VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Impugnado Examen Per Andalucia

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  • Impugnado Examen Per Andalucia

    Bueno, "Alea iacta est", ya he remitido la impugnación por escrito, con una inestimable ayuda de ULISES1956 y JDNTORTOSA. Como a perro flaco todo son pulgas, -otro refrán más-, cuando lo remití vía fax segun indicaciones de un funcionario del Instituto Andaluz del deporte, se quedó una hoja sin enviar, pero vamos, no es más que una anécdota y el lunes confirmare la recepción.
    He recurrido las preguntas 24 y 25, además de la ayuda arriba mencionada, había otro "compañero forero" que había escrito a Salvamento Marítimo, en relación a la pregunta de la radiobaliza, cosa que he mencionado e igualmente llamé a Salvamento Marítimo de Cádiz, y calificó la pregunta de "capciosa", -no me extraña-, y confirmó lo que le contestaron al compañero por escrito, de que no recomendaba desacativarla mas que en un caso extremo y aún así dudaba de ser una acción recomendable. Además de lo indicado sobre el "Mayday Relay".
    Y en relación al equipo de la Zona 1 de navegación, queda bastante claro, gracias a la publicación actual del Ministerio de Fomento, y lo que se puede encontrar en su web y lo expuesto por Ulises 1956.
    Por tanto a esperar. Y mi agradecimiento nuevamente a los que me han ayudado.

  • #2
    Re: Impugnado Examen Per Andalucia

    Buena suerte, compañero.
    Pase lo que pase no desistas.
    Saludos

    Comentario


    • #3
      Re: Impugnado Examen Per Andalucia

      Mantennos informados por favor!
      Suerte!

      Enviado desde mi A510 usando Tapatalk 2

      Comentario


      • #4
        Impugnado Examen Per Andalucia

        Una pregunta parecida a la tuya en el examen de hoy de Murcia. Han rizado el rizo con lo de la vhf.

        Comentario


        • #5
          Re: Impugnado Examen Per Andalucia

          Claro que sí, informaré de la respuesta que den.

          Una cosa que me resulta extraña, es que nadie, más haya dicho nada de reclamar. Entiendo que nadie más estará interesado. Pero bueno, yo he hecho lo que creía correcto, y con mis argumentos, si tengo razón me la darán y si no me la negarán fundadamente, sin conjeturas, de lo que tal o cual entienda que debería ser, -con todo el respeto a las opiniones dadas por cada uno-.

          Comentario


          • #6
            Re: Impugnado Examen Per Andalucia

            Originalmente publicado por North Side Ver Mensaje
            Una pregunta parecida a la tuya en el examen de hoy de Murcia. Han rizado el rizo con lo de la vhf.

            O tu o yo uno de los dos, yo me he decantado por la de VHF fija o portatil, esperaba leer algo de LSD o FIJA, pero si lo han rizado.

            Comentario


            • #7
              Re: Impugnado Examen Per Andalucia

              Originalmente publicado por Altorros40 Ver Mensaje
              O tu o yo uno de los dos, yo me he decantado por la de VHF fija o portatil, esperaba leer algo de LSD o FIJA, pero si lo han rizado.
              yo he puesto la a)
              la verdad lo de vhf movil no me convence demasiado...

              Comentario


              • #8
                Impugnado Examen Per Andalucia

                Originalmente publicado por Altorros40 Ver Mensaje
                O tu o yo uno de los dos, yo me he decantado por la de VHF fija o portatil, esperaba leer algo de LSD o FIJA, pero si lo han rizado.
                Pues ya hablamos del tema esté en cuestión. Que sea VHF con LSD ya no es obligatorio. Lo que sí es obligatorio es que sea fija. Yo me he decantado por la a) porque aunque no hace mención a que sea fija, la respuesta b) deja la opción a que sea portátil exclusivamente.

                Lo de digital o analógica ha sido para liar al personal, porque jamás había visto hasta ahora esa distinción. Quizás se refieres con analógica a VHF normal y con digital a LSD. Pero vamos, eso no se hace, y menos en un apartado que de 5 has de acertar 3.

