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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Anulada La Cláusula Suelo De Las Hipotecas Del Bbva

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  • #16
    Re: Anulada La Cláusula Suelo De Las Hipotecas Del Bbva

    Originalmente publicado por edurogar Ver Mensaje
    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla condena a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar a eliminar por abusiva dicha condición
    Si se sienta jurisprudencia, no solo será efectivo para las entidades citadas, sino para el conjunto de Bancos, Caja y Cooperativas de Crédito de todo el país. Por ese motivo, lo pelearán a muerte hasta el último minuto.


    Saludos.


    El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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    • #17
      Re: Anulada La Cláusula Suelo De Las Hipotecas Del Bbva

      Originalmente publicado por Brullos Ver Mensaje
      Caja de Ahoros de Galicia=Caixa Galicia



      Nada que ver con Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona=La Caixa



      Gracias, yo ya lo sé, lo que no sé es si lo sabe su señoría.

      Originalmente publicado por edurogar Ver Mensaje
      La sentencia menciona a BBVA, a CAJAMAR y a CAIXA GALICIA. No sé de dónde sacas lo de LA CAIXA

      El fallo/sentencia básicamente lo que hace es:

      1º) Declara la nulidad de la "cláusula suelo"

      2º) Condena a eliminar la "cláusula suelo" y abstenerse de volver a utilizarla

      Saludos
      Lo saco del punto 1 y 2 del fallo, la sentencia no falla contra CAIXA GALICIA, falla contra LA CAIXA (páginas 15 y 16 de la sentencia)

      Comentario


      • #18
        Re: Anulada La Cláusula Suelo De Las Hipotecas Del Bbva

        Originalmente publicado por 4rosas Ver Mensaje
        Gracias, yo ya lo sé, lo que no sé es si lo sabe su señoría.


        Lo saco del punto 1 y 2 del fallo, la sentencia no falla contra CAIXA GALICIA, falla contra LA CAIXA (páginas 15 y 16 de la sentencia)
        Por eso se quejan los jueces que tienen mucho trabajo...... y como consecuencia meten estas pifias: ¡¡confundir LA CAIXA con CAIXA GALICIA!!

        Pero está claro que la sentencia es contra BBVA, CAJAMAR y CAIXA GALICIA.

        Comentario


        • #19
          Aceptada a trámite mayor demanda colectiva contra 45 bancos por las 'cláusulas suelo'

          Aceptada a trámite la mayor demanda colectiva contra 45 bancos por las 'cláusulas suelo'
          • Presentada por la asociación de consumidores Adicae con 400 afectados
          • Se abre un plazo de dos meses para que se sumen a la causa más perjudicados
          • Este polémico punto en los créditos ha dejado sin efecto la caída del Euribor
          • La banca ha ingresado de 3.500 a 7.000 millones en 2010 gracias a los 'suelos'


          Continúa, para tranquilidad de miles y miles de hipotecados, el cerco judicial contra los productos conflictivos y cláusulas comercializadas por la banca en la 'venta' de sus préstamos para la adquisición de casa. El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha aceptado a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieras por la aplicación de las llamadas 'cláusulas suelo' (suelo y 'swap', principalmente) de las hipotecas, según el auto dictado el pasado 4 de febrero.
          La juez Miriam Iglesias acepta así la demanda presentada por la asociación de consumidores Adicae y ha abierto un plazo de dos meses para que todos los perjudicados por este tipo de productos de los bancos y cajas de ahorros se puedan adherir al proceso para "hacer valer sus derechos".

          Además, la juez trasladará la demanda al Ministerio Fiscal para que se pronuncie al respecto y ha abierto una pieza separada para decidir si adopta la medida cautelar solicitada por Adicae de paralizar de forma inmediata la inclusión de estas cláusulas en los préstamos hipotecarios hasta el fin del proceso.

          Por el momento, la demanda ha sido presentada en nombre de unos 400 clientes de las entidades y en ella se pide la nulidad de estas cláusulas por desproporción manifiesta entre los suelos y los techos de tipos de interés fijados en los contratos hipotecarios.

          La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado de la bajada del Euribor, principal índice de referencia de en las hipotecas a tipo variable. Este tipo de cláusulas se comercializaron principalmente entre 2007 y 2008.

          Según un informe elaborado por el Banco de España a petición del Senado, en España existen 3,8 millones de personas con este tipo de cláusulas en sus contratos hipotecarios. Adicae calcula que en 2010, los bancos y cajas ingresaron entre 3.500 y 7.000 millones de euros por estas cláusulas en perjuicio del consumidor, según las cifras aportadas a Europa Press.

