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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

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  • PY Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

    Hola,

    Quería consultaros que opináis de la siguiente pregunta si creéis que es clarisima la respuesta.

    Corresponde al examen de Castellón de la última convocatoria.

    --> Navegando en aguas territoriales españolas recibimos una llamada de socorro de un buque de bandera extranjera en alta mar. Al acudir en su auxilio nos encontramos con que el buque en peligro ya se ha hundido pero conseguimos salvar dos náufragos de dicho buque. ¿Dará derecho el salvamento de los náufragos a remuneración por salvamento?

    a) Sí porque al haberse producido el salvamento de personas se presupone que ha habido un resultado útil.
    b) Sí, porque aunque no se haya salvado el buque y por tanto no haya habido resultado útil el salvamento de vidas humanas da lugar a remuneración.
    c) No, porque no ha habido resultado útil.
    d) No, porque el salvamento de vidas humanas nunca da derecho a remuneración.


    Según la plantilla es la C, pero en todos los apuntes que tengo y buscando por internet copio textualmente disculpen las mayúsculas (es que estaba en mayúsculas) dice que "NO HAY PRIMA ALGUNA POR EL SALVAMENTO DE VIDAS HUMANAS" y la pregunta refiriéndose a que consigue salvar 2 náufragos, ¿no creéis que es la D? En vez de la C que dice que no porque no ha habido resultado útil.

    Es que el problema que he suspendido por una pregunta esta asignatura y cuando me lo corrigieron me contaron esta como buena y me dijeron que había aprobado. ¿Vale la pena hacer una reclamación o es perder el tiempo porque hay algo que se me escapa y estoy razonando la respuesta erróneamente?


    Muchas gracias por vuestra atención

  • #2
    Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

    Definitivamente es la D , el salvamento de vida nunca da lugar a retribución .

    Comentario


    • #3
      Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

      Totalmente de acuerdo con la respuesta D.
      A reclamar, sobretodo si está en juego el aprobado.

      Comentario


      • #4
        Es una pregunta con trampa. Tanto la c como la d son validas si os fijáis. Ahora bien, cual es mas valida? Estoy de acuerdo que debería ser la D. Seguro que hay un matiz que hace que sea la c mas correcta, matices como
        El termino salvamento que significa? ( de acuerdo a la legislación)
        O matices como el contexto de la pregunta, en la que acudes a salvar un barco, pero al final no salvas un barco sino vidas humanas...
        Por mi parte, yo hubiera puesto la d seguro

        Comentario


        • #5
          Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

          Originalmente publicado por bote-gin Ver Mensaje
          Es una pregunta con trampa. Tanto la c como la d son validas si os fijáis. Ahora bien, cual es mas valida? Estoy de acuerdo que debería ser la D. Seguro que hay un matiz que hace que sea la c mas correcta, matices como
          El termino salvamento que significa? ( de acuerdo a la legislación)
          O matices como el contexto de la pregunta, en la que acudes a salvar un barco, pero al final no salvas un barco sino vidas humanas...
          Por mi parte, yo hubiera puesto la d seguro
          Es inequívocamente la D , ( la C quizás también , salvo que se sobreentienda resultado ECONOMICO no hay resultado más útil que salvr vidas ) . Si valieran ambas debería haber una 3ª del tenor de "son válidas C y D " que sría la correcta. Reclama , ganas seguro . Bueno , algún tribunal hace de su capa un sayo . Ya nos contarás .
          Saludos y suerte , justicia más bien .
          Editado por última vez por sabicas; 24/10/2012, 10:08:23.

          Comentario


          • #6
            Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

            El artículo 2 de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre, sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos dice lo siguiente:

            Todo acto de auxilio o salvamento que haya producido un resultado útil dará lugar a una remuneración equitativa.

            No se deberá ninguna remuneración si el socorro prestado no llegase a producir resultados útiles.

            La suma que deba pagarse no podrá exceder, en ningún caso, del valor de las cosas salvadas.

            La remuneración exigible a consecuencia de las operaciones de auxilio o salvamento corre a cargo del armador del buque o explotador de la aeronave objeto de aquéllas, sin perjuicio del derecho de repetición que pueda corresponderle.


