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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

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  • #16
    Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

    Aunque en el RD de referencia se regulan sanciones también; estoy de acuerdo contigo en que las respuestas se mencionan en la Ley de Puertos y MM.
    En Cenautica dan por válida a la pregunta 18 la respuesta C
    Editado por última vez por scampolo; 07/04/2019, 13:09:35.

    Comentario


    • #17
      Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

      Muchas gracias, si cenautica ha puesto la C en pregunta 18 del test 1 (es que hice yo) la tendria bien.

      Comentario


      • #18
        Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

        Originalmente publicado por JoseBotella Ver Mensaje
        Yo creo que la pregunta 18 se deberia de impugnar.
        Las 4 respuestas estan recogidas en la Ley de Puertos del Estado 2/2011 en Articulo 306 infracciones LEVES en Pto. 4 y 5 (contra ordenacion del trafico marino y contaminacion del medio ambiente)
        Tembien en Articulo 307 infracciones GRAVES Pto.2 (contra la seguridad y proteccion maritima)... Las riñas....ue es la respuesta correcta.

        Pero por qué en el examen, el enunciado de la 18 pregunta?..."Segun el RD 1434/1999 que se establece los reconocimientos e inspecciones de las embarcaiones de recreo"... Que tiene que ver con las respuestas puestas???? que son:
        Contra ordenacion del trafico marino y contaminacion del medio ambiente y
        contra la seguridad y proteccion maritima.
        Esa pregunta esta mal formulada o puesta mal para las respuestas que piden, que son de otro ambito.
        Yo voy a reclamarlo cuando salgan las calificaciones provisionles el 15 de abril. Se deberia de impugnar.

        Según el 1434/1999 en el Capítulo IV, Artículo 12. Infracciones graves.
        Son infracciones graves las acciones u omisiones que pongan en peligro la seguridad de la embarcación o de la navegación y/u ocasionen daños a las personas...

        Creo que se refiere a eso la pregunta.

        Comentario


        • #19
          Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

          sí, claro ya lo vi. Pero ninguna de las 4 respuestas estan en ese articulo del RD que preguntan ...
          Es como que querian preguntar eso, des ese RD y se les "ha colao" las respuestas de la LPEMM de otro ambito.. como si hubieran hecho un "copia y pega" y nada tiene que ver

          Comentario


          • #20
            Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

            En el test 02, la respuesta d) Las riñas y pendencias entre las personas embarcadas cuando afecten a la seguridad del buque o de la navegación.

            Es cierto que la primera parte no viene literal en el RD pero la segunda sí.
            Que conste que yo respondí la b) pero la había dado por mala

            Comentario


            • #21
              Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

              Test 02
              01-b
              02-d
              03-c
              04-a
              05-c
              06-b
              07-b
              08-d
              09-c
              10-b
              11-b
              12-b
              13-a
              14-c
              15-b
              16-a
              17-d
              18-d
              19-d
              20-c
              21-d
              22-b
              23-d
              24-b
              25-c
              26-d
              27-a
              28-a
              29-c
              30-b

              Comentario


              • #22
                Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                Originalmente publicado por JoseBotella Ver Mensaje
                Yo creo que la pregunta 18 se deberia de impugnar.
                Las 4 respuestas estan recogidas en la Ley de Puertos del Estado 2/2011 en Articulo 306 infracciones LEVES en Pto. 4 y 5 (contra ordenacion del trafico marino y contaminacion del medio ambiente)
                Tembien en Articulo 307 infracciones GRAVES Pto.2 (contra la seguridad y proteccion maritima)... Las riñas....ue es la respuesta correcta.
                Pero por qué en el examen, el enunciado de la 18 pregunta?..."Segun el RD 1434/1999 que se establece los reconocimientos e inspecciones de las embarcaiones de recreo"... Que tiene que ver con las respuestas puestas???? que son:
                Contra ordenacion del trafico marino y contaminacion del medio ambiente y
                contra la seguridad y proteccion maritima.
                Esa pregunta esta mal formulada o puesta mal para las respuestas que piden, que son de otro ambito.
                Yo voy a reclamarlo cuando salgan las calificaciones provisionles el 15 de abril. Se deberia de impugnar.
                En el primer párrafo del Capítulo IV de esa ley, dice que constituirán infracciones administrativas en el ámbito de la Marina Mercante las mismas acciones u omisiones que las tipificadas en la Ley de Puertos...

