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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

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  • Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

    Buenas tardes a todas y a todos.
    De primero una ronda bien fresquita que hace calor....
    De segundo, perdoname de exponer aqui mi caso pero de verdad soy un poco perdido para no decir totalmente en este tema de Titulos Nauticos.
    Soy Frances, residente de la CEE aqui en Espana con el NIE corespondiente.
    Con las repuestas echas por los miembros de esta maravillosa Taberna, que aun agradezco aqui, a mi pregunta del 19 Julio 2010, he comprendido perfectamente que para navegar en Espana, como estoy residente aqui debo tener un titulo Espanol.
    Que occure ? Tengo el Titulo Frances que se llamaba '' A '' y que ahora se llama '' Permis Mer Cotier ". No lo he ni comprado ni otra cosa rara, cuando lo paso habia dos examinadores juntos uno de la Aduana Francesa y uno de la Gendarmerie Francaise = mas o menos Guardia Civil Espanol, asi que nada de historias cualquieras y me recuerdo que este dia una error en theoria y/o en practica y a la calle......
    Eso dicho la problema que tengo es que si entiendo mas o menos el Catellano hay un monton de palabras technicas nauticas que incluso sabiendo contestar y/o resolver las problemas me voy a equivocar seguro y ademas como estoy en Cataluna si el examen es en Catalan mas vale que me olvido de poder navigar.
    Por otra parte he leido el BOE que reproduzco abajo :

    Orden de 17 de junio de 1997, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE de 03.07.97). Se determinan los títulos de recreo, los criterios generales y las condiciones básicas de obtención de los mismos, así como los programas de examen.
    Artículo 12
    . Titulados de la Unión Europea.
    La Dirección General de la Marina Mercante podrá autorizar, para el gobierno de embarcaciones
    de recreo de pabellón español, a aquellas personas que, sin haber obtenido un título nacional,
    acrediten hallarse en posesión de un título análogo obtenido en un Estado de la Unión Europea, en
    función de los requisitos necesarios para su obtención.


    Estoy totalmente de acuerdo que para la DGMM no es una obligacion de autorizar y que la DGMM puede denegar esta autorizacion, pero despues de leer esto he llamado a varias Capitanias y a varias escuelas homologadas que me han contestado lo que sigue y que encontro un poco raro:
    Hay que pasar el examen para tener el titulo Espanol y no hay ningun tipo de convalidacion.
    Si que sin problema pagando unos gastos de tramite y gestion y impuestos( lo que es normal ) tendre el Titulo PNB oficial por convalidacion de mi titulo Frances.
    Si que sin problema tendre el Titulo PER oficial por convalidacion pagando tramite, impuestos etc...
    Que le parece a vosotros ??? Ir al Cuartel de la Guardia Civil en Gerona y preguntar aqui directamente no seria una buena idea ???
    No se que pensar con estas repuestas contrarias. Ojo no quiero una favor ni nada de eso pero con las probemas de lenguaje de una parte y si haciendo eso de forma totalmente legal me puedo ahorar unas euros no seria mal.
    Le pido disculpas para las errores de Castellano que seguro he hecho y espero que sus repuestas me pueden aclarar.
    Muchas gracias por adelante y una ronda mas.
    El Jaco

  • #2
    Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

    Mirate este otro foro, en donde se habla del tema,



    pero parece ser que antes de la orden del BOE (Boletin oficial del estado) si era posible convalidarlo sin mas, a raiz de la orden es necesario realizar un examen practico.

    La culpa de esto la tiene la titulacion Canadiense, que se puede obtener simplemente pagando y por Internet.

    Saludos y suerte.

    Yo particularmente no te haria examen, los franceses son buenos navegantes, solo hay que leer a Moitisier.

    Comentario


    • #3
      Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

      Puedes llamar a:

      Dirección General de la Marina Mercante

      DirecciónC/ Ruiz de Alarcón nº 1Código Postal28071LocalidadMadridTeléfono91 597 90 88 / 90 85 / 90 83Fax91 597 92 42 / 91 597 92 97

      Tambien mirate lo siguiente:





      Disposición adicional quinta. Alquiler de embarcaciones
      de recreo españolas.
      Las embarcaciones españolas de lista sexta, cuando
      vayan a ser alquiladas sin tripulación, se podrán alquilar a
      cualquier persona física en posesión de un título de los
      que figuran en la lista del anexo XII, con las limitaciones
      que para los mismos se indican en dicho anexo.