            El artículo 10 de la misma Ley dice lo siguiente:

            <<Las personas salvadas no están obligadas al pago de ninguna remuneración.>>


            En mi opinión la respuesta c es la correcta , el hecho de no alcanzar resultados útiles en el salvamento del buque da como resultado el no tener derecho a ninguna reclamación por gastos de combustible para desplazarse hasta el lugar y otros posibles gastos por demora de nuestro propio buque

            Creo que la respuesta más correcta es la c porque incluye las dos variables , tanto la del buque como la del salvamento de la vida, en el mar (de sobras es conocido por todos que el salvamento de vidas es gratuito y no hace falta ni mencionarlo) mientras que la respuesta d es más incompleta ya que únicamente se refiere al salvamento de personas.

            Típica pregunta para pillar al personal...

            Comentario


            • #7
              Justo a eso me refería whitecast, mira como la legislación diferencia entre socorro y salvamento. La pregunta hace referencia exclusivamente a salvamento, en ninguna momento habla de socorrer.
              Por eso la respuesta es la c.
              Pero desde luego yo hubiera caído ahí.

              Comentario


              • #8
                Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                Originalmente publicado por marcella Ver Mensaje
                Hola,

                Quería consultaros que opináis de la siguiente pregunta si creéis que es clarisima la respuesta.

                Corresponde al examen de Castellón de la última convocatoria.

                --> Navegando en aguas territoriales españolas recibimos una llamada de socorro de un buque de bandera extranjera en alta mar. Al acudir en su auxilio nos encontramos con que el buque en peligro ya se ha hundido pero conseguimos salvar dos náufragos de dicho buque. ¿Dará derecho el salvamento de los náufragos a remuneración por salvamento?

                a) Sí porque al haberse producido el salvamento de personas se presupone que ha habido un resultado útil.
                b) Sí, porque aunque no se haya salvado el buque y por tanto no haya habido resultado útil el salvamento de vidas humanas da lugar a remuneración.
                c) No, porque no ha habido resultado útil.
                d) No, porque el salvamento de vidas humanas nunca da derecho a remuneración.


                Según la plantilla es la C, pero en todos los apuntes que tengo y buscando por internet copio textualmente disculpen las mayúsculas (es que estaba en mayúsculas) dice que "NO HAY PRIMA ALGUNA POR EL SALVAMENTO DE VIDAS HUMANAS" y la pregunta refiriéndose a que consigue salvar 2 náufragos, ¿no creéis que es la D? En vez de la C que dice que no porque no ha habido resultado útil.

                Es que el problema que he suspendido por una pregunta esta asignatura y cuando me lo corrigieron me contaron esta como buena y me dijeron que había aprobado. ¿Vale la pena hacer una reclamación o es perder el tiempo porque hay algo que se me escapa y estoy razonando la respuesta erróneamente?


                Muchas gracias por vuestra atención

                Tal como está la pregunta formulada: "Dará derecho EL SALVAMENTO DE LOS DOS náufragos a ..." Creo que es la D. No habla si dará derecho el hecho del auxilio al barco . La pregunta no habla de cosas. Habla explicítamente de los náufragos... Creo que puedes impugnar , en mi opinión
                "¿La mar?. No hay mejor madre para un pescador, ni esposa para un marino, ni hay mejor sepultura para enterrar un navegante."
                "En tierra, el infinito queda arriba, mirando las estrellas. En la mar, el infinito puede que sea la próxima ola..." G. Walter Laplace.

                Comentario


                • #9
                  Justo; habla de salvamento de los dos náufragos, no de socorro de los naufragos. Por ese matiz no es la d.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                    Originalmente publicado por bote-gin Ver Mensaje
                    Justo; habla de salvamento de los dos náufragos, no de socorro de los naufragos. Por ese matiz no es la d.
                    Cierto, pero la C habla de que "No ha resultado útil". Incluso con el matiz no se puede aplicar al caso. Porque entonces no debería referirse al salvamento de los dos náufragos, sino del barco. Si no leo mal, la pregunta la hace sobre el salvamento de los naúfragos, y la respuesta c hace referencia al salvamento del barco. ¿No?