                Comentario


                • #23
                  Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                  CAPÍTULO IV. INFRACCIONES Y SANCIONES.

                  Artículo 11. Concepto y clasificación de las infracciones.
                  1. Constituyen infracciones administrativas en el ámbito de la marina mercante las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas en la LPEMM.
                  2. Las infracciones se clasifican en graves y muy graves, con sujeción a los criterios que se indican en los artículos siguientes.
                  3. El cuadro de infracciones establecidas en la LPEMM se entiende completado con las especificaciones de este Real Decreto que, sin constituir nuevas infracciones, ni alterar la naturaleza de las que la Ley determina, contribuyen a la más correcta identificación de las conductas tipificadas en aquélla. En lo no previsto por el presente Real Decreto, será de aplicación lo dispuesto en la LPEMM y en el .Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos a la Ley 30/1992



                  No es por querer sacarle la cara a los examinadores, siempre he pensado que para poner este tipo de examenes hay que tener, digamos para no molestar, una mente algo diferente o especial, pero con la ley en la mano, de eso trata el PPER, de leyes, no hay nada por lo que protestar. Solo una vez han admitido un error anulando la pregunta y despues de muchas protestas, y era un error claro y sin mucha discusión. Por eso el consejo es no crear muchas expectativas pensando que rectificarán. Será raro que lo hagan pero si se da el caso, habrá motivos para celebrarlo.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                    Buenos días a todos y unas cervecitas, que para el almuerzo de hoy necesito claramente!
                    SALUT

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                      Originalmente publicado por Trigulero Ver Mensaje
                      En el primer párrafo del Capítulo IV de esa ley, dice que constituirán infracciones administrativas en el ámbito de la Marina Mercante las mismas acciones u omisiones que las tipificadas en la Ley de Puertos...

                      En puridad, si un texto legal se remite a otro, pueden considerar que la pregunta está bien formulada. Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo dice claramente que en los examenes de tipo test, no caben dudas o matices entre la pregunta y las posibles respuestas.
                      SALUT

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                        Originalmente publicado por pepso Ver Mensaje
                        CAPÍTULO IV. INFRACCIONES Y SANCIONES.

                        Artículo 11. Concepto y clasificación de las infracciones.
                        1. Constituyen infracciones administrativas en el ámbito de la marina mercante las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas en la LPEMM.
                        2. Las infracciones se clasifican en graves y muy graves, con sujeción a los criterios que se indican en los artículos siguientes.
                        3. El cuadro de infracciones establecidas en la LPEMM se entiende completado con las especificaciones de este Real Decreto que, sin constituir nuevas infracciones, ni alterar la naturaleza de las que la Ley determina, contribuyen a la más correcta identificación de las conductas tipificadas en aquélla. En lo no previsto por el presente Real Decreto, será de aplicación lo dispuesto en la LPEMM y en el .Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos a la Ley 30/1992



                        No es por querer sacarle la cara a los examinadores, siempre he pensado que para poner este tipo de examenes hay que tener, digamos para no molestar, una mente algo diferente o especial, pero con la ley en la mano, de eso trata el PPER, de leyes, no hay nada por lo que protestar. Solo una vez han admitido un error anulando la pregunta y despues de muchas protestas, y era un error claro y sin mucha discusión. Por eso el consejo es no crear muchas expectativas pensando que rectificarán. Será raro que lo hagan pero si se da el caso, habrá motivos para celebrarlo.

                        Por mi parte, entiendo que sí hay por lo que protestar tal y como he explicado en mi post anterior sobre la total ausencia de matices que debe tener un examen tipo test.
                        Por otro lado, coincido en lo de las expectativas pero no creo que el Tribunal se vaya a cerrar en banda símplemente porque sí o para no crear expectativas ya que esto sería prevaricar al no admitir errores si los han cometido. No voy a poner en duda la integridad de ninguno de los miembros del tribunal porque les presumo totalmente legales al margen de los errores que todos podemos comenter, empezando por mí, que no estaría preparando la impugnación si hubiera sacado 28...
                        SALUT

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                          Cierto, a ver si hay suerte
                          Archivos Adjuntos

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                            Cierto a ver si hay suerte
                            Archivos Adjuntos

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Convocatoria Pper 2019 - 6 De Abril

                              Es cierto
                              Archivos Adjuntos

                              Comentario

                              Trabajando...
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