VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

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  • Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

    Muy buenas,



    Voy a comentar una experiencia legal reciente que creo puede aclarar algunos mitos acerca de navegacion con
    barcos de bandera extranjera, obligacion de matriculación, pago del impuesto de matriculación...

    Compre el CRUSOE (barco con bandera Inglesa) en Julio de 2006 y finalicé los tramites de matriculación a
    mediados del 2007.

    Todo empieza cuando recibo una llamada el anterior propietario del CRUSOE, bastante nervioso, hablandome en
    inglés, su lengua... total, que tal vez porque yo tengo esa lengua un poco oxidada o bien porque el estaba tenso
    por la situación, yo no entendia nada.

    Cuando iba a pasarle con un compañero del trabajo a ver si el lo entendia, me sale un tipo al otro lado de la linea
    hablando en perfecto roman paladino e identificandose como funcionario de aduanas de la provincia de Almeria.
    Me comenta que estan haciendo una inspección de los barcos extranjeros que les consta que llevan mas de
    6 meses en España y como les constaba que el CRUSOE llevaba mas de ese tiempo en España, y no les
    constaba su venta, mandaron una citación al anterior propietario para que acudiera a las oficinas de aduanas.

    Le explique que se habia realizado una compra-venta, le confirmé que yo era el actual propietario y que estaba al
    dia con los impuestos, IVA pagado en origen (Inglaterra), 4% (en Catalunya) del impuesto de transmisiones patrimoniales
    y 12% del impuesto 576 correspondiente al impuesto sobre determinados medios de transporte (matriculación).


    Me comentó que tomaba nota y que probablemente recibiria un requerimiento de la AEAT (Agencia Tributaria), para
    justificar el pago de los impuestos.


    Ese mismo dia por la noche, llamo al anterior propietario,actualmente viviendo en un pueblo de la provincia de Almeria,
    muy buena persona se portó en todo el proceso de compra-venta muy bien conmigo, para tranquilizarle y explicarle que
    todo estaba en orden, (impuestos y demás legalidades) y que no se preocupara...


    Tres semanas despues, recibo una llamada de, como no, la Agencia Tributaria de la provincia de Almeria, donde me
    solicitan, muy amablemente, si puedo justificar la situación actual de mi embarcación.


    La petición:


    Continuando con nuestra conversación telefónica en relación a la situación de la embarcación CRUSOE, ruego envíe
    documentación justificativa del pago de los impuestos de la misma, así como cualquier otro que sirva para justificar la
    legal situación fiscal de la mencionada embarcación.
    Nuestra dirección es VIGILANCIA ADUANERA, MUELLE PONIENTE 16, EDIFICIO ADUANA, 04002 ALMERIA

    Les mando por mail el documento acreditativo del pago del impuesto 576 y la hoja de asiento.

    Me comentan que todo esta correcto y me piden disculpas por las molestias. Muy amables. Ya que estabamos en linea directa con los
    de aduanas, les pregunto al respecto y me comentan que estan haciendo inspecciones, a nivel nacional, de los barcos con
    bandera extranjera que les consta que llevan mas de 6 meses en España, ya que de confirmarse esta situación,
    les informan de la obligatoriedad del pago del impuesto de matriculación y les abren un expediente.


    Sobre la cuestion de si se puede navegar con un barco con bandera extranjera en España, que cada uno saque
    sus conclusiones.


    Saludos y unas


    CRUSOE
    Editado por última vez por CRUSOE; 14/02/2008, 18:41:25.
    http://latabernadelpuerto.com/foro/v...ic.php?t=43721

  • #2
    Re: Navegacion con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

    ...y yo que me he enamorado (que para eso es San Valentín) de esta holandesita......¿lo nuestro es un amor imposible?
    El Capitán no es el Capitán
    el Capitán es el mar. (Jesús Lizano)


    ...NO CREAS TODO LO QUE PIENSAS...

    Comentario


    • #3
      Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

      Originalmente publicado por CRUSOE Ver Mensaje
      Muy buenas,



      Voy a comentar una experiencia legal reciente que creo puede aclarar algunos mitos acerca de navegacion con
      barcos de bandera extranjera, obligacion de matriculación, pago del impuesto de matriculación...

      Compre el CRUSOE (barco con bandera Inglesa) en Julio de 2006 y finalicé los tramites de matriculación a
      mediados del 2007.

