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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Prohibición fondeó en Reserva de Tabarca

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  • #16
    Re: Prohibición fondeó en Reserva de Tabarca

    Yo también hice unas averiguaciones y, en principio, las autoridades si conocen la publicación del BOE pero no tienen instrucciones.

    Pues entonces... mas de lo mismo:

    Nueva ley, mas prohibiciones y aquí todos a interpretar y a creer que es lo que se debe/puede hacer.

    Cansa.


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    • #17
      Re: Prohibición fondeó en Reserva de Tabarca

      Originalmente publicado por cpascualn Ver Mensaje
      Una ronda para todos, , no soy ningún experto pero yo entiendo que esta Orden claramente no afecta a las zonas tradicionales de fondeo en Tabarca.
      La reserva de Tabarca a efectos administrativos y desde su propia creación está dividida en 2 partes separadas por la la linea de base recta que pasa por la Punta Falcón al este de Tabarca, esta linea separa lo que son aguas interiores de aguas exteriores y sirve para medir el origen del mar territorial, esta misma linea es la que separa también las competencias administrativas de la reserva, las aguas interiores competen a la Generalitat y las exteriores al Estado.

      Refiriéndome a la disposición en cuestión del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (Gobierno del Estado, con competencias en las aguas exteriores de la reserva) si vamos al punto 2 del articulo 1, lo deja claro al referirse al ámbito de aplicación: “De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, se establece la reserva marina de la isla de Tabarca que abarca las aguas exteriores contenidas dentro del área comprendida entre los puntos siguientes (cuya cartografía se refleja en el anexo I):
      A: 38º 09,550’ N; 000º 24,530’ W.
      B: 38º 08,223’ N; 000º 25,054’ W.
      C: 38º 10,860’ N; 000º 29,710’ W.
      D: 38º 09,560’ N; 000º 30,222’ W

      Deja claro que solo afecta a las aguas exteriores de la reserva, no a toda la reserva, en el plano de la disposición marca claramente la totalidad de la reserva por los puntos A, B, C, D, La linea de base recta (LBR) en color magenta y sombreado en verde las aguas exteriores que es el ámbito de aplicación.
      Esta noche releeré el BOE. Me suena bastante coherente tu exposición y se puede entender que las Capitanias no saben de que va ya que no dependen del Ministerio de agricultura.


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      • #18
        Re: Prohibición fondeó en Reserva de Tabarca

        Originalmente publicado por cpascualn Ver Mensaje
        Una ronda para todos, , no soy ningún experto pero yo entiendo que esta Orden claramente no afecta a las zonas tradicionales de fondeo en Tabarca.
        La reserva de Tabarca a efectos administrativos y desde su propia creación está dividida en 2 partes separadas por la la linea de base recta que pasa por la Punta Falcón al este de Tabarca, esta linea separa lo que son aguas interiores de aguas exteriores y sirve para medir el origen del mar territorial, esta misma linea es la que separa también las competencias administrativas de la reserva, las aguas interiores competen a la Generalitat y las exteriores al Estado.

        Refiriéndome a la disposición en cuestión del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (Gobierno del Estado, con competencias en las aguas exteriores de la reserva) si vamos al punto 2 del articulo 1, lo deja claro al referirse al ámbito de aplicación: “De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, se establece la reserva marina de la isla de Tabarca que abarca las aguas exteriores contenidas dentro del área comprendida entre los puntos siguientes (cuya cartografía se refleja en el anexo I):
        A: 38º 09,550’ N; 000º 24,530’ W.
        B: 38º 08,223’ N; 000º 25,054’ W.
        C: 38º 10,860’ N; 000º 29,710’ W.
        D: 38º 09,560’ N; 000º 30,222’ W

        Deja claro que solo afecta a las aguas exteriores de la reserva, no a toda la reserva, en el plano de la disposición marca claramente la totalidad de la reserva por los puntos A, B, C, D, La linea de base recta (LBR) en color magenta y sombreado en verde las aguas exteriores que es el ámbito de aplicación.
        Yo también lo interpreto de la misma manera, la Orden publicada en el BOE regula solo el ámbito territorial que puede regular: las aguas exteriores, que son las que están hacia mar adentro de las LBR (lineas de base recta). No puede regular nada de la franja de agua que hay desde las LBR hasta la península, simplemente porque no es competencia suya, sino de la administración de la Generalitat V. (regulación que se contendría en una norma emanada de la correspondiente consellería y que además, no hubiera sido publicada en el BOE sino en el DOCV). Por ello, hemos de entender que nada cambia, por lo que, se puede fondear en las dos zonas habilitadas para ello: en la playa y en el fondeadero tras del puerto. Es mi opinión.....

        Lo veo muy claro en la carta de la reserva que se acompaña en el mismo BOE

        Comentario


        • #19
          Re: Prohibición fondeó en Reserva de Tabarca

          Lo importante es como lo interprete el GC de turno, que ya sabemos todos como lo va hacer y luego a reclamar al maestro armero.

          Cambiar todo para que nada cambie.

