Re: Examen Portugalete 17 Septiembre
CUIDADIN!!!
Ronin no se de donde habeis sacado que hay 8 dias para reclamar.
Yo he visto que se cierra el dia 8 de octubre y con estas cosas no se si se puede presentar el 8 o tiene que ser antes del dia 8. Se puede mandar por mail a carmen . sedano @ ehu . es (sin los espacios).
Ademas no veo el link que indicas.
Mi intención es rellenar el PDF, escanearlo y adjuntarle tanto fotocopia del dni y un adjunto con el razonamiento.
Os pongo toda la chapa que he pensado poner a ver que os parece. Saturruku he modificado tu argumentación un poco porque en el RD las definiciones aparecen en los articulos 3 y 4.
Cualquier aportación será bien recibida. Especialmente en la chapa que he soltado con la de la radiobaliza.
Muchas gracias a todos los cofrades y cuando lo consigamos habrá que ir a celebrarlo con unas
-------------------
AZTERKETA BERRIKUSTEKO ESKAERA
SOLICITUD REVISIÓN DE EXAMEN
Izena / Nombre ……………………………………………………………………………………………………
Abizenak / Apellidos …………………………………………………………………………………………………
NAN / DNI………………………………………………………… Telefonoa / Teléfono ………………………
Helbidea / Domicilio ………………………………………………………………………………………………
Herria / Municipio ……………………………………………………………………………………………………
PK eta Lurraldea Historikoa / CP y Territorio Histórico ……………………………………………………
E-maila / E-mail ……………………………………………………………………………………………………
Honako eskaera luzatzen du / Solicita:
…………..………… (hilabetea) deialdiko …………………………………………………………………… azterketa
berrikustea. / Le sea revisado el examen de …Patrón de embarcación de Recreo ………………… correspondiente a
la convocatoria del mes de …septiembre de 2013 ……………………………………………………………………………
Arrazoiak honakoak dira / Por los siguientes motivos:
Una vez analizados los resultados y las respuestas correctas de dicho examen quisiera manifestar mis dudas sobre las respuestas dadas por validas en dos de las preguntas que se formulan en la parte eliminatoria de radio.
Adjunto documento con las preguntas en cuestión y el razonamiento por el que entiendo que pueden darse otras repuestas por validas además de las publicadas por ustedes.
Por lo expuesto solicito la revisión del examen así como la adopción de las respuestas que planteo en el adjunto como válidas o en su defecto la anulación de las preguntas en cuestión así como de la condición/requisito de la obtención de 3 respuestas correctas sobre cinco en la citada sección de radio.
……………………………………………, 20……… (e)ko …………………………………… ren ……… (e)(a)n.
En…………………………………………………… a……… de ……………………………………………… 20………
Izenpea / Firma
Adjunto a la revisión de examen de PER Septiembre 2013 planteadas por: ….
Pregunta 1:
En referencia a la pregunta sobre la equivalencia de las zonas de navegación 2, 3, 4, 5, 6 y 7 con la zona marítima A1 quisiera hacer constar lo siguiente:
Según la ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. En su ANEXO III "Programa de conocimientos teóricos, de prácticas básicas de seguridad y navegación, y de las prácticas de radiocomunicaciones para la obtención de los títulos regulados en esta orden" en el caso de Patrón de embarcación de recreo. En el capítulo 6 de Radiocomunicaciones se expone como concepto a estudiar "6.3 El Sistema Mundial de Socorro y Seguridad marítimos (SMSSM). Concepto básico. Zona de navegación 4 y su relación con la zona marítima A1 nacional, según se definen en el artículo 4 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas de los buques civiles españoles. Concepto básico de la LSD. Transmisión y recepción de mensajes de socorro, urgencia y seguridad en VHF. Radiobalizas de 406 MHz y VHF portátiles"
El referido Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, en su artículo 3 Definiciones apartado t: «Zona marítima A1»: zona comprendida en el ámbito de cobertura radiotelefónica de, como mínimo, una estación costera de ondas métricas, en la que se dispondrá continuamente del alerta de llamada selectiva digital (LSD) y cuya extensión está delimitada por el Gobierno contratante interesado. En el artículo 4 Artículo 4. Zonas marítimas españolas. 1. A efectos de este reglamento, se consideran zonas marítimas A1, A2 y A3, las zonas de navegación en las cuales exista cobertura de, al menos, una estación costera nacional provista de equipos transmisores y receptores de radiocomunicaciones marítimos, y que efectúen una escucha continua en las frecuencias de seguridad marítima de ondas métricas (VHF), hectométricas (MF) y decamétricas (HF), de radiotelefonía y/o LSD. En HF el servicio se presta de manera parcial en las frecuencias de 8414,5 KHz y 12577 KHz.
