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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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matricular vela ligera en el infierno

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  • matricular vela ligera en el infierno

    Vayan por delante unos licores y permitirme formularos algunas preguntas sobre trámites de matriculación para un barco de vela ligera.

    Habitantes del infierno... ¿Donde matriculais vuestros barcos?, ¿Hay capitania maritima en Madrid?, ¿Donde pasais esa primera y única inspección?, ¿Hay que llevar el barco a la inspección ó sólo papeles justificativos?.

    Estoy hecho un lío, ayuda!!! por favor.
    LLenaremos las velas con la luz naufraga de la madrugada...

    http://www.tiranopapo.blogspot.com/

  • #2
    Re: matricular vela ligera en el infierno

    Originalmente publicado por Pipón Ver Mensaje
    Vayan por delante unos licores y permitirme formularos algunas preguntas sobre trámites de matriculación para un barco de vela ligera.

    Habitantes del infierno... ¿Donde matriculais vuestros barcos?, ¿Hay capitania maritima en Madrid?, ¿Donde pasais esa primera y única inspección?, ¿Hay que llevar el barco a la inspección ó sólo papeles justificativos?.

    Estoy hecho un lío, ayuda!!! por favor.
    ¿Vela ligera? ¿Matriculación?

    Para mi que no hace falta.

    http://www.laseristatorpe.blogspot.com
    sigpic

    Comentario


    • #3
      Re: matricular vela ligera en el infierno

      Originalmente publicado por REIRA Ver Mensaje
      ¿Vela ligera? ¿Matriculación?

      Para mi que no hace falta.

      No hace falta cuando su uso es exclusivo para competición y patrón está federado, pero este no es el caso. Se trata de un pastinaca, como comprenderas no voy a competir con él, vamos... por vergüenza torera, por muy alto que sea su ráting.
      LLenaremos las velas con la luz naufraga de la madrugada...

      http://www.tiranopapo.blogspot.com/

      Comentario


      • #4
        Re: matricular vela ligera en el infierno

        Yo creo que no se matriculan. Diría más: es que no pasan las pruebas de estabilidad, con lo que la mayoría son inmatriculables.

        He visto algunos de esos de escuela para tropecientas personas que sí estaban matriculados. Tipo caravelle o algo así.

        No sé si son "de regatas" y se quedan sin matricular como los de la volvo ocean, o si son "artefactos de playa" como las colchonetas neumáticas y exactamente lo mismo.
        Desde pequeño quería ser alguien. Lo he conseguido. Pero debería haber especificado más.

        Comentario


        • #5
          Re: matricular vela ligera en el infierno

          Hola Pipón y resto de colegas.

          Estoy un poco sorprendido por tu "referencia" un poco despectiva de la Pastinaca.
          Creo que es un Vela Ligera que cumple perfectamente su cometido para el cual fue diseñado. No es un barco de competición como un Snipe, ni un 470 ó un Laser ó un Vaurien, pero con él te diviertes con la familía y con los amigos como en ningún otro.
          Además, su precio, es algo que le hace tremendamente atractivo cuando lo comparas con alguno de los mencionados anteriormente.

          Y quien escribe estas líneas antes de navegar en una Pastinaca, la llamaba despectivamente "Cacerolo". Después la cosa cambió.

          A si que, tómate unas buenas copas a la salud de los señores que construyen la Pastinaca en San Javier (Murcia), y celebremos que la sigan fabricando cada día con más éxito. La prueba de ello es que, -además de en el Mar Menor-, poco a poco y sin llamar la atención, cada vez hay más unidades de este modelo.

          Más copas en honor del diseñador, constructores y armadores, de este pequeño/gran barco que es la Pastinaca.

          Comentario


          • #6
            Re: matricular vela ligera en el infierno

            Con el "sofoco" defensivo del "honor" de mi querida Pastinaca, se me olvidó lo importante; el tema de su matriculación, aquí, en el Infierno ("usease, en los madriles"). En mi querida Ría de Arosa, es otra cosa.

            Tengo una copia de un escrito de la Dirección General de la Marina Mercante, firmado por su Subdirector General, que indica que: "dicha Dirección no emite Certificados de Navegabilidad a embarcaciones cuyo destino es solamente la navegación en aguas interiores", señalando a continuación: "en las cuales (las aguas interiores), son competencia exclusiva de las Confederaciones Hidrográficas correspondientes".

            Igualmente, indica que: "al tratarse de una embarcación de vela dedicada a la competición y que cuenta con un número de vela, la misma estaría exenta de matriculación incluso en aguas costeras y por tanto no se la puede emitir un Certificado de Navegabilidad".

            Posteriormente, señala: "en aguas interiores cae fuera de las competencias asignadas a la D.G.M.M., las cuales deben ser asumidas por las Condeferaciones Hidrográficas".