      Todo empieza cuando recibo una llamada el anterior propietario del CRUSOE, bastante nervioso, hablandome en
      inglés, su lengua... total, que tal vez porque yo tengo esa lengua un poco oxidada o bien porque el estaba tenso
      por la situación, yo no entendia nada.

      Cuando iba a pasarle con un compañero del trabajo a ver si el lo entendia, me sale un tipo al otro lado de la linea
      hablando en perfecto roman paladino e identificandose como funcionario de aduanas de la provincia de Almeria.
      Me comenta que estan haciendo una inspección de los barcos extranjeros que les consta que llevan mas de
      6 meses en España y como les constaba que el CRUSOE llevaba mas de ese tiempo en España, y no les
      constaba su venta, mandaron una citación al anterior propietario para que acudiera a las oficinas de aduanas.

      Le explique que se habia realizado una compra-venta, le confirmé que yo era el actual propietario y que estaba al
      dia con los impuestos, IVA pagado en origen (Inglaterra), 4% (en Catalunya) del impuesto de transmisiones patrimoniales
      y 12% del impuesto 576 correspondiente al impuesto sobre determinados medios de transporte (matriculación).


      Me comentó que tomaba nota y que probablemente recibiria un requerimiento de la AEAT (Agencia Tributaria), para
      justificar el pago de los impuestos.


      Ese mismo dia por la noche, llamo al anterior propietario,actualmente viviendo en un pueblo de la provincia de Almeria,
      muy buena persona se portó en todo el proceso de compra-venta muy bien conmigo, para tranquilizarle y explicarle que
      todo estaba en orden, (impuestos y demás legalidades) y que no se preocupara...


      Tres semanas despues, recibo una llamada de, como no, la Agencia Tributaria de la provincia de Almeria, donde me
      solicitan, muy amablemente, si puedo justificar la situación actual de mi embarcación.


      La petición:


      Continuando con nuestra conversación telefónica en relación a la situación de la embarcación CRUSOE, ruego envíe
      documentación justificativa del pago de los impuestos de la misma, así como cualquier otro que sirva para justificar la
      legal situación fiscal de la mencionada embarcación.
      Nuestra dirección es VIGILANCIA ADUANERA, MUELLE PONIENTE 16, EDIFICIO ADUANA, 04002 ALMERIA

      Les mando por mail el documento acreditativo del pago del impuesto 576 y la hoja de asiento.

      Me comentan que todo esta correcto y me piden disculpas por las molestias. Muy amables. Ya que estabamos en linea directa con los
      de aduanas, les pregunto al respecto y me comentan que estan haciendo inspecciones, a nivel nacional, de los barcos con
      bandera extranjera que les consta que llevan mas de 6 meses en España, ya que de confirmarse esta situación,
      les informan de la obligatoriedad del pago del impuesto de matriculación y les abren un expediente.


      Sobre la cuestion de si se puede navegar con un barco con bandera extranjera en España, que cada uno saque
      sus conclusiones.


      Saludos y unas


      CRUSOE
      Y lo has matriculado y registrado en capitania?

      En que puerto o zona lo tienes?

      Comentario


      • #4
        Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

        Capita Drake,

        El CRUSOE está matriculado en la capitania de Arenys de Mar, y el puerto base actualmente es el Port Vell.

        Saludos

        Crusoe
        http://latabernadelpuerto.com/foro/v...ic.php?t=43721

        Comentario


        • #5
          Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

          Originalmente publicado por CRUSOE Ver Mensaje
          Capita Drake,

          El CRUSOE está matriculado en la capitania de Arenys de Mar, y el puerto base actualmente es el Port Vell.

          Saludos

          Crusoe
          ok.
          interesante saber que hacen efectivamente ese seguimiento (normalmente es tan poco el seguimiento que hacen que muchos creen que se puede dejar aqui permanentemente un barco con bandera extranjera).

          merci.

          Comentario


          • #6
            Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

            Es que muchos únicamente aprenden cuando les llega la resolución imponiendo la sanción o la vía de apremio...

            Este asunto ya se ha comentado laaaaaaaaaargo y tendido en este foro...

            Saludos.
            Saludos,

            Comentario


            • #7
              Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

              Originalmente publicado por Inspectorate Ver Mensaje
              Es que muchos únicamente aprenden cuando les llega la resolución imponiendo la sanción o la vía de apremio...

              Este asunto ya se ha comentado laaaaaaaaaargo y tendido en este foro...