Adicionalmente así lo refleja el propio libro de estudio publicado por el Gobierno Vasco en la edición del 2010 en su Pág 184 "Zona A1: la que queda dentro del alcance de las estaciones costeras de ondas métricas con base en tierra (20-30 millas)".
En el Anexo 3, apartado 6.b del Real Decreto 1185/2006 define la «Zona de navegación 2»: navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.
Atendiendo a criterios físicos como: refracción en la ionosfera, altura de la radiocostera, periodo del día, meteorología, etc. Según los cuales el alcance de una radiocostera se sitúa en una franja teórica de 25 a 30 millas no se puede asegurar que en la zona de navegación 2 a 60 millas de la costa se disponga continuadamente de alerta de llamada selectiva digital (LSD).
Por lo tanto se puede concluir que el enunciado en el que equipara la zona de navegación 2 junto al resto de zonas más cercanas a la costa con la Zona Marítima A1 no es correcta. Y debiera considerarse como válida la respuesta que indica que la afirmación no es correcta.
Además, en cualquier caso, según la propia ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, el concepto a estudiar para el título de Patrón de embarcación de recreo (Anexo III apartado 6.3) es la zona de navegación 4 y su relación con la zona marítima A1 por lo que podemos considerar que las zonas 2 y 3 quedan fuera del ámbito de estudio de la titulación de patrón de embarcación de recreo.
Pregunta 2:
En referencia a la pregunta en la que el enunciado dice que la radiobaliza se activa automáticamente tras un mensaje de socorro enviado a través de LSD quisiera exponer lo siguiente:
La afirmación es falsa, ya que la radiobaliza y la radio son sistemas independientes, por lo tanto descartaríamos la respuesta de que es verdadero.
Otra de las respuestas descartadas es la que a pesar de decir que es falsa indica que la radiobaliza solo se puede activar manualmente. Por lo tanto a pesar de ser verdad que el enunciado es falso el razonamiento no es correcto. La radiobaliza se puede activar tanto manual como automáticamente.
La respuesta que entiendo que ustedes han considerado correcta es la que hace referencia a que el enunciado es falso y que la radiobaliza es el segundo medio de alerta. Con todos los respetos este enunciado no es lo suficientemente claro. Si es cierto que el enunciado de la pregunta es falso pero no está claro a que se refieren con que es el segundo método de aviso. Visto que entienden que esta es la respuesta adecuada supongo que querían indicar que es un método adicional y o complementario. El problema que veo en el enunciado de esta respuesta es que está indicando un orden concreto. Y pueden darse desgraciadas situaciones en la que la radiobaliza sea el único medio de aviso. Por ejemplo si tuviéramos una situación en la que necesitáramos ser socorridos y tuviéramos la radio inutilizada, la radiobaliza podría ser nuestro primer y único medio para pedir auxilio. En otra hipotética situación una vez realizada la llamada de emergencia y en contacto con el centro de salvamento podríamos no necesitar activar la radiobaliza y en el enunciado parece que obligatoriamente lo segundo que tienes que hacer es activar la radiobaliza.
La última respuesta es la que dice que ninguna de las anteriores son correctas. Yo entiendo que puede ser una respuesta perfectamente válida. Al indicar esta respuesta, ya estás diciendo que el enunciado es falso porque estas descartando la respuesta que es verdadera. Por otro lado también estamos descartando que la radiobaliza solo se pueda activar manualmente. En este caso lo que estamos indicando es que no tiene por qué ser necesariamente la segunda, ya que puede que no necesites activarla o que sea tu única opción.
Por lo tanto solicito que acepten esta opción como respuesta válida.
CUIDADIN!!!
Ronin no se de donde habeis sacado que hay 8 dias para reclamar.
Yo he visto que se cierra el dia 8 de octubre y con estas cosas no se si se puede presentar el 8 o tiene que ser antes del dia 8. Se puede mandar por mail a carmen . sedano @ ehu . es (sin los espacios).
Ademas no veo el link que indicas.