                    Yo sigo pensando que es impugnable. Bueno, es una opinión.
                    "¿La mar?. No hay mejor madre para un pescador, ni esposa para un marino, ni hay mejor sepultura para enterrar un navegante."
                    "En tierra, el infinito queda arriba, mirando las estrellas. En la mar, el infinito puede que sea la próxima ola..." G. Walter Laplace.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                      Originalmente publicado por sabicas Ver Mensaje
                      Es inequívocamente la D , ( la C quizás también , salvo que se sobreentienda resultado ECONOMICO no hay resultado más útil que salvr vidas ) . Si valieran ambas debería haber una 3ª del tenor de "son válidas C y D " que sría la correcta. Reclama , ganas seguro . Bueno , algún tribunal hace de su capa un sayo . Ya nos contarás .
                      Saludos y suerte , justicia más bien .

                      Muchas gracias a todos, al final si que reclame. En un principio me dijeron donde presente la reclamación que en 10/12 días saldría la resolución. Pero hoy he llamado al 012 perteneciente a conselleria y me han dicho que tardaran unos 3 meses en contestarme la resolución y la chica que me atendía por teléfono me ha dicho que ha hablado con ellos y que no van a rectificar ninguna contestación ni a realizar revisiones. Que desde que esta el nuevo tribunal no se modifican notas provisionales.

                      Me ha dicho que me presente al próximo examen de diciembre y que si apruebo y a los 3 meses me dieran la razón me devolverían las tasas. Me ha extrañado todo esto porque no le he dicho en ningún momento ni la titulación por la que estoy esperando la respuesta ni ninguna identificación. ¿Sabéis si esto es normal, os ha pasado a alguien mas?

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                        [B] Navegando en aguas territoriales españolas recibimos una llamada de socorro de un buque de bandera extranjera en alta mar. Al acudir en su auxilio nos encontramos con que el buque en peligro ya se ha hundido pero conseguimos salvar dos náufragos de dicho buque. ¿Dará derecho el salvamento de los náufragos a remuneración por salvamento?

                        a) Sí porque al haberse producido el salvamento de personas se presupone que ha habido un resultado útil.
                        b) Sí, porque aunque no se haya salvado el buque y por tanto no haya habido resultado útil el salvamento de vidas humanas da lugar a remuneración.
                        c) No, porque no ha habido resultado útil.
                        d) No, porque el salvamento de vidas humanas nunca da derecho a remuneración.[B]

                        La pregunta es muy concreta:
                        ¿Dará derecho el salvamento de los náufragos a remuneración por salvamento?

                        La respuesta es tambien muy concreta:

                        d) No, porque el salvamento de vidas humanas nunca da derecho a remuneración

                        Otra cosa es que huebieran preguntado: si el salvamento (sin especificar nada mas) da lugar a remuneración.

                        Ahí si que se aprecia pregunta trampa.

                        No obstante si especifican claramente que son vidas humanas, lo más claro es la D.

                        Creo que es perfectamente defendible la respuesta D.

                        Es que se tiene que enseñar a poner preguntas "trampa", si es que quieren ponerlas, como mínimo que se esfuerzen un poco.

                        Hasta el supremo o tribunal de la Haya si hace falta.

                        Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                        EA 3 CBT

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                          Tambien hay que tener en cuenta que cuando se recibe una señal de socorro y se acude, no se va con la intención de que se va a sacar "tajada" del problema ajeno.

                          Por tanto, la respuesta C, es para pensar:

                          "me cachis (me olvido de los que he rescatado). y maldigo mi suerte por no haber podido salvar nada del barco hundido.
                          Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                          EA 3 CBT

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                            Originalmente publicado por marcella Ver Mensaje
                            Hola,


                            --> Navegando en aguas territoriales españolas recibimos una llamada de socorro de un buque de bandera extranjera en alta mar. Al acudir en su auxilio nos encontramos con que el buque en peligro ya se ha hundido pero conseguimos salvar dos náufragos de dicho buque. ¿Dará derecho el salvamento de los náufragos a remuneración por salvamento?