          Los bancos demandados son BBVA, Banco Pastor, Banco Sabadell, Banco Popular, Banco Guipuzcoano, Banco de Galicia, Banco Gallego y Banco Vasconia. Las cajas de ahorros demandadas son La Caixa, Caixa Galicia, Caixa Inmaculada, Caixa d'Estalvis de Girona, Caixa Manresa, Caixa Nova, Caixa Ontinyent, Caixa Penedés, Caixa Rural de Baleares, Caixa Sabadell, Caixa Tarragona, Caja Castilla-La Mancha, Caja Círculo, Caja de Ahorros de Extremadura, Caja de Badajoz, Caja Duero, Caja España, Caja Canarias y Unicaja.

          A éstas, se suman Kutxa, Caja Granada, Caja Insular de Ahorros de Canarias, Multicaja, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Cuenca, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Navarra, Caja Rural del Sur, Caja Segovia, Caja Sol, Caja Sur, Cajalon, Caja Mar, Caixa d'Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa, Caixa d'Estalvis Unió de Caixes Manlleu Sabadell i Terrasa, Celeris Servicios Financieros y Credifimo.

          En octubre de 2010, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla dictó la primera sentencia en España que declaró abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas de dos bancos y tres cajas de ahorros, a quienes obligó a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas en los sucesivos contratos. Esta sentencia está recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial del Sevilla.

          El juez concluyó entonces que el abuso reside en el "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco que carece de "reciprocidad en perjuicio del consumidor".

          TODO AQUEL QUE DESEE ADHERIRSE A LA DEMANDA (POR SER UNO DE LOS AFECTADOS) PUEDE INFORMARSE EN www.adicae.net

          Comentario


          • #20
            Ordenan la ejecución provisional de la sentencia 'antisuelo'

            Ordenan la ejecución provisional de la sentencia 'antisuelo'

            Adiós a la polémica cláusula suelo en un banco y dos cajas


            Extracto de la sentencia del Juzgado nº 2 de Sevilla.

            • Los afectados no tendrán que esperar que el dictamen judicial sea firme
            • Las entidades financieras no podrán incluir este punto en sus hipotecas y disponen de dos meses para eliminarla del resto de contratos ya firmados


            Decenas de miles de hipotecados españoles están de enhorabuena. El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla ha decretado la ejecución provisional de la polémica sentencia que condena la cláusula suelo, obtenida por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) frente a las entidades financieras BBVA, Caixa Galicia y Cajamar. De este modo, los afectados no tendrán que esperar que el dictamen sea firme. El banco y las dos cajas en cuestión no podrán incluir este punto en sus hipotecas y disponen de dos meses para eliminarla del resto de contratos ya firmados, según ha informado Ausbanc en un comunicado.

            La relevante noticia llega apenas un año después de que los servicios jurídicos de Ausbanc demandaran a numerosas entidades que incluían la 'cláusula suelo' en sus hipotecas. Este punto ha evitado que decenas de miles de hipotecados hayan podido beneficiarse de la caída libre del Euribor, que pasó de máximos, 5,3% en julio de 2008, a mínimos, 1,2% en marzo de 2010, en menos de dos años.
            'Los afecatos no se verán perjudicados por el transcurso del tiempo mientras se decide sobre el recurso'
            De este modo, tras haber una sentencia favorable en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en la que se declara la nulidad de la cláusula, ahora se da un paso más. Los afectados podrán beneficiarse de los efectos de dicha sentencia sin necesidad de que sea firme -las entidades financieras implicadas han interpuesto un recurso- mediante la ejecución provisional de la misma. Así, como apunta el comunicado de Ausbanc, "no se verán perjudicados por el transcurso del tiempo mientras se decide sobre el recurso".

            Cronología de los hechos

            La interposición de la demanda por parte de Ausbanc se presentó el 6 de abril de 2010 ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla. En ésta, se pedía la nulidad de dicha cláusula en los contratos de BBVA, Caixa Galicia y Cajamar. Seis meses después llegaba la histórica sentencia. El 30 de septiembre, este Juzgado dictaba un auto en el que condenaba a las tres entidades a eliminar esta cláusula de sus contratos y a abstenerse de incluirla en lo sucesivo. Una decisión judicial recurrida por las entidades financieras en el punto de mira.

