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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Coches Clásicos ...... otro sueño más

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  • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

    El fin de semana del 21 al 23 de Febrero, se celebra en Madrid ñla Feria Classicauto 2104.

    En cuanto a las matriculas, aun no siendo histórico, se permite llevar la matricula original de la época, y asi consta en una orden de la Dirección General de Trafico.

    fede.

    Comentario


    • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

      Originalmente publicado por fremente Ver Mensaje
      El fin de semana del 21 al 23 de Febrero, se celebra en Madrid ñla Feria Classicauto 2104.

      En cuanto a las matriculas, aun no siendo histórico, se permite llevar la matricula original de la época, y asi consta en una orden de la Dirección General de Trafico.

      fede.
      Creo que has querido decir que AUN siendo histórico, la DGT te permite mantener su matrícula original.
      Asi lo tengo yo en mi Mercedes, tiene matrícula de CE, pero tiene documentación de vehículo histórico.


      RAFNI KAI
      www.RAFNI.es

      "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

      Comentario


      • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

        Son dos cosas distintas.
        El vehiculo histórico, es decir H0000BBB, puedes mantener la matricula original, de hecho podrias circular con las dos matriculas.
        Un vehiculo del año 68 no matriculado histórico, puede mantener el tipo de matricula(me refiero al formato() con el que salio de fabrica. Tengo un coche matriculado en ML en el año 68, que conserva la placa original de números remachados y bastante mas pequeña que las actuales y no tengo problemas ni en la itv ni para circular, siempre llevo en el coche una copia de la directiva de la DGT en la que se permite su uso.

        fede.

        Comentario


        • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

          Originalmente publicado por fremente Ver Mensaje
          Son dos cosas distintas.
          El vehiculo histórico, es decir H0000BBB, puedes mantener la matricula original, de hecho podrias circular con las dos matriculas.
          Un vehiculo del año 68 no matriculado histórico, puede mantener el tipo de matricula(me refiero al formato() con el que salio de fabrica. Tengo un coche matriculado en ML en el año 68, que conserva la placa original de números remachados y bastante mas pequeña que las actuales y no tengo problemas ni en la itv ni para circular, siempre llevo en el coche una copia de la directiva de la DGT en la que se permite su uso.

          fede.
          Creo que estamos hablando de lo mismo.

          REGLAMENTO DE VEHICULOS HISTORICOS.

          CAPITULO I
          Catalogación
          Artículo 1. Concepto y condiciones.

          Podrán ser considerados vehículos históricos a los efectos de este Reglamento:

          1. Los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

          En todo caso, para que un vehículo pueda, por su antigüedad, ser calificado como histórico, sus piezas constitutivas deberán haber sido fabricadas en el período de producción normal del tipo o variante de que se trate y de sus recambios, con excepción de los elementos fungibles sustituidos por reproducciones o equivalencias efectuadas con posterioridad al período de producción normal, que habrán de hallarse inequívocamente identificadas. Si hubiera habido modificaciones en la estructura o componentes, la consideración de vehículo histórico se determinará en el momento de la catalogación.

          2. Los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica, si así se desprende de los informes acreditativos y asesoramientos pertinentes.

          3. Los llamados vehículos de colección, entendiéndose por tales los que, por sus características, singularidad, escasez manifiesta y otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.
          Artículo 2: Requisitos.

          Para que un vehículo tenga la consideración de histórico se requerirá:

          1. La previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

          2. Resolución favorable de catalogación del vehículo como histórico, dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

          3. Inspección técnica, previa a su matriculación, efectuada en una estación de inspección técnica de vehículos de la provincia del domicilio del solicitante.

          4. Matriculación del vehículo como histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado.


          Artículo 3. Documentación previa a la actuación del laboratorio oficial.

          El interesado en obtener la catalogación de un vehículo como histórico deberá dirigir la solicitud de inspección en uno de los laboratorios oficiales a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior, y acompañarla de los documentos en que funde su derecho, entre los que figurarán necesariamente:

          1. Toda la documentación en su poder que acredite y defina las características técnicas del vehículo.

          A falta de dicha documentación, certificado del fabricante o, en su defecto, de un club o entidad, relacionado con vehículos históricos, el cual acreditará las características y autenticidad del vehículo, debiendo confirmarse la certificación emitida por asociaciones extranjeras por otra
          entidad o club españoles de la misma naturaleza.

