VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

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12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

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  • PPER Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

    1.- De acuerdo con el Texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la política de la Marina Mercante se dirigirá, en el marco de las competencias asignadas a la Administración General del Estado en el articulo 149.1 de la Constitución, a la consecución de los siguientes objetivos (señalar la respuesta incorrecta):
    a) La tutela de la seguridad de la vida humana en la mar.
    b) La tutela de la seguridad de la navegación marítima.
    c) La protección de la biodiversidad marítima.
    d) La protección del medio ambiente marino.

    2.- A los efectos del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, ¿se considera buque civil un artefacto flotante sin desplazamiento, apto para la navegación?
    a) Sí, siempre.
    b) No, en ningún caso.
    c) Sí, excepto que dicho artefacto esté afecto al servicio de la defensa nacional.
    d) Sólo en el caso de que se requiera un título para su manejo. 

    3.- Según la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, ¿qué requisito requisitos e requieren de la autoridad judicial para ordenar la entrada y el registro de camarotes de un buque extranjero atracado en puerto español?
    a) Debe solicitar el permiso correspondiente a la Autoridad Marítima del Estado del pabellón, a la mayor brevedad posible, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
    b) Solamente se requiere la comunicación al cónsul del Estado del pabellón a la mayor brevedad posible.
    c) No se requiere ningún requisito, ya que según el artículo 12.1 de la Ley de Navegación Marítima, la jurisdicción civil y penal de los tribunales españoles se extenderá a todos los buques extranjeros mientras permanezcan en los puertos nacionales o demás aguas interiores marítimas.
    d) Debe solicitar el permiso correspondiente a la Autoridad Judicial del Estado del pabellón, a la mayor brevedad posible.

    4.- Según la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, los buques que naveguen por los espacios marítimos españoles:
    a) Deberán llevar izado su pabellón en lugar bien visible cuando naveguen por las aguas interiores marítimas.
    b) Deberán llevar izado su pabellón en lugar bien visible cuando naveguen por el mar territorial.
    c) Deberán llevar izado su pabellón en todo momento, en un lugar bien visible asi como el pabellón español si se trata de buques civiles extranjeros.
    d) Deberán llevar izado su pabellón en todo momento salvo que naveguen el régimen de paso inocente, en cuyo caso de ajustan a las previsiones de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmadas en Montego Bay el 10 de diciembre de 1982.

    5.- De acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ¿qué órgano colegiado tiene competencia para la investigación de las causas técnicas de los accidentes e incidentes marítimos?
    a) El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante.
    b) Salvamento Marítimo.
    c) La Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM).
    d) La Dirección General de la Marina Mercante.

    6.- De acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ¿a quién corresponde la intervención en los procedimientos de determinación de las condiciones de los canales de entrada y salida de los puertos, mediante informe vinculante en lo que afecte a la seguridad marítima?
    a) Al Jefe de Explotación de la Autoridad Portuaria.
    b) Al Capitán Marítimo.
    c) Al Jefe de Distrito.
    d) Al Director de la Autoridad Portuaria.

    7.- De acuerdo a la Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de buques, si durante la validez del despacho por tiempo se produjeran enroles o desenroles:
    a) El Capitán estará obligado a presentar ante la autoridad marítima una nueva Lista de Tripulantes que recoja dichos cambios.
    b) Dicho despacho quedará anulado, debiendo renovarse en la Capitanía Marítima donde se formalizó inicialmente.
    c) Este hecho no afectaría a la validez del despacho, no debiendo realizarse ningún trámite administrativo.
    d) Es conveniente dar aviso de que la tripulación ha cambiado a la Capitanía Marítima en la que se formaliza dicho despacho por tiempo no siendo obligatorio aportar nueva lista de tripulantes con todos los datos.

    8.- De acuerdo con el Real Decreto 210/2004 por el se establece un si un sistema de seguimiento o Información a 8«íiurlclad Estado miembro solicita información, por razones de seguridad marítima, sobre una carga peligrosa transportada a bordo de un buque, al cual se le aplica el Real Decreto, dicha información:
    a) Se transmitirá en el plazo du 12 horas, utilizando para ello ol sistema LRIT.
    b) Se transmitirá sin demora, utilizando para ello SafeSeaNet.
    c) Se transmitirá en un plazo de 24 horas utilizando para ello SafetyNet.
    d) Se transmitirá en el plazo de 12 horas, utilizando para ello SafetyNet.

    9.- Según el Real Decreto 62/2008, sobro las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y prueban náutico-deportivas, el Capitán marítimo correspondiente podrá:
    a) Suspender el evento siempre que la Autoridad Porturaria lo autorice previamente.
    b) Retrasar, anular o suprimir las pruebas si disminuyan Ion condiciones de seguridad.
    c) Ejercer la dirección interna del desarrollo de la concentración náutica, asegurándose de que ésta se realiza en las debidas condiciones de seguridad.
    d) Solicitar y obtener las autorizaciones adicionales de otras instituciones o de las administraciones públicas que fueran precisas para la celebración del evento.