            Después del recurso presentado por éstas y a instancias de Ausbanc, el mismo Juzgado dictaba un fallo -27 de enero- en el que se ordenaba la ejecución provisional de la sentencia de 30 de septiembre. Dicho auto recoge el fallo de la sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla:

            "1º. Declaro la NULIDAD, por abusivas, de las denominadas 'cláusulas suelo' de autos, en los préstamos hipotecarios a interés variable con consumidores, celebrados por las entidades BBVA, CAIXA GALICIA y CAJAMAR, dado el desfase apreciado de las mismas en relación a las cláusulas techo que las acompañan, de conformidad con lo dispuesto en la fundamentación de esta resolución. Condenado a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración".

            "2º. Condeno a BBVA, CAIXA GALICIA y CAJAMAR a la eliminación de dichas condiciones generales de la contratación y a abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo en sus contratos de préstamo hipotecario con consumidores y usuarios".

            "3º. Ordeno la publicación del fallo de la presente sentencia, una vez firme, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, así como en un diario de los de mayor difusión de la provincia (...), todo ello a cargo de la demandada y en el plazo de 15 días desde la notificación de la sentencia".

            "4º. Inscríbase, asimismo, la presente sentencia estimatoria, junto con el texto de las cláusulas afectadas de autos, en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, expidiéndose los mandamientos oportunos, y a cargo asimismo de la parte demandada (...)".

            "5º. Se imponen las costas a las demandadas condenadas".

            De esta manera, "este auto de ejecución obliga a las tres entidades financieras citadas a no incluir esta cláusula en los nuevos contratos y les concede un plazo de dos meses para que la eliminen del resto de sus contratos mientras los tribunales resuelven el recurso contra la sentencia del pasado 30 de septiembre", aclara Ausbanc en su nota.
            Las cuotas mensuales de miles de hipotecados experimentan una apreciable reducción
            Esto significa que los clientes afectados por esta cláusula, que desde Ausbanc se califica como "abusiva", podrán verificar en los próximos meses cómo las cuotas mensuales de sus préstamos hipotecarios experimentan una apreciable reducción.

            Ausbanc destaca que resulta especialmente significativo que el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla ha requerido a las entidades financieras condenadas "para prestar la colaboración legalmente exigible a las mismas para el correcto desarrollo de la presente ejecución provisional, bajo los apercibimientos generales de ley, y expreso de desobediencia, en las personas de los representantes legales o responsables oportunos. Sin perjuicio de las multas coercitivas u otras actuaciones ejecutivas a que, en su caso, pudiere haber lugar", se puede leer en el auto.
            Editado por última vez por Invitado; 14/02/2011, 22:42:39.

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            • #21
              ¡¡por Fin!! Desde Hoy 12 De Abril Ya Es Obligatoria La Ejecución

              BBVA, Caixa Galicia y Cajamar deben dejar de cobrar la polémica cláusula suelo


              Ampliar foto
              Tabla de cálculo de hipotecas con y sin 'suelo' elaborada por Ausbanc.
              • Obligadas a recalcular las cuotas de los contratos en vigor con este punto
              • Tienen que aplicar las nuevas cantidades sin que el afectado lo solicite
              • Desde el 11 de febrero, además, no pueden incluirla en los nuevos préstamos

              Desde el día de hoy, 12 de abril de 2011, las entidades BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar el tipo mínimo de interés o suelo de sus contratos de préstamo hipotecario, según informa Ausbanc (Asociación de Usuarios de Banca) en un comunicado. Esta buena noticia para los bolsillos de miles y miles de hipotecados responde a la entrada en vigor de la obligación que les impuso al banco y las dos cajas el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla al admitir a trámite la ejecución provisional de la sentencia que declara nulas, por abusivas, estas cláusulas.


              Junto a esta obligación, Ausbanc recuerda que las entidades financieras implicadas no pueden incluir esas cláusulas en los nuevos contratos que formalizaran desde el 11 de febrero de 2011, fecha en la que se notificó a las mismas la admisión de la ejecución provisional de la sentencia. Un mandato que ha cumplido, como ellas mismas informaron, las tres entidades financieras en el punto de mira. Esta información se conoce justo el día en el que el Congreso, gracias a los votos del PSOE y del PP, ha rechazado limitar el uso de las 'cláusulas suelo'.