          2. En su caso, acreditación documental de la declaración de bien de interés cultural o de estar incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o, en su caso, informe del órgano competente.

          3. Si el vehículo hubiera estado matriculado anteriormente en España, deberá acompañarse, asimismo, fotocopia cotejada del certificado de características técnicas del vehículo y del permiso de circulación o, en su defecto, certificación de tal circunstancia, expedida por la Jefatura
          Provincial de Tráfico correspondiente.

          4. Informe del fabricante, entidad o club a que se refiere el apartado 1 de este artículo, que expresará la razón por la que podría procederse a la catalogación del vehículo como histórico, precisando cuál o cuáles de las posibilidades recogidas en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 1
          debe ser determinante de dicha catalogación. El informe será acompañado de la documentación que acredite cuantos extremos se aleguen, y no será preciso cuando se trate de vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o
          declarados bienes de interés cultural.

          Este informe propondrá, además, las limitaciones a la circulación del vehículo que se consideren necesarias por razones técnicas, así como aquellas condiciones que no deben serle exigidas en la inspección técnica.

          5. Ficha reducida de características técnicas, emitida por el fabricante, entidad o club a que se refiere el apartado 1 de este artículo, confeccionada según lo establecido en la legislación vigente sobre homologación de tipo de vehículos.

          Esta ficha incluirá igualmente número de chasis, fechas de fabricación y de primera matriculación, si fueran conocidas, y estará acompañada de fotografías en color de los cuatro lados del vehículo.

          En el caso de vehículos que no tengan grabado el número de chasis, el laboratorio oficial, previas las comprobaciones legalmente establecidas, procederá a troquelar un número de identificación que constará en un registro único abierto por aquél a tal efecto.
          Artículo 4. Actuación del laboratorio oficial

          1. El vehículo que se pretenda catalogar como histórico deberá ser presentado en el laboratorio oficial el día que éste señale, para su inspección previa.

          2. El laboratorio oficial, una vez examinado el vehículo y la documentación presentada, emitirá un informe que versará sobre la autenticidad del vehículo, sus características técnicas, exenciones y condiciones técnicas que el vehículo debe cumplir en las inspecciones periódicas, frecuencia de las mismas y posibles limitaciones que deberían imponerse a su circulación.

          3. El informe emitido por el laboratorio oficial se remitirá, en unión de toda la documentación presentada, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, a fin de que dicte la resolución que proceda.


          Artículo 5. Resolución final del procedimiento.

          El órgano competente de la Comunidad Autónoma dictará la resolución final del procedimiento, incluyendo en ella, si fuera favorable a la catalogación del vehículo como histórico, las limitaciones que, por razones de construcción, se impongan a la circulación del vehículo, así
          como las condiciones técnicas que no se exigirán al mismo con motivo de su inspección técnica cuya periodicidad también se fijará en dicha resolución.


          CAPITULO II
          Circulación
          Artículo 6. Requisitos generales.

          Para circular por las vías o terrenos objeto de la legislación sobre el tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los vehículos históricos deberán estar dotados de permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica, placas de matrícula y, en su caso, distintivo.


          Artículo 7. Inspección técnica previa a la matriculación como vehículo histórico.

          1. Notificada la resolución a que se refiere el artículo 5 al titular del vehículo, se solicitará por éste, si aquélla fuere favorable, la inspección técnica previa a la matriculación en una estación de ITV, según se especifica en el apartado 3 del artículo 2.

          2. La estación ITV, una vez efectuada la inspección, emitirá la tarjeta ITV, expresando en ella la fecha de fabricación del vehículo, si fuera conocida, remitiéndose, en su caso, a las limitaciones de circulación y a las condiciones técnicas exentas que figuren en la resolución dictada al efecto por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.


          Artículo 8. Permiso de circulación.

