VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Fondeo con buceadores en el agua

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  • Fondeo con buceadores en el agua

    Hola a todos.
    ¿Alguien tiene alguna referencia legal en el sentido de que sea obligatorio en una inmersión efectuada por particulares, no de un centro de buceo, la permanencia de alguien en el barco mientras este está fondeado?
    Gracias mil

  • #2
    Re: Fondeo con buceadores en el agua

    MINISTERIO DE FOMENTO ORDEN de 14 de octubre de 1997 ( B.O.E. 27/11/97).
    NORMAS DE SEGURIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES SUBACUATICAS


    APITULO I - Disposiciones generales Artículo 1. Aplicación de estas normas.
    Estas normas se aplicarán a toda operación en la que se someta a personas a un medio hiperbárico, bien sean de buceo profesional, deportivo, recreativo o de cualquier otra índole, a excepción de las militares, ejecutadas en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, tanto en aguas marítimas como interiores. Las definiciones de los términos utilizados en las presentes normas, se encuentran recogidas en el anexo I.
    Artículo 2. Empresas de buceo profesional, escuelas, centros turísticos de buceo y clubes de buceo.
    Será obligación de las empresas de buceo, clubes de buceo, centros turísticos de buceo, escuelas y en general toda entidad pública o privada, a excepción de la militar, que ejercite alguna actividad en la que se someta a personas a un medio hiperbárico:
    1. Asegurar que todas las "plantas y equipo" utilizados o que vayan a utilizarse en operaciones hiperbáricas o relacionados con las mismas sean revisados, probados, controlados y reparados o sustituidos de acuerdo con la legislación vigente, debiendo mantener al día la documentación de revisión correspondiente.
    2. Disponer de un "Libro de Registro/Control de Equipos" (anexo II) donde se especifiquen las instalaciones y equipos que dispone la entidad para realizar dicha actividad, así como los controles realizados en dichos equipos.
    3. Comprobar que los buceadores tienen la titulación y capacitación adecuadas y necesarias de acuerdo con la exposición hiperbárica a la que se van a someter.


    Por lo que entiendo, que no es de aplicación al buceo "por libre" en tu barquito con tu mujer y tus hijos.


    Por si te interesa, la misma orden dice lo siguiente:


    Artículo 16. Embarcación de apoyo a buceadores. 1. Se dispondrá siempre de una embarcación en superficie, para ayuda y auxilio de los buceadores durante sus inmersiones.
    2. La dotación de la embarcación vigilará en todo momento las burbujas procedentes de los equipos respiratorios de los buceadores y estará informada, en lo posible, de la duración aproximada de la inmersión.
    3. Al hacer los buceadores inmersión desde la embarcación, ésta permanecerá desembragada, mientras los buceadores estén en superficie o próximos a ella.
    4. Cuando se sepa, o haya evidencia del regreso de los buceadores a superficie, el patrón desembragará el motor y no volverá a embragarlo, mientras no se encuentren los buceadores fuera del agua o hayan vuelto a hacer inmersión.
    5. La dotación de la embarcación estará alerta para recoger en el menor tiempo posible aun buceador que saliera a superficie con cualquier problema.
    6. La única operación de buceo permitida desde una embarcación en movimiento, es la de búsqueda con buceador remolcado. En este caso no se embragará el motor de la embarcación hasta que el buceador se encuentre fuera del alcance de las hélices.
    Artículo 17. Patrones de embarcaciones.
    Será obligación del patrón de la embarcación desde la que se efectúen o hayan de efectuarse operaciones de buceo, lo siguiente:
    1. Impedir que se efectúen maniobras o actividades a bordo del buque o embarcación que puedan constituir peligro para cualquier persona relacionada con las operaciones de buceo y consultar con el jefe de equipo de buceo antes de la iniciación de aquellas operaciones o actividades y situaciones que puedan afectar.
    2. Asegurar una perfecta señalización de las operaciones de buceo en curso mediante las banderas, luces y otros elementos de aviso reglamentarios.
    3. El motor de la embarcación estará desembragado siempre que los buceadores estén en el agua o en sus inmediaciones.


    Pero como decía más arriba, entiendo que solo es de aplicación a:empresas de buceo, clubes de buceo, centros turísticos de buceo, escuelas y en general toda entidad pública o privada, a excepción de la militar, que ejercite alguna actividad en la que se someta a personas a un medio hiperbárico.

    Comentario


    • #3
      Re: Fondeo con buceadores en el agua

      Gracias... pero fijaté que eso puede ser interpretado libremente por el benemérito de turno: La Familia es una entidad; la Entidad "familiar" .
      Yo entiendo que se refiere a entidades en las que es posible ejercer reclamaciones a instancias de parte, sean estas públicas como un centro de buceo con ánimo de lucro, o privadas como un club de buceo que organiza una salida en la que hay responsables de grupo.
      La verdad es que no está nada claro.
      Saludos.

