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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

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  • Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

    en Andorra hay dos titulaciones !
    y como esta el tema de navegar sin titulacion con bandera Andorrana ?¿

    si no pasa de cierta eslora es posible navegar sin titulacion ? solamente con el seguro ?

    como funciona la ley Andorrana y sin tener MAR ? es facil abanderar un barco con dicha bandera ?








  • #2
    Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

    Si la mayor parte de la gente supiera lo sencillo que es abanderar el barco en Andorra te aseguro que estarían los pantalanes lleno de barcos de barcos andorranos.

    Se trata de un mero trámite administrativo que no requiere más gasto que unas mínimas tasa de unos 30 euros y con eso te puedes ahorrar todos los impuestos de aquí.

    En Andorra no se exige ninguna titulación para navegar por lo que otro problema menos.

    El seguro lo puedes contratar también allí sin problemas.

    Comentario


    • #3
      Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

      Esto esta contrastado?? o es el principio de otro hilo "Canadiense"
      En otros hilos cofrades muy informados dicen que un español que posee un barco de bandera extranjera esta obligado a matricularlo en España en un tiempo (3 meses creo)
      Luego ya estamos fuera de juego, o no?
      Si tenemos por 30 € y un tramite rapido la opcion de poseer un barco y no tener necesidad de titulacion que nos limite en esloras y derrotas.... Como es que no estamos todos haciendo cola en el pricipado??
      sigpic
      Si acaso sobre babor la verde se deja ver
      sigue avante ojo avizor, debese el otro mover.
      Si a estribor ves colorado debes con cuidado obrar
      pasa a uno u otro lado, para o manda ciar.

      Comentario


      • #4
        Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

        Me encantan los hilos "canadienses".

        Ejemplo: Si vives en España y te compras una BICI DE MONTAÑA en RUSIA, y metes la bici en el trastero, no se te ocurriría defender ante un accidente o un percande que la bici es rusa y que le afecta la legislación rusa sobre bicicletas.

        La DGMM entiende que si tienes un barco comprado en el extranjero y lo "aparcas" junto a donde vives, es un BARCO IMPORTADO. Lo mismo ocurre si es un extranjero el que se trae el barco a un puerto nacional, aunque sólo venga de vacaciones, se considera BARCO IMPORTADO A ESPAÑA.

        Eso es así porque si no sería un choteo abanderar en Panamá y vivir permanentemente en Benidorm. És como vivir en España y ganar dinero en España y fijar la residencia ficticiamente en Andorra para pagar menos impuestos. ESO NO LO HACE NADIE HOMBRE.

        Copy-pega de la página de la DGMM:
        Abanderamiento

        El abanderamiento es el acto administrativo por el cual, tras la correspondiente tramitación, se autoriza a que una embarcación arbole el pabellón nacional.
        Se distinguen los siguientes supuestos:
        1.- Abanderamiento de embarcaciones importadas
        La documentación que básicamente se exige en estos supuestos es la siguiente:
        • Solicitud del interesado
        • Título de propiedad del buque (factura o contrato de compra-venta liquidados de impuestos), o contrato de arrendamiento en caso de abanderamiento provisional.
        • Certificado de baja en el Registro de bandera de procedencia (si estaba inscrito).
        • Justificante del pago de los tributos en Aduanas.
        • Nombre del buque. En la solicitud se propondrán para el buque tres nombres por orden de preferencia.
        Regulación legal
        Real Decreto, 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo (BOE de 15 de agosto).
        Regula el procedimiento general de abanderamiento, que se aplica a embarcaciones de lista sexta y lista séptima con eslora superior a 24 metros.
        El artículo 22 de dicho texto (ESTE LINK) prevé que, en estos casos, la embarcación podrá navegar durante un plazo máximo de seis meses provista de pasavante provisional expedido por el cónsul español que proceda, para dirigirse a puerto nacional, plazo dentro del que el titular solicitará el abanderamiento en el distrito donde desee efectuar la matriculación.
        Real Decreto 544/2007, de 27 de abril (BOE número 120, de 19 de mayo)
        Establece un procedimiento específico dirigido a agilizar la tramitación del abanderamiento y matriculación en la lista séptima de embarcaciones de recreo menores o iguales a 24 metros de eslora. Asimismo, determina la documentación de carácter técnico que el interesado debe aportar junto con la solicitud, diferenciando entre embarcaciones con marcado CE y sin marcado CE.