          1. Condiciones para su obtención

          El interesado deberá aportar, ante le Jefatura Provincial de Tráfico de su lugar de domicilio, los documento siguientes:

          a) Solicitud de expedición de permiso de circulación de vehículo histórico, dirigida a la Jefatura Provincia de Tráfico de la provincia de residencia del solicitante, acompañada de fotocopia del documento nacional de identidad de éste, o, en su caso, de número de identificación fiscal.

          b) Tarjeta de inspección técnica expedida especialmente a los efectos de este Reglamento, conforme a lo dispuesto en su artículo 7.

          c) Prueba documental que justifique suficientemente la propiedad del vehículo.

          d) Cuatro fotografías en color, en las que se distinga con claridad el vehículo, correspondiente a las partes delantera y trasera y a ambos laterales.

          e) Certificado para matrícula de vehículos a motor en el caso de vehículos que procedan de importación para ser matriculados.

          f) Duplicado o fotocopia cotejada de la resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se catalogue dicho vehículo como histórico.

          g) Si el vehículo estuviese aún en circulación, fotocopia cotejada del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica.

          h) Si se desea mantener la matrícula original de un vehículo dado de baja, certificación de la Jefatura Provincial de Tráfico en la que fue matriculado, expresando fecha de matriculación, número de matrícula asignada y fecha y causa de la baja.

          i) Justificación de haber interesado el pago o exención de los impuestos que procedan.


          2. Características

          El permiso de circulación será idéntico al ordinario, si bien, con una franja de color amarillo. En él figurarán la matrícula histórica que haya sido asignada al vehículo y, en su caso, la original, si fuera conocida, así como las condiciones restrictivas a la circulación, si las hubiere.


          3. Registro

          Las Jefaturas Provinciales de Tráfico llevarán, con numeración correlativa, un Registro de los permisos de circulación de vehículos históricos concedidos.


          Artículo 9. Número y placas de matrícula

          1. Todo vehículo histórico que circule por las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial debe tener asignado un número de matrícula.

          2. Ese número de matrícula será el ordinario provincial que ya tuviere asignado o, en su defecto, la matrícula de vehículo histórico que le corresponda.

          3. Si el vehículo dispusiese de su placa de matrícula original, deberá llevar además un distintivo consistente en una placa complementaria circular de 12 centímetros de diámetro en la que, con caracteres de 1 centímetro de grueso y 8 centímetros de alto, de color negro mate sobre fondo amarillo reflectante, figure la inscripción VH, siguiéndose las normas de elaboración vigentes para las placas de matrícula.

          4. La respectiva Jefatura Provincial de Tráfico asignará el número de vehículo histórico que le corresponda a los vehículos históricos que circulen con su número de matrícula provincial ordinaria.

          5. Si la matrícula original fuere desconocida, solamente se asignará al vehículo una nueva matrícula histórica provincial.

          6. En las placas de matrícula de los vehículos históricos figurarán las letras VH, seguidas de la sigla provincial y de cuatro caracteres numéricos desde 0000 hasta el 9999. Cuando esta serie se agote, se utilizará el sistema alfanumérico, comenzando por el AOOO y empleando todas las combinaciones posibles.

          7. Las placas de matrícula correspondientes a los vehículos matriculados o construidos con anterioridad a 1970 se ajustarán en cuanto a su número, colocación, forma, dimensiones y procedimiento de estampación de los caracteres a las condiciones reglamentarias exigidas en la
          época en que fueron o pudieron ser puestos en circulación; los posteriores a 1970 deberán llevar placas de matrícula homologadas, utilizándose de acuerdo con las normas generales la ordinaria alta o larga o, en su caso, la de motocicletas.

          8. Al vehículo importado histórico para matricular que se acoja a este tipo de matriculación, se le asignará la correspondiente matrícula provincial de vehículo histórico, reservándosele además en la Jefatura Provincial la normal que le hubiere correspondido. Como ornato podrá exhibir también la original extranjera.


          Artículo 10. Normas de circulación.

          1. En lo no previsto específicamente, serán de aplicación a los vehículos históricos las normas que regulan la circulación de los vehículos en general y, en consecuencia, también la exigencia de estar provistos del certificado del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria.

          2. En todo caso, deberán cumplirse las limitaciones que figuren en su tarjeta de inspección técnica y permiso de circulación.

          3. La inspección técnica periódica de los vehículos matriculados como históricos se efectuará con la frecuencia que señale el régimen general de inspección técnica de vehículos, salvo que el laboratorio oficial en su informe indique otra periodicidad.

