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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

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  • Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

    Pues Eso Que Me Estoy Planteando Ganarme La Vida Con Un Velero En Lista Sexta, Pero Solo Tengo Las Siguientes Titulaciones Que No Se Si Son Suficientes:

    Patron De Recreo
    Patron Portuario

    Ayudita

  • #2
    Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

    No, no te bastan, ya que le patron portuario, a pesar de ser profesional, solo te vale para la rada del puerto donde estés habilitado.

    Obciones:

    - Patron Profesional de Recreo
    - Patron de Cabotaje o equivalente (en estos momentos es tal la almalgama de titulos que yo no se caules son equivalentes. De ello seguro que aqui alguien te dice cuales.

    Salut i Ron
    Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro.
    (Albert Einstein)

    La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire.
    (Eric Tabarly)


    Navegar no es un lujo, es un derecho

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    • #3
      Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

      Y Si Con Ese Velero No Voy A Navegar Mas Alla De Las 3 Millas De La Costa Tampoco.

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      • #4
        Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

        Me parece que con ese título no se te arregla Creo que deberías ir directamente a capitanía marítima a ver si puedes despachar el barco para la actividad que pretendes, alquiler o lo que sea, y allí te dirán el título y la documentación del barco necesaria (seguro de pasajeros y todo eso) que necesitas. Pero me temo que no . Ya nos dirás

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        • #5
          Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

          Atribuciones: Patrón de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de 3 millas de puerto y que transporten un máximo de 150 pasajeros. Puede ejercer simultáneamente las funciones de patrón y jefe de máquinas, siempre que el buque cuente con los automatismos adecuados y la potencia no rebase los 375 KW en un solo motor, o el doble en dos o más motores.

          Condiciones de los buques

          Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/T.R.B y potencia

          superior a 100 KW.


          Creo que esta nitido y claro, distancia a puerto máxima 3 NM, y tu velero tiene que superar el desplazamiento y la potencia reseñada.

          Para lo que si te sirve PPortuario es para los paseos a turistas esos de entrar y salir de puerto a ver delfines (cuando se dejan ver)
          O en un fondeo de boyas para servir de taxi a las tripulaciones.
          sigpic
          Si acaso sobre babor la verde se deja ver
          sigue avante ojo avizor, debese el otro mover.
          Si a estribor ves colorado debes con cuidado obrar
          pasa a uno u otro lado, para o manda ciar.

          Comentario


          • #6
            Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

            Si que podrias ganarte la vida pero hasta 3millas. Los títulos que siguen al patron portuario son:

            -patrón litoral valido hasta 60 millas
            -patrón de altura no tiene limitación

            Comentario


            • #7
              Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

              el patron portuario solo puede salir a 3 millas de su puerto base pero en algunas capitanias, segun el tipo de costa que tengan te hacen una
              excepcion ya que en costas como las de mallorca norte existen varios puertos de emergenciao refugio , por temporales, barcos con problemas etc. si t va a la capitania marina y en tu costa existe un tipo de puerto que esten cerca uno del otro a lo mejor te despacha el barco con mas millas.
              un amigo mio lo hizo asi y ahora tiene una embarcacion de charters que le dejan actuar dentro un radio de 20 millas.
              y la otra solucion es poner el barco en una sociedad limitada tu buscas tus clientes i cuando tengas un viage la sociedad limitada te alquile el barco a ti con el titulo del per i asi no tienes limites de millas.

              Comentario


              • #8
                Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                Hola soy patron portuario de mallorca, referente a las 3 millas, no son del puerto base, son de algun puerto o abrigo o refugio con lo cual nosotros aqui podemos navegar por toda la isla, menos la costa norte alli lo deberiamos hacer desde el unico puerto que hay que es soller. en cuanto a esto aqui por ejemplo la mayoria de los barcos en verano vienen a las playas y calas que son muy bonitas, con lo cual si puedes trabajar en un barco de charter es raro que se quieran alejar de la costa y normalmente suelen ir a dormir a puerto, ademas para cualquier actividad que se haga en la costa, buceo, bananas, ski,parapente etc la ley obliga a contratar como minimo un patron portuario y esto afortunadamente cada vez lo exigen mas, tambien te puede contratar una empresa de charter si quiere y su navegacion es costera como aqui. espero que os sirva
                un saludo

                Comentario


                • #9
                  Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                  Ah otra cosa que se me olvidaba! los 375kw de los que hablais equivalen en la practica a poder llevar dos motores de 500 caballos cada uno! creo que suficiente no? y el minimo de gt no es exactamente com decis pues ya os explique que la actividades anteriores necesitan de un patron portuario en ese aspecto creo que son a partir de 7, 5 m pero el tamaño ahora mismo no lo recuerdo bien ya os lo mirare

                  chao

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                    otra cosa nuestro titulo nos habilita para llevar hasta 150 pasajeros tambien

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                      Supongo que puedes explotarlo con el título de artificiero.




                      Perdón, perdón ya me voy, es que no he podido evitarlo.
                      No te pierdas la I KDD de Citruénigo de las Dehesas
                      Refociles en la era y fornicios varios

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                        Originalmente publicado por ashiniko Ver Mensaje
                        otra cosa nuestro titulo nos habilita para llevar hasta 150 pasajeros tambien
                        Queria hacerte algunas preguntas sobre... Que tengo que hacer porque tu leas los mensajes en Taringa???

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                          Pregunta: ¿quien le factura a tus clientes en este caso?

                          Originalmente publicado por pagara Ver Mensaje
                          ...la otra solucion es poner el barco en una sociedad limitada tu buscas tus clientes i cuando tengas un viage la sociedad limitada te alquile el barco a ti con el titulo del per i asi no tienes limites de millas.

                          gracias y unas birras para todos!

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                            No estoy muy seguro, pero pensaba que los patrones portuarios sólo podían patronear embarcaciones o buques matriculados en lista 5ª (lista quinta) ¿Es así o no?


                            ¿Un patrón portuario puede patronear embarcaciones y/o buques matriculados en las listas 6ª y/o 2ª?

                            Iñaki

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

                              yo conozco patrones portuarios que patronean barcos de la 4ª lista....

                              del boe, real decreto 62/1999, de 30 de diciembre, no habla de lista.

                              Artículo 12.Patrón Portuario.
                              Se crea el título profesional de Patrón Portuario, con
                              los siguientes requisitos de obtención y atribuciones:
                              A) Requisitos de obtención:
                              a) Haber cumplido veinte años de edad.
                              b) Haber realizado un período de embarque superior
                              a veinticuatro meses, al menos doce de ellos en el
                              servicio de puente como marinero de la guardia de nave-
                              gación y otros doce meses en el servicio de máquinas.
                              c) Superar la prueba de idoneidad profesional que
                              se determine por el Ministerio de Fomento, de acuerdo
                              con las normas de competencia de la sección A-II/3
                              del Código de Formación.
                              B) Atribuciones:
                              Ejercer como patrón de buques mercantes de arqueo
                              bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones
                              que no se alejen más de 3 millas de un puerto y que,
                              en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros.
                              Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embar-
                              cación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo
                              permita las características de la embarcación y la poten-
                              cia propulsora no rebase los 375 kW en un sólo motor
                              o el doble de la citada potencia propulsora en dos o
                              más motores.

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