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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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PPER Documentación final a presentar

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  • #46
    Re: PPER Documentación final a presentar

    Bueno pues vamos por la segunda, hoy he vuelto a ir y sigue sin estar a pesar de que la señora funcionaria (o lo que sea) llamó a Palma la semana pasada delante mía y le dijeron que ya estaba listo y que lo mandaban. En fin Crispín esto es como de coña, encima la tía se empezaba a excusar con argumentos como: es que el cartero tiene que ir recogerlo allí y luego cuando llega tienen que traerlo aquí. ¡COÑO! resulta que ya no los mandan vía TAM-TAM como antes buana. Menos mal que le dije que me hacía falta. Es una coña miserable, este país necesita un cambio urgente y profundo.
    Navegar es preciso

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    • #47
      Re: PPER Documentación final a presentar

      Pués yo aquí en Ibiza sigo igual......he ido hoy y tampoco estaba......y lo entregue el 2 de Diciembre..¿alguien lo entiende?..país........

      Comentario


      • #48
        Re: PPER Documentación final a presentar

        Originalmente publicado por TXAKOLI Ver Mensaje
        Pués yo aquí en Ibiza sigo igual......he ido hoy y tampoco estaba......y lo entregue el 2 de Diciembre..¿alguien lo entiende?..país........
        A que te refieres a la homologación del sanitario o al certificado PPER?
        Navegar es preciso

        Comentario


        • #49
          Re: PPER Documentación final a presentar

          A la homologación del sanitario de Lugo. Un amigo de Palma lo entrego y en díez días lo tenía ya. Parece que las islas vecinas somos de segunda......

          A ver si hay suerte esta semana.....

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          • #50
            Re: PPER Documentación final a presentar

            Albricias..por fin llego la homologación del sanitario a Ibiza...tras dos meses......

            Comentario


            • #51
              Re: PPER Documentación final a presentar

              Copio y pego mi post de ésta mañana en el grupo de estudio del PPER:

              Hola Cofrades, una ronda abundante y generosa para todos, que falta nos hace.

              En la convocatoria primera aprobé como casi todos los que nos presentamos, pero ahora y sin ánimo de DESANIMAR, me siento bastante perplejo, por no decir jodido, que eso no se dice..., de ver la cantidad de inconvenientes que siguen poniendo para conseguir algo digno, y merecido para todos cuantos nos hemos esforzado con el sinfín de 'CURSOS ESPECIALES', pérdida de tiempo y mucho,mucho dinero que hemos tenido que gastar, para que al final nos digan que no podemos ejercer el derecho que supuestamente otorga el certificado (firmar prácticas, hacer charter, etc. etc.) si no nos contrata una escuela o empresa cualquiera. O sea, no puede uno trabajar como autónomo, así que si tienes un barquito y pensabas rentabilizar tu tiempo y buscarte un poco la vida, sin dañar a nadie, pues : de eso nada.
              No sé si alguno de vosotros ha indagado ya por otro sitio, o ha encontrado alguna solución legal para poder aplicar todo ésto que hemos aprendido, desde Capitán de Yate hasta el último del sinfín de Cursos que se les ha ocurrido a éstos señores, para que al final uno acabe en el CEPO de la Todopoderosa Administración de la MM.
              Saludos, buena mar y ánimo, que nos hará falta.

              Comentario


              • #52
                Re: PPER Documentación final a presentar

                Informanos, por favor
                ¿dónde y quien de las islas? me urge hacerlo.
                muchas gracias

                Comentario


                • #53
                  Re: PPER Documentación final a presentar

                  sir ray, hay una solución que a mi juicio es la mas logica y mas economica.
                  Si tienes amarre y barco, creas una sociedad limitada y aportas el barco y el amarre a ella.
                  Esa empresa se da de alta en actividades economicas y en su objeto social pones el relatio a charter nautico.
                  Esa empresa es la que te contrata a tí en el regimen general como trabajador de ella.
                  Es así de facil y así de sencillo.
                  Si quieres hacer trampa, te puedes dar de alta en autonomo como pescador o algo asi me dijo el abogado, que es la unica parte de la pesca que permiten en el regimen de autonomos.
                  O tambien puedes hacer como todo dios hasta ahora, que facture supu y en b.
                  Que país.