              Saludos.
              Cierto, pero muchas veces hay testimonios de armadores de zonas en que hay tal tolerancia que no solo los extranjeros tienen un barco con su pabellon permanentemente, sino que incluso españoles tienen un barco con pabellon extranjero durante años hasta el punto que creen que es legal. Parece que no es asi en Almeria porque realmente hacian un seguimiento de este barco...
              Saludos Inspectorate. Unas rondas

              Comentario


              • #8
                Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                Originalmente publicado por Capita Drake Ver Mensaje
                Cierto, pero muchas veces hay testimonios de armadores de zonas en que hay tal tolerancia que no solo los extranjeros tienen un barco con su pabellon permanentemente, sino que incluso españoles tienen un barco con pabellon extranjero durante años hasta el punto que creen que es legal. Parece que no es asi en Almeria porque realmente hacian un seguimiento de este barco...
                Saludos Inspectorate. Unas rondas
                Pues sí.
                No seré yo quien niegue que en muchas ocasiones, si establecemos comparaciones en la actuación de la Administración entre diferentes ámbitos territoriales, se pone de manifiesto cierto grado de discrecionalidad y falta de unificación de criterios.

                Saludos, Cpt. Drake.
                Saludos,

                Comentario


                • #9
                  Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                  Pues yo entiendo que se lleve un control de estas embarcaciones esta bien.
                  La cuestión es que enunas zonas se haga y en otras no , y apurando mas que a algunos se les vigile y a otros se les haga la vista gorda .
                  Yo personalmente pienso que para un barco de 100.000 euros , andar con movidas de banderas extranjeras , imptos de matriculación exentos , etc ,
                  no merece la pena . El ahorro no supone muchoy mas vale comprarse un cacharro un poco mas pequeño que andar siempre acojonado .
                  Otra cosa es si hablamos de un barco de medio kilo o de mas de unmillon de euros . Aqui ya hay que plantearse mucas cosas porque hablamos de mucha pasta . Desafortunademente , no es mi caso pero entiendo que el que compra un buque de cierto tamaño intente ahorrar lo que pueda .

                  Pero , a mi personalmente lo que me jode es ver los tractores " sunsee...."
                  con bandera u.k. navegando el verano por las islas e invernando en seco durante los inviernos con total impunidad . Me jode porque los que van en ellos son extranjeros que disfrutan del mar lo mismo que nosotros pero no pagan ni un puto euro de impuestos en España y a nosotros nos frien con ITB , impuestos , etc , etc . Yo desde luego si pudiese comprarme un bicho de 1 millon , me buscaria la solución para hacer lo mismo que ellos ,
                  mas que nada para que no me llamasen tonto.
                  " Navega más y vivirás más ". " Disfruta hoy. Es más tarde de lo que piensas ".

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.


                    Todo lo dicho esta muy bien... Pero....
                    No olvidemos que la citada obligación legal no existe mas que para una cosa:
                    Recaudar viruta por partida doble (IVA+ IEDMT) o (ITP+IEDTM). Pura y llanamente.
                    Y vaya si la recaudan. A mi me sacaron mas de 7000 € del pinguino (mas el iva), se comieron casi un metro de mi barco y en otro "condado" de este pais (Europa ¿no?) no se lo hubieran comido.
                    Yo obedecí la ley, pero lo hice por miedo, no por que me parezca justa.
                    Ya sabeis, solo es una opinion.


                    P.D. Tal vez lo de Europa... ¿no sera mas que un espejismo del cual se usa y abusa con motivos politicos y demagógicos?
                    A la hora de la verdad no parece que seamos realmente Europeos.
                    Editado por última vez por Invitado; 14/02/2008, 21:36:40.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                      Originalmente publicado por pinguino Ver Mensaje

                      Todo lo dicho esta muy bien... Pero....
                      No olvidemos que la citada obligación legal no existe mas que para una cosa:
                      Recaudar viruta por partida doble (IVA+ IEDMT) o (ITP+IEDTM). Pura y llanamente.
                      Y vaya si la recaudan. A mi me sacaron mas de 7000 € del pinguino (mas el iva), se comieron casi un metro de mi barco y en otro "condado" de este pais (Europa ¿no?) no se lo hubieran comido.
                      Yo obedecí la ley, pero lo hice por miedo, no por que me parezca justa.
                      Ya sabeis, solo es una opinion.


                      P.D. Tal vez lo de Europa... ¿no sera mas que un espejismo del cual se usa y abusa con motivos politicos y demagógicos?
                      A la hora de la verdad no parece que seamos realmente Europeos.
                      Tienes bastante, bastante razon.

