VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

    El viernes pasado, el consejo de ministros a instancia del ministerio de fomento, ha creado el certificado profesional de patron de embarcaciones de recreo.
    En unos dias se publicará en el BOE y tendremos los datos definitivos de que es lo que necesitamos y que nos va a permitir llevar el nuevo titulo.
    Saludos y sobre todo en este caso, a los Capitanes.

  • #2
    Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

    Hola! , buenos dias, me puedes decir donde encontrar esa noticia??? porque le estoy dando a San Google y no aparece nada.
    ...Paralelo correr, tierra encontrar..

    Comentario


    • #3
      Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

      Originalmente publicado por Antares Ver Mensaje
      Hola! , buenos dias, me puedes decir donde encontrar esa noticia??? porque le estoy dando a San Google y no aparece nada.
      Prueba aquí a ver si hay suerte.


      Saludos. Luis

      Comentario


      • #4
        Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

        Muchas gracias Luis. Efectivamente va para adelante.
        Aunque no veo tan facil su regulacion de momento.
        ...Paralelo correr, tierra encontrar..

        Comentario


        • #5
          Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

          Ahora, solo falta ver en el BOE la redaccion definitiva y como queda la ley, en unos días la solución, pero se me acontece muy buena.
          Saludos.

          Comentario


          • #6
            Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

            arriba!!!!

            Comentario


            • #7
              Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

              Una ronda para todos !!!, que va con güiski !!!!!!

              Alguien sabe si esto ha salido ya en el B.O.E. ?? O si ya es oficial ?? o que ???

              Comentario


              • #8
                Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

                ...lo primero....

                Yo consulto casi a diario el BOE a ver si algo sale a flote...de momento ni una triste xouba..., pero 16 ojos ven mas que dos, asi que en cuanto sepamos algo lo cascamos!!, y es que en un encuentro ocasional con el responsable de formacion nautica en Galicia...me dijo que de eso na de ná de ná...que habia que acordarlo con la comunidades y bla bla bla, asi que no se si le pillé con el pie cambiado o si sabe de lo que habla, asi que, hasta que esto salga publicado en el BOE...no me fio una escama!!!

                ..otras ..que tengo la boca seca!!!
                www.galiciasailing.es

                Comentario


                • #9
                  Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

                  Gracias por la info !!!.. seguiremos ojo avizor conunas birras...... por cierto.. estas a mi cuenta !!

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.



                    ..ha salido en el BOE al fin!!! 2/7/09, Real Decreto 973/2009 del 12 de Junio.

                    Uf...ya a quien nos interese nos podemos poner las pilas desde YA!!!, a lo mejor podriamos jubilarnos con ese certificado!!, a por ello!!!,
                    ..Albariño e xoubas pa todo diosss!!
                    www.galiciasailing.es

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

                      Un resumen con lo que nos interesa del Real Decreto publicado hoy en el BOE

                      I. DISPOSICIONES GENERALES
                      MINISTERIO DE FOMENTO
                      10900
                      Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
                      La normativa básica reguladora de las diferentes titulaciones para ejercer las actividades profesionales a bordo de los buques mercantes está recogida en el Real Decreto 2061/1981, de 4 de septiembre, sobre títulos profesionales de la marina mercante, en el Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas, así como en el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero.

                      ... En otro orden de cosas, conviene tener en cuenta la creciente demanda de profesionales en la náutica deportiva para ejercer el gobierno de embarcaciones españolas de recreo, de menos de doce pasajeros, lo que aconseja su regulación para garantizar la seguridad marítima y la seguridad de la navegación de las citadas embarcaciones.
                      Por último la proliferación de los puertos y marinas deportivas como consecuencia del imparable aumento del número de buques y embarcaciones de recreo hace necesario la regulación de un profesional que pueda desarrollar las labores precisas en esos puertos, como son el movimiento, remolque y otros tipos de operaciones portuarias.
                      Teniendo en cuenta estos antecedentes, se ha considerado oportuno llevar a cabo la aprobación de un nuevo texto que recoja las modificaciones habidas en la legislación nacional y comunitaria y que permita refundir la normativa existente...
                      ...Disposición adicional quinta. Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
                      1. Se crea el certificado de patrón profesional de embarcación de recreo y que será emitido por la Dirección General de la Marina Mercante a las personas que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
                      a) Estar en posesión del título de capitán de yate.
                      b) Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
                      c) Haber cumplido 20 años de edad.
                      d) Poseer el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro, además de los de supervivencia y contraincendios de primer y segundo nivel.
                      e) Superar el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.
                      f) Superar la prueba de conocimiento que determine la Dirección General de la Marina Mercante.
                      2. Se otorgará directamente el certificado a los poseedores de una titulación profesional de la sección de puente o cubierta de los artículos 5 a 9 y al patrón mayor de cabotaje y patrón de cabotaje.
                      3. El certificado tendrá una validez de cinco años debiendo revalidarse transcurrido este período.
                      4. Los poseedores del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, tendrán las siguientes atribuciones:
                      a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante.
                      b) Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo...


                      Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
                      Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
                      Dado en Madrid, el 12 de junio de 2009.
                      JUAN CARLOS R.
                      El mar, la mar
                      El mar. Siempre la mar

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

                        Es mi primer comentario en la Taberna, así que como novato que me reconozco ronda de ron añejo para todos.
                        Hacía mucho que esperábamos que la titulación de CY pudiera tener algún valor profesional, y ese momento ha llegado, pero leyendo con detenimiento los requisitos para obtener el nuevo Certificado, creo que se va a invertir menos tiempo y dinero si se cursa un grado medio o superior de navegación que tratar de obtener cada uno de los diplomas que se exigen para poder optar a examinarte finalmente para obtener el muevo certificado. Tal vez la parte más favorable son las prácticas que exigen que normalmente serán menores que las exigidas para obtener el título profesional de patrón de cabotaje o de altura, que en ambos casos exigen 12 meses de embarque, aunque en esto también hay ciertas trampas a la hora de certificarlas
                        Saludos a todos los navegantes
                        Carpe mare

                        sigpic

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Por Fín:APROBADO EL PATRON PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO.

                          Pues si, la verdad es que me he quedado un poco frío.....
                          Resulta que puedo llevar un barco de 20 metros, y cruzar con él el atlántico, pero no pùedo llevar dentro de la bahia a 4 amigotes cobrando por ello.....
                          En fin, la verdad es que es bastante peor de lo que me esperaba, por que al final, el examen de la marina mercante puede ser un coladero enorme.... y otra, justificar las "prácticas"....Que pasa si lo haces con tu barco ??.... Me parece un poco abusivo, la verdad...

                          Comentario

                          Trabajando...
                          X