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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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licencia de pesca

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  • #16
    Re: licencia de pesca

    Ya me han llamado, os cuento lo que me han dicho.
    La embarcacion debe atenerse a la normativa de su puerto base y estas licencias si seran reconocidas en toda España.
    Me comenta especialmente el caso de barco con puerto base en Comunidad Valenciana y licencia de pesca de embarcacion en Murcia, en murcia se licencia a la persona y en Valencia a la embarcacion, en este caso no es valida la licencia de Murcia para pescar en aguas interiores de Valencia.
    Quiero decir que esto mismo es lo que me indicaron en la Comunidad Valenciana.

    Se que ahora saldra gente indicando que lo llevan haciendo muchos años (eso de tener el barco en una CA y la licencia en otra, ¿pero en otra con distinta modalidad personal/embarcacion?) ¿pero realmente a alguno que este en este caso le ha pedido la licencia la Guardia Civil?
    Editado por última vez por Conescom; 23/11/2015, 19:13:34.

    Comentario


    • #17
      Re: licencia de pesca

      Originalmente publicado por Conescom Ver Mensaje
      Ya me han llamado, os cuento lo que me han dicho.
      La embarcacion debe atenerse a la normativa de su puerto base .....


      vamos a ir por partes ..
      esta informacion es falsa
      La embarcacion debe atenerse a la normativa de las aguas en las que se encuentra pescando, sean estas interiores, exteriores, españolas, francesas, portuguesas o de soberania compartida
      Un barco abanderado en belgica o en cualquier otro pais que pesque en aguas interiores de cualquier comunidad española tiene que respetar las leyes que regulan la pesca en aguas interiores de esta comunidad y en aguas exteriores tendra que respetar la ley estatal que regula la pesqueria en aguas españolas.

      lo mismo que un barco con base en cualquier comunidad autonoma española, que pesque en aguas de otra comunidad.
      Editado por última vez por trabañarru; 23/11/2015, 19:40:16.

      Comentario


      • #18
        Re: licencia de pesca

        Preciosas las fotos de los vaporcitos.

        Comentario


        • #19
          Re: licencia de pesca

          Originalmente publicado por xabi santana Ver Mensaje
          Preciosas las fotos de los vaporcitos.
          todavia hoy en dia en esta costa a los barcos de pesca se les denomina "baporiak"..

          Comentario


          • #20
            Respuesta: licencia de pesca

            Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
            Artículo 9. Pesca marítima de recreo desde embarcación.

            Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida para cada embarcación por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en la cual se realice la actividad.

            Disposición adicional quinta. Reconocimiento de licencias.

            1. A efectos de lo dispuesto en el artículo 9, la licencia de actividad de la comunidad autónoma será la expedida por la comunidad en la que la embarcación de pesca recreativa tenga su puerto base.

            2. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias.
            Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero)

            Comentario


            • #21
              Re: Respuesta: licencia de pesca

              Originalmente publicado por SMJJ Ver Mensaje
              Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
              Artículo 9. Pesca marítima de recreo desde embarcación.

              Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde embarcación será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida para cada embarcación por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en la cual se realice la actividad.

              Disposición adicional quinta. Reconocimiento de licencias.

              1. A efectos de lo dispuesto en el artículo 9, la licencia de actividad de la comunidad autónoma será la expedida por la comunidad en la que la embarcación de pesca recreativa tenga su puerto base.

              2. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias.
              ahora sí que no llego...
              Famo a vė: Si la comunidad murciana expide licencias personales para la pesca embarcado y no licencia para la embarcación, ¿cuál es el puerto base de que embarcación?

              De verdad que se complica el asunto. Si salgo en un velero de charter (sin licencia de pesca para embarcación por los 380€ que cuesta en lista 6ª)de la comunidad valenciana y voy a pasar unos días fondeando en Baleares ¿existe una licencia que me permita hacerlo de manera personal sin riesgo a problemas?
              ¿Los fondeos, lógicamente pegados a costa, estarían considerados aguas interiores y quedarían excluidos de la licencia personal murciana?


              salud y paciencia.

              Comentario


              • #22
                Re: Respuesta: licencia de pesca

                Originalmente publicado por llenyalfoc Ver Mensaje
                ahora sí que no llego...
                Famo a vė: Si la comunidad murciana expide licencias personales para la pesca embarcado y no licencia para la embarcación, ¿cuál es el puerto base de que embarcación?




                salud y paciencia.
                De que va este tema, de sebrar dudas al personal?
                Desde cuando en españa las embarcaciones de lista 6ª y 7ª abanderadas en españa tienen que declarar puesto base?
                Tienes tu en tu certificado de navecacion, navegabilidad o hoja de asiento algun apartado donde figure este concepto??
                Yo cada dia alucino mas

                Comentario


                • #23
                  Re: licencia de pesca

                  La andaluza pone: Esta licencia es válida para la pesca de recreo en el litoral de la comunidad Autonoma de Andalucia.
                  Pregueté en Ceuta si me valía la andaluza y me dijeron que nones. Bueno pues le di el dinero y fotocopia del DNI a un familiar para que me la sacara alli (para eventuales visitas) y tampoco. Hay que ir en persona. DNI original, lo que es lo mismo. En andalucia se puede hacer por internet con lector homologado.
                  La tierra firme me marea, sobre todo cuando estoy en la Cantina del puerto.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Respuesta: licencia de pesca

                    Originalmente publicado por trabañarru Ver Mensaje
                    De que va este tema, de sebrar dudas al personal?
                    Desde cuando en españa las embarcaciones de lista 6ª y 7ª abanderadas en españa tienen que declarar puesto base?
                    Tienes tu en tu certificado de navecacion, navegabilidad o hoja de asiento algun apartado donde figure este concepto??
                    Yo cada dia alucino mas

                    SALUDSS.


                    PUERTO BASE ??
                    PUES AGARRATE A MI QUE LO TENGO EN EL PARKING EN CASA .

                    Cuando vaya a SAN PEDRO mirare de sacarla ya que suelo pescar por el menor
                    EL GARFIELD.
                    Restauración integral de un velero de 5,50. http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=166786
                    El WISPA
                    RESTAURACIÓN INTEGRAL DE UN VELERO DE 26 PIES
                    https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=182808
                    LAS RONDAS DEL JORDI BMW LAS PAGO YO
                    (AL)

                    LA IGNORANCIA SE CURA LEYENDO Y EL RACISMO SE CURA VIAJANDO.
                    (UNAMUNO)

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Respuesta: licencia de pesca

                      Originalmente publicado por llenyalfoc Ver Mensaje
                      ahora sí que no llego...
                      Famo a vė: Si la comunidad murciana expide licencias personales para la pesca embarcado y no licencia para la embarcación, ¿cuál es el puerto base de que embarcación?

                      De verdad que se complica el asunto. Si salgo en un velero de charter (sin licencia de pesca para embarcación por los 380€ que cuesta en lista 6ª)de la comunidad valenciana y voy a pasar unos días fondeando en Baleares ¿existe una licencia que me permita hacerlo de manera personal sin riesgo a problemas?
                      ¿Los fondeos, lógicamente pegados a costa, estarían considerados aguas interiores y quedarían excluidos de la licencia personal murciana?


                      salud y paciencia.
                      Cuando estes a 12mn de la costa de valencia ponte a pescar ahi sera legal, cometelo antes de entrar en el radio de las 12mn de la costa Balear

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