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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Documentacion en compra-venta motor fueraborda

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  • #16
    Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

    Yo he preguntado esta semana a capitanía de Cádiz y me han dicho que solo hace falta contrato de compraventa y copia del Dni del vendedor que no hace falta nada más
    Que todos tengamos buenos vientos y disfrute de nuestro ansiado mar


    http://velerocasper.blogspot.com.es/

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    • #17
      Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

      Originalmente publicado por Acasimirocasper Ver Mensaje
      Yo he preguntado esta semana a capitanía de Cádiz y me han dicho que solo hace falta contrato de compraventa y copia del Dni del vendedor que no hace falta nada más
      Como queráis. Cuándo os multen por no haber pagado el Impuesto de Transmisiones y llevar la copia del compraventa debidamente sellada por Hacienda en el barco, ya le contáis lo que dijo alguien de la capitanía marítima.
      Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/

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      • #18
        Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

        Buenos días todo se termina haciendo contrato de compraventa fotocopia del carne y con eso Tebas haciendas y pagas las tasa que es un 4 por ciento que te cobra y con ese papel de pago de hacienda ya tienes tu motor listo hace un mes lo ice yo y es mui fácil es que te sellan asta el contrato privado y listo

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        • #19
          Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

          Originalmente publicado por Acasimirocasper Ver Mensaje
          Yo he preguntado esta semana a capitanía de Cádiz y me han dicho que solo hace falta contrato de compraventa y copia del Dni del vendedor que no hace falta nada más
          El problema que me ponen es que al ser de dos tiempos antiguo (de carburación) están prohibidos salvo los que ya estuvieran funcionando. Me gustaría saber donde esta la ley que prohibe los motores fueraborda de carburación 2 t ya que no la encuentro. Sólo encuentro el real decreto que hace referencia a las emisiones RD 2127/2004 de 29 oct . Pero no dice que estén prohibidos. Sólo los límites de emisiones para 2t. Lo que pasa es que parece que los antiguos sobrepasan esos límites. Los motores que estuvieran antes de esa ley se les permite seguir usandose, pero para decir que el motor estaba legal antes de esa ley me dicen que aporte que estuvo asentado en alguna embarcacion. el problema es que solo se ha usado de motor de embarcacion auxiliar y estos motores no se registran en la hoja de asiento ni las auxiliares. El que me lo ha vendido me ha pasado la hoja de asiento de la embarcacion del que se lo ha vendido a él l pero no aparece ya que se usaba como motor de una embarcacion auxiliar y no había que ponerlo en la hoja de asiento como ya he dicho.

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          • #20
            Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

            He llamado a la capitania de Málaga para ver si en otra capitania me dicen lo mismo por lo que ya empezaría a creérmelo y he hablado con registro. Sólo me han dicho que ya no se registran los fuera borda y que no saben nada más. Al no registrarse ya no entienden de más circunstancias no les afecta a su cometido de registrar. Por eso me han pasado con inspección pero tampoco saben y me han vuelto a pasar con registro. Un bucle que no me aporta ninguna luz.

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            • #21
              Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

              Hola!! Amigos ¿qué tal van?

              No soy nada ávido con el tema compraventa de equipos. La cosa es que se me ha dañado el motor de mi yate y quiero tenerlo listo para el verano.

              Ya he leído el hilo, pero la información es de hace ya varios años y quería saber si sigue siendo igual o hay algo nuevo que necesito saber. En estos días he estado buscando un vendedor y tengo varias opciones, pero igual quiero saber todo lo necesario antes de hacer la transacción.

              ¿Alguien me puede asesorar? Se lo agradecería mucho.

              Antonio Zaavedra

              Comentario


              • #22
                Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                los mios los he instrito en el registro de la propiedad
                pague un 2% del precio declarado en el contrato de compar venta
                y ya me ha parado varia veces la GC del mar y nunca tuve problema
                un saludo

                Comentario


                • #23
                  Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                  Lo normal es hacer un contrato de compraventa y pagar el impuesto de transmisión en hacienda. En el caso de Andalucía que tiene transferido ese impuesto, lo pagas en la delegación de hacienda andaluza.

                  saludos
                  INSTRUCTOR BUCEO FEDAS


                  http://dosvelas.jimdo.com/

                  Comentario


                  • #24
                    Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                    Originalmente publicado por MarcoAntonioZaav Ver Mensaje
                    Hola!! Amigos ¿qué tal van?

                    No soy nada ávido con el tema compraventa de equipos. La cosa es que se me ha dañado el motor de mi yate y quiero tenerlo listo para el verano.

                    Ya he leído el hilo, pero la información es de hace ya varios años y quería saber si sigue siendo igual o hay algo nuevo que necesito saber. En estos días he estado buscando un vendedor y tengo varias opciones, pero igual quiero saber todo lo necesario antes de hacer la transacción.

                    ¿Alguien me puede asesorar? Se lo agradecería mucho.

                    Antonio Zaavedra

                    En primer lugar buen día Marco Antonio.

                    Y en segundo decirte que me parece apropiado enterarte bien antes de decidirte a comprar y realizar la transacción.

