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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Patrón charter pesca

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  • Patrón charter pesca

    Buenas, alguien sabe que titulación hay que sacar o como y donde, para ser patrón de charter de pesca como máximo 4 o 5 millas?
    Mi aventura rodeando la península en solitario:
    http://veleroskorpyo.blogspot.com/

  • #2
    Re: Patrón charter pesca

    Hola navegalex
    Para ser patrón de charter debes ser, al menos, PPER (lista 6ª) o patrón portuario (aunque este no se puede alejar más de tres millas de puerto).

    Para el PPER tienes que ser capitán de yate, aprobar un examen tipo test sobre legislación náutica que se convoca dos veces al año en Madrid y realizar unos cursillos STCW (especializados para los trabajos en el mar y de reconocimiento internacional) y una declaración responsable de tener navegadas como patrón 2.500 millas de las que 5 deben de ser de más de 60 millas y mínimo de 48 horas de duración y superar el reconocimiento médico de embarque marítimo

    Para patrón portuario no necesitas titulación previa y puedes hacer el curso en una academia homologada, una vez aprobado el curso tienes que hacer también varios cursillos STCW, aunque alguno menos que para PPER y realizar un periodo de embarque de 12 meses en la sección de puente y de máquinas.


    Saludos

    Comentario


    • #3
      Re: Patrón charter pesca

      Gracias Nerderel! Una cosa...como hago esas prácticas de 12 meses para patrón portuario?
      Mi aventura rodeando la península en solitario:
      http://veleroskorpyo.blogspot.com/

      Comentario


      • #4
        Re: Patrón charter pesca

        Esto es lo que dice la ley


        Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.


        Artículo 2. Definiciones
        32. «Período de embarco»: Servicio prestado entre las fechas de embarque y desembarque a bordo de un buque, según consta en el rol de despacho y dotación o en cualquier otro documento oficial del buque o en la libreta marítima o en el documento de identidad del marino (DIM) y que cuenta para la expedición o revalidación de un título profesional o de competencia, de un certificado de especialidad o de otra cualificación.


        Artículo 10. Patrón portuario.
        Los requisitos para la obtención y las atribuciones del título profesional de patrón portuario son los siguientes:
        1. Requisitos de obtención:
        a) Superar el curso, y las pruebas prácticas, aprobados por la Dirección General de la Marina Mercante, cuyo contenido estará de acuerdo con las normas de la sección A-II/3 del Código STCW o estar en posesión de un título o un curso de especialización de formación profesional o estar en posesión de los correspondientes certificados de profesionalidad que incluyan la formación requerida para la obtención de la titulación profesional de patrón portuario.
        b) Haber cumplido 20 años de edad o 19 en el caso de estar en posesión de un título o un curso de especialización de formación profesional, de los indicados en el apartado anterior.
        c) Haber realizado un período de embarque no inferior a 12 meses, debiendo acreditar al menos seis meses en el servicio de puente y seis meses en el servicio de máquinas.
        d) Tener en vigor el reconocimiento médico realizado por el Instituto Social de la Marina conforme a la regla I/9 del anexo del Convenio STCW y la sección A-I/9 del código STCW, en el momento de la solicitud del título. El anterior certificado no será necesario si el interesado ya dispone de un certificado médico de aptitud para el embarque, en vigor, expedido por el Instituto Social de la Marina.
        e) Estar en posesión de los certificados de especialidad de formación básica en seguridad, operador restringido del sistema mundial de socorro y seguridad marítima y certificado de formación sanitaria específica inicial.
        2. Atribuciones: Ejercer como patrón en buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones siempre que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros. Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 kw en un sólo motor o el doble de la citada potencia propulsora en dos o más motores.


