VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
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Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

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  • #16
    Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

    ...es que el libro "Los quebraderos de cabeza del que engaña al fisco" tiene bastantes tomos gorditos... Yo creo que la ley, nos guste o no, está para cumplirse. La cuestión es preguntarse ¿cuánto me cuesta el barco, todito dento de la ley? Y si interesa...adelante y a disfrutar tranquilo (que de eso se trata); y si no...pues a ahorrar un poco más, o a alquilar (como yo). Porque si no, eso de andar por ahí con palpitaciones cada vez que se ve algo verde...claro que a lo mejor hay quien disfruta así...que hay gente pa tó, como dijo el Guerra...
    No sé , en todos estos temas, sin perjuicio de que las leyes y reglamentos sean más o menos injustos y/o abusivos, me parece que se nos nota un poco que somos el "sur de europa"...nos j.... bastante las limitaciones....
    El Capitán no es el Capitán
    el Capitán es el mar. (Jesús Lizano)


    ...NO CREAS TODO LO QUE PIENSAS...

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    • #17
      Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

      hola a todos:

      Permitirme hacer una cuña en esta discusión.

      El caso es que yo tengo apalabrado un barco en francia por un importe de 25.000 €.

      Creo haber leido alguna vez que debo de pagar un 4% de impto de trasmisiones (según tablas). Que en dichas tablas el valor residual es muy bajo comparado con lo pagado efectivamente.

      Pero ......

      ¿hay que pagar algo más por traerlo desde francia?

      Me suena que si es de segunda mano y de más de 5 años, no hay más impuestos adicionales.

      Tambien me suena que si tiene menos de 8 metros no hay impuestos adicionales.

      Estoy en lo cierto ???

      Alguien me puede estimar los costes adicionales a los 25.000 € del coste de la compraventa ???

      Muchas gracias a todos

      KIPU

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      • #18
        Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

        Buenas noches,
        llevo "cierto" tiempo ya en la "ilegalidad" y como el cerco se estrecha alrededor de mi pobre barco voy a intentar "de nuevo" arrimarme con los buenos y cumplir con la Ley. (Cuentan que un día el mar fue un espacio de libertad, con aventureros, sirenas, piratas etc...No me lo creo. El mar lo inventó un burocrata.)
        He dicho "de nuevo" porque en su tiempo lo intenté por mi cuenta, pero las administraciones tanto francesas como españolas consiguieron lo que no pudo nunca mi barco: marearme.
        Ahora voy a reemprender la aventura, pero no por mi cuenta: ¿puede alguien recomendarme alguna gestoría especializada en Palma?
        Por otra parte mi barco es del año 79 pero se fabrica de nuevo; siendo un monotipo puede beneficiarse del certificado CE que se otorga a los actuales?
        (Son absolutamente idénticos.)

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        • #19
          Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

          Capitan Drake, NO se puede precintar un barco sin acreditar la titularidad del mismo. Ni siquiera cautelarmente. El objeto a precintar (dicho término, por cierto, jurídicamente no existe), no se aplicaría nunca sin una resolución judicial, que debiera demostrar que el objeto a "precintar" es de quien "presuntamente" comete una infracción.
          Mi padre lleva 12 años recurriendo. Y riéndose. Y las leyes son para cumplirse de acuerdo, pero por encima de la lesgislación está el sentido común. Esta estupidez de la GC y la agencia tributaria solo pasa en España, que somos muy buenos nenes y pagamos enseguida y no hacemos nada para evitar que se rían de nosotros.

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          • #20
            Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

            Originalmente publicado por Ipanema Ver Mensaje
            Capitan Drake, NO se puede precintar un barco sin acreditar la titularidad del mismo. Ni siquiera cautelarmente. El objeto a precintar (dicho término, por cierto, jurídicamente no existe), no se aplicaría nunca sin una resolución judicial, que debiera demostrar que el objeto a "precintar" es de quien "presuntamente" comete una infracción.
            Ipanema, el articulo 128 de la ley de puertos y mm autoriza a capitania a "retener" un barco con el que se este cometiendo una infraccion (como la de navegar sin estar matriculado si la matriculacion es obligatoria). Tienes razon que siempre hablamos de "precintar" cuando lo correcto seria decir "retener". El precinto es solo uno de los posibles mecanismos que se pueden utilizar para esa retencion, como tambien lo seria el llevarse el barco a un varadero de la GC, o de capitania, o inmovilizarlo de otra forma, o cualquier otro.

            Lo que dices de que todo es una "cuestion de titularidad", de verdad, no es correcto. No te confies en ello porque un dia te puede caer el palo.

            Originalmente publicado por Ipanema Ver Mensaje
            Y las leyes son para cumplirse de acuerdo, pero por encima de la lesgislación está el sentido común. Esta estupidez de la GC y la agencia tributaria solo pasa en España, que somos muy buenos nenes y pagamos enseguida y no hacemos nada para evitar que se rían de nosotros.
            No solo estoy de acuerdo contigo, sino que yo voy mas alla... muuuuucho mas alla.