                    Además de lo cual te digo; Realizas una pregunta y yo te voy a hacer otra antes de responder. No sé si es que estoy algo míope, pero pero no me ha parecido ver que te has presentado en el foro.. por eso te pregunto si no te ha aparecido variadas veces la invitación a presentarte para participar. Y le digo por qué bastantes de nosotros vamos a invertir nuestro tiempo y experiencia ( además de visitas a capitanía varias) para asesorarte de buen gusto. No se, tampoco parece tanto que te inviertas un poquito del tuyo en escribir unas líneas.

                    Y que conste que soy bastante anarco en algunas cosas, pero Reosti! Reconozcamos que este es un antro muy valioso con marinería y piratas con muchísimas millas y tormentas encima, de quiénes la experiencia que recibimos simplemente no tiene precio. Y entrar sin más y casi salidar cuál César....

                    Lo ideal (amén de legal) es llevar la documentación del fueraborda, junto al DNI de comprador y vendedor junto al contrato firmado. Incluso si va también el vendedor mejor que mejor. Pagarás el 4 % de lo declarado.

                    Si se ha extraviado la documentación o simplemente no la tienes., Rellenas contrato de compraventa fotocopias de comprador y vendedor y normalmente te lo hacen. ( Yo en su día incluso fui a capitanía para asegurarme) también te diré que depende con quién des.. a mí la primera vez no me lo cogieron probé al de 2 días y lo aceptaron.

                    Por cierto tendrás que llevar una foto del número de asiento del motor que va en una pegatina metálica si es un fueraborda es decir tendrás que poner algunos datos para que todo sea correcto.

                    Y antes de probarlo hazle una buena limpieza o algún mecánico de confianza que le eche un vistazo,rellenar aceite y limpia la gasolina vieja.

                    Disfruta

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                      Nunca he tenido claro que la Guardia Civil pueda pedir justificar el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, ni que sea competencia suya ni que te pueda multar por no haberlo pagado. Eso es un tema de la agencia tributaria. Y no siempre es obligatorio liquidar ese impuesto (en el caso de motores FB de segunda mano).
                      Con el contrato de compraventa y DNI del vendedor debería bastar para acreditar la titularidad.

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                        Originalmente publicado por METEORO Ver Mensaje
                        Nunca he tenido claro que la Guardia Civil pueda pedir justificar el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, ni que sea competencia suya ni que te pueda multar por no haberlo pagado. Eso es un tema de la agencia tributaria. Y no siempre es obligatorio liquidar ese impuesto (en el caso de motores FB de segunda mano).
                        Con el contrato de compraventa y DNI del vendedor debería bastar para acreditar la titularidad.
                        Pues si puede proponer para sanción al igual que la agencia tributaria si te hace una inspección y no llevas en regla toda la documentación incluido seguro.

                        Hasta una patrullera de la armada que este de vigilancia de zona te puede reclamar toda la documentación.

                        saludos
                        INSTRUCTOR BUCEO FEDAS


                        http://dosvelas.jimdo.com/

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                        • #27
                          Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                          Originalmente publicado por Acasimirocasper Ver Mensaje
                          Yo he preguntado esta semana a capitanía de Cádiz y me han dicho que solo hace falta contrato de compraventa y copia del Dni del vendedor que no hace falta nada más
                          Te han informado mal Antonio, una cosa es que se pida. Pero la compra de un motor como un coche exige pagar el impuesto de transmisiones.

                          La factura de compra original hay que tenerla puesto que te pueden vender un motor robado.

                          Incluso te pueden pedir el certificado de conformidad si es un motor de exportación

                          En el Javier Quiroga pase algunas inspecciones aunque casi todas a pesqueros




                          Documentación fiscal pone al final

                          saludos
                          Editado por última vez por Manuel_Luis1404; 19/02/2022, 17:36:28.
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                          • #28
                            Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                            Originalmente publicado por METEORO Ver Mensaje
                            Nunca he tenido claro que la Guardia Civil pueda pedir justificar el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, ni que sea competencia suya ni que te pueda multar por no haberlo pagado. Eso es un tema de la agencia tributaria. Y no siempre es obligatorio liquidar ese impuesto (en el caso de motores FB de segunda mano).
                            Con el contrato de compraventa y DNI del vendedor debería bastar para acreditar la titularidad.
                            Tanto la lancha de la guardia civil y la patrulla de costa tiene competencias fiscales, es mas, al principio estaban separadas patrulla de costas que llevaban temas de impuestos estatales como tabaco, las tragaperras en los bares etc,..controles del gasoleo,..luego unieron patrulla fiscal y costas con la portuaria,..

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                            • #29
                              Re: Documentacion en compra-venta motor fueraborda

                              Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 Ver Mensaje
                              Pues si puede proponer para sanción al igual que la agencia tributaria si te hace una inspección y no llevas en regla toda la documentación incluido seguro.

                              Hasta una patrullera de la armada que este de vigilancia de zona te puede reclamar toda la documentación.

                              saludos
                              Manuel, seguro que es así. Aún así, sigo teniendo dudas. En Madrid, en adquisiciones de bienes muebles de importes inferiores a 500 euros, ese impuesto está bonificado al 100% y no hay obligación de presentar autoliquidación. ¿Eso lo sabe el guardia?. ¿Y si ha prescrito la obligación del pago del impuesto? ¿Y si has heredado el motor? En ese caso no hay ITP ¿tienes que llevar también sucesiones y enseñárselo?
                              Yo creo que la competencia fiscal de la Guardia Civil del mar es en otros ámbitos.
                              Dicho esto, tampoco estoy seguro.

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