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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

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  • Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

    Buenas tardes:
    En el examen de ayer de PER/PER reducido había una pregunta que pienso ha fallado mucha gente y que da lugar a confusión debido a que en la legislación europea los fuegos de clase "E" ya no existen y aquí en España hasta hace poco eran los de tipo eléctricos.
    Navegando por internet tampoco lo he visto claro.
    Ayer hablando con varios que habían fallado pensábamos que deberíamos impugnar la pregunta pero sobre todo que cuanta mas gente impugne mas fácil (digo yo) será que estos zoquetes de la Junta se piensen en dar su brazo a torcer.
    La pregunta es la 3 para PER Reducido y supongo que la número 30 en uno de los de PER. Es la que pregunta sobre que agua y espuma no son adecuados para fuegos de clase: a) Clase B, b) Clase E, c) Clase A, d) Ninguna de las anteriores.
    Según las respuestas que colgó ayer una escuela la correcta era la B: Clase E.
    Sólo animar a la gente a que impugne porque muchos están No Apto por un sólo fallo.
    Saludos y suerte

  • #2
    Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

    creo que debemos de esperar a los resultados oficiales, ten en cuenta que son los resultados de una escuela, no son oficiales

    Comentario


    • #3
      Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

      Las respuestas se publican el martes me dijo el examinador.
      Pero por favor que impugne todo el que pueda, la preguntita tiene narices.

      Comentario


      • #4
        Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

        Originalmente publicado por onuba55 Ver Mensaje
        creo que debemos de esperar a los resultados oficiales, ten en cuenta que son los resultados de una escuela, no son oficiales
        Acaban de publicar las soluciones en la web. La pregunta del fuego, la numero 3 del PER reducido y numero 30 en PER tipo A y numero 31 en PER tipo B, sigo pensando en que podría ser impugnable.
        Se agradecen opiniones.
        Saludos y suerte.

        P.D.: Que conste que yo he aprobado, 17/18, he fallado en la del fuego, pero tengo familiares que se han quedado fuera por un fallo, por eso es mi insistencia.

        Comentario


        • #5
          Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

          Yo no me he presentado a este examen pero creo que tienes razón: es impugnable, los fuegos tipo E ya no están incluidos en la ni en la norma europea ni en el temario, por contra se han incluido los F (típicos de las cocinas), en todo caso deberían haber especificado fuegos con presencia eléctrica y no Clase E.

          Comentario


          • #6
            Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

            El programa habla de incendios , A,B,C y F existiendo tambien el D que no esta en el programa y la norma reguladora es la

            une- 2-1994/a1 2005




            Que ya no incluye los fuegos E ,

            Impugnen la tienen que quitar.


            UN saludo .

            Comentario


            • #7
              Respuesta: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

              Pues yo también me examine y la tengo mal, así que yo me apunto a impugnarla

              Enviado desde mi MotoG3 mediante Tapatalk

              Comentario


              • #8
                Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                Hay que impugnarla, es claramente un error.


                Hay otra que debe estar mal, que es la de titar redtos de basura, solo se permite triturada y a mas de 12 millas, y te dan por buena 3 millas, no hsblan de aguas sucias sino de basura. Es otro error del examen.

                Comentario


                • #9
                  Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                  Originalmente publicado por Rafaruiz11 Ver Mensaje
                  Hay que impugnarla, es claramente un error.


                  Hay otra que debe estar mal, que es la de titar redtos de basura, solo se permite triturada y a mas de 12 millas, y te dan por buena 3 millas, no hsblan de aguas sucias sino de basura. Es otro error del examen.

                  Se prohíbe la descarga a menos de 3 millas de la tierra más próxima


                  Lee bien la pregunta es correcta .


                  UN saludo .

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                    Ok, gracias por el apunte.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                      TIPO Y ANEXO

                      PROCEDENCIA

                      CONDICIONES DE DESCARGA AL MAR

                      DESTINO

                      Aguas oleosas-Anexo I

                      Sentinas de maquinas

                      1. Buque navegando a más de 12 millas de la costa
                      2. Contenido en hidrocarburos menor de
                      15 partes por millón
                      3. Descarga a través del equipo separador

                      Las aguas oleosas con más de 15 partes por millón se retendrán a bordo para su descarga posterior en puerto a una estación MARPOL autorizada

                      Aceites y residuos de combustibles u otros Hidrocarburos Anexo I

                      Motores principales y auxiliares, depuradoras de combustible, filtros etc.