              De este modo, la no aplicación del suelo implica la necesidad de recalcular las cuotas de todos los contratos de préstamo a tipo de interés variable que contengan las cláusulas declaradas nulas, aplicando el tipo de interés que resulte de sumar el diferencial convenido al tipo de referencia que corresponda. Por ello, cualquier cuota de un préstamo hipotecario cuyo pago venza desde el día de hoy, 12 de abril, inclusive, debe estar exenta de la aplicación del suelo.
              Las cláusulas estimadas nulas, por abusivas, fueron las siguientes

              BBVA. 1º. Las que dispongan un tipo mínimo de referencia del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%. 2º. Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%.
              Caixa Galicia: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,75% y un tipo máximo de interés del 10%.
              Cajamar: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 3,25% y un tipo máximo de interés del 15%.
              Revisión automática de cuotas

              Ausbanc señala además que "los clientes afectados por esta cláusula no tienen que solicitar a su entidad el cumplimiento de la ejecución provisional, ni tienen que firmar documento alguno al efecto, puesto que la observancia de las obligaciones y deberes que impone el Juzgado a las entidades demandadas no depende de ello".

              Es más, la rama de Consumo de Ausbanc ha detectado que, ante la solicitud formulada por los interesados con el fin de que no se le aplique el suelo a partir del 11 de abril, alguna entidad está requiriendo que se firme por el usuario un escrito en donde le impone una renuncia de derechos, "práctica que desde la asociación no podemos sino rechazar enérgicamente, por la evidente vulneración de los derechos de los consumidores que en sí misma representa".

              Por otro lado, resulta especialmente significativo que el Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla ha requerido a las entidades financieras condenadas, literalmente, "...para prestar la colaboración legalmente exigible a las mismas para el correcto desarrollo de la presente ejecución provisional, bajo los apercibimientos generales de ley, y expreso de desobediencia, en las personas de los representantes legales o responsables oportunos. Sin perjuicio de las multas coercitivas u otras actuaciones ejecutivas a que, en su caso, pudiere haber lugar".

              Desde Ausbanc, dado que las revisiones de las hipotecas a tipo variable son normalmente anuales, se ha publicado incluso un ejemplo en el que se calcula lo que los clientes afectados han pagado de más durante el último año (marzo 2010-marzo 2011) [Ver tabla de la imagen]. Es decir, aquéllos que tuvieron la revisión de su tipo de interés con referencia al Euribor hipotecario de marzo de 2010 (1,215%) y a los cuales sus entidades les aplicaron en su momento la cláusula suelo ya declarada nula. Dependiendo de la entidad y del plazo de amortización del crédito pueden haber desembolsado hasta 1.387 euros por culpa del 'suelo'.
              Pero además del efecto inmediato que se produce al pagar más cuota mensual por la aplicación de la cláusula suelo, existe otro efecto que estos clientes afectados van a notar a partir de ahora, cuando los tipos han subido. Aplicarles la cláusula suelo no sólo se produce un efecto visible inmediato de tener que pagar una cuota mensual superior a la que resultaría de aplicar sólo el Euribor más el índice de referencia pactado en el contrato, sino que además se produce una menor amortización de capital en la hipoteca.

              En este sentido, el cliente al que se le ha aplicado la cláusula suelo declarada nula, se encuentra ahora en la próxima revisión anual de tipos con un capital hipotecario pendiente mayor que el que hubiera tenido de no ser aplicada esa cláusula. Esto conlleva que además del efecto por el mayor tipo de interés, sufra la pérdida económica de tener que abonar intereses por un capital mayor.

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              • #22
                Re: Anulada La Cláusula Suelo De Las Hipotecas Del Bbva

                Pues la cosa esta bien... pero vamos a poner los pies en el suelo:

                - Cuando se firma un contrato, lo pactado ha de ir a misa como suele decirse. Si no se hace asi, peligra todo el entramado juridico que nos rodea. Por ello, los que tengan clausula de suelo, u otras condiciones que no les gusten, lo mejor es que no las hubieran admitido cuando firmaron o que las hubieran negociado mejor. Otra cosa es que se anule par el futuro y para los nuevos contratos de hipoteca que se formalicen..

                - En la práctica es el chocolate del loro, porque los euribor y otras referencias a aplicar, no estan ni van a estar tan bajos como para que salgamos de pobres.

                - Los bancos son empresas creadas para ganar dinero, y malo sería que hicieran negocios ruinosos porque eso nos tocaría a todos. No se puede pretender que un banco trabaje "gratis total" con una hipoteca si por ejemplo un día las autoridades monetarias decidieran un tipo de interés del 0,003%. ¿Que remuneración tendria entonces y como mantendría su organización funcionando? ¿Hipotecas gratis)?

                Creo que estas cosas hay que verlas desde todos los puntos de vista. Saludos a todos

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