VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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PPER en el extrajero

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  • PPER en el extrajero

    Buenas tardes!

    Agradecería si alguien pudiera informarme de si se puede trabajar en europa y/o fuera de europa con el certificado PPER, tanto con un velero de bandera española como extranjera.

    Muchas gracias por adelantado por vuestro tiempo!

    PD: también me gustaría saber como puedo buscar los temas en los que he comentado en este foro o que haya creado como este mismo, ya que la única manera que veo es pasar de uno en uno hasta encontrar el que busco, que cuanto más tiempo pasa más abajo de la lista se encuentra y mas dificil de encontrar por ende... gracias de nuevo!

  • #2
    Re: PPER en el extrajero

    PD: Acabo de ver que tanto uno se puede suscribir a los temas como que existe un buscador, disculpar mi ignorancia.

    Comentario


    • #3
      Re: PPER en el extrajero

      El pper solo vale en españa y en barcos españoles

      Comentario


      • #4
        Re: PPER en el extrajero

        Hola Dani
        El PPER es válido en barcos de lista sexta o séptima abanderados en España
        Según la resolución 10215 https://www.boe.es/boe/dias/2017/09/...2017-10215.pdf hay dos categorías de pper una te permite alejarte hasta 60 millas de la costa y otra hasta 150 sin especificar que sean aguas españolas, de hecho dice que "Este certificado puede no ser reconocido por otros estados ribereños al navegar por sus aguas jurisdiccionales" así que sí puedes gobernar un barco español en el extranjero, otra cosa es el reconocimiento del título pero siendo un barco de pabellón nacional estarías dentro de la legalidad

        Saludos

        Comentario


        • #5
          Re: PPER en el extrajero

          Nerderel, mil gracias por la detallada información. Me acabo de leer enterito el enlace que comentas y otros reales decretos y mi conclusión es la misma que la tuya.

          Aún así me surjen dudas, ya que; sí, estás trabajando en un barco de bandera española en el extranjero, PERO estas cotizando para un país extranjero... ¿tendría esto algo que ver...? ¿Quizás ese país no te deje declarar esa actividad laboral por no reconocer el título? Esto creo que es improbable. Y de todas maneras, al parecer se está luchando para que se reconozca en la unión europea el PPER según leo en este enlace.



          A ver si hay mas gente que pueda dar más luz al asunto.

          Comentario


          • #6
            Re: PPER en el extrajero

            Hola de nuevo Dani
            En un barco de bandera española tienes que que cumplir primero la legislación española y luego, si la actividad comercial es en el extranjero, deberás cumplir la legislación del pais en cuestión.
            Si el pper no está reconocido no te van a poder dar de alta como patrón pero los que si están reconocidos son los certificados stcw así que podrías estar dado de alta como marinero, operador de radio etc. legalmente y luego poder patronear profesionalmente un barco español sobre todo si es lista 7ª. Si es lista 6ª dependerá, por así decirlo, del puerto base de la embarcación y la legislación local.
            De todas formas me pierdo en cuestiones legales y seguro que hay cofrades mucho más duchos que yo en estos temas así que si he dicho una barbaridad ruego que me corrijan

            Saludos

            Comentario


            • #7
              Re: PPER en el extrajero

              por lo que entendí después de marear me en mil sitios. Si el barco es español 6 tienes que tributar en España si es 7no puedes trabajar, si solo eres trabajador el armador, empresario es el encargado de darte de alta y tributar por ti.
              Si es para trabajar en una empresa estranjera el PPer no te sirve y tributarias en el país estranjera, solo si tu quisieras podrías tributar en ambas
              Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes.
              Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas.
              Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN.
              Colabora con nosotros
              http://paom.es/

              Comentario


              • #8
                Re: PPER en el extrajero

                Hola Victoria
                Gracias por la información, solo haré una puntualización porque creo que no ha quedado claro en tu intervención.
                En una embarcación de lista 7ª sí que puedes trabajar con el pper, el que no puede trabajar es el barco. Cualquier armador de un lista 7ª te puede contratar para ser el patrón de su embarcación, hacer un traslado, pasear a los amigos, familia etc.... Lo que no puedes es hacer charter en/con un lista 7ª .

                Saludos

                Comentario


                • #9
                  Re: PPER en el extrajero

                  Originalmente publicado por Nerderel Ver Mensaje
                  Hola Victoria
                  Gracias por la información, solo haré una puntualización porque creo que no ha quedado claro en tu intervención.
                  En una embarcación de lista 7ª sí que puedes trabajar con el pper, el que no puede trabajar es el barco. Cualquier armador de un lista 7ª te puede contratar para ser el patrón de su embarcación, hacer un traslado, pasear a los amigos, familia etc.... Lo que no puedes es hacer charter en/con un lista 7ª .

                  Saludos
                  claro me refería que el barco 7no puede trabajar.
                  Si sientes que la orden ministerial de seguridad a embarcaciones es lesiva y anula un cambio positivo de la normativa española hacia los navengantes.
                  Si quieres decir BASTA a que violen tus derechos a favor de las empresas nauticas.
                  Si quieres ayudarnos para que podamos seguir luchando contra la DGMM y ANEN.
                  Colabora con nosotros
                  http://paom.es/

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