          Me lo contaron y lo olvidé, lo vi y lo aprendí, lo hice y lo entendí

          Comentario


          • #20
            Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

            Me he dado cuenta de que ya figuran como zonas de fondeo prohibido estos fondeaderos muy cotizados:
            En el W, partes de Cala d'hort, Cala vedella, Cala Bassa, Cala Salada.
            En el N, Benirrás y portinatx.
            E la zona E, Cala Talamanca.
            Y en el S, Porroig y alguna parte de es Jondal.
            En Formentera, Espalmador y Calo de s'oli.

            Como veis solo han quitado los mas emblemáticos, Os aviso para que ya vayáis adaptando los recorridos en vuestras travesías primaverales y veraniegas. No os vayáis sin estar avisados y os llevéis un "alpargatazo" en el bolsillo a cuenta de los que gobiernan.

            MMSI: 225000180

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            • #21
              Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

              Donde aparecen los nombres de esas calas .....

              Ssaludos

              Comentario


              • #22
                Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                De momento yo no veo los cambios... no?



                Disposición transitoria segunda


                Fondeo provisional en las praderas a regular


                Hasta que no dispongan de instalaciones de fondeos de bajo impacto, en las praderas catalogadas como praderas a regular se podrá fondear únicamente en las zonas de arena.


                Disposición transitoria cuarta


                Puntos de fondeo autorizados sobre posidonia


                Los campos de boyas y puntos de fondeo autorizados sobre la posidonia existentes en el momento de la entrada en vigor de este decreto, en el ámbito al que se refiere el artículo 1.3 de este decreto, dispondrán de un plazo de dos años para acreditar, mediante una declaración responsable, que se adecuan a las condiciones establecidas en el artículo 8.3 g de este decreto. Esta declaración se presentará a las direcciones generales de Espacios Naturales y Biodiversidad y de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y a la Demarcación de Costas en las Illes Balears.

                Comentario


                • #23
                  Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                  Pues descargando el documento PDF adjunto en el enlace que has puesto, aparecen tres enlaces donde se supone que se puede consultar la cartografía. El primero no funciona, el segundo no refleja nada en relación a las calas que comentas y en el tercer enlace, http://dgrechid.caib.es/www/ajuda_fo...visor/ca.html# , seleccionando algunas de las calas mencionadas, en Cala Vadella, por ejemplo, hay zonas donde indica que no se puede fondear sobre la posidonia y otras en las que indica que fondees sobre arena. En Cala Salada indica que no hay datos.

                  Comentario


                  • #24
                    Tabarca Fondeo Legislado

                    Siguiendo con el tema de los fondeos para este verano me ha salido La BOE de 7/02/2019, al final no se donde podremos fondear, por lo menos si hicieran como en Columbretes que no se puede fondear pero tenemos unas 15 boyas para amarrarnos y casi siempre hay sitio. por Columbretes
                    MMSI: 225000180

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Tabarca Fondeo Legislado

                      Varios cofrantes me habéis preguntado por privado sobre la legislación os dejo el link donde lo indica todo incluso las especies especialmente protegidas.

                      MMSI: 225000180

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                        Yo creo que lo único que de momento está prohibido es spalmador y cala de soil.
                        Es un absoluto desastre la regulación balear y su gestión. Al final nadie sabe ni la hora q es.
                        El año pasado bajo ya bastante el público y yo creo q cada vez irá a menos.
                        Desde luego se están cubriendo de gloria.
                        Espantan el turismo náutico y crece el turismo de pastilla y discoteca.

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                        • #27
                          Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                          Originalmente publicado por FLAMINGO Ver Mensaje
                          .... ya figuran como zonas de fondeo prohibido ....
                          ¿Está prohibido el fondeo, pero hay boyas donde amarrarse o simplemente no
                          se puede estar con el barco en esas calas?.


                          Salud y


                          El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                          http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                              Crecí en Baleares, recuerdo en mi juventud que consideraban la posidonea una plaga y halentaban a la gente a arrancarla. Los tiempos han cambiado y ahora no se puede ni mirar no sea que la ofendas, pero en las Pitiusas ya no saben que hacer para sacar todavía más pasta esquilmando a los que van a esas islas por voluntad própia, pero deberían tener en cuenta que también por voluntad própia pueden dejar de ir.

                              Personalmente pienso que es cojonudo proteger la fauna y flora, pero debe ser de una manera sostenible en ambas direcciones, y prohibir la sonda de 4-9 metros es puramente recaudatorio, es una superficie insignificante.
                              Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
                              sdk.

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                              • #30
                                Re: Fondeaderos YA prohibidos en Ibiza.

                                Originalmente publicado por sundancekid Ver Mensaje
                                Crecí en Baleares, recuerdo en mi juventud que consideraban la posidonea una plaga y halentaban a la gente a arrancarla. Los tiempos han cambiado y ahora no se puede ni mirar no sea que la ofendas, pero en las Pitiusas ya no saben que hacer para sacar todavía más pasta esquilmando a los que van a esas islas por voluntad própia, pero deberían tener en cuenta que también por voluntad própia pueden dejar de ir.

                                Personalmente pienso que es cojonudo proteger la fauna y flora, pero debe ser de una manera sostenible en ambas direcciones, y prohibir la sonda de 4-9 metros es puramente recaudatorio, es una superficie insignificante.
                                Totalmente de acuerdo contigo. Ahora te van a tachar de delincuente ecológico.

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