Mi intención es rellenar el PDF, escanearlo y adjuntarle tanto fotocopia del dni y un adjunto con el razonamiento.
Os pongo toda la chapa que he pensado poner a ver que os parece. Saturruku he modificado tu argumentación un poco porque en el RD las definiciones aparecen en los articulos 3 y 4.
Cualquier aportación será bien recibida. Especialmente en la chapa que he soltado con la de la radiobaliza.
Muchas gracias a todos los cofrades y cuando lo consigamos habrá que ir a celebrarlo con unas

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AZTERKETA BERRIKUSTEKO ESKAERA
SOLICITUD REVISIÓN DE EXAMEN
Izena / Nombre ……………………………………………………………………………………………………
Abizenak / Apellidos …………………………………………………………………………………………………
NAN / DNI………………………………………………………… Telefonoa / Teléfono ………………………
Helbidea / Domicilio ………………………………………………………………………………………………
Herria / Municipio ……………………………………………………………………………………………………
PK eta Lurraldea Historikoa / CP y Territorio Histórico ……………………………………………………
E-maila / E-mail ……………………………………………………………………………………………………
Honako eskaera luzatzen du / Solicita:
…………..………… (hilabetea) deialdiko …………………………………………………………………… azterketa
berrikustea. / Le sea revisado el examen de …Patrón de embarcación de Recreo ………………… correspondiente a
la convocatoria del mes de …septiembre de 2013 ……………………………………………………………………………
Arrazoiak honakoak dira / Por los siguientes motivos:
Una vez analizados los resultados y las respuestas correctas de dicho examen quisiera manifestar mis dudas sobre las respuestas dadas por validas en dos de las preguntas que se formulan en la parte eliminatoria de radio.
Adjunto documento con las preguntas en cuestión y el razonamiento por el que entiendo que pueden darse otras repuestas por validas además de las publicadas por ustedes.
Por lo expuesto solicito la revisión del examen así como la adopción de las respuestas que planteo en el adjunto como válidas o en su defecto la anulación de las preguntas en cuestión así como de la condición/requisito de la obtención de 3 respuestas correctas sobre cinco en la citada sección de radio.
……………………………………………, 20……… (e)ko …………………………………… ren ……… (e)(a)n.
En…………………………………………………… a……… de ……………………………………………… 20………
Izenpea / Firma
Adjunto a la revisión de examen de PER Septiembre 2013 planteadas por: ….
Pregunta 1:
En referencia a la pregunta sobre la equivalencia de las zonas de navegación 2, 3, 4, 5, 6 y 7 con la zona marítima A1 quisiera hacer constar lo siguiente:
Según la ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. En su ANEXO III "Programa de conocimientos teóricos, de prácticas básicas de seguridad y navegación, y de las prácticas de radiocomunicaciones para la obtención de los títulos regulados en esta orden" en el caso de Patrón de embarcación de recreo. En el capítulo 6 de Radiocomunicaciones se expone como concepto a estudiar "6.3 El Sistema Mundial de Socorro y Seguridad marítimos (SMSSM). Concepto básico. Zona de navegación 4 y su relación con la zona marítima A1 nacional, según se definen en el artículo 4 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas de los buques civiles españoles. Concepto básico de la LSD. Transmisión y recepción de mensajes de socorro, urgencia y seguridad en VHF. Radiobalizas de 406 MHz y VHF portátiles"
El referido Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, en su artículo 3 Definiciones apartado t: «Zona marítima A1»: zona comprendida en el ámbito de cobertura radiotelefónica de, como mínimo, una estación costera de ondas métricas, en la que se dispondrá continuamente del alerta de llamada selectiva digital (LSD) y cuya extensión está delimitada por el Gobierno contratante interesado. En el artículo 4 Artículo 4. Zonas marítimas españolas. 1. A efectos de este reglamento, se consideran zonas marítimas A1, A2 y A3, las zonas de navegación en las cuales exista cobertura de, al menos, una estación costera nacional provista de equipos transmisores y receptores de radiocomunicaciones marítimos, y que efectúen una escucha continua en las frecuencias de seguridad marítima de ondas métricas (VHF), hectométricas (MF) y decamétricas (HF), de radiotelefonía y/o LSD. En HF el servicio se presta de manera parcial en las frecuencias de 8414,5 KHz y 12577 KHz.