      Comentario


      • #4
        Re: Fondeo con buceadores en el agua

        Originalmente publicado por Yofloto Ver Mensaje
        Gracias... pero fijaté que eso puede ser interpretado libremente por el benemérito de turno: La Familia es una entidad; la Entidad "familiar" .
        Pues entonces dí que no son familia, sino amigos

        Comentario


        • #5
          Re: Fondeo con buceadores en el agua



          Leyendo más abajo:



          CAPÍTULO III.
          BUCEO DEPORTIVO-RECREATIVO.


          Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
          1. Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas, deberá encontrarse en posesión de un Seguro de accidentes y de responsabilidad civil, que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas.
          En el caso de la práctica del buceo científico, el seguro de accidentes y de responsabilidad civil, tanto del equipo científico como del personal auxiliar, deberá cubrir, además, operaciones de rescate hasta un valor de quince millones (15.000.000) de pesetas, o noventa mil ciento cincuenta y un (90.151 euros).
          2. En las realización de operaciones de buceo, se evitará planear las inmersiones al límite de las tablas de descompresión, dándole al buceador un tiempo o profundidad de seguridad, sobre el límite de las mismas. Los programas de enseñanza para la obtención de los distintos títulos, deberán incluir explicaciones y manejo de las tablas de descompresión establecidas en estas normas.
          3. En la práctica del buceo deportivo-recreativo, las tablas de descompresión incluidas en el anexo III podrán ser sustituidas por un descompresímetro digital debidamente aprobado.
          4. Cuando por cuestiones excepcionales se justifique el riesgo de una inmersión en solitario, el buceador irá siempre unido a la superficie por un cabo de seguridad.
          5. En las inmersiones previstas a más de 40 metros de profundidad, es aconsejable la utilización de equipos de comunicación con superficie.
          6. En el transporte de las botellas de buceo deberá procurarse que las mismas sean siempre fijadas sujetándolas por la grifería y el cuerpo de los cilindros, no por los atalajes, para evitar su rotura y posible caída.
          7. Los compresores accionados por motores de explosión, sólo deberán hacerse funcionar en espacios exteriores, colocando la toma de aspiración a unos dos metros del nivel del suelo y a barlovento del escape del motor del compresor.
          8. Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:
          1. 40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.
          2. 55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido), salvo en los supuestos de buceo científico, donde esta profundidad de inmersión podrá ser rebasada a los máximos niveles de inmersión, con el equipo adecuado, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo V.
          9. Solamente podrán realizar operaciones de rescate o de recuperación de cadáveres, las fuerzas de Seguridad del Estado y/o buceadores con la titulación profesional correspondiente, salvo en circunstancias de emergencia donde la intervención represente la protección de vidas humanas.
          10. La responsabilidad de la preparación y planeamiento de una operación de buceo, recaerá siempre sobre el buceador de mayor rango. Del mismo modo, todo el personal que participe en la misma, deberá estar enterado del programa que se va a llevar a cabo.
          11. Se tomarán precauciones cuando se hagan inmersiones en fondos de fango, para evitar la pérdida de visibilidad o el enterramiento del buceador o de su equipo.
          12. Se preverán métodos de tratamiento y medidas a adoptar en caso de accidente causado por la vida marina, tóxica o agresiva, cuando se hagan inmersiones en aguas con alta concentración de vida marina peligrosa.
          13. Se dispondrá de una embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los buceadores. Siempre que sea posible, se dispondrá en ella de una pareja de seguridad, lista para hacer inmersión.
          14. Toda embarcación que participe en operaciones de buceo, deberá izar la bandera ALFA del Código Internacional de Señales y, a ser posible, balizará con la misma señal DOS puntos de la zona de inmersión.
          15. Se exigirá a los centros de alquiler de material y a los buceadores la responsabilidad y puesta a punto del mismo.
          16. La unidad mínima en el agua para efectuar inmersiones con equipos autónomos será una pareja de buceadores y que deberán estar sometidos a las siguientes restricciones:
          1. No podrá realizar actividades subacuáticas todo aquel buceador que se encuentre en bajo estado físico, psíquico, tensión, ansiedad, embriaguez, enfermedad, sueño, ingestión de drogas o de similares efectos.
          2. No se efectuarán actividades de buceo cuando las condiciones atmosféricas impidan la maniobra normal de la embarcación de apoyo para la recogida de los buceadores.
          3. No se realizarán inmersiones que requieran paradas de descompresión en el agua cuando el estado del agua no permita realizar, con seguridad, las paradas reglamentarias o mantener la profundidad con exactitud.
          4. Se evitará, en la medida de lo posible, la realización de inmersiones con corrientes superiores a un nudo.
          17. El equipo mínimo obligatorio que debe llevar un buceador autónomo será:
          1. Chaleco compensador de la flotabilidad, que deberá de constar de un sistema de hinchado bucal, y otro automático directo de la botella de suministro principal, o alimentado por medio de un botellín.
          2. La botella contará con un mecanismo de reserva o con un sistema de control de la presión interior.
          3. Reloj y profundímetro o descompresímetro digital.
          4. Cuchillo.
          5. Dos segundas etapas, aunque se recomienda llevar dos reguladores independientes.
          O sea que estamos en las mismas; hay una embarcación en superficie pero no especifica que tenga que estar con una persona a bordo. Lo único que se recomienda es tener una pareja de seguridad (no sé por qué no recomiendan tener un hidrocóptero para evacuar en un momento dado... ya puestos.