            Si andais de recursos supongo que ya sabreis la normativa, pero te pongo aqui algunas citas por si te son de utilidad.

            Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. Disposiciones Adicionales. Primera. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.

            Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. BOE 25 Noviembre

            Artículo 116. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves las acciones u omisiones tipificadas en (…) y en todo caso las siguientes:
            Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo.
            Navegar sin que el buque se halle debidamente matriculado.

            Artículo 120. Multas y sanciones accesorias
            3. En caso de infracción muy grave, la sanción será:
            En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta 50.000.000 de pesetas.

            Suerte!

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            • #21
              Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

              Unas ronditas
              A mí todo esto me parece una verguenza, como dice otro cofrade aquí en este puto país somos unos corderitos, y los de aduanas en vez de investigar cosas serias y a un mayor nivel de corrupción, fraudes bancarios (que hay muuucho), drogas, contrabando etc...
              Pues no, se dedican a ver que barco ha hecho el cambio de bandera, barco que en la mayoría de las veces pertenece a ciudadanos de nivel adquisitivo bajo-medio, porque a los ricos eso no le hace falta hacerlo.

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              • #22
                Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                Salud y copas !!

                Bueno.. dicho esto, hablemos de otro fraude pues.. el de los ciudadanos britanicos que viven por la costa.. unos que se empadronan para recibir transplantes y otros que no lo hacen para evitar peder privilegios en UK,, ademas de evitar impuestillos,, claro.. pero eso si.. pueden mantener sus barcos en España todo el tiempo que quieran, saltando la norma española y probablemente la inglesa..porque.. si el que lo usa no es residente (legal) y por ende es ingles.. a quien y donde le ponen la multa.. enfin todas las ventajas ningun inconveniente...

                Pero si os digo la verdad el tema aburre.. ya propuse de formar algun grupode accion contra esto.. somos muchos cofrades.. y eso constituye un grupo economico y de presion (que despacho de abogados no desearia poner este pleito..).. pero ... no olvidemos que en el fondo esto es una taberna.. donde se habla mucho.. y se toman copas

                Salud !
                TASHI DELEK !!

                Comentario


                • #23
                  Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                  Capitan Drake, tienes razón, pero la ley de ordenamiento a la que haces mención tiene numerosas sentencias en el supremo y con jurisprudencia al respecto, tumbando muchas de sus disposiciones especiales. Si en mi caso, la capitanía de un puerto me retuviese un barco. La primera medida sin duda, sería llamar a la GC, y si no hacen nada, denuncia de inmediato en comisaría y posterirmente al juzgado de guardia.

                  Gracias no obstante por tu extensa y detallada explicación.

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                    Hola a todos:

                    Aquí hay algo (o caso todo) que no entiendo.

                    Hablais de navegar con o sin bandera nacional, pero .....

                    ¿Puedes solicitar un atraque sin hacer el papeleo de la bajada de bandera, impto. trasmisiones, ... etc?

                    Yo me compro un barco en francia, firmo el contrato de compra-venta, lo traigo a quí y cuando quiero un pantalan voy a capitanía y me dicen que lo debo de registrar. Para registrar le tengo que hacer todos los trámites exigidos.
                    Entonces, ....

                    ¿Como puedo navegar con él barco sin cambiarle la bandera y poderlo despachar, solicitar atraques, ... etc?

                    Un saludo a todos

                    Kipu

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                      Volviendo al tema de bandera francesa,

                      A ver cómo lo veo....

                      Un barco de bandera francesa y construcción CE, propiedad de una financiera, se vende en francia al cabo de 4 años a un español que lo tenia alquilado en leasing este tiempo.

                      El barco ya ha pagado el iva el día de su matriculacion, y al estar matriculado en francia no hay impuesto de matriculacion (12% famoso en españa). Además, al cabo de 4 años el impuesto habrá prescrito.

                      Al tratarse de una venta de segunda mano, no hay iva, lo que procede es un cambio de matricula y pabellon.

                      Como la venta se ha realizado en francia, los eventuales impuestos por la venta se liquidan allí (no existen). Por ello no corresponde el pago del 4% de los derechos de transmision patrimonial que no cobrarian en españa.

                      El barco viene a españa, pasa la ITB y revision de seguridad y se despacha.

                      Hacienda se mosquea por no cobrar el 12% y nos investiga nuestra declaración cde renta con microscopio...

                      Si me equivoco me corregís
                      Unas birras,

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

                        Buenas noches a todos:

                        Me puede decir alguien que son el "Documento de conformidad del barco" y el "Documento de conformidad del motor"

                        Gracias a todos

                        Kipu

                        Comentario

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