            Este escrito es de fecha del día 17 de Agosto del 2.006, y dado que me fué remitido después de ser escaneado - y no ser muy legible-, no lo puedo "colgar" en el foro LTP.

            ¿Aclaradas las dudas?

            Saludos a todos, y repito, ¡Copas en honor del diseñador, constructor y armadores de las Pastinacas!

            Comentario


            • #7
              Re: matricular vela ligera en el infierno

              En ningún momento he querido se despectivo con pastinaca, no me lo encontre en la calle, fuí a buscarlo. Pero no me negaras que regatero...
              Por ahí van los tiros, no tiene nº de vela ya que no pretende regatear, por tanto sí que debo matricularlo.
              De todas formas, he renunciado a usarlo en aguas interiores, es tanta la burocracia y el abuso... He decidido llevarlo este verano a Galicia y dejarlo allí durante el invierno.
              Por cierto Jesús, si asignandole un nº de vela evito la matriculación, ¿por cuanto me puede salir? (en €)
              LLenaremos las velas con la luz naufraga de la madrugada...

              http://www.tiranopapo.blogspot.com/

              Comentario


              • #8
                Re: matricular vela ligera en el infierno

                Mi impresion es que, los criterios de la DGMM no son muy homogeneos. Aqui en Valencia, aunque la consulte la realice hace bastante tiempo, la respuesta -verbal- fue taxativa: cualquier embarcacion de mas de 2.40 metros debia estar matricualda correctamente.
                Me esperan los dias
                que pretendo llenar
                y que me hagan vibrar.
                Y aprendiendo mi vida
                solo quiero sentir
                que no es vida perdida

                Comentario


                • #9
                  Re: matricular vela ligera en el infierno

                  Ademas siendo un barco tan comun, será mucho mas facil identificarla si se suelta del muerto-amarre y se duda de la propiedad

                  Comentario


                  • #10
                    Re: matricular vela ligera en el infierno

                    Originalmente publicado por tradixabia Ver Mensaje
                    Mi impresion es que, los criterios de la DGMM no son muy homogeneos. Aqui en Valencia, aunque la consulte la realice hace bastante tiempo, la respuesta -verbal- fue taxativa: cualquier embarcacion de mas de 2.40 metros debia estar matricualda correctamente.
                    que dispongan de una propulsion a motor.

                    Una embarcación de vela ligera, tipo VAURIEN, 420 , NO ES OBLIGATORIO MATRICULARLAS, la propulsión es solamente a vela, y no hace falta titulación alguna para su manejo.

                    Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                    EA 3 CBT

                    Comentario


                    • #11
                      Re: matricular vela ligera en el infierno

                      Tatatoa, en mi modesta opinion, creo que te refieres a la documentacion adminstrativa para patronear. Pero yo me referia a la documentacion para que una embarcacion pueda navegar.
                      Al menos asi lo entiendo yo. Si estoy equivocado me disculpo.
                      Un saludo y buen viento
                      Me esperan los dias
                      que pretendo llenar
                      y que me hagan vibrar.
                      Y aprendiendo mi vida
                      solo quiero sentir
                      que no es vida perdida

                      Comentario


                      • #12
                        Re: matricular vela ligera en el infierno

                        No he visto nunca matricula a ninguna embarcación de vela ligera.. yo mismo tengo un VAURIEN desde hace más de 15 años y jamas he efectuado tramite alguno, por no llevar no llevo ni seguro. Supongo que no es obligatorio, por medidas excede de los 2.5 mts. pero no se porque nunca han exigido matricula a ese tipo de embarcaciones.

                        Te dejo un enlace con las instruccines y requisitos para matricular.

                        Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                        EA 3 CBT

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                        • #13
                          Re: matricular vela ligera en el infierno

                          Originalmente publicado por Tatatoa Ver Mensaje
                          No he visto nunca matricula a ninguna embarcación de vela ligera.. yo mismo tengo un VAURIEN desde hace más de 15 años y jamas he efectuado tramite alguno, por no llevar no llevo ni seguro. Supongo que no es obligatorio, por medidas excede de los 2.5 mts. pero no se porque nunca han exigido matricula a ese tipo de embarcaciones.

                          Te dejo un enlace con las instruccines y requisitos para matricular.

                          http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...la/default.htm
                          Dos cosas:
                          Un vaurien como el tuyo, no necesita matrícula siempre que el patrón esté federado, pues se trata de un barco de competición. Pero el seguro sí que es obligatorio.
                          Si quieres ver un vela ligera matriculado, echale un vistazo al post http://foro.latabernadelpuerto.com/s...?t=7573&page=3 en la intervención de Windi, veras un Pastinaca matriculado.
                          Por cierto, ¡unos cafes para comenzar bien la semana!
                          LLenaremos las velas con la luz naufraga de la madrugada...