          Comentario


          • #6
            Re: Fondeo con buceadores en el agua

            yo creo que lo mas importante es izar la bandera alfa y de ser posible dejar a alguien tomando el sol en la embarcacion fondeada, es tambien muy recomendable el usar el cabo del ancla para sumergirte o subir a la superficie, de esta forma evitaras riesgos con otras embarcaciones y por ultimo inflar un globo para que se vea bien donde estas.

            saludos y buenas inmersiones!!!

            Comentario


            • #7
              Re: Fondeo con buceadores en el agua

              ..jeje me ha gustado lo del hidroelicóptero!..
              La verda yo pensaba que no era recomendable pero sí legal..al parecer no está tan claro..
              Creía que con la bandera alfa, bajar y subir por el cabito..y con una bolla era suficiente..pero el tema de dejar el barco solito..como lo ven?..Al bajar por el cabo, imagino que se inspecciona mejor que bien el ancla..pero supongo que puede haber otros aspectos a considerar..qué opinan los entendidos??.al margen de la ley..lo recomiendan?..qué precauciones hay que tener en cuenta??
              Gracias a todos..cada día que vengo aprendo cosillas..
              doblo la ronda..esta vez con brugal

              Comentario


              • #8
                Re: Fondeo con buceadores en el agua

                A ver un poco de sentido común, aunque sea el menos común de los sentidos.
                SIEMPRE un "barquero" o lo que es lo mismo alguien en superficie, con su protector solar, su musiquita, y atento a relojes, burbujas y demas eventos.
                Es cuestion de seguridad, y en la mayoria de los casos es cuestión de vida o muerte.
                A mi me parece muy bien todo lo escrito en documentos oficiales, pero nunca hago una inmersión sin un barquero.
                sigpic
                Si acaso sobre babor la verde se deja ver
                sigue avante ojo avizor, debese el otro mover.
                Si a estribor ves colorado debes con cuidado obrar
                pasa a uno u otro lado, para o manda ciar.

                Comentario


                • #9
                  Re: Fondeo con buceadores en el agua

                  8. Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:
                  1. 40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.
                  2. 55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido), salvo en los supuestos de buceo científico, donde esta profundidad de inmersión podrá ser rebasada a los máximos niveles de inmersión, con el equipo adecuado, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo V.
                  13. Se dispondrá de una embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los buceadores. Siempre que sea posible, se dispondrá en ella de una pareja de seguridad, lista para hacer inmersión.
                  14. Toda embarcación que participe en operaciones de buceo, deberá izar la bandera ALFA del Código Internacional de Señales y, a ser posible, balizará con la misma señal DOS puntos de la zona de inmersión.


                  Hola. Es curioso que pongan como limite para una inmersión con aire 40 metros y en cambio si es con aire o "nitrox" (aire enriquecido) pongan el limite a 55 metros. Cuando es claro y sabido que si buceas con aire enriquecido, (Ox a más del 21%) puedes estar más tiempo sin hacer descompresión, pero el limite de profundidad hay que rebajarlo dependiendo del EAN que lleves. Por ejemplo si buceases con oxigeno puro al 100% la profundidad maxima seria de 6m.
                  También es curioso que recomienden que haya una pareja en el barco lista para hacer una inmersión por si acaso algún buceador tiene un problema. Si pones a una pareja en un barco a las 10 de la mañana de un 20 de agosto durante una hora, equipados para bucear, ya te digo yo que a quienes habra que llevar al hospital después de la inmersión sera a la pareja de soporte.
                  Desde luego los que hacen las leyes parece que no nos quieren mucho y tratan de liquidarnos. O hacen las leyes desde sus despachitos y no se han metido en el mar más lejos de la distancia suficiente para hacer castillitos de arena. Luego intenta explicarselo a los abnegados miembros de la benemerita y habra el que te entienda y habra el que te diga "la ley es la ley, son 600 del ala... graciasssss"
                  En fin, ladrillo pero más tocho es la ley.
                  Salud y
                  Dónde hay patrón no manda marinero. Y dónde esta la mujer del patrón, no manda ni dios

