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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Convalidación del Patrón Profesional de Yates

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  • Generales Convalidación del Patrón Profesional de Yates

    Hola Cofrades; una ronda de mi cuenta o dos

    Tengo una duda y me gustaría exponerla aquí para ver si algún cofrade me puede sacar de dudas.

    Yo tengo el técnico superior de puente, y todos los certificados profesionales que me he sacado durante los dos añitos que he invertido en ello.

    Tengo el capitán de yates y fuí a Capitanía Maritima de Las Palmas para ver si podia obtener el PPER pero me han dicho que debo tener la tarjeta profesional de Patrón de altura (Es decir, los días ), pero y he leído que lo puedes convalidar con:
    Capitán de yates y los certificados de Operador general de Radio, Ro-Ro, y Sanitario avanzado ( Los cuales tengo, engtre otros), y una declaración responsable de haber navegado 50 días y 5 travesías de más de 60 millas....... ( yo llevo toda la vida navegando en vela ligera y cruceros, claro son éstos últimos pertenecientes a la lista 7ª).

    Mi pregunda es sobre la declaración responsable:

    Es lo mismo que una declaración jurada o se refiere a justificación de días en buques pertenecientes a las listas de la 1ª a la 6ª, que son profesionales??????

    Gracias a todos y espero poder discutir ésto con algún cofrade experimentado.

    Concon

  • #2
    Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

    Por experiencia, casi tanto les da donde hayas estado embarcado, ni lista ni barco, simplemente para ellos es importante la declaración que las sumas esten bien, de días y de millas, ni se te la miraran, ya lo veras
    Saludos

    Comentario


    • #3
      Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

      Algo así pensaba que sería y también que depende un poco de cada Capitanía, pero en la de las Palmas creo que no tienen ni idea, porque me están pidiendo la tarjeta profional de Patrón de altura, es decir, los días,...., pero éstos te habilitan para 350 pasajeros y el PPER es sólo para 12, lo que no tiene ni pies ni cabeza que te exijan los días para un título inferior.

      Comentario


      • #4
        Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

        Creo que la información que tienes no es correcta.

        Hay 2 únicas posibilidades de conseguir el PPER:

        1ª.- Convalidación de Título Profesional, es decir, con los días de mar.

        2ª.- Capitán de yate + Cursos + Examen + Declaración jurada.


        La que tu planteas: Título académico (sin días de mar) + Cursos + Declaración jurada, y SIN exámen, me parece que no está contemplada en la ley.

        Si me confundo, que me corrijan.

        Y respecto a lo de título inferior, no tengo tan claro que sea una cuestión de jerarquía de títulos. Cómo se explicaría entonces los cientos de titulados profesionales que han solicitado la convalidación del PPER. Me parece que es un tema de especialidad, es decir, que es el título adecuado para embarcaciones de recreo. Pero también puedo estar confundido en esto y haber otras razones que justifique pedir la convalidación.

        Editado por última vez por Mateando; 29/08/2013, 07:26:11.
        sigpic
        www.itsasamezten.com
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        • #5
          Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates



          El Certificado de Especialidad (no título) de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo y las dudas al respecto:

          - La Capitanía Marítima es competente y debe resolver esas dudas.

          - Si la Capitanía Marítima no sabe (con perdón), cosa frecuente, lo mejor es consultar a la DGMM.

          - Si la DGMM no lo resuelve correctamente (cosa habitual) se debe a que uno ha nacido en un país marítimo que tiene unos dirigentes incapaces, que actúan como si fuéramos de secano.

          De paso, lo que han hecho con el PPER les retrata. Solo hay que ver el programa absurdo que exigen y cuya finalidad oculta y cierta es poner las máximas pegas posibles para que los Capitanes de Yate no ejerzan como PPER.

          Saludos

          Comentario


          • #6
            Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

            Al menos por aquí en Catalunya para que te convaliden el PPER necesitas tener los primeros 12 meses de mar como marinero de puente o como alumno.

            Comentario


            • #7
              Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates



              ¡Ahí está una prueba más!

              ¿Exigen 12 meses de embarco?

              Pues por la vía de Capitán de Yate + PPER no exigen 12 meses de embarco, ni mucho menos.

              En fin, la DGMM.

              Saludos

              Comentario


              • #8
                Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                Según lo que me ha dicho el funcionario de Capitanía Marítima de Las Palmas que lleva el tema de titulaciones, de los capitanes de yate y M. mercante que se han presentado para obtener el PPER, solo ha aprobado uno. (esto por la vía de convalidaciones y sólo un examen).