          4. Aquellos vehículos que, por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas.

          5. Los vehículos históricos que no sean capaces de superar la velocidad de 40 kilómetros/hora circularán por el arcén, si fuera practicable y suficiente, o, en su defecto, lo más próximo posible al borde exterior derecho de la calzada, excepto cuando vayan a efectuar un adelantamiento o un giro a la izquierda, maniobras que únicamente podrán realizar si con ellas no obligan a otros conductores a modificar bruscamente la dirección o la velocidad de sus vehículos. Los vehículos históricos no circularán por autopista ni autovía si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 kilómetros/hora.

          6. Asimismo, mediante resolución de la Dirección General de Tráfico podrá prohibirse, en determinadas fechas y vías, la circulación de los que no sean capaces de superar la velocidad de 80 kilómetros/hora


          RAFNI KAI
          www.RAFNI.es

          "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"

          Comentario


          • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

            Originalmente publicado por fremente Ver Mensaje
            Son dos cosas distintas.
            El vehiculo histórico, es decir H0000BBB, puedes mantener la matricula original, de hecho podrias circular con las dos matriculas.
            Un vehiculo del año 68 no matriculado histórico, puede mantener el tipo de matricula(me refiero al formato() con el que salio de fabrica. Tengo un coche matriculado en ML en el año 68, que conserva la placa original de números remachados y bastante mas pequeña que las actuales y no tengo problemas ni en la itv ni para circular, siempre llevo en el coche una copia de la directiva de la DGT en la que se permite su uso.

            fede.
            ¿Que coche es?
            No abras los labios si no estás seguro de que lo que vas a decir es más hermoso que el silencio.

            Esta web utiliza los anuncios de Google como medio de financiación

            Comentario


            • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

              Un Opel Kadett-B de 1968. A ver si pongo una foto.

              fede.

              Comentario


              • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                La foto si sale.
                Archivos Adjuntos

                Comentario


                • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                  Muy guapo el Kaddel ML, si Señor...

                  Comentario


                  • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                    Originalmente publicado por Tabernero Ver Mensaje
                    Rescato este hilo para presentar mi "basurilla italiana" y sobre todo para comunicar a los cántabros que el fin de semana que viene, 8 al 10 de septiembre, andaré con ella en el Rally Festival Trasmiera. Aunque no dispongo de mucho tiempo libre, si alguien le apetece pasar, por allí andaremos para saludarlos. Además tendrán la posibildad de ver más de 100 maravillas históricas de rally. http://www.rallyelegendcantabria.es/







                    Yo fuí feliz propietario de un Beta de los que montaba SEAT. Creo que todavia guardo el cuadro original y los intermitentes traseros.

                    Odin

                    Comentario


                    • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                      Harry se va de rally al Costa Brava.. jeje

                      Comentario


                      • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                        Ya nos contarás.
                        ¡¡¡Qué envidia!!!
                        Suerte.
                        Los políticos y los pañales se han de cambiar a menudo... y por los mismos motivos.
                        (George Bernard Shaw)

                        Comentario


                        • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                          Originalmente publicado por Tabernero Ver Mensaje
                          Harry se va de rally al Costa Brava.. jeje

                          ¡Qué bueno y qué envidia! A pasarlo bien!!

                          Comentario


                          • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                            Originalmente publicado por Tabernero Ver Mensaje
                            Harry se va de rally al Costa Brava.. jeje

                            Disfruta mucho del Rally y de los maravillosos tramos como Osor, Sant Hilari, Cladells, etc.

                            Espero que el debut del Escort MKI te llene de satisfacciones.

                            Te seguiremos en www.rallyclassics.org

                            Abrazos

                            Comentario


                            • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                              Rafa... A ver como se me da el MK1, que en lo poco que lo he podido probar se mueve más que la prima de riesgo...

                              Gracias a todos...

                              PD/ A ver si te animas y presentas en este hilo tus máquinas, que mas de uno iba a flipar.

                              Comentario


                              • Re: Coches Clásicos ...... otro sueño más

                                Originalmente publicado por Tabernero Ver Mensaje
                                Rafa... A ver como se me da el MK1, que en lo poco que lo he podido probar se mueve más que la prima de riesgo...

                                Gracias a todos...

                                PD/ A ver si te animas y presentas en este hilo tus máquinas, que mas de uno iba a flipar.
                                ¡Sí por favor!

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