        Saludos

        Comentario


        • #5
          Re: Patrón charter pesca

          Creo que la única manera de certificar periodos de embarque es trabajando en un barco o como alumno en prácticas. Trabajando tendrás que estar enrolado 6 meses como marinero de puente y otros 6 como marinero de máquinas pero no estoy seguro porque desconozco la "letra pequeña" de la marina mercante y solo se algo de la de recreo

          Comentario


          • #6
            Re: Patrón charter pesca

            Perdón por la ignorancia, pero quiere decir esto que el "patrón" de una pequeña planeadora de estas que se anuncian en muchos sitios que te llevan a pescar cerca de la costa a 2 o 3 individuos máximo tiene que cumplir esos requisitos, o bien ser PPER o lo de PATRON PORTUARIO?

            Comentario


            • #7
              Re: Patrón charter pesca

              Originalmente publicado por tuchin Ver Mensaje
              Perdón por la ignorancia, pero quiere decir esto que el "patrón" de una pequeña planeadora de estas que se anuncian en muchos sitios que te llevan a pescar cerca de la costa a 2 o 3 individuos máximo tiene que cumplir esos requisitos, o bien ser PPER o lo de PATRON PORTUARIO?
              Si, como mínimo, o titulaciones superiores. Con PPER creo recordar que máximo 12 personas, pero da igual que sea una o diez.

              Había un proyecto por el cual se podría realizar este tipo de actividad solo con titulación de recreo (más cursos), y algunas limitaciones, pero no se ha aprobado.

              Además la embarcación debería estar en lista 6ª.

              Otra cosa es que se cumpla...

              Un saludo.

              Comentario


              • #8
                Re: Patrón charter pesca

                Te lo han explicado muy bien.
                Donde hay negocio debe de haber título y lista profesional, así de sencillo.
                Y el certificado PPER y el título de Patrón Portuario son los mas bajitos en el escalafón.
                Otra cosa es que rememorando tiempos pasados el mar esté lleno de piratas.
                sigpic

                http://www.laescuelanautica.com

                Comentario


                • #9
                  Re: Patrón charter pesca

                  Originalmente publicado por fende_testas Ver Mensaje
                  Si, como mínimo, o titulaciones superiores. Con PPER creo recordar que máximo 12 personas, pero da igual que sea una o diez.

                  Había un proyecto por el cual se podría realizar este tipo de actividad solo con titulación de recreo (más cursos), y algunas limitaciones, pero no se ha aprobado.

                  Además la embarcación debería estar en lista 6ª.

                  Otra cosa es que se cumpla...

                  Un saludo.
                  No sé si esto es cierto o no.... Pero dice que hasta 6 tripulantes y 5 millas y lista 8° si se puede con menos de lo que especificaste antes, aunque en la práctica no se si valdrá para mucho ..

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Patrón charter pesca

                    Originalmente publicado por tuchin Ver Mensaje
                    No sé si esto es cierto o no.... Pero dice que hasta 6 tripulantes y 5 millas y lista 8° si se puede con menos de lo que especificaste antes, aunque en la práctica no se si valdrá para mucho ..
                    https://marinos.es/se-puede-trabajar-con-el-per/
                    La lista 8ª es solo para embarcaciones que pertenecen a administraciones públicas u ONGs.

                    Puedes patronear embarcaciones de lista 8ª con PER previa autorización de Capitanía.

                    Ejemplos: embarcaciones de Cruz Roja, Protección civil, instituciones oceanográficas, de investigación, etc.

                    PERO, si es "cobrando", la actividad de patronear la embarcación debería ser secundaria.
                    Ejemplo: puedes llevar la embarcación de lista 8ª si estás contratado como biólogo marino, y necesitas usar la embarcación como herramienta de trabajo, pero no podrías si estás contratado como Patrón para llevar a biólogos a realizar su trabajo.

                    En todo caso una embarcación de lista 8ª no se puede dedicar a actividad comercial de ningún tipo.

                    Esto es lo que dice la ley, luego el mundo es como es y eso.
                    Un saludo.

                    Comentario

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