                      DESCARGA PROHIBIDA

                      Se retendrán a bordo para su descarga
                      posterior en puerto a una estación MARPOL autorizada

                      Aguas Sucias-Anexo IV Orden FOM 1144/2003 modificada por la Orden FOM 1076/2006

                      Obligado cumplimiento desde 12 de mayo de
                      2004 para todas las
                      embarcaciones de recreo dotadas de aseo

                      Lavabos, Inodoros, duchas cocinas
                      ,lavaderos etc,,

                      1. Prohibida en zonas portuarias, aguas protegidas, rías, bahías y similares en las que España ejerce soberanía derechos soberanos o jurisdicción.
                      2. Si el buque dispone de planta de tratamiento certificada y homologada y sin sólidos ni coloración se puede hacer a menos de 3 millas
                      3. Si el buque dispone de equipo de desmenuzar y desinfectar previamente el agua, se puede hacer a más de 3 millas y navegando a más de 4 nudos
                      Si el buque no dispone de planta para
                      tratamiento o desmenuzar y desinfectar a más de doce millas y navegando a más de cuatro nudos

                      Retención a bordo de las aguas que no cumplan las condiciones anteriores para su descarga en puerto a una estación de
                      recogida autorizada.
                      En el caso de depósitos fijos de retención, la descarga se hará a través de una toma universal en cubierta.

                      Basuras sólidas-Anexo V

                      Restos de comidas, embalajes, maderas, plásticos, bidones, vidrios etc…

                      PROHIBIDO ARROJAR AL MAR CUALQUIER TIPO DE PLASTICO

                      Las basuras que no puedan arrojarse al mar cumpliendo las condiciones especificadas, deberán ser almacenadas a
                      bordo y descargadas a la llegada a puerto en una instalación MARPOL autorizada.

                      Con carácter general

                      Zonas Especiales

                      1. Prohibido arrojar restos de comida cuando estén contenidos en bolsas de plástico Autorizados a más
                      de 12 millas restos de comida, papeles, vidrio, metal, loza etc….
                      Autorizados a más de
                      25 millas de la costa madera, bidones, cajas y en general cualquier materia que flote.

                      Desde el 1 de mayo de 2009, el Mediterraneo es Zona Especial (Marpol 73/78) quedando prohibido incluso los restos de comida a
                      cualquier distancia
                      de la costa. Son también
                      zonas especiales el mar Báltico, el mar Negro, el mar
                      Rojo, la zona de
                      los Golfos, el Golfo de Adén. La zona del Antártico y las aguas noroccidentales
                      de Europa.

                      40

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                        Buenas señores,

                        yo me examiné el pasado 19/11 y pienso igual que vosotros. Creo que alguna de esas preguntas dan lugar a dudas y pueden ser impugnables. En concreto la de las basuras, la de la posición del hombre al agua y la del fuego.
                        Estoy a la espera de que me manden un modelo para impugnar (si alguien lo quiere que me lo pida) pero no me queda claro cuál es el proceso.
                        ¿Dónde y cómo se presenta?

                        Saludos.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                          Hacemos una cosa. Yo me encargo de mirar como impugnar y tu consigue el recurso. A ver si esta gente de la Junta se ponen las pilas.
                          Saludos

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                            Originalmente publicado por Losencantes Ver Mensaje
                            Se prohíbe la descarga a menos de 3 millas de la tierra más próxima


                            Lee bien la pregunta es correcta .


                            UN saludo .
                            yo creo que la que dan por correcta si es
                            sigpicNingun viento es Favorable para quien no sabe donde va. SENECA

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Impugnar pregunta PER 19/11/2016 Andalucia sobre fuego clase E

                              Si dan por correcta esta presisamente ... y en la del fuego tambien dan por correcta fuego clase A ,,,, pero esta rara , no se .


                              UN saludo

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