                Pero sigo preguntandome, qué pasa con la gente que lleva toda la vida navegando en cruceros, cómo justificar los días.

                Al final es cun cuello de botella, si no tienes los dias profesionales + titulos necesarios, estás en desventaja con el que va a examinarse directamente a Madrid. (sin días )

                Viva La República Bananera!!!!!-

                Comentario


                • #9
                  Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates



                  No entiendo bien esto...

                  ¿Qué dice el funcionario que le exigen a un Capitán de la Marina Mercante?

                  A un Capitán de la Marina Mercante no deberían exigirle nada.

                  En mi cuadrilla hay hijos de capitanes que estudiaron en Portugalete una carrera universitaria de 5 años (Marina Civil) y, además, tuvieron que hacer 1.300 días de mar (no horas) para sacar el título de Capitán.

                  Y ese título les faculta para mandar cualquier buque de la marina civil.
                  Tanto los barcos de 10 m de eslora como los de 400 m de eslora, con cualquier tipo de carga y/o con pasajeros (sea 1 o 4.000) por todo el mundo.

                  ¿También les exigen para tener el PPER?

                  Saludos

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                    Originalmente publicado por Neska Ver Mensaje


                    ¡Ahí está una prueba más!

                    ¿Exigen 12 meses de embarco?

                    Pues por la vía de Capitán de Yate + PPER no exigen 12 meses de embarco, ni mucho menos.

                    En fin, la DGMM.

                    Saludos
                    Hola Neska, pues sí, los 12 meses de embarque para convalidar el PPER te los piden si vienes del técnico superior en navegación pesca y transporte marítimo, es parte es muy injusto ya que solamente para tener el título académico has tenido que hacer unas prácticas embarcado de prácticamente 6 meses, cosa que con el CY solamente "jurando" haber navegado x millas ya vale...pero en fin, así es este país... un sinsentido.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                      Originalmente publicado por Neska Ver Mensaje


                      No entiendo bien esto...

                      ¿Qué dice el funcionario que le exigen a un Capitán de la Marina Mercante?

                      A un Capitán de la Marina Mercante no deberían exigirle nada.

                      En mi cuadrilla hay hijos de capitanes que estudiaron en Portugalete una carrera universitaria de 5 años (Marina Civil) y, además, tuvieron que hacer 1.300 días de mar (no horas) para sacar el título de Capitán.

                      Y ese título les faculta para mandar cualquier buque de la marina civil.
                      Tanto los barcos de 10 m de eslora como los de 400 m de eslora, con cualquier tipo de carga y/o con pasajeros (sea 1 o 4.000) por todo el mundo.

                      ¿También les exigen para tener el PPER?

                      Saludos
                      El técnico Superior es título profesional, como el de Capitán de Marina Mercante, eso sí, mucho menor, que te acredita para 350 pasajeros, pero aún así, es muy superior al PPER y para convalidar éste te exigen los días.
                      Injusto no????-


                      saludos
                      Concon

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates



                        ¡Asombroso!

                        Entonces, ¿para qué le han exigido a un Técnico Superior en Navegación y Transporte Marítimo tanto tiempo de estudio y tanto tiempo de embarco?

                        En fin, España...

                        Saludos

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                          De todeas formas, por qué te exigen los días para la convalidación o dicho de otra forma, una vez obetnida la tarjeta profesional de patrón mayor o de altura sería estúpido obtener un título inferior.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                            Originalmente publicado por Concon Ver Mensaje
                            El técnico Superior es título profesional, como el de Capitán de Marina Mercante, eso sí, mucho menor, que te acredita para 350 pasajeros, pero aún así, es muy superior al PPER y para convalidar éste te exigen los días.
                            Injusto no????-


                            saludos
                            Concon
                            Esto no es así, el técnico superior no es un titulo profesional, es un título académico; el título profesional (Patrón de Altura) lo obtienes con los 12 primeros meses de embarque (titulo académico + 12 meses embarque = Patrón de Altura (sin mando), +12 como oficial = Patrón de Altura (con mando)).
                            El motivo que te hagan la convalidación es que con los 12 primeros meses de embarque aun no tienes ningún tipo de mando, tienes que embarcar como oficial 12 meses más para ser Patrón de Altura con mando. De esta manera en ese momento te dan el PPER y así ya puedes hacer algo...
                            La verdad es que lo lógico seria convalidarlo solamente tener el título académico.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Convalidación del Patrón Profesional de Yates

                              Tienes toda la razón; título + días de navegación para P. Altura.

                              Comentario

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