    10.- Según el Real Decreto 62/2008, sobre las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas, de denomina regata de altura aquella que tiene lugar:
    a) Únicamente en alta mar.
    b) En alta mar, zona económica exclusiva y mar territorial.
    c) En zonas A3 y A4.
    d) En zona 1 y zona 2.

    11.- De acuerdo con el Real Decreto 1435/2010, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques, ¿cómo se define -matrícula-?
    a) Puerto donde se encuentre el distrito marítimo en la que esté registrada una embarcación.
    b) Conjunto alfanumérico con el que se identifica e individualiza a cada embarcación de recreo, formada por orden correlativo por la lista, la provincia marítima, el distrito marítimo y el folio / año.
    c) Conjunto alfanumérico de carácter secuencial asignado por e! distrito marítimo correspondiente, con el que se identifica e individualiza a cada embarcación de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros y que estén sujetas a lo establecido en el artículo 8 de este real decreto.
    d) Acto administrativo por el que, tras la correspondiente tramitación prevista en este real decreto, se autoriza que una embarcación enarbole pabellón español.

    12.- De acuerdo con el Real Decreto 1435/2010, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrículas de buques, ¿qué tipo de embarcaciones están exentas del deber de abanderamiento y matriculación?
    a) Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior o 12 metros, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE.
    b) Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o superior a a2 metros, siempre que la propia embarcación ostente el marcado CE.
    c) Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros.
    d) Todas las embarcaciones de recreo de eslora inferior a 6 metros, siempre que ostenten el marcado CE, no siendo necesario que el equipo propulsor disponga de dicho marcado.

    13.- Según el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas, la cobertura del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria no comprenderá:
    a) Daños materiales a terceros.
    b) Daños a buques por colisión o sin contacto.
    c) Muerte o lesiones corporales de terceras personas.
    d) La muerte o lesiones sufridas por personas transportadas que efectúen pagos para el crucero o viaje.

    14.- Según el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, la eslora es la distancia medida paralelamente a la línea de flotación de referencia y al eje de la embarcación, entre dos planos verticales al plano central de la embarcación, situados en la parte más a proa de la misma y el otro en la parte más a popa. Esta eslora incluye, entre otros:
    a) Aquellas partes desmontables del casco que actúan como soporte hidrostático o hidrodinámico cuando la embarcación está en reposo o navegando.
    b) Timones.
    c) Apoyos para la propulsión y las jarcias.
    d) Protecciones y defensas.

    15.- Según el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, ¿qué eslora mínima han de tener las embarcaciones para la realización de las prácticas precisas para la obtención de los títulos de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo?
    a) 11,5 metros
    b) 6 metros.
    c) 6,5 metros.
    d) 7 metros. 

    16.- De acuerdo con el Real Decreto 1434/1999, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección, ¿Cuándo NO será obligatoria la realización de reconocimientos adicionales?
    a) Cuando una embarcación vaya a cambiar de lista séptima a lista sexta.
    b) Después de haber sufrido una varada
    c) A requerimiento de un órgano judicial.
    d) Cuando una embarcación de recreo efectúe reparaciones en su casco, maquinaria y equipo.

    17.- Conforme a la Orden FOM/1144/2003, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, los depósitos fijos o instalaciones relativas a los sistemas de retención de instalaciones sanitarias:
    a) No estarán conectados con las descargas de los aseos instalados en la embarcación y su instalación se realizará en lugares accesibles.
    b) Estarán conectados con las descargas de los aseos instalados en la embarcación, con conexiones lo más largas y directas posible y su instalación se realizará en lugares accesibles.
    c) Estarán conectados con las descargas de los aseos instalados en la embarcación, con conexiones lo más cortas y directas posible y su instalación se realizará en lugares accesibles.
    d) No estarán conectados con las descargas de los aseos instalados en la embarcación y su instalación se realizará en lugares inaccesibles para evitar su manipulación. 

    18.- Conforme a la Orden FOM 1144/2003, por la que se regulan los equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, qué deben de llevar a bordo las embarcaciones de recreo, ¿debe llevar obligatoriamente linterna estanca una embarcación de recreo asignada para navegar en Zona 5?
    a) Sí, siempre 1. Independientemente de la Zona.
    b) No
    c) Sí, para Zona 5 corresponde llevar 2.
    d) Las linternas estancas sólo son obligatorias en Zona 6 como sustitución de las luces de navegación.

    19.- Conforme al Decreto 98/2016, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes, se considerará modificación importante del motor a toda modificación de un motor de propulsión que aumente la potencia nominal del mismo en más de un:
    a) 30 %.
    b) 15 %
    c) 25 %.
    d) 50 %.