                          http://www.tiranopapo.blogspot.com/

                          Comentario


                          • #14
                            Re: matricular vela ligera en el infierno

                            He visto esto en la wikipedia:



                            Código:
                            [B]Navegación sin necesidad de título[/B]
                            
                            No necesitarán los títulos de embarcaciones de recreo, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima, que en ningún caso podrán ser superiores a las correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica.
                            
                                * Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 kW y de hasta 4 m de eslora
                                * Las de vela de hasta 5 m de eslora
                                * Las motos acuáticas (hoy en día necesario la licencia de Patrón de Motonáutica A,B o C)
                                * Los artefactos flotantes o de playa
                            En la wikipedia también está la definición de Artefactos flotantes o de playa:

                            Código:
                            En la legislación náutica española se considera artefactos flotantes (o de playa) a:
                            
                                * Piraguas, kayacs y canoas sin motor
                                * Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3,5 kW
                                * Tablas a vela
                                * Tablas deslizantes con motor, las embarcaciones de uso individual y otros ingenios similares a motor.
                                * Instalaciones flotantes fondeadas
                            En la definición del BOE (se corresponde con la wikipedia):

                            Código:
                             [B]Artículo 4. Definiciones.[/B]
                            
                            A los efectos de esta Orden, se entenderá por:
                            
                            [U]1. Embarcaciones de recreo:[/U] Las embarcaciones de cualquier tipo, con independencia de sus medios de propulsión, destinada a fines recreativos.
                            
                            [U]2. Artefactos flotantes o de playa:[/U]
                            [LIST=1][*]Piraguas, kayacs y canoas sin motor.[*]Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5 KW.[*]Las tablas a vela.[*]Las tablas deslizantes con motor, las embarcaciones de uso individual y otros ingenios similares a motor.[*]Instalaciones flotantes fondeadas.[/LIST]

                            Después de leer todo esto, y a mi pesar, entiendo que un Vaurien (digo Vaurien porque es lo que yo tengo) es una embarcación de recreo porque:
                            • Es una embarcación destinada a uso recreativo
                            • No es ni piragua, ni kayac, ni canoa, ni patín con pedales
                            • No es una tabla a vela
                            • No es una tabla deslizante con motor, ni una embarcación de uso individual, ni un ingenio similar a motor.


                            Ahora habría que averiguar qué es lo que hay que hacer (¿seguro? ¿matrícula? ). Por mi parte estoy por ponerle pedales al barco en algún lado por ver si cuela como patín con idems.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: matricular vela ligera en el infierno

                              Originalmente publicado por culomojao Ver Mensaje
                              He visto esto en la wikipedia:



                              Código:
                              [B]Navegación sin necesidad de título[/B]
                               
                              No necesitarán los títulos de embarcaciones de recreo, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima, que en ningún caso podrán ser superiores a las correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica.
                               
                                  * Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 kW y de hasta 4 m de eslora
                                  * Las de vela de hasta 5 m de eslora
                                  * Las motos acuáticas (hoy en día necesario la licencia de Patrón de Motonáutica A,B o C)
                                  * Los artefactos flotantes o de playa
                              En la wikipedia también está la definición de Artefactos flotantes o de playa:

                              Código:
                              En la legislación náutica española se considera artefactos flotantes (o de playa) a:
                               
                                  * Piraguas, kayacs y canoas sin motor
                                  * Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3,5 kW
                                  * Tablas a vela
                                  * Tablas deslizantes con motor, las embarcaciones de uso individual y otros ingenios similares a motor.
                                  * Instalaciones flotantes fondeadas
                              En la definición del BOE (se corresponde con la wikipedia):

                              Código:
                               [B]Artículo 4. Definiciones.[/B]
                               
                              A los efectos de esta Orden, se entenderá por:
                               
                              [U]1. Embarcaciones de recreo:[/U] Las embarcaciones de cualquier tipo, con independencia de sus medios de propulsión, destinada a fines recreativos.
                               
                              [U]2. Artefactos flotantes o de playa:[/U]
                              [LIST=1][*]Piraguas, kayacs y canoas sin motor.[*]Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5 KW.[*]Las tablas a vela.[*]Las tablas deslizantes con motor, las embarcaciones de uso individual y otros ingenios similares a motor.[*]Instalaciones flotantes fondeadas.[/LIST]

                              Después de leer todo esto, y a mi pesar, entiendo que un Vaurien (digo Vaurien porque es lo que yo tengo) es una embarcación de recreo porque:
                              • Es una embarcación destinada a uso recreativo
                              • No es ni piragua, ni kayac, ni canoa, ni patín con pedales
                              • No es una tabla a vela
                              • No es una tabla deslizante con motor, ni una embarcación de uso individual, ni un ingenio similar a motor.

                              Ahora habría que averiguar qué es lo que hay que hacer (¿seguro? ¿matrícula? ). Por mi parte estoy por ponerle pedales al barco en algún lado por ver si cuela como patín con idems.
                              Una ronday una pregunta. Un catamaran de 18pies en que categoria encaja .

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