                  Comentario


                  • #54
                    Re: PPER Documentación final a presentar

                    Creo que si el barco esta a tu nombre (lista 6ª), te das de alta en hacienda como empresario individual, vas a capitanía te enrolas como patrón (siembre lista sexta) en tu barco, y luego vas a la Casa del Mar para que te den de alta en su regimen como por cuenta ajena asimilado, es decir no pagas a Fogasa ni desempleo, pero se puede hacer...me lo comentaron aqui en Ibiza

                    Comentario


                    • #55
                      Re: PPER Documentación final a presentar

                      Originalmente publicado por Sir Ray Charles Ver Mensaje
                      Copio y pego mi post de ésta mañana en el grupo de estudio del PPER:

                      Hola Cofrades, una ronda abundante y generosa para todos, que falta nos hace.

                      En la convocatoria primera aprobé como casi todos los que nos presentamos, pero ahora y sin ánimo de DESANIMAR, me siento bastante perplejo, por no decir jodido, que eso no se dice..., de ver la cantidad de inconvenientes que siguen poniendo para conseguir algo digno, y merecido para todos cuantos nos hemos esforzado con el sinfín de 'CURSOS ESPECIALES', pérdida de tiempo y mucho,mucho dinero que hemos tenido que gastar, para que al final nos digan que no podemos ejercer el derecho que supuestamente otorga el certificado (firmar prácticas, hacer charter, etc. etc.) si no nos contrata una escuela o empresa cualquiera. O sea, no puede uno trabajar como autónomo, así que si tienes un barquito y pensabas rentabilizar tu tiempo y buscarte un poco la vida, sin dañar a nadie, pues : de eso nada.
                      No sé si alguno de vosotros ha indagado ya por otro sitio, o ha encontrado alguna solución legal para poder aplicar todo ésto que hemos aprendido, desde Capitán de Yate hasta el último del sinfín de Cursos que se les ha ocurrido a éstos señores, para que al final uno acabe en el CEPO de la Todopoderosa Administración de la MM.
                      Saludos, buena mar y ánimo, que nos hará falta.

                      Mira...(aunque sea de 1970, está vigente!!!):



                      Decreto 1867/1970, de 9 julio. Reglamento General de la de trabajadores del mar. (B.O.E. de 11 de julio de 1969)


                      …………………………..


                      Artículo 3. Armadores de pequeñas embarcaciones.

                      1. Para que los armadores de pequeñas embarcaciones puedan ser considerados como trabajadores por cuenta propia o autónomos, habrán de reunir las siguientes condiciones:

                      Primera. Que la embarcación no exceda de diez toneladas de registro bruto.

                      Segunda. Que realicen su trabajo a bordo de la embarcación, enrolados en la misma como técnicos o tripulantes.

                      Tercera. Que el número de técnicos y tripulantes enrolados en la embarcación, incluido el armador, no exceda de cinco.

                      2. El Ministerio de Trabajo, a propuesta de la Entidad gestora y previo informe de la Organización Sindical, podrá variar los límites de tonelaje y tripulantes antes indicados, cuando la modalidad de pesca que se realice o las características económicas de la explotación así lo aconsejen.

                      3. Los armadores a que se refiere este artículo, sin perjuicio de su carácter de trabajadores por cuenta propia o autónomos, tendrán la consideración de empresarios, a los efectos de este Régimen Especial, respecto de los demás trabajadores enrolados en su embarcación.