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Fondeo con buceadores en el agua

                    Originalmente publicado por bannanier Ver Mensaje
                    ..Es curioso que pongan como limite para una inmersión con aire 40 metros y en cambio si es con aire o "nitrox" (aire enriquecido) pongan el limite a 55 metros. Cuando es claro y sabido que si buceas con aire enriquecido, (Ox a más del 21%) puedes estar más tiempo sin hacer descompresión, pero el limite de profundidad hay que rebajarlo dependiendo del EAN que lleves.
                    Nitrox y EAN no es lo mismo, compañero. No todos los nitrox son EAN.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Fondeo con buceadores en el agua

                      Hola foreros, una ronda para todos

                      Llevo navegando a vela años, nunca me han parado, también buceo con unos amigos y salimos en zodiac. Nunca me han parado, he cometido muchas infracciones.. y alguna travesura

                      bucear sin barquero
                      hacer buceos recreativos con descompresion
                      botellas sin la revision anual
                      ir a mas de 3 mmillas por el canal... esos si no habia nadie
                      Salir a bucear sin chalecos, bengalas cubo, espejo..... pq sino no cabemos
                      Me tardaron mas de 2 años en poner todos los papeles del velero en regla ni el aux ni el minipimer del velero tiene papeles
                      pescar al curry sin licencia ( como todos)
                      hacer lo que todos hacemos con el tanque de aguas negras...

                      SI LO COMPARAMOS CON LA CARRETERA ME FRIEN A MULTAS, SIN CARNET Y POSIBLE CARCEL POR EXCESO DE VELOCIDAD (ir a 5-6 millas es el doble de lo permitido)

                      QUE PASA EN EL MAR.........??????????????

                      A ALGUN FORERO LE HAN SANCIONADO, PQ? Y COMO SE LLAMA??

                      Gracias y buenos tragos
                      sigpic"Que las divinidades del cielo y el mar iluminen vuestras velas"

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Fondeo con buceadores en el agua

                        Originalmente publicado por Gualdrapa Ver Mensaje
                        Nitrox y EAN no es lo mismo, compañero. No todos los nitrox son EAN.
                        ¡Coño! ¡Eso es nuevo! ¡Y yo que creía que era el acrónimo de Enriched Air Nitrox!



                        ¡Que burro soy!

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Fondeo con buceadores en el agua

                          Dejar una embarcacion sin nadie durante una inmersion que se supone se hace mar adentro es un grave riesgo, mas de uno por diferentes motivos no la ha encontrado al salir , asimismo las corrientes sulen dar malas pasadas a los buceadores y la embarcacion es un tesoro.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Fondeo con buceadores en el agua

                            Originalmente publicado por buzo Ver Mensaje
                            ¡Coño! ¡Eso es nuevo! ¡Y yo que creía que era el acrónimo de Enriched Air Nitrox!



                            ¡Que burro soy!
                            Pues sí... debes tener razón (en lo de burro) .

                            Nitrox puede ser también cualquier mezcla con un contenido menor de un 21%. Puede ser incluso una mezcla hipóxica.

                            EAN es aquel nitrox que tiene un contenido de O2 superior al 21%. Por eso se llama ENRIQUECIDO, compañero.

                            Pero no te preocupes... cuando vayas al curso básico de nitrox, te lo explicarán todo.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Fondeo con buceadores en el agua

                              Originalmente publicado por Gualdrapa Ver Mensaje
                              Pues sí... debes tener razón (en lo de burro) .

                              Nitrox puede ser también cualquier mezcla con un contenido menor de un 21%. Puede ser incluso una mezcla hipóxica.

                              EAN es aquel nitrox que tiene un contenido de O2 superior al 21%. Por eso se llama ENRIQUECIDO, compañero.

                              Pero no te preocupes... cuando vayas al curso básico de nitrox, te lo explicarán todo.

                              Estoy intrigadísimo con esto que dices... Teniendo en cuenta que aquí se está hablando de buceo... ¿Conoces alguna situación en que la práctica del buceo se haga con una mezcla de O2/N2 con una proporción menor de 21% de O2?
                              ¿Qué ventajas reporta?
                              ¿Y las mezclas de O2/N2 hipóxicas cuando y para qué se utilizan en el buceo?

                              Jó! Es una suerte haber encontrado este foro! La de cosas que uno aprende!!!

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