        La clave es "la residencia" en España, en este caso de la embarcación.
        Otra cosa es que se aplique esto al 100%.
        ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

        Comentario


        • #5
          Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

          Pues algo de eso puede que haya

          Hace dos meses que en mi pantalán apareció una preciosidad de barquito, todo nuevo, con bandera de Andorra. Días atrás tuve una conversación con su propietario y me contó que la cosa es más o menos así:

          Nominalmente el barco no es suyo, sino de una empresa con sede en Andorra que se lo tiene cedido en régimen de leasing. El domicilio de la empresa es el de un conocido despacho de abogados de la Avda Carlemany de Les Escaldes.. Obviamente, los impuestos de matriculación simplemente no existen y pagas el precio del barco pelado, más una pequeñísima tasa administrativa y los honorarios de los abogados (nada del otro mundo)

          Las ventajas no terminan en los impuestos, sino que me comenta mi vecino que nadie se acuerda de su barco para itb, homologación de equipos, caducidad de bengalas ni las demás historias habituales.

          Además, la policía andorrana no tiene costumbre de andar por las bocanas de los puertos pidiendo titulaciones. Me comentó mi vecino que él no tiene ni el PER y eso que el barco es un 40 pies.

          El seguro también lo contrata con una empresa andorrana.

          Yo ni quito ni pongo nada a lo que me contó. Por un lado me extraña que pueda ser tan fácil. Por otro, puedo asegurar que el barco está allí que aparentemente y de momento no parece que tenga ningún problema.

          Comentario


          • #6
            Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

            Buenos días:
            Respecto a la compra y la ITB no podría decir más que mi opinión, y como todas, es cuestionable.
            Respecto al resto si que puedo decir sencillamente "lo que hay", ó "lo que tenemos", y eso no es cuestionable:
            La titulación que deberá poseer será según la eslora del barco y/o potencia, y/o la distancia a costa, la requerida por las leyes españolas.
            Los equipos obligatorios deberán estar homologados según la normativa española, y el equipo de pirotécnia deberá estar en vigor.
            O alguien se imagina a la Guardia Civil eludiendo actuar en aguas españolas contra un barco porque lleve bandera Andorrana; ó actuando y viniéndole a decir, "no se preocupe por no tener titulación y llevar las bengalas caducadas, como el barco tiene bandera Andorrana puede Vd., seguir navegando....."
            Entiendo, retorcer las leyes para pagar menos impuestos (entiendo pero no comparto ya que al fin y al cabo estas disfrutando de servicios pagados con los impuestos de los demás); pero lo que nunca entenderé es retorcer la ley para no llevar los equipos en condiciones ni adquirir unos mínimos conocimientos.
            Podrías preguntarle al compañero de pantalán si tiene un percance (por no haber pasado la ITB) debe abandonar el buque, le explotan las bengalas en la mano porque están caducadas, no puede hinchar la balsa por no estar homologada y ser "made in todo a 100", a quién llamará ? a Salvamento Maritimo y/o GC Española, ó a la Policia Montada de Andorra ?
            Saludos y a pesar de todo unas

            Comentario


            • #7
              Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

              Originalmente publicado por Elpaquito Ver Mensaje
              Si la mayor parte de la gente supiera lo sencillo que es abanderar el barco en Andorra te aseguro que estarían los pantalanes lleno de barcos de barcos andorranos.

              Se trata de un mero trámite administrativo que no requiere más gasto que unas mínimas tasa de unos 30 euros y con eso te puedes ahorrar todos los impuestos de aquí.

              En Andorra no se exige ninguna titulación para navegar por lo que otro problema menos.