                      Iñaki

                      Comentario


                      • #56
                        Re: PPER Documentación final a presentar

                        La actividad económica podría ser una de estas tres que aparecen en la lista de epígrafes de actividades económicas:

                        2 699 OTROS PROFESIONALES RELAC. TRANSPORTE

                        2 899 OTROS PROF. RELACIONADOS CON SERVICIOS

                        3 049 OTRAS ACTIV. RELACIONADAS DEPORTE NCOP

                        Iñaki

                        Comentario


                        • #57
                          Re: PPER Documentación final a presentar

                          Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                          La actividad económica podría ser una de estas tres que aparecen en la lista de epígrafes de actividades económicas:

                          2 699 OTROS PROFESIONALES RELAC. TRANSPORTE

                          2 899 OTROS PROF. RELACIONADOS CON SERVICIOS

                          3 049 OTRAS ACTIV. RELACIONADAS DEPORTE NCOP


                          Muchas gracias por tu aclaración Iñaki, hay otro cofrade también por aquí que se alegrará de tu mensaje, ya veremos juntos lo que se puede hacer... Una ronda y saludos cordiales !

                          Comentario


                          • #58
                            Re: PPER Documentación final a presentar

                            Aclaración: Yo no soy abogado, ni especialista en la materia laboral, pero he investigado un poco y creo que una hay base legal suficientemente clara para poder desarrollar una actividad como autónomo, si eres armador de un barco de menos de 10 Tns.

                            Mi preocupación se centra en otra situación: Si quieres desarrollar tu actividad como profesional y no tienes barco propio -prestaría mis servicios alquilando a mi nombre barcos de lista 6ª- ¿Qué pasa? ¿Soy considerado armador "temporal"?

                            De hecho, cuando alquilas un barco, eres legalmente su armador...

                            Alguien mencionó en este u otro foro la figura de "armador asociado" o algo así..., pero todavía no he encontrado nada al respecto.

                            En fin, si alguno de vosotros sabe cómo solventar esta situación como autónomo, sin ser además armador, pues le agradeceré (creo que agradeceremos) su ayuda



                            Iñaki

                            Comentario


                            • #59
                              Re: PPER Documentación final a presentar

                              Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver Mensaje
                              Aclaración: Yo no soy abogado, ni especialista en la materia laboral, pero he investigado un poco y creo que una hay base legal suficientemente clara para poder desarrollar una actividad como autónomo, si eres armador de un barco de menos de 10 Tns.

                              Mi preocupación se centra en otra situación: Si quieres desarrollar tu actividad como profesional y no tienes barco propio -prestaría mis servicios alquilando a mi nombre barcos de lista 6ª- ¿Qué pasa? ¿Soy considerado armador "temporal"?

                              De hecho, cuando alquilas un barco, eres legalmente su armador...

                              Alguien mencionó en este u otro foro la figura de "armador asociado" o algo así..., pero todavía no he encontrado nada al respecto.

                              En fin, si alguno de vosotros sabe cómo solventar esta situación como autónomo, sin ser además armador, pues le agradeceré (creo que agradeceremos) su ayuda



                              Iñaki, me temo que si hablamos de Arqueo TRB (no desplazamiento) cualquiera de las embarcaciones habituales en charter superan de largo las 10 Tns. He mirado por curiosidad el certificado de un 44 pies y son 18 TRB. Un 50 pies, 33 TRB.
                              sigpic

                              Comentario


                              • #60
                                Re: PPER Documentación final a presentar

                                Originalmente publicado por Nelson Ver Mensaje
                                Iñaki, me temo que si hablamos de Arqueo TRB (no desplazamiento) cualquiera de las embarcaciones habituales en charter superan de largo las 10 Tns. He mirado por curiosidad el certificado de un 44 pies y son 18 TRB. Un 50 pies, 33 TRB.
                                Muchas gracias Nelson!!

                                No había caido... y me temo que tienes toda la razón...!!! ;-((

                                He mirado algunos ejemplos de diferentes barcos y 10 TRB es, aproximadamente, el arqueo de un 32 ó 30 pies (poco más de 9 metros de eslora).

                                Seguiremos investigando...

                                Iñaki

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                                Trabajando...
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