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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Dudas habilitaciones anejas

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  • Dudas habilitaciones anejas

    Buenas a todos, lo primero una ronda
    Tengo dudas sobre la normativa (como siempre tan enrevesada). En el año 2019 ya pusieron que se podía realizar excursiones turisticas con el PER-PY-CY y decia literalmente cumpliendo los requisitos del Curso de formacion basica en Navegacion y solicitando estas habilitaciones anejas a la DGMM

    (link al BOE https://boe.es/boe/dias/2019/05/01/p...-2019-6481.pdf )


    Mi duda viene con la ultima publicacion en 2021 (La que tanta cola ha traido)

    En el que dice que modifica directamente el El Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo de la siguiente manera:



    «Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el apartado 1.a).»

    (link: https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-2021-8268 )

    En este caso entiendo que se puede realizar esas actividades sin nigun curso ni solicitud de habilitaciones anejas no? Ya que de lo contrario que sentido tiene la publicacion de ese texto si en 2019 ya se podia realizar esas labores con la habilitacion aneja?

    Igual me he perdido algo o no he entendido bien. A ver si alguno puede darme un poco de mas luz en el asunto.

    Un saludo cofrades
    Editado por última vez por JoeTe; 25/08/2021, 14:05:56.
    "El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"

  • #2
    Re: Dudas habilitaciones anejas

    A ver … realmente es un lío …. Pero si coges el texto consolidado ( ya modificado por RD de habilitaciones anejas del 2019) , verás que ya el artículo 34 del RD 2014 sobre titulaciones,contempla la habilitación aneja etc etc. De ahí que se refiera a este .
    Resumen : Es necesario obtener certificado de formación básica en seguridad marítima para poder trabajar como PY y CY ,charteando.:brindis

    Comentario


    • #3
      Re: Dudas habilitaciones anejas

      A ver Joete, hace falta para que te den las habilitaciones anejas, tener el certificado básico en seguridad, el reconocimiento médico del
      ISM, la cartilla de embarque, además del PER, PY o CY, paga la tasas y solicitarlo todo a Marina mercante y ellos al tiempo te dan el título tanto de PY como de CY por la Marina Mercante con las habilitaciones anejas según atribuciones Del Real Decretó, vamos la pera , para seis personas a un máximo de cinco millas del puerto de salida, ojo no de la costa

      Comentario


      • #4
        Re: Dudas habilitaciones anejas

        Lo de las habilitaciones anejas lo entiendo que es lo que salio en 2019 y es lo que pone en la web de la DGMM (al final enlaza a esa normativa) pero entonces que sentido tiene que en la de 2021 haga esa referencia (ademas dejando fuera al PER) y aqui no nombre nada de que sea necesario ningun curso ni nada.


        Entiendo lo que me comentais que es como se ha venido haciendo desde 2019 pero ahora esa modificacion de 2021 a mi modo de ver simplemente dice se modifica el RD de 2014 sobre titulaciones nauticas y que autoriza a PY y CY a realizar excursiones turisticas y pesca de recreo con hasta 6 pasajeros sin nombrar nada de Habilitaciones anejas ni de curso de seguridad basica y entiendo que al ser posterior es al que hay que hacerle caso ¿no?


        En el Texto consolidad del RD 2014 simplemente no aparece ninguna modificacion del 2021 cuando si deberia aparecer ya (la administracion va despacio?)


        P.D: Que conste que no es por tema de sacar o no sacar el Curso, es por discutir e intentar razonar lo que nos quieren decir las leyes.
        "El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"

        Comentario


        • #5
          Re: Dudas habilitaciones anejas

          Buenas,
          me parece que esa corrección (y lo digo de cabeza, por no volver a leerme los decretos) lo que hace es concretar el ámbito geográfico.
          Cuando antes se refería al apartado 1, realmente había 2 apartados:
          1.a que eran 5millas desde el punto de salida
          1.b 5 millas desde la costa
          Por lo que se podría interpretar como a cada uno le convenga.
          Ahora son claramente 5 millas desde el punto de salida.

          Comentario


          • #6
            Re: Dudas habilitaciones anejas

            Correcto, ahora si que me ha quedado claro que la modificacion 2021 lo que ha hecho es cambiar la distancia de 5 millas de la costa a 5 millas del puerto de salida
            "El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"

            Comentario


            • #7
              Re: Dudas habilitaciones anejas

              Originalmente publicado por FcoJesus Ver Mensaje
              A ver Joete, hace falta para que te den las habilitaciones anejas, tener el certificado básico en seguridad, el reconocimiento médico del
              ISM, la cartilla de embarque, además del PER, PY o CY, paga la tasas y solicitarlo todo a Marina mercante y ellos al tiempo te dan el título tanto de PY como de CY por la Marina Mercante con las habilitaciones anejas según atribuciones Del Real Decretó, vamos la pera , para seis personas a un máximo de cinco millas del puerto de salida, ojo no de la costa
              Para que te den certificado de anejos no hace falta cartilla ya que no es un titulo profesional, simplemente con presentar formacion basica seguridad + PY
              ya es suficiente.A mi me pidieron ademas presentar un certificado de autenticidad de mi titulo PY dado que era autonomico hecho este controvertido ya que segun el art 28 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dice lo siguiente " 2. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración"
              http://www.nabiga360.com

              Comentario


              • #8
                Re: Dudas habilitaciones anejas

                Originalmente publicado por JoeTe Ver Mensaje
                Lo de las habilitaciones anejas lo entiendo que es lo que salio en 2019 y es lo que pone en la web de la DGMM (al final enlaza a esa normativa) pero entonces que sentido tiene que en la de 2021 haga esa referencia (ademas dejando fuera al PER) y aqui no nombre nada de que sea necesario ningun curso ni nada.
                Solo es la modificación de un apartado para mayor claridad

                Cambian:
                "2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán
                igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros
                para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el párrafo anterior"

                por:
                "2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el apartado 1.a)"

                Comentario


                • #9
                  Re: Dudas habilitaciones anejas

                  Originalmente publicado por JoeTe Ver Mensaje
                  Correcto, ahora si que me ha quedado claro que la modificacion 2021 lo que ha hecho es cambiar la distancia de 5 millas de la costa a 5 millas del puerto de salida
                  Esa diferencia está desde el principio… A 5 millas de costa para traslados y solo PY y CY . A 5 millas de puerto ,charter ,no más de 6 personas.

                  PER,solo llevar paellas ,gasoil,etc etc a embarcaciones del entorno próximo….

                  Y para “ To Kiski” ; necesario el certificado de formación básica .

                  Comentario

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