      Y aqui aparece el tuyo, al final del documento:

      TITULOS ATRIBUCIONES OBSERVACIONES
      PERMIS MER COTIER
      A motor, sin alejarse más de 5 millas de
      un abrigo o playa accesible
      PERMIS MER (Hauturier)
      A motor, sin restricciones.
      CARTE MER
      A motor de hasta 37 kw, menores de 2
      toneladas, en navegación diurna, sin
      alejarse más de 5 millas de un abrigo o
      playa accesible.
      PERMIS "A"
      A motor, sin alejarse más de 5 millas de
      un abrigo o playa accesible.
      PERMIS "B" A motor, sin restricciones.(*)
      FRANCIA
      PERMIS "C"
      A motor, sin restricciones.
      “Brevet de patron a la plaisance”
      expedido por republica francesa
      (marine marchande) (patron
      embarcaciones de vela hasta 24
      m. de eslora a menos de 200
      millas de la costa
      (*) La restricción que aparece en
      las tarjetas PERMIS "B", limitando
      el permiso a embarcaciones de
      hasta 25 toneladas, fue derogada
      por decreto del Estado francés de
      21-10-92.
      TITULOS

      Suerte.

      Comentario


      • #4
        Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

        Hola El Jaco:

        Si lo que te asusta del examen es el catalán, en España no es problema examinarse en otra comunidad que sea castellano parlante.
        Los títulos valen para toda España sea cual fuere la comunidad que los expide.

        Un saludo.

        P.S. Rien à craindre, c´est relativement facile et ton espagnol n´est pas si mal, crois moi.

        Comentario


        • #5
          Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

          En mi opinion, deberias intentar hacer valer tu titulo frances y no tener que pasar otro titulo, ya que ello seria una clara discriminacion. Imaginate si cada x tiempo tienes que cambiar tu residencia a otros paises de la UE y en cada uno te obligasen a examinarte...
          De hecho, los permisos de conducir de la UE son validos en todos los paises de la UE, incluso en España que no puede exigir ningun examen, canje o cualquiera otra traba por imperativo legal de la UE.
          Pasa lo mismo con los titulos de buceo, antes solo existia y se admitia el de la FEDAS y ahora se admiten todos los internacionales como PADI y otros mas.

          Te recomiendo acudir a http://ec.europa.eu/solvit/site/index_es.htm, contactar con la oficina de Madrid y exponer tu caso para que te lo resuelvan ya que cualquier titulo de la UE es emitido por su pais correspondiente, que tiene una legislación maritima seria.

          Si acudes a Solvit, informanos del resultado. Suerte

          Comentario


          • #6
            Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

            Pues... nosotros también... intentamos comprender las leyes de los Titulos Españoles



            Iñaki

            Comentario


            • #7
              Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

              En Cataluña los exámenes son bilingues, en catalan y castellano, por tanto el idioma no sería un problema, ya que con el castellano te defiendes perfectamente.

              Lo que no entiendo es por que no puedes seguir navegando con tú titulo obtenido legalmente en Francia.

              Saludos y unas rondas....
              sigpic

              Comentario


              • #8
                Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                Originalmente publicado por KLAS Ver Mensaje
                En Cataluña los exámenes son bilingues, en catalan y castellano, por tanto el idioma no sería un problema, ya que con el castellano te defiendes perfectamente.

                Lo que no entiendo es por que no puedes seguir navegando con tú titulo obtenido legalmente en Francia.

                Saludos y unas rondas....
                No puede sencillamente porque es residente en España y se le da la misma consideración que a los nacionales (por lo menos en el punto que nos ocupa) Tendria que ser como para el permiso de conducir que te lo canjean sin problemas, pero en naútica todo parece más complicado.
                Patrón español o residente.= Título español
                Se habla de unificar títulos europeos para que sea plenamente convalidables, pero para cuando?
                Saludos y unas cervezas muy frias de mi parte que el calor aprieta.

                Comentario


                • #9
                  Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                  Originalmente publicado por Loquillo Ver Mensaje
                  Mirate este otro foro, en donde se habla del tema,



                  pero parece ser que antes de la orden del BOE (Boletin oficial del estado) si era posible convalidarlo sin mas, a raiz de la orden es necesario realizar un examen practico.

                  La culpa de esto la tiene la titulacion Canadiense, que se puede obtener simplemente pagando y por Internet.

                  Saludos y suerte.

                  Yo particularmente no te haria examen, los franceses son buenos navegantes, solo hay que leer a Moitisier.
                  Buenas dias
                  Por favor pasa por el bar y toma lo que tiene la gana. Muchas gracias de esta repuesta que me aclara mucho. Yo he leido aqui en la Taberna mucho al nivel de la titulacion Canadiense y no quiero entrar en esta polemica ni poner mas este tema sobre la mesa. Eso dicho pasar practicas me va igual porque no tendre riesgo de equivocacion con el Castellano, y ademas como no he conducido un barco desde anos yo tenia previsto de tomar unas horas de curso de practica para ponerme de nuevo un barco a la mano. Las practicas de radio, si practicas de radio hay tanpoco no deben de ser una problema porque hablo ingles mas o menos como el Castellano y ademas soy oficial de complemento de cavaleria ( tankes ) asi que supongo que haciendo unas manipulaciones me volvera rapidamente el tema.
                  Por lo que es de los Franceses pienso que son como cada uno, hay de los buenos y de los malos.......
                  Aun muchas gracias y muy feliz dia.
                  El Jaco

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                    Originalmente publicado por Ponent Ver Mensaje
                    Hola El Jaco:

                    Si lo que te asusta del examen es el catalán, en España no es problema examinarse en otra comunidad que sea castellano parlante.
                    Los títulos valen para toda España sea cual fuere la comunidad que los expide.