    20.- Conforme al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo 1979, la situación en la cual se teme por la seguridad de un buque y de las personas que lleve a bordo, corresponde a la fase de:
    a) Alerta.
    b) Incertidumbre.
    c) Riesgo.
    d) Peligro. 

    21.- De acuerdo al Texto Refundido de la Ley de Puertos de la Marina Mercante señale qué función NO corresponde al Director de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítimas.
    a) Disponer los gastos y ordenar los pagos correspondientes.
    b) Dirigir los servicios de la Sociedad y controlar el desarrollo de su actividad.
    c) Velar por el cumplimiento de las normas aplicables a la Sociedad y por la ejecución de los acuerdos tomados por el Consejo de Administración.
    d) Presentar al Consejo de Administración el anteproyecto de presupuestos, el programa de actuación, inversiones y financiación, el plan anual de objetivos y las cuentas anuales para su examen y posterior tramitación.

    22.- Según establece la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, el Principio de Legitimación implica que:
    a) La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las leyes.
    b) Los actos sujetos a inscripción que no estén debidamente inscritos o anotados no perjudican a terceros de buena fe.
    c) El contenido del Registro se presume exacto y válido.
    d) La inscripción en el Registro se practicará en virtud de escritura pública, póliza intervenida por notario, resolución judicial firme o documento administrativo expedido por funcionario con facultades suficientes por razón de su cargo.

    23.- Según establece la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, para que la hipoteca naval quede válidamente constituida podrá ser otorgada en escritura pública y deberá inscribirse en el:
    a) Registro Mercantil.
    b) Registro de Bienes Inmuebles.
    c) Registro de Bienes Muebles.
    d) Registro de Buques y Empresas Navieras.

    24.- Según el artículo 724 del Código Civil, los testamentos abiertos, ológrafos y cerrados hechos en alta mar serán custodiados por:
    a) EL Capitán, y se hará mención de ellos en el Diario de Navegación.
    b) El Capitán, y no será necesario hacer mención en el Diario de Navegación, de Navegación necesario hacer mención de ellos en el Diario
    c) Dos testigos, y se hará mención de ellos en el Diario de Navegación.
    d) Dos testigos, y no se hará mención de ellos en el Diario de Diario de Navegación.

    25.- En lo que respecta a las exenciones de la entrega de desechos, el Capitán de un buque podrá solicitar a la Capitanía Marítima, una exención total o parcial de las obligaciones reguladas en el artículo 6 y en el apartado 1 del artículo 7 del real Decreto 1381/2002, si:
    a) Opera en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares en determinados puertos, sin necesidad de justificar la existencia de implantación de un plan que asegure la entrega de los desechos.
    b) Ha justificado suficientemente la existencia e implantación de plan que asegura la entrega de los desechos generados por el buque y el pago de las correspondientes tarifas, y opera en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares en determinados puertos.
    c) Opera en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares en determinados puertos, justificando la existencia e implantación de un plan que asegure la entrega de los desechos.
    d) Podrá solicitarlo a la Autoridad Portuaria de cualquiera de los puertos de escala.

    26.- Atendiendo a los tipos de desechos generados por buques o residuos de carga que reciban, el Real Decreto 1381/2002, clasifica a las instalaciones portuarias receptoras que reciben desechos incluidos en el Anexo I del Convenio MARPOL 73/78 en las siguientes sub-clases:
    a) Tipo A, Tipo B y Tipo C, siendo las Tipo C las que reciben desechos generados por buques o residuos de carga de hidrocarburos y agua de lastre contaminada.
    b) Tipo I.A, Tipo I B y Tipo I.C, siendo las Tipo I.C las que reciben desechos generados por buques o residuos de carga de hidrocarburos y agua de lastre contaminada.
    c) Tipo A, Tipo B y Tipo C, siendo las Tipo B las que reciben desechos generados por buques procedentes de las sentinas de la cámara de máquinas o de los equipos de depuración de combustible.
    d) Tipo A, Tipo B y Tipo C, siendo las Tipo A las que reciben desechos generados por buques o residuos de carga de petróleo crudo y agua de lastre contaminada con petróleo crudo. 

    27.- Según se establece en el articulado del Convenio MARPOL, el término descarga, en relación con las sustancias perjudiciales o con efluentes que contengan tales sustancias, incluye:
    a) Las operaciones de vertimiento en el sentido que se da a este término en el Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, adoptado en Londres el 13 de noviembre de 1972.
    b) Cualquier derrame procedente de un buque por cualquier causa, y comprende todo tipo de escape, evacuación, rebose, fuga, achique, emisión o vaciamiento.
    c) El derrame de sustancias perjudiciales directamente resultantes de la exploración, la explotación y el consiguiente tratamiento, en instalaciones mar adentro, de los recursos minerales de los fondos marinos.
    d) El derrame de sustancias perjudiciales con objeto de efectuar trabajos lícitos de investigación científica acerca de la reducción o control de la contaminación.

