ir desde Valencia a Menorca a rumbo directo.
                          Pues bien, su respuesta fue que eso no entraba dentro de la habilitacion , solo
                          permitia el paso entre la zona de Denia-Alicante hasta Ibiza y luego el paso
                          de una isla a otra igual que el "viejo per" que ya estaba habilitado de antes para la navegacion entre islas.
                          Yo ya le dije que esto me parecia un desproposito ya que por ejemplo un per "habilitado" con puerto base en Barcelona para poder ir a Menorca deberia de bajar hasta Alicante, pasar a Ibiza, de ahi a Mallorca y luego a Menorca.
                          el profesor me aseguró de que la norma era asi y que si hacia rumbo directo me podrán sancionar.
                          ¿es esto cierto?¿ se podría consultar esta norma en algún sitio oficial?
                          Espero que me podáis decir algo....
                          Gracias por todo y un saludo

                          pues el BOE pone literalmente en la habilitación del PER:

                          8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que
                          faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares

                          Si para tu profesor "Península Ibérica" es Denia y "Islas Baleares" es solo Ibiza..... pues eso.

                          fíjate que pone Península Ibérica, lo que incorpora Portugal y Girbraltar y excluye Ceuta y Melilla. Así mismo no estará permitido salir desde Seté(Francia).

                          al no indicar "rumbo directo" se abren todas las posibilidades desde el cantábrico y dando la vuelta a Cerdeña sin fondear o atracar.

                          Comentario


                          • #43
                            Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                            Y se puede salir de burriana pasando por cabo verde llegar al caribe tomar dos mojitos y de vuelta enfilar a Menorca , es un viaje un poquito más largo pero puede valer no? Cuando te paren en medio del atlántico les dices que vas a Baleares y ya no puden decirte nada

                            Comentario


                            • #44
                              Re: Ya puedo cruzar a Baleares.

                              Originalmente publicado por pbs046 Ver Mensaje
                              pues el BOE pone literalmente en la habilitación del PER:

                              8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que
                              faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares

                              Si para tu profesor "Península Ibérica" es Denia y "Islas Baleares" es solo Ibiza..... pues eso.

                              fíjate que pone Península Ibérica, lo que incorpora Portugal y Girbraltar y excluye Ceuta y Melilla. Así mismo no estará permitido salir desde Seté(Francia).

                              al no indicar "rumbo directo" se abren todas las posibilidades desde el cantábrico y dando la vuelta a Cerdeña sin fondear o atracar.
                              Pues con la redacción del artículo del BOE que citas yo entiendo que puedes navegar por el espacio marítimo comprendido entre las islas y la península, lo cual incluye Columbretes pero excluiría la vuelta al mundo . Y que no necesariamente tengas que hacer una travesía, sino que en ese espacio se amplía el límite de las 12 millas

                              Entiendo que si sales de Vigo, por poner un ejemplo, tendrías que ir costeando toda la península hasta llegar a levante y ahí cruzar.

                              De todas formas la redacción es muy ambigua y tampoco se cual podría ser el espacio marítimo entre península y Baleares. Yo lo único que quiero es ir cubierto por el seguro y cumpliendo normativa.

                              Lo lógico que que ese artículo fuera más claro o que se desarrollara en algún reglamento

                              Comentario


                              • #45
                                Ya puedo cruzar a Baleares.

                                En su momento pregunté a la dgmm y me clarificaron que el per ampliado sólo te permite cruzar de la península a Baleares POR EL CAMINO MÁS CORTO. Nada de ir a otras islas lejanas o de ir a Baleares pasando por donde quieras.
                                Si quieres ampliar tus límites sin pegas, sácate el PY, es básicamente el examen de carta del per, con corrientes.

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