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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

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15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

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Licencias para pesca

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  • Licencias para pesca

    Hola unas rondas para todos los cofrades.

    Perdonar por mi ignorancia pero soy nuevo en esto , la pregunta es la siguiente tengo una neumatica guardada en madrid en un garaje y este verano me gustaria pescar en murcia y almeria, y queria saber que tipo de licencia me tendria que sacar para poder pescar desde la barca (tambien pescaria mi hijo)
    he estado leyendo el hilo de inscribir la embarcacion para pesca pero no me queda claro.
    Tendria que sacar dos licencias , no se estoy echo un lio , si me podeis echar una mano.
    Muchas gracias por adelantado.

  • #2
    Re: Licencias para pesca

    Pues creo que alfinal en el post de licencia de embarcacion ha quedado bastante claro... almenos aqui en Euskadi.;

    Para pescar desde embarcacion hace falta esto.

    - Inscripcion libro segundo de buques
    - Maximo 6 anzuelos (poteras 2 lineas)
    - Maximo 6 salabardos o reteles
    - 5kg de pesca/licencia/dia
    - 25 kg barco/dia ( 5 o mas licencias)
    - Horario: orto al ocaso

    Sacado de: (ultima pagina)



    Lo logico seria pensar que en todo el estado debiese de ser igual...pero a saber, con eso de las competencias y politiqueos... y que si la tuya es mas grande que la mia...la costa quiero decir

    Yo empezaria a buscar la informacion en las paginas oficiales de tu comunidad o a la que vayas a ir...

    Suerte
    Editado por última vez por La Flecha Roja; 06/07/2014, 22:16:15.

    Comentario


    • #3
      Re: Licencias para pesca

      Vas a tener que sacar dos licencias, una en Murcia y otra en Andalucia; cada comunidad autónoma regula el tema de la pesca deportiva; aquí en andalucia es el tipo de licencia 2 (pesca desde embarcación) cuesta 6 euros y es un puro tramite, la haces en el dia, pero tendras que ir a alguna consejería de agricultura y pesca de almeria u otra provincia.

      Creo que también se puede hacer por internet, pero no se si resulta igual de rápido.

      Para mas información: http://www.juntadeandalucia.es/hacie...tml?c=1-59-776

      Buena pesca!

      Comentario


      • #4
        Re: Licencias para pesca

        Las licencias son válidas para todo el estado español, independientemente de la comunidad autónoma donde la saques. Sacala en la comunidad en que te resulte mas facil o económico.

        Comentario


        • #5
          Re: Licencias para pesca

          Se me olvidaba, aquí en Andalucía, no hace falta inscribir la embarcación en ningún registro especial, si tu barco tiene la eslora para que obligatoriamente tengas que matricular, pues le correspondería la lista 7ª que es la de recreo.
          Si es pequeña y no tienes que matricular no tienes que hacer nada, date cuenta que hay mucha afición a la pesca desde un Kayak por ejemplo y no tienen la obligación de estar inscritos en ningún sitio.

          Creo que esto es en toda España, me ha sorprendido lo que ha dicho el compañero del País Vasco, lo ignoraba por completo, pero si el lo dice pues será asi allí..............

          Comentario


          • #6
            Re: Licencias para pesca

            Hombre... no es que lo diga yo lo dice el Gobierno Vasco.

            Ojo, que hay muchiiiiisiiima gente aqui que no lo sabe, y entre conversaciones de pantalan todavia hay gente que, o no lo sabe o no lo quiere saber.

            Pero en la pagina del Gobierno Vasco lo dice bien claro y algun compañero de la taberna ya ha comentado que la ertzaintza le ha pedido dicho papel...

            Lo dicho, otras comunidades ni idea.

            saludos

            P.D.; he editado el enlace que no funcionaba

            Comentario


            • #7
              Re: Licencias para pesca

              Originalmente publicado por La Flecha Roja Ver Mensaje
              Pues creo que alfinal en el post de licencia de embarcacion ha quedado bastante claro... almenos aqui en Euskadi.;

              Para pescar desde embarcacion hace falta esto.