                            a) Sí porque al haberse producido el salvamento de personas se presupone que ha habido un resultado útil.
                            b) Sí, porque aunque no se haya salvado el buque y por tanto no haya habido resultado útil el salvamento de vidas humanas da lugar a remuneración.
                            c) No, porque no ha habido resultado útil.
                            d) No, porque el salvamento de vidas humanas nunca da derecho a remuneración.


                            Según la plantilla es la C, pero en todos los apuntes que tengo y buscando por internet copio textualmente disculpen las mayúsculas (es que estaba en mayúsculas) dice que "NO HAY PRIMA ALGUNA POR EL SALVAMENTO DE VIDAS HUMANAS" y la pregunta refiriéndose a que consigue salvar 2 náufragos, ¿no creéis que es la D? En vez de la C que dice que no porque no ha habido resultado útil.

                            Es que el problema que he suspendido por una pregunta esta asignatura y cuando me lo corrigieron me contaron esta como buena y me dijeron que había aprobado. ¿Vale la pena hacer una reclamación o es perder el tiempo porque hay algo que se me escapa y estoy razonando la respuesta erróneamente?


                            Muchas gracias por vuestra atención

                            La respuesta de la reclamación sobre dicha pregunta por parte del tribunal, ha sido:

                            Artículo 2.

                            Todo acto de auxilio o salvamento que haya producido un resultado útil dará lugar a una remuneración equitativa.

                            No se deberá ninguna remuneración si el socorro prestado no llegase a producir resultados útiles.

                            La suma que deba pagarse no podrá exceder, en ningún caso, del valor de las cosas salvadas.

                            La remuneración exigible a consecuencia de las operaciones de auxilio o salvamento corre a cargo del armador del buque o explotador de la aeronave objeto de aquéllas, sin perjuicio del derecho de repetición que pueda corresponderle.

                            Artículo 7.

                            La tercera parte de la remuneración que se señale como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, una vez deducidos los gastos e indemnización por daños y perjuicios, corresponderá al armador del buque o explotador de la aeronave auxiliadores.

                            En los dos tercios restantes participarán:

                            1.-Los componentes de la dotación.

                            2.-Las personas ajenas a la misma que cooperan con ella eficazmente.

                            3.-Los salvadores de vidas humanas, aunque no pertenezcan al buque o aeronave auxiliadores.

                            Y me argumentan textualmente: "Los salvadores de vidas humanas solo tendrán derecho a remuneraciones cuando el salvamento haya producido un resultado útil que en el caso que nos ocupa no lo habido, ya que el buque en peligro ya estaba hundido.

                            El salvamento de personas por si solo no da derecho a indemnización alguna, más bien es una obligación por ley a prestar auxilio. Por lo que la respuesta correcta es la C.


                            Yo sigo pensando que esta mal redactada si quieren que esa sea la contestación correcta, porque me parece que si quieren que sea esa hay una clara contradicción como han planteado la pregunta porque el articulo 10 me parece muy claro (donde dice que el salvamento de vidas humanas nunca dará derecho a remuneración ya que es una de sus posibles contestación y la que yo pensaba que era correcta
                            Editado por última vez por marcella; 16/11/2012, 14:53:20.

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                            • #15
                              Re: Consulta pregunta de legislación, Patrón yate

                              Llego tarde a esta conversación y no creo que pueda aportar gran cosa....de todos modos me gustaría dejar una reflexión:

                              Quien haya redactado esta pregunta debería hacer una simple comprobación: ¿qué porcentaje de examinados han respondido correctamente? si el porcentaje es menor de un, digamos 25%, la pregunta está mal planteada y debería ser anulada.

                              Si se hubiese redactado de la siguiente manera, por ejemplo, ¿sería más clara?

                              ¿Dará derecho la intervención a remuneración por salvamento?

                              Lo dicho, casi seguro que la inmensa mayoría de examinados respondió mal y por lo tanto la pregunta no es válida.....Hacer preguntas de examen no es fácil...

                              Saludos

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