                Ya veremos

                Comentario


                • #9
                  Re: Impugnado Examen Per Andalucia

                  Originalmente publicado por North Side Ver Mensaje
                  Pues ya hablamos del tema esté en cuestión. Que sea VHF con LSD ya no es obligatorio. Lo que sí es obligatorio es que sea fija. Yo me he decantado por la a) porque aunque no hace mención a que sea fija, la respuesta b) deja la opción a que sea portátil exclusivamente.

                  Lo de digital o analógica ha sido para liar al personal, porque jamás había visto hasta ahora esa distinción. Quizás se refieres con analógica a VHF normal y con digital a LSD. Pero vamos, eso no se hace, y menos en un apartado que de 5 has de acertar 3.

                  Ya veremos
                  Pues creo que tenéis razón, pero alguien tiene algún texto de referencia para asegurarlo?

                  Comentario


                  • #10
                    Impugnado Examen Per Andalucia

                    En este post es donde tratamos el tema del VHF con o sin LSD. Recuerdo que Guillermo comentó que sólo era obligatorio que la radio fuese fija, con, o sin LSD. Yo quise creerme más listo que nadie y le rectifiqué, pero el que estaba equivocado era yo. A raíz de esto descubrí que hay un modificación de la normativa de radiocomunicaciones del año 2010 que así lo dice, sin embargo ni siquiera en el ministerio de fomento se han enterado por lo que se ve y siguen editando las publicaciones con ese ERROR.

                    Si la he puesto bien, se la debo a este foro y a Guillermo.

                    Comentario


                    • #11
                      Impugnado Examen Per Andalucia

                      Originalmente publicado por Altorros40 Ver Mensaje
                      Pues creo que tenéis razón, pero alguien tiene algún texto de referencia para asegurarlo?
                      Aquí tienes:

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Impugnado Examen Per Andalucia

                        Originalmente publicado por North Side Ver Mensaje
                        Esta claro que portátil no es, así que esta es vuestra.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Impugnado Examen Per Andalucia

                          Yo el jueves impugne la pregunta 24, espero que de tb resultado, sabeis que tiempo se tiene para presentar las alegaciones y cuanto para que pongan las listas definitivas?

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Impugnado Examen Per Andalucia

                            Pregunta de examen de noviembre 2012 en Andalucía, sacada de éste foro:
                            Las embarcaciones autorizadas para la zona de navegación 4, ¿Deben llevar una estación radioléctrica de VHF apta para la Llamada Selectiva Digital (DSC)?

                            a)no tienen obligación de llevar ningún tipo de estación VHF
                            b)Tienen que llevar radio, pero no es necesario que sea apta para DSC
                            c)Si la estación es fija, ésta debe ser apta para DSC
                            d) Tanto si es fija como si es portátil, debe ser apta para DSC

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Impugnado Examen Per Andalucia

                              Según información sacada del mismo hilo los exámenes de Ceuta de 30/04/2011, 2910/2011 y 31/03/2012, aceptaban con válido VHF fijo con LSD.

                              Y lo que es mejor: despues de la impugnación de la pregunta ahora: el Tribunal acepta y dice en Noviembre del año pasado:

                              Nota informativa del Tribunal Único de los exámenes para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo

                              Puntualizaciones sobre la pregunta 22 del examen
                              Ante la polémica suscitada por la pregunta 22 del examen para la obtención de título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, de la convocatoria de noviembre de 2012, este Tribunal considera necesario realizar las siguientes puntualizaciones:
                              La pregunta está bien formulada y sólo tiene una respuesta correcta, la opción b).
                              El equipamiento radioeléctrico para buques y embarcaciones de recreo lo fija el RD 1185/2006, modificado por la disposición final primera del RD 1435/2010. Según esta disposición, desde el 1 de enero de 2011 “los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 debe ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF de tipo fijo”.
                              Por tanto, las opciones a), c) y d) no son correctas, mientras que la opción b) sí se ajusta a dispuesto en el RD 1435/2010 y es la única opción correcta.
                              La pregunta no es cuál es el equipo obligatorio para la zona 4, sino si las embarcaciones autorizadas para dicha zona tienen que llevar radio apta para DSC, incidiendo implícitamente en esto último. Y la opción b) responde correctamente la pregunta planteada sin ninguna ambigüedad o carencia. Incluso si se preguntase el equipo obligatorio, seguiría siendo la opción correcta.
                              No obstante lo anterior, este Tribunal no puede pasar por alto que la modificación de la legislación sobre equipamiento radioeléctrico ha estado rodeada de unas circunstancias, que hacen difícil que los candidatos tengan un adecuado conocimiento del cambio.
                              Por todo lo anterior, este Tribunal considera que la pregunta 22 de la convocatoria de noviembre, aun estando bien formulada, no podía ser contestada correctamente por la mayoría de los candidatos, por lo que se procede a dar por válidas las respuestas b, c y d.