              - Inscripcion libro segundo de buques
              - Maximo 6 anzuelos (poteras 2 lineas)
              - Maximo 6 salabardos o reteles
              - 5kg de pesca/licencia/dia
              - 25 kg barco/dia ( 5 o mas licencias)
              - Horario: orto al ocaso

              Sacado de: (ultima pagina)



              Lo logico seria pensar que en todo el estado debiese de ser igual...pero a saber, con eso de las competencias y politiqueos... y que si la tuya es mas grande que la mia...la costa quiero decir

              Yo empezaria a buscar la informacion en las paginas oficiales de tu comunidad o a la que vayas a ir...

              Suerte
              Una duda : maquimo seis anzuelos persona o barco????
              Sera por persona no????

              Comentario


              • #8
                Re: Licencias para pesca

                Originalmente publicado por catetoababor Ver Mensaje
                Si es pequeña y no tienes que matricular no tienes que hacer nada, date cuenta que hay mucha afición a la pesca desde un Kayak por ejemplo y no tienen la obligación de estar inscritos en ningún sitio.

                Creo que esto es en toda España, me ha sorprendido lo que ha dicho el compañero del País Vasco, lo ignoraba por completo, pero si el lo dice pues será asi allí..............
                En el pais vasco ( y me parece que tambien el el resto del estado) un kayak sin matricular segun la direccion general de marina mercante ( que es la que en estos casos parte el bacalau), no es una embarcacion sino un "artefacto flotante" al igual que una tabla de surf, un pedalo o cualquier colchoneta de playa, por lo tanto la pesca desde ellas segun nuestra legislacion, esta totalmente prohibida..
                Pero bueno, vamos a lo de siempre, que cada uno ande como de la la gana, que todos conocemos gente que anda de esa manera el la mar, pero que sea legal o no, eso ya es otra cosa.


                Editado por última vez por trabañarru; 07/07/2014, 14:26:50.

                Comentario


                • #9
                  Re: Licencias para pesca

                  http://kayakfishingvalencia.files.wo..._d_41_2013.pdf ( punto 3)

                  Artículo 7. Licencias
                  1. Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la Conselleria competente en materia de pesca marítima, y solicitada por la persona titular de la embarcación, amparando a todas las personas que realicen la pesca desde la citada embarcación.
                  2. Se entiende por embarcación aquella de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, e inscrita en las listas sexta o séptima del Registro de Matrícula de Buques, y utilizada para fines deportivos o de ocio.
                  3. Las embarcaciones extranjeras deberán cumplir los requisitos de registro exigidos en su país de origen y solicitar la pertinente licencia de pesca marítima de recreo.
                  4. La licencia de pesca marítima de recreo desde embarcación tendrá una duración de dos o cinco años, a elección de la persona solicitante. En el caso de embarcaciones comerciales de pesca marítima de recreo, la duración será de un año.

                  No estoy en contra de la gente que quiera pescar en Kayak , todo lo contrario , pero aún no he visto ninguno con matricula , y con todo lo que nos obligan a llevar a los 7ª , por lo que he leido sólo se pueden sacar la licencia de pesca desde tierra , usease que están incumpliendo la Ley pescando en la mar

                  Editado por última vez por Makoki II; 07/07/2014, 16:44:54.
                  Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Licencias para pesca

                    Artículo 7. Licencias
                    1. Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la Conselleria competente en materia de pesca marítima, y solicitada por la persona titular de la embarcación, amparando a todas las personas que realicen la pesca desde la citada embarcación.

                    Esto creo que deja claro para todo aquél que tenga dudas sobre licencias de pesca


                    Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Licencias para pesca

                      Originalmente publicado por Makoki II Ver Mensaje
                      Artículo 7. Licencias
                      1. Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la Conselleria competente en materia de pesca marítima, y solicitada por la persona titular de la embarcación, amparando a todas las personas que realicen la pesca desde la citada embarcación.