Adicionalmente así lo refleja el propio libro de estudio publicado por el Gobierno Vasco en la edición del 2010 en su Pág 184 "Zona A1: la que queda dentro del alcance de las estaciones costeras de ondas métricas con base en tierra (20-30 millas)".
En el Anexo 3, apartado 6.b del Real Decreto 1185/2006 define la «Zona de navegación 2»: navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.
Atendiendo a criterios físicos como: refracción en la ionosfera, altura de la radiocostera, periodo del día, meteorología, etc. Según los cuales el alcance de una radiocostera se sitúa en una franja teórica de 25 a 30 millas no se puede asegurar que en la zona de navegación 2 a 60 millas de la costa se disponga continuadamente de alerta de llamada selectiva digital (LSD).
Por lo tanto se puede concluir que el enunciado en el que equipara la zona de navegación 2 junto al resto de zonas más cercanas a la costa con la Zona Marítima A1 no es correcta. Y debiera considerarse como válida la respuesta que indica que la afirmación no es correcta.
Además, en cualquier caso, según la propia ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, el concepto a estudiar para el título de Patrón de embarcación de recreo (Anexo III apartado 6.3) es la zona de navegación 4 y su relación con la zona marítima A1 por lo que podemos considerar que las zonas 2 y 3 quedan fuera del ámbito de estudio de la titulación de patrón de embarcación de recreo.
Pregunta 2:
En referencia a la pregunta en la que el enunciado dice que la radiobaliza se activa automáticamente tras un mensaje de socorro enviado a través de LSD quisiera exponer lo siguiente:
La afirmación es falsa, ya que la radiobaliza y la radio son sistemas independientes, por lo tanto descartaríamos la respuesta de que es verdadero.
Otra de las respuestas descartadas es la que a pesar de decir que es falsa indica que la radiobaliza solo se puede activar manualmente. Por lo tanto a pesar de ser verdad que el enunciado es falso el razonamiento no es correcto. La radiobaliza se puede activar tanto manual como automáticamente.
La respuesta que entiendo que ustedes han considerado correcta es la que hace referencia a que el enunciado es falso y que la radiobaliza es el segundo medio de alerta. Con todos los respetos este enunciado no es lo suficientemente claro. Si es cierto que el enunciado de la pregunta es falso pero no está claro a que se refieren con que es el segundo método de aviso. Visto que entienden que esta es la respuesta adecuada supongo que querían indicar que es un método adicional y o complementario. El problema que veo en el enunciado de esta respuesta es que está indicando un orden concreto. Y pueden darse desgraciadas situaciones en la que la radiobaliza sea el único medio de aviso. Por ejemplo si tuviéramos una situación en la que necesitáramos ser socorridos y tuviéramos la radio inutilizada, la radiobaliza podría ser nuestro primer y único medio para pedir auxilio. En otra hipotética situación una vez realizada la llamada de emergencia y en contacto con el centro de salvamento podríamos no necesitar activar la radiobaliza y en el enunciado parece que obligatoriamente lo segundo que tienes que hacer es activar la radiobaliza.
La última respuesta es la que dice que ninguna de las anteriores son correctas. Yo entiendo que puede ser una respuesta perfectamente válida. Al indicar esta respuesta, ya estás diciendo que el enunciado es falso porque estas descartando la respuesta que es verdadera. Por otro lado también estamos descartando que la radiobaliza solo se pueda activar manualmente. En este caso lo que estamos indicando es que no tiene por qué ser necesariamente la segunda, ya que puede que no necesites activarla o que sea tu única opción.
Por lo tanto solicito que acepten esta opción como respuesta válida.

queria decir el dia 8, no ocho dias, eso ponia en la web del gobierno vasco, el correo que indicas para la revision es el correcto, me alegra un monton ver que mas gente esta indignada y se esta moviendo. Tu razonamiento de la segunda cuestion,radiobaliza, creo que expresa sobradamente nuestra queja y es bien sencillo de entender. Cualquiera que estudio para el examen creo que llego a la conclusion de " Ninguna de las anteriores". Yo lo enviaria tal cual, me imagino que lo que mas fuerza hara es que sean varias las personas que se animen a solicitar revision de estas preguntas. La currada que se pego Saturruku nada que decir, de diez
y a lo que dimos vueltas una y otra vez, hasta hoy. No recordamos el orden exacto pero si los enunciados. Bienvenido al club

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