              El seguro lo puedes contratar también allí sin problemas.
              y puedes comprar un Barco de Andorra siendo Español ? que requisitos hay ?

              y navegar ? sin titulo se puede ? ya se que aqui se necesita titulo en aguas españolas pero en otra aguas ?

              rondas

              Comentario


              • #8
                Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                Opino, luego existo:

                Cuando un español fija su residencia en Andorra a sabiendas de que es falso para ahorrar impuestos, está incurriendo en un engaño (llámese falta administrativa, o simple fraude a Hacienda), que es perseguible. Es decir que, muy a su pesar, siendo ciudadanos de la España de la DGMM, enseguida serán detectados con sus banderas Andorranas y requeridos a revisión.

                Una de las revisiones será ¿cuánto tiempo lleva este barco en este puerto? Eso es fácil porque los puertos españoles están más controlados aún que los barcos. Total, que en cuanto pasas de los 6 meses resulta que es importación.

                Otra cosa es lo de la empresa. Si la empresa es propietaria, cabe preguntar al armador por qué utiliza un barco que no es suyo aunque lo esté pagando. Pero si el barco está a tu nombre aunque sea Andorrano, ¿qué haces tú con un barco más de 6 meses en España sin abanderarlo? Ahi puede estar el truco fino: el barco es de una empresa. Al final, si el barco "reside" en España, aunque sea Sirio, debe abanderarse como español y se considera una importación.

                ¿Y el tema de los seguros Andorranos sobre náutica? Cuando menos curioso. Me cuesta creer que si un armador con bandera Andorrana tiene un accidente náutico en el que perjudica con daños severos a otra persona, se va a ir de rositas esperando que el seguro se haga cargo de las indemnizaciones y de la posible responsabilidad civil o penal. Es ciudadano español, "alquila" (puesto que no es compra) un barco en Andorra, y lo usa en las costas Españolas bajo la legislación náutica de un país que no es país sino principado y que no tiene mar.

                No me extraña que estén varios países de Europa detrás de limitarle a Andorra estos desmanes. Y si no que le pregunten a Arancha Sánchez Vicario.

                Amén.
                ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                Comentario


                • #9
                  Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                  Originalmente publicado por Juanitu Ver Mensaje
                  bajo la legislación náutica de un país que no es país sino principado y que no tiene mar.
                  Entonces España tampoco será país, sino reino, aunque con mar!

                  Según entiendo, para navegar por nuestras aguas hace falta titulación, ya sea española o cualquiera que esté homologada. Si las titulaciones andorranas lo están, no debería haber problema, si consideran que la titulación andorrana capacita a un andorrano para navegar por nuestras aguas, también nos tendría que valer a los de aquí. pero no me gustaría encontrarme con un flamante carné andorrano ante un GC.

                  Por lo que se refiere al barco, eso no lo veo tan inviable, si tu alquilas un barco a una empresa extranjera, estando matriculado en la lista que tenga que estar según el ordenamiento del país de origen, y con documentación suficiente que acredite la situación de arrendamiento, no creo que vayas a tener muchos problemas para disfrutarlo aquí. Si, a los seis meses lo tendrías que abanderar aquí, pero prueba a ir a capitanía para que te matriculen un barco que no es tuyo, supongo que la empresa que lo alquila, la andorrana, ya tiene sus sistemas para solucionar este tema, tal vez presentando recibos de atraque en cualquier puerto de Malta (a caso no creéis que un abogado andorrano no puede conseguirlos?)

                  Sobre lo de si es licito o no intentar pagar menos impuestos... depende, de Renta aspiro a poder pagar cada día más, es un impuesto bastante justo (no es justo lo que hacen después con lo recaudado). Los otros impuestos que gravan las operaciones o la simple tenencia de algo, me parecen harto injustos, estas pagando una y otra vez por disfrutar de lo que te ha quedado después de pagar la renta. Que tenemos que financiar Salvamiento Marítimo? ( me quito el sombrero ante la institución) pues que pongan una tasa para los barcos para esa función en concreto, un recibo anual de Salvamiento Marítimo según la zona de despacho del barco.