                    Un saludo.

                    P.S. Rien à craindre, c´est relativement facile et ton espagnol n´est pas si mal, crois moi.
                    Buenas dias,
                    Pasa por el bar para tomar lo que quiere. Como he dicho yo de Catalan no lo hablo y comprendo solamente una palabra de vez en cuando. Por lo que es de lo que valen los titulos yo he leido aqui en la Taberna que varias personas han tenido problemas con titulos que tienen de otra comunidad que la comunidad donde estan. Por otra parte por razon personal lo tengo difficil de alejarme de casa mas de un dia.
                    De toda manera muchas gracias para su repuesta y muy feliz dia.
                    El Jaco
                    P.S : Es Frances usted ?

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                      Originalmente publicado por akm1001 Ver Mensaje
                      En mi opinion, deberias intentar hacer valer tu titulo frances y no tener que pasar otro titulo, ya que ello seria una clara discriminacion. Imaginate si cada x tiempo tienes que cambiar tu residencia a otros paises de la UE y en cada uno te obligasen a examinarte...
                      De hecho, los permisos de conducir de la UE son validos en todos los paises de la UE, incluso en España que no puede exigir ningun examen, canje o cualquiera otra traba por imperativo legal de la UE.
                      Pasa lo mismo con los titulos de buceo, antes solo existia y se admitia el de la FEDAS y ahora se admiten todos los internacionales como PADI y otros mas.

                      Te recomiendo acudir a http://ec.europa.eu/solvit/site/index_es.htm, contactar con la oficina de Madrid y exponer tu caso para que te lo resuelvan ya que cualquier titulo de la UE es emitido por su pais correspondiente, que tiene una legislación maritima seria.

                      Si acudes a Solvit, informanos del resultado. Suerte
                      Buenas dias,
                      Vamos a hacer un cafe de primero... Gracias para su repuesta. Voy a mirar Solvit y le dire algo si voy por adelante.
                      Aun gracias y muy feliuz dia.
                      El Jaco

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                        Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                        Pues... nosotros también... intentamos comprender las leyes de los Titulos Españoles



                        Buenas dias,
                        Vamos a tomar algo de primero. Muchas gracias para su repuesta pero si incluso vosotros aun estan intentando comprender yo me lo ve muy mal este tema............
                        Muy femiz dia
                        El Jaco

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                          Originalmente publicado por KLAS Ver Mensaje
                          En Cataluña los exámenes son bilingues, en catalan y castellano, por tanto el idioma no sería un problema, ya que con el castellano te defiendes perfectamente.

                          Lo que no entiendo es por que no puedes seguir navegando con tú titulo obtenido legalmente en Francia.

                          Saludos y unas rondas....
                          Buenas dias,
                          Vamos a hacer cafe de primero. Gracias para su repuesta. Esta bien que en Cataluna los examenes son bilingues, asi que como dice el tema del idioma no seria una problema a parte de las numerosas palabras technicas que pueden revelarse como trampa fatal...............

                          Mi titulo aunque como dicho ya, es totalmente legal, de momento no vale en Espana porque soy residente es decir que tengo mas o menos los mismos derechos pero tambien los mismos deberes que vosotros.

                          Aun gracias y feliz dia

                          El Jaco

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

                            Originalmente publicado por Ponent Ver Mensaje
                            No puede sencillamente porque es residente en España y se le da la misma consideración que a los nacionales (por lo menos en el punto que nos ocupa) Tendria que ser como para el permiso de conducir que te lo canjean sin problemas, pero en naútica todo parece más complicado.
                            Patrón español o residente.= Título español
                            Se habla de unificar títulos europeos para que sea plenamente convalidables, pero para cuando?
                            Saludos y unas cervezas muy frias de mi parte que el calor aprieta.
                            Buenas dias de nuevo,
                            Tiene razon al 100 por 100...........
                            Feliz dia
                            El Jaco

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles



                              Buenos dias.

                              Yo tuve un compañero ingles que se preparo el per en la misma academia que yo. Este es un marino como la copa de un pino y tiene un velero de 12 metros. Resulta que quiere cambiar de barco y abanderarlo en españa asi que tuvo que sacarse el titulo español.
                              Pues resulta que este hombre de español no hablaba casi nada. El dia del examen llevo un diccionario ingles/español de terminos marineros y le dejaron usarlo en el examen.
                              Resultado solamente tres fallos en las 75 preguntas.

                              Me parece que queda claro que el idioma no es ningun impedimento asi que presentate sin miedo que seguro que apruebas a la primera.

                              Un saludo

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