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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

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  • #16
    Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

    Originalmente publicado por CAPITAN SEPIA Ver Mensaje
    Hola, unas birras para todos.

    Yo estoy en este caso.
    Soy Técnico Superior, y doy clases desde PNB hasta Capitán de Yate en una escuela Homologada.
    Basta con el título académico que se obtiene tras los 15 meses más las prácticas en empresa para dar clases.
    Para las prácticas de seguridad, son los mismos títulos que para los estudios teóricos (en el BOE dice que los instructores han de cumplir los requisitos del mismo artículo 24 más el Anexo VI).
    Lo del Anexo VI hace referencia a que, además, para las prácticas de Radiocomunicaciones, hay que tener el Certificado de Especialidad de Operador General o Restringido del SMSS (con el Restringido puedes dar a PNB y PER, y con el General todos).
    Espero haberos ayudado.
    Saludos.
    Hola , gracias , esto ya parece que aclara algo

    Comentario


    • #17
      Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

      Originalmente publicado por CAPITAN SEPIA Ver Mensaje
      Hola, unas birras para todos.

      Yo estoy en este caso.
      Soy Técnico Superior, y doy clases desde PNB hasta Capitán de Yate en una escuela Homologada.
      Basta con el título académico que se obtiene tras los 15 meses más las prácticas en empresa para dar clases.
      Para las prácticas de seguridad, son los mismos títulos que para los estudios teóricos (en el BOE dice que los instructores han de cumplir los requisitos del mismo artículo 24 más el Anexo VI).
      Lo del Anexo VI hace referencia a que, además, para las prácticas de Radiocomunicaciones, hay que tener el Certificado de Especialidad de Operador General o Restringido del SMSS (con el Restringido puedes dar a PNB y PER, y con el General todos).
      Espero haberos ayudado.
      Saludos.
      Vamos a ver si me entero yo. Estoy en la misma situación que tú. Soy técnico superior y me quedan unos meses para acabar el embarque y ser patrón de altura sin mando. Sé que teniendo la titulación académica se puede dar clases TEORICAS en escuelas homologadas. De las prácticas de seguridad, estuve hace tiempo en la capitanía de Alicante, y me dijeron que para poder firmarlas PATRÓN DE ALTURA, aunque no se tenga mando, pero sí tener la tarjeta profesional. Te agradecería, si lo que dices es cierto, me dijeras donde puedo ir a informarme mejor pues estoy muy interesado en el tema.
      Agradecido de antemano
      Saludos
      www.cazandovelas.blogspot.com

      Clases particulares y Prácticas oficiales de navegación y seguridad

      Comentario


      • #18
        Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

        Acabo de hablar con la DGMM y me han dicho que en el BOE 5-1-2009 hay una resolución en la que se explica las titulaciones necesarias para firmar prácticas de seguridad. Y por lo que me han dicho necesitas ser Capitán de la Marina Mercante Piloto, Patron de altura, Patrón mayor de cabotaje, Patrón mayor de pesca. Patrón de litoral Patrón de cabotaje.
        Saludos
        www.cazandovelas.blogspot.com

        Clases particulares y Prácticas oficiales de navegación y seguridad

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        • #19
          Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

          pero eso no es lo que pone en el boe de más arriba


          Comentario


          • #20
            Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

            Originalmente publicado por tam Ver Mensaje
            pero eso no es lo que pone en el boe de más arriba

            Sí, pero el BOE que te digo yo es posterior al BOE que tú citas, en él viene aclarado lo referente al BOE de Noviembre de 2007.
            www.cazandovelas.blogspot.com

            Clases particulares y Prácticas oficiales de navegación y seguridad

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            • #21
              Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación


              Comentario


              • #22
                Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                Originalmente publicado por tam Ver Mensaje
                Nada chico que hay que hacer el embarque. y después
                www.cazandovelas.blogspot.com

                Clases particulares y Prácticas oficiales de navegación y seguridad

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                • #23
                  Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                  Está claro , pero se hace muy largo, hay que hacerlo , pero mientras si se podía , eso que ganas


                  Comentario


                  • #24
                    Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                    Originalmente publicado por carioca Ver Mensaje
                    Acabo de hablar con la DGMM y me han dicho que en el BOE 5-1-2009 hay una resolución en la que se explica las titulaciones necesarias para firmar prácticas de seguridad. Y por lo que me han dicho necesitas ser Capitán de la Marina Mercante Piloto, Patron de altura, Patrón mayor de cabotaje, Patrón mayor de pesca. Patrón de litoral Patrón de cabotaje.
                    Saludos
                    O PPER para PER y PNB.