                      Esto creo que deja claro para todo aquél que tenga dudas sobre licencias de pesca


                      Hombre... resolvera las dudas de los Valencianos ya que ese articulo es de la comunidad valenciana;



                      el creador del post ha preguntado si tiene que sacarse 2 licencias para pescar en Murcia y Almeria...

                      vayamos al centro del asunto....;



                      ES VÁLIDA LA LICENCIA EXPEDIDA EN UNA COMUNIDAD AUTÓNOMA PARA PESCAR EN AGUAS DE OTRA COMUNIDAD?
                      Según se establece en el Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, en su disposición adicional quinta (reconocimiento de licencias). La licencia de actividad de la comunidad autónoma será la expedida por la comunidad en la que la embarcación de pesca recreativa tenga su puerto base. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias.


                      Vamos, que en principio te vale para cualquier comunidad en caso de que hayan "establecido mecanismos de colaboracion y cooperacion para el reconocimiento mutuo de licencias", que lo hayan hecho o no... vete a saber

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Licencias para pesca

                        Originalmente publicado por Makoki II Ver Mensaje
                        Artículo 7. Licencias
                        1. Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación se deberá estar en posesión de la licencia de actividad, que será expedida por la Conselleria competente en materia de pesca marítima, y solicitada por la persona titular de la embarcación, amparando a todas las personas que realicen la pesca desde la citada embarcación.

                        Esto creo que deja claro para todo aquél que tenga dudas sobre licencias de pesca


                        Y sobre lo de amparar al resto de tripulantes... los ampara si, pero para que? aun no he encontrado en ningun sitio donde ponga que les permita a esos "amaparados" llevarse los 5kg que por licencia/dia el titular puede llevarse.

                        Aqui en Euskadi esta claro que no. Lo del amparamiento no lo pone por ningun sitio y si que especifica que 5kg/licencia.

                        Para pescar desde embarcacion hace falta esto.

                        - Inscripcion libro segundo de buques
                        - Maximo 6 anzuelos (poteras 2 lineas)
                        - Maximo 6 salabardos o reteles
                        - 5kg de pesca/licencia/dia
                        - 25 kg barco/dia ( 5 o mas licencias)
                        - Horario: orto al ocaso


                        En Valencia ...pues que el titular de la embarcacion se tiene que sacar la licencia correspondiente y que ampara al resto a "pescar". Que entienden por pescar? no pone que se lo puedan llevar a casa, ni el cupo de kilos por persona...
                        Editado por última vez por La Flecha Roja; 07/07/2014, 21:13:46. Razón: correcciones varias

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Licencias para pesca

                          Originalmente publicado por La Flecha Roja Ver Mensaje
                          Vamos, que en principio te vale para cualquier comunidad en caso de que hayan "establecido mecanismos de colaboracion y cooperacion para el reconocimiento mutuo de licencias", que lo hayan hecho o no... vete a saber
                          Tienes toda la razon del mundo, esa licencia te la reconocera el que la expida y en su comunidad, aqui es papel mojado, en la CAV cada pescador con su licencia y el barco inscrito en el censo de embarcaciones deportivas.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Licencias para pesca

                            Muchas gracias a todos los cofrades.
                            La sacare este verano en murcia cuando vaya de vacaciones.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Licencias para pesca

                              Originalmente publicado por catetoababor Ver Mensaje
                              Vas a tener que sacar dos licencias, una en Murcia y otra en Andalucia; cada comunidad autónoma regula el tema de la pesca deportiva; aquí en andalucia es el tipo de licencia 2 (pesca desde embarcación) cuesta 6 euros y es un puro tramite, la haces en el dia, pero tendras que ir a alguna consejería de agricultura y pesca de almeria u otra provincia.

                              Creo que también se puede hacer por internet, pero no se si resulta igual de rápido.

                              Para mas información: http://www.juntadeandalucia.es/hacie...tml?c=1-59-776

                              Buena pesca!

                              Lo estoy mirando y, al parecer, por Internet sólo si tienes certificado digital..

                              Muhcas gracias por la info, ya tengo los papelitos impresos y las tasas pagadas para, en cuanto llegue a Cádiz, sacármela
                              Dicen que dejamos atrás los mares procelosos, que amaina el temporal, que las suaves y cálidas brisas portantes nos acompañarán a partir de ahora.

                              Dicen que podremos marcar nuevos rumbos, sacar todo el trapo y dar lo mejor de nosotros con las ganas y la fuerza que los adversos meteoros nos habían negado hasta ahora.

                              Que así sea!!

                              Comentario

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