                  No me alargo más por que es tarde ya, y el tema me esta agriando el Pedro Ximénez que me estoy tomando, si alguien quiere, le ofrezco una copa antes de guardar la botella.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                    Originalmente publicado por Dymo Ver Mensaje

                    Por lo que se refiere al barco, eso no lo veo tan inviable, si tu alquilas un barco a una empresa extranjera, estando matriculado en la lista que tenga que estar según el ordenamiento del país de origen, y con documentación suficiente que acredite la situación de arrendamiento, no creo que vayas a tener muchos problemas para disfrutarlo aquí. Si, a los seis meses lo tendrías que abanderar aquí, pero prueba a ir a capitanía para que te matriculen un barco que no es tuyo, supongo que la empresa que lo alquila, la andorrana, ya tiene sus sistemas para solucionar este tema, tal vez presentando recibos de atraque en cualquier puerto de Malta (a caso no creéis que un abogado andorrano no puede conseguirlos?)


                    Seré burro , si se entera mi mujer me mata

                    Yo, un día, fui y me compré un barco, matriculado y todo y además voy y lo pago .

                    Pero claro, yo no sabía (y mi mujer tampoco, gracias a Dios ) que era mucho más fácil:

                    - Irte a Andorra
                    - Alquilar allí un barco
                    - Vigilar que esté matriculado segun las ordenanzas municipales
                    - Traertelo para acá
                    - A los seis meses irte con la bandera a Capitanía para que te la pongan (la última vez con el gallardete de la Taberna casi me mato para colgarlo )
                    - Te vuelves a Andorra y te buscas un abogado "especialista"
                    - Te vas a Malta, a un puerto, y pides recibos de amarres
                    - Fin. Ya tienes el barco y mucho más barato

                    Seré burro





                    KUMI

                    Después de una ola siempre viene otra

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                      Buenas tardes a todos
                      He estado buscando por diferentes hilos, información sobre barcos con bandera andorrana, sin mucho éxito, y es que venden un Dufour con esa bandera y estoy interesado en él, pero no sé si me meto en algún lió o si esto va a encarecer el tema.
                      Agradezco la ayuda.
                      Saludos cordiales.
                      Uno a uno, todos somos mortales; junto, somos eternos. - Francisco Quevedo

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                        En el tema de impuestos no se,pero la titulacion....

                        Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.
                        1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
                        2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad."

                        Comentario


                        • #13
                          Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                          Para gobernar un barco andorrano debes tener titulo andorrano, y esto solo si eres residente andorrano
                          Puedes comprarlo y luego importarlo siempre que cumpla los requerimientos ce

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                            Pero ¿entonces no puedo comprarlo con esa bandera en España y mantenerlo con la misma, teniendo yo titulación española?
                            He visto que son muchos los cofrades que han cambiado su pabellón a otros de la CE. Pero que pasa con Andorra?
                            Saludos y buena mar.
                            Uno a uno, todos somos mortales; junto, somos eternos. - Francisco Quevedo

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Titulacion de Andorra y barcos Matriculados

                              Originalmente publicado por roque_del_este Ver Mensaje
                              ...
                              He visto que son muchos los cofrades que han cambiado su pabellón a otros de la CE. Pero que pasa con Andorra?
                              Saludos y buena mar.

                              VAYA POR DELANTE que este hilo se inició en 2010.
                              Lo digo porque "algunas" cosas han cambiado.

                              En cualquier caso, Andorra no pertenece a la Unión Europea.
                              Tampoco soy un experto, pero aunque existen acuerdos, tratados y normas comunes, Andorra presume de no ser Europa. Un barco con bandera Andorrana no es igual que un barco con bandera benga u holandesa, ni siquiera francesa o británica.

                              Habría que gestionar el cambio de bandera Andorrana a Española o a otro estado de la Unión.

                              Gestorías que lo hacen te pueden asesorar. Yo haría la compraventa junto con el papeleo de cambio de bandera.

                              ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

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