                    Iñaki

                    Comentario


                    • #25
                      Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                      Que corran unas birras para todos.

                      Respondo a Carioca e Iñaki:

                      No existe ninguna resolución sobre las prácticas de seguridad, y menos aún en el BOE 5-1-2009.
                      Iñaki, por supuesto tienes toda la razón, lo habíamos olvidado.

                      Os propongo un tema para que me comentéis: Un Técnico Superior , sin Tarjeta Profesional, pero con el certificado de Formación Básica, Pasaje, Sanidad Específica y Radio........... ¿en qué se diferenciaría de un PPER para poder o no ser instructor de prácticas de seguridad de PNB y Per?
                      ¿El Capitán de Yate estudió algo distinto al T.Superior, o viceversa?
                      Yo, que primero fui Capitán de Yate, después PPER, luego Técnico Superior y por fin, Patrón de Altura (aunque sin mando aún), os garantizo que donde más prácticas de seguridad realicé fue en la Escuela Náutico-Pesquera, además de en los Certificados de Especialidad. Como Capitán de Yate, las prácticas obligatorias y poco más.


                      Carioca, ayer he recogido en Capitanía la tarjeta de Patrón de Altura (sin mando), pero te garantizo que he firmado prácticas con Técnico Superior simplemente. Estoy intentando averiguar algo más al respecto, te mantendré informado.
                      Saludos.

                      Comentario


                      • #26
                        Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                        Originalmente publicado por CAPITAN SEPIA Ver Mensaje
                        Que corran unas birras para todos.

                        Respondo a Carioca e Iñaki:

                        No existe ninguna resolución sobre las prácticas de seguridad, y menos aún en el BOE 5-1-2009.
                        Iñaki, por supuesto tienes toda la razón, lo habíamos olvidado.

                        Os propongo un tema para que me comentéis: Un Técnico Superior , sin Tarjeta Profesional, pero con el certificado de Formación Básica, Pasaje, Sanidad Específica y Radio........... ¿en qué se diferenciaría de un PPER para poder o no ser instructor de prácticas de seguridad de PNB y Per?
                        ¿El Capitán de Yate estudió algo distinto al T.Superior, o viceversa?
                        Yo, que primero fui Capitán de Yate, después PPER, luego Técnico Superior y por fin, Patrón de Altura (aunque sin mando aún), os garantizo que donde más prácticas de seguridad realicé fue en la Escuela Náutico-Pesquera, además de en los Certificados de Especialidad. Como Capitán de Yate, las prácticas obligatorias y poco más.


                        Carioca, ayer he recogido en Capitanía la tarjeta de Patrón de Altura (sin mando), pero te garantizo que he firmado prácticas con Técnico Superior simplemente. Estoy intentando averiguar algo más al respecto, te mantendré informado.
                        Saludos.
                        esto me gusta , eso es lo que estaba preguntando , si solo con los estudios académico se podía firmar , y como dices si tienes todos los cursos complementarios , ¿ en que se diferencia del pper ? muy bien expuesto.
                        Lo que no entiendo es porque te hacen llegar a patrón de altura sin mando para convalidar el pper y no ya con el técnico superior , si ya eres capitan de yate y tienes todos los cursos complementarios.

                        Comentario


                        • #27
                          Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                          Originalmente publicado por Nacheras Ver Mensaje
                          Hombre, lo de dar clases teóricas no me parece incorrecto, en cuanto a las practicas yo pediría que al menos estuvieras en posesión de la tarjeta profesional. Todo ello sin poner en duda tus habilidades y en evitación de intrusismo en el sector


                          Me gustaría, para poder responderte con criterio, que me explicases la gran diferencia que encuentras.
                          Un Técnico Superior, un Patrón de Altura, un Capitán de Yate y un PPER, pueden todos ser unos profesionales del mar estupendos o simplemente tener unos buenos conocimientos teóricos y ser unos pésimos navegantes, instructores o profesores.
                          Saludos.