                              Así que.....no entiendo como siguen con la misma pregunta y el mismo error.
                              Nota informativa del Tribunal Único de los exámenes para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo

                              Puntualizaciones sobre la pregunta 22 del examen
                              Ante la polémica suscitada por la pregunta 22 del examen para la obtención de título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, de la convocatoria de noviembre de 2012, este Tribunal considera necesario realizar las siguientes puntualizaciones:
                              La pregunta está bien formulada y sólo tiene una respuesta correcta, la opción b).
                              El equipamiento radioeléctrico para buques y embarcaciones de recreo lo fija el RD 1185/2006, modificado por la disposición final primera del RD 1435/2010. Según esta disposición, desde el 1 de enero de 2011 “los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 debe ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF de tipo fijo”.
                              Por tanto, las opciones a), c) y d) no son correctas, mientras que la opción b) sí se ajusta a dispuesto en el RD 1435/2010 y es la única opción correcta.
                              La pregunta no es cuál es el equipo obligatorio para la zona 4, sino si las embarcaciones autorizadas para dicha zona tienen que llevar radio apta para DSC, incidiendo implícitamente en esto último. Y la opción b) responde correctamente la pregunta planteada sin ninguna ambigüedad o carencia. Incluso si se preguntase el equipo obligatorio, seguiría siendo la opción correcta.
                              No obstante lo anterior, este Tribunal no puede pasar por alto que la modificación de la legislación sobre equipamiento radioeléctrico ha estado rodeada de unas circunstancias, que hacen difícil que los candidatos tengan un adecuado conocimiento del cambio.
                              Por todo lo anterior, este Tribunal considera que la pregunta 22 de la convocatoria de noviembre, aun estando bien formulada, no podía ser contestada correctamente por la mayoría de los candidatos, por lo que se procede a dar por válidas las respuestas b, c y d.
                              Nota informativa del Tribunal Único de los exámenes para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo

                              Puntualizaciones sobre la pregunta 22 del examen
                              Ante la polémica suscitada por la pregunta 22 del examen para la obtención de título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, de la convocatoria de noviembre de 2012, este Tribunal considera necesario realizar las siguientes puntualizaciones:
                              La pregunta está bien formulada y sólo tiene una respuesta correcta, la opción b).
                              El equipamiento radioeléctrico para buques y embarcaciones de recreo lo fija el RD 1185/2006, modificado por la disposición final primera del RD 1435/2010. Según esta disposición, desde el 1 de enero de 2011 “los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 debe ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF de tipo fijo”.
                              Por tanto, las opciones a), c) y d) no son correctas, mientras que la opción b) sí se ajusta a dispuesto en el RD 1435/2010 y es la única opción correcta.
                              La pregunta no es cuál es el equipo obligatorio para la zona 4, sino si las embarcaciones autorizadas para dicha zona tienen que llevar radio apta para DSC, incidiendo implícitamente en esto último. Y la opción b) responde correctamente la pregunta planteada sin ninguna ambigüedad o carencia. Incluso si se preguntase el equipo obligatorio, seguiría siendo la opción correcta.
                              No obstante lo anterior, este Tribunal no puede pasar por alto que la modificación de la legislación sobre equipamiento radioeléctrico ha estado rodeada de unas circunstancias, que hacen difícil que los candidatos tengan un adecuado conocimiento del cambio.
                              Por todo lo anterior, este Tribunal considera que la pregunta 22 de la convocatoria de noviembre, aun estando bien formulada, no podía ser contestada correctamente por la mayoría de los candidatos, por lo que se procede a dar por válidas las respuestas b, c y d.

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