                      Es ilegal (es decir, contrario a la legislacion española) para un residente tener un barco con bandera extranjera y para un no residente tenerlo por mas de 6 meses. Cierto. Pero no por eso deja de ser absurdo y contrario a la cacareada "libre circulacion de bienes y personas".

                      Sobre el IVA no dire nada. Pero el impuesto de matriculacion (IEDMT) es un impuesto ilegal (es decir, contrario a la legislacion europea) que el estado español se saco de la manga cuando la Comunidad Europea le obligo a suprimir el tipo agravado de IVA del 33% para armonizar la tributacion con Europa: "Vaaaale, quito el tipo del 33% de IVA sobre vehiculos y embarcaciones y lo dejo todo en el 16%, como en toda Europa... Esta bieeeeen...." Y asi lo hizo, pero se saco de la manga el 12% del impuesto de matriculacion, que sumado al IVA del 16% sumaba el 28% (casi lo mismo que antes). Una vulgar trampa de trilero bastante cutre por parte del estado español.

                      Lo cortes no quita lo valiente.

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                        El problema reside en la titularidad. Yo tengo un barco con bandera Alemana. A nombre de un sociedad Alemana, con los impuestos liquidados en Alemania. Y nadiie NADIE, ni agencia de aduanas ni San Blas, me puede decir que como soy español debo pagar el 12% de matriculación. Ya que yo soy un usuario y el barco está a nombre de una mercantil aleman. A mi me lo prestan.

                        Es así de sencillo, lo que pasa es que estos de aduanas y de la agencia tributaria basan su eficacia en acojonar al personal.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.


                          Te equivocas....
                          Si el que lo "usa", "navega",sufre,disfruta Etc.
                          eres tu pues €€€€€€
                          Ya te lo aclararan otros ya veras.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                            Originalmente publicado por pinguino Ver Mensaje

                            Te equivocas....
                            Si el que lo "usa", "navega",sufre,disfruta Etc.
                            eres tu pues €€€€€€
                            Ya te lo aclararan otros ya veras.
                            Si, si, no es cuestión de que me aclaren nada, es cuestión de conocer los mecanismos legales para decir a unos cuantos funcionarios que yo no soy tonto. Tontos son los que a todo correr pagan producto del pánico y callan.

                            Te invito a una y telo aclaro.

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                            • #15
                              Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                              Originalmente publicado por Ipanema Ver Mensaje
                              El problema reside en la titularidad. Yo tengo un barco con bandera Alemana. A nombre de un sociedad Alemana, con los impuestos liquidados en Alemania. Y nadiie NADIE, ni agencia de aduanas ni San Blas, me puede decir que como soy español debo pagar el 12% de matriculación. Ya que yo soy un usuario y el barco está a nombre de una mercantil aleman. A mi me lo prestan.

                              Es así de sencillo, lo que pasa es que estos de aduanas y de la agencia tributaria basan su eficacia en acojonar al personal.

                              Ipanema, mira la disposicion adicional tercera de la ley de impuestos especiales, la que establecio el impuesto sobre determinados medios de transporte (llamado impuesto de matriculacion). Establece que deben matricularse los barcos "destinados a ser usados por residentes".

                              Si te lo prestan ocasionalmente puede colar, pero si sales cada fin de semana con el barco prestado puede pasar dos cosas:

                              - que tu zona sea de esas donde la GC pasa de controlar estos temas (entonces no te pasa nada)

                              - que te paren un dia los GC y te pidan papeles. levantan acta y la pasan a capitania (a efectos de la infraccion por no matricular/abanderar) y a hacienda (por los posibles impuestos eludidos). A partir de alli, Hacienda puede que inicie una inspeccion, y tu podras decir que te lo prestaron ese dia. Ok. No pasa nada. Al cabo de unos dias te vuelven a parar "Hombre, usted otra vez. Que casualidad!". Nueva acta. Esta vez cuando te venga Hacienda te costara un poco mas convencerles. Supongamos que lo consigues. Ok. Cuando se te acerquen la tercera vez ya no lo pasaras tan bien. Hacienda entendera que quien USA el barco eres tu. Y levantara acta por los dos impuestos. Y capitania te lo precintara hasta que este matriculado. Entonces podras poner un recurso contra las actas que te levante hacienda, que incluiran el impuesto mas sanciones e intereses. Como el recurso no suspende la ejecucion de la deuda, tendras que pagar o prestar un aval. y a partir de alli, pleitos tengas y los ganes. (mientras tanto, el barco precintado).


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