                          Comentario


                          • #28
                            Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                            Originalmente publicado por CAPITAN SEPIA Ver Mensaje
                            Que corran unas birras para todos.

                            Respondo a Carioca e Iñaki:

                            No existe ninguna resolución sobre las prácticas de seguridad, y menos aún en el BOE 5-1-2009.
                            Iñaki, por supuesto tienes toda la razón, lo habíamos olvidado.

                            Os propongo un tema para que me comentéis: Un Técnico Superior , sin Tarjeta Profesional, pero con el certificado de Formación Básica, Pasaje, Sanidad Específica y Radio........... ¿en qué se diferenciaría de un PPER para poder o no ser instructor de prácticas de seguridad de PNB y Per?
                            ¿El Capitán de Yate estudió algo distinto al T.Superior, o viceversa?
                            Yo, que primero fui Capitán de Yate, después PPER, luego Técnico Superior y por fin, Patrón de Altura (aunque sin mando aún), os garantizo que donde más prácticas de seguridad realicé fue en la Escuela Náutico-Pesquera, además de en los Certificados de Especialidad. Como Capitán de Yate, las prácticas obligatorias y poco más.


                            Carioca, ayer he recogido en Capitanía la tarjeta de Patrón de Altura (sin mando), pero te garantizo que he firmado prácticas con Técnico Superior simplemente. Estoy intentando averiguar algo más al respecto, te mantendré informado.
                            Saludos.
                            Estoy totalmente de acuerdo contigo, he realizado muchas más prácticas en el instituto que haciendo el capitán de yate. Además cuando saqué el capitán todavía no había el control que hay ahora, con lo cual las prácticas fue solo un paseo en barco, y encima ni me dejaron sacar la meridiana al sol porque había que ir al fondeo a comer.
                            ¿Por qué tienen más facilidad los PPER que los tecnicos superiores que además de los 15 meses de estudios tienen que hacer un año de embarque? No lo sé, perogrulladas de la administración. Aunque a alguno le viene bastante bien, y no quiero entrar en polémicas. Lo que dije ayer, fue lo que me dijeron en la DGMM,. y no los que hacen los trámites para las titulaciones de recreo, sino gente de más arriba. y estoy como loco por acabar el embarque para hacer lo que me gusta. De todas formas esta semana iré a capitanía Marítima a ver que me dicen. ¿me podrías decir donde lo has hecho tú para informarme?
                            Saludos
                            www.cazandovelas.blogspot.com

                            Clases particulares y Prácticas oficiales de navegación y seguridad

                            Comentario


                            • #29
                              Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                              Carioca, ayer he recogido en Capitanía la tarjeta de Patrón de Altura (sin mando), pero te garantizo que he firmado prácticas con Técnico Superior simplemente. Estoy intentando averiguar algo más al respecto, te mantendré informado.
                              Saludos.




                              Me parece extraño, lo que comenta sepia arriba, pues las atribuciones de patron de altura sin mando que pone la tarjeta no puedes ejercer de Capitán, por lo tanto como la capitanía te admite el despacho del buque??si no tienes mando, a no ser que hayas despachado como patron profesional de recreo, pero no puedes hacer las prácticas de vela, y solo para el pnb y per.

                              Es como un diplomado o licenciado nautico recién salido de la carrera tiene los cursos de formación marítima, tiene la titulacion teórica, pero no le admiten el despacho sino tiene una titulacion profesional donde tenga mando. Es el mismo caso que el tuyo. Me extraña mucho que hayas despachado como patron de altura sin mando en capitania. De todos modos la proxima semana lo consultaré con capitania de barcelona.

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                              • #30
                                Re: puede dar prácticas de per un tecnico superior en navegación

                                Hola , yo estoy preguntando si se puede dar clase con técnico superiro , y por lo que parece hay gente que lo ha hecho , bueno eso es una cosa.
                                Otra , yo veo lógico que puedas dar practicas con patro de altura sin mando , vale no tienes mando , pero capitanía te lo permite ,¿ como no te va a permitir tras dos años de estudio y 15 meses de embarque ? Un pper sin embarque si puede y no ha hecho embarque y si se te da bien no estudias dos años .
                                Que yo estoy a favor de que trabajen los dos , pero que con 15 meses y que no tengas mando para un mercante , vale , pero para un velero ....no tendría lógica.
                                Bueno a ver si descubrimos más cosas .


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