    28.- Todo buque que esté sujeto a las disposiciones del Anexo IV del Convenio MARPOL, estará equipado con un sistema de tratamiento de aguas sucias. Indique cuál de los siguientes sistemas cumple con los requisitos de dicho anexo:
    a) Constará de un tanque de retención que tenga capacidad suficiente, a juicio de la Administración, para retener todas las aguas sucias habida cuenta del servicio que presta el buque, independientemente del número de personas a bordo.
    b) El sistema podrá desmenuzar y desinfectar las aguas sucias y estará aprobado por la Administración. Estará dotado de medios que, a juicio de la Administración, permitan almacenar temporalmente las aguas sucias cuando el buque esté a menos de dos millas marinas de la tierra más próxima.
    c) Podrá ser una instalación de tratamiento de aguas sucias aprobada por la Administración. En caso de que cumpla las normas y los métodos de prueba elaborados por la Organización, no será necesaria dicha aprobación.
    d) El sistema estará dotado de medios que, a juicio de la Administración, permitan almacenar temporalmente las aguas sucias cuando el buque esté a menos de tres millas marinas de la tierra más próxima. Deberá desmenuzar y desinfectar las aguas sucias y estará aprobado por la Administración.

    29.- Según el reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, si a día de hoy se instala un receptor NAVTEX, éste además de la frecuencia internacional deberá recibir informaciones sobre seguridad marítima en la frecuencia de:
    a) 518 KHz.
    b) 490 KHz.
    c) 9,6 KHz.
    d) 1022 KHz.

    30.- Según el reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, ¿deben las embarcaciones de recreo mantener un diario del servicio radioeléctrico, para anotación de comunicaciones de socorro, urgencia, seguridad y sucesos de importancia que tengan lugar en las zonas próximas a la navegación de la embarcación?
    a) Sí.
    b) No, dichos diarios son para otro tipo de embarcaciones/buques.
    c) Únicamente si navegan en zona 1 y 2.
    d) Siempre que sean de Lista 6a y lleven hasta doce pasajeros.

    Saludos,

    Javichi
    Estudias o Navegas

    Test online todas titulaciones, incluido PPER

  • #2
    Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

    Buenas Tardes.

    La Pregunta 10 Creo Que No Tiene Ninguna Respuesta Correcta

    Comentario


    • #3
      Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

      Si. Yo tampoco encuentro nada concreto a esa pregunta. Alguien quiere compartir sus respuestas, aun no tengo claro un aprobado raspado. Gracias

      Comentario


      • #4
        Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

        Regatas de altura: las pruebas náutico-deportivas de carácter colectivo que tengan lugar en el mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y en alta mar.
        Esta es la definicion que sale en el libro.

        Comentario


        • #5
          Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

          Originalmente publicado por Periconomada Ver Mensaje
          Buenas Tardes.

          La Pregunta 10 Creo Que No Tiene Ninguna Respuesta Correcta
          Diría que es la B

          Comentario


          • #6
            Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

            Faltaría zona contigua, así que no es correcta. Pienso impugnar

            Comentario


            • #7
              Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

              Originalmente publicado por Periconomada Ver Mensaje
              Faltaría zona contigua, así que no es correcta. Pienso impugnar
              No quiero, ni pretendo desanimarte . Además ojalá prospere tú impugnación.

              Pero la respuesta B contempla tres escenarios de los cuatro que marca la norma. Por lo tanto , independientemente esté o no esté completa , los tres que marca la B están dentro de los que una regata de altura contempla.

              Si ves , la respuesta A podría darse por buena también,caso no hubieran colocado el UNICAMENTE , pero sin embargo dice UNICAMENTE Alta mar y eso si que no es.

              Suerte de todas formas

              ...estos son los problemas de mucho exámenes tipo test...

              Comentario


              • #8
                Re: Enunciado examen PPER Tipo 2, domingo 13 diciembre 2020

                Ya han publicado en la página de la DGMM las respuestas:



                PLANTILLA CORRECTORA. TEST 02.
                1. C
                2. C
                3. B
                4. A
                5. C
                6. B
                7. A
                8. B
                9. B
                10. B
                11. A
                12. A
                13. D
                14. A
                15. B
                16. C
                17. C
                18. B
                19. B
                20. A
                21. C
                22. C
                23. C
                24. A
                25. B
                26. D
                27. B
                28. D
                29. B
                30. B

                Suerte!
                Editado por última vez por jfazer; 15/12/2020, 16:14:58.
                